LA IMPORTANCIA DE INVERTIR EN LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Mario Alva Matteucci
En la actualidad la mayor parte de las organizaciones e instituciones cuentan dentro de su patrimonio con una gran cantidad de activos tangibles, los cuales en algunos casos, resultan ser muy valiosos (maquinaria, mobiliario, equipos de cómputo, etc.) y permiten identificar la solidez de las mencionadas instituciones o dan muestras de su presencia en el mercado. Estos activos tangibles son inclusive registrados contablemente, generando en algunos casos consecuencias tributarias.
Sin embargo, no se ha prestado igual atención a los activos intangibles (salvo el caso de los bienes inscritos como propiedad intelectual), los cuales en muchos casos son inclusive más valiosos que los activos tangibles y están relacionados con el conocimiento al interior de sus propias organizaciones; el cual, en caso de ser explotado por ellas, constituiría un paso firme hacia el desarrollo.
En muchos casos las empresas dejan de invertir en capacitación al personal no solo porque consideran que el gasto resulta inútil sino que tienen el temor que el personal una vez que se encuentre capacitado pueda lograr una mejor posición laboral dejando el trabajo para ir a otro más competitivo. Para lograr ese cometido se requiere el aporte de la empresa privada pero también el apoyo del Estado, toda vez que los beneficios de la capacitación se aplican a todo el país.
Frente a estos hechos, nos percatamos que en la actualidad la capacitación es un elemento necesario para salir del subdesarrollo, la herramienta primordial para poder rebajar la brecha del conocimiento y lograr el crecimiento empresarial. Para alcanzar parte de ello, se ha dictado la Ley Nº 29498 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de enero de 2010, por la cual se aprobó la Ley de Promoción a la Inversión en Capital Humano.
Dicha norma tiene como objeto el promover el desarrollo del capital humano, por medio de la capacitación continua de los trabajadores, mejorando así sus capacidades productivas y contribuyendo al fortalecimiento de la competitividad del sector productivo nacional.
El artículo 2º de la mencionada norma sustituye el texto del inciso ll) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, introduciendo como gasto vinculado al personal además de los servicios de salud, recreativos, culturales y educativos a la capacitación.
De esta manera, se incluye un párrafo que señala que las sumas destinadas a la capacitación del personal podrán ser deducidas como gasto hasta por un monto máximo equivalente a cinco por ciento (5%) del total de los gastos deducidos en el ejercicio.
Se señala igualmente en dicha norma que las empresas que se acojan a este mecanismo de deducción del gasto por capacitación deberán acreditar ante el fisco, mediante la documentación correspondiente, los gastos de capacitación sujetos a la deducción en que han incurrido en el ejercicio. Además, se deberá presentar al Ministerio de Trabajo un programa de capacitación con carácter de declaración jurada y sin costo alguno.
Esta modificatoria (publicada el 19 de Enero de 2010) empezará a regir a partir del 01 de enero de 2011, toda vez que se trata de una modificatoria a la Ley del Impuesto a la Renta, el cual es un impuesto de periodicidad anual.
Esperemos que cuando se apruebe el Reglamento, éste contenga lineamientos y normatividad aplicables para que la capacitación sea mayoritaria en beneficio de las empresas, los trabajadores y finalmente el país. Por lo menos es un primer paso que permitirá más adelante invertir en capital humano para lograr el fomento de la competitividad que tanta falta nos hace.
Como se ha mencionado la capacitación del personal es una inversión con grandes beneficios pues logra proporcionar una formación actualizada de los nuevos retos y como enfrentarlos generando así en los empleados seguridad personal y confianza para soluciones con eficacia y una mayor productividad.
Coincido plenamente con el comentario sobre la capacitación.
Saludos cordiales
Mario Alva Matteucci
Hola Juan Mario Alva Matteucci, para mí es un placer poder visitar tu blog de contabilidad.