APRUEBAN VERSIÓN 2.7 DEL PDT OTRAS RETENCIONES – FORMULARIO VIRTUAL N° 617
Mario Alva Matteucci
Con fecha domingo 20 de setiembre de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 000151-2020/SUNAT, a través de la cual se aprobó la nueva versión del PDT otras retenciones – Formulario Virtual N° 617.
- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
El artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 000151-2020/SUNAT aprueba la versión 2.7 del PDT OTRAS RETENCIONES – Formulario virtual N° 617.
- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
De acuerdo a lo señalado por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 000151-2020/SUNAT, la versión 2.7 del PDT OTRAS RETENCIONES – Formulario virtual N° 617 estará a disposición de los interesados a partir del 1 de octubre de 2020, en SUNAT Virtual.
- USO DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
En aplicación de lo señalado por el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N000151-2020/SUNAT, se precisa lo siguiente:
NUEVA VERSIÓN DE PDT | ¿DESDE CUANDO DEBE SER UTILIZADO? |
Deberá ser utilizado a partir del 1 de octubre de 2020, independientemente del periodo al que comprende la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. | |
PDT Otras Retenciones – Formulario Virtual N.° 617 – Versión 2.7 |
- USO DE LA ANTIGUA VERSIÓN DEL PDT
El artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 000151-2020/SUNAT, considera que el PDT Otras Retenciones – Formulario Virtual N.° 617 – Versión 2.6 solo podrá ser utilizado hasta el 30 de setiembre de 2020.