¿LA ERA ELECTRÓNICA YA LLEGÓ A LA TRIBUTACIÓN?
MARIO ALVA MATTEUCCI
Desde hace algún tiempo atrás el fisco viene desplegando esfuerzos para ir cambiando los parámetros de trabajo dentro del campo tributario, intentando reemplazar el uso del papel o medios escritos, con relevancia en el ámbito tributario.
Un paso importante se dio cuando se abandonó el uso de formularios físicos para cumplir con la presentación de las declaraciones juradas, sean estas de periodicidad mensual o anual por medio de Programas de Declaración Telemática, conocidos como PDT, luego llegaron los formularios virtuales, el uso del buzón electrónico de los contribuyentes, los cuales accedían al mismo a través del uso de la clave SOL, el pago de tributos utilizando la red bancaria conectada por Internet, la presentación de solicitudes diversas (fraccionamiento, compensación, entre otras) también por Internet, al igual que el pago de las detracciones, que hoy en día pueden realizarse durante las 24 horas.
Prueba de lo mencionado anteriormente, es que ya existen contribuyentes que cumplen con presentar sus Libros y/o Registros contables por medios electrónicos, sea de manera voluntaria o también obligatoria por ser principales contribuyentes.
Los comprobantes de pago también se emiten de manera electrónica como es el caso de las Facturas y los Recibos por Honorarios Profesionales. Adicionalmente, dentro de poco entrarán en vigencia la aplicación de las Guías de Remisión Electrónicas al igual que la emisión de los Certificados de Retención y/o Percepción electrónicos.
Todo este abanico de posibilidades del uso de la electrónica elimina el papel, además de facilitar la presentación de información en un tiempo mayor al que normalmente se utilizaría en horas de oficina.
El reto de los profesionales que laboran en las distintas áreas de las empresas que utilizan los medios antes señalados, obliga a contar con conocimientos básicos de informática, entender el uso de los parámetros indicados por el fisco en el caso de la presentación de los libros y/o registros electrónicos al igual que el resto de esquemas antes indicados. Ello determinará que dentro de las empresas, los profesionales informáticos serán más apreciados y se integrarán como un elemento más dentro de poco en el área contable.
Pese a lo señalado anteriormente, en donde se busca dejar de lado la parte física de los documentos, reemplazándolos por información virtual, ello no se presenta cuando la Administración Tributaria realiza labores de fiscalización al exigir a los contribuyentes pruebas físicas como contratos con firma legalizada ante notario público, órdenes de servicio, órdenes de compra, cotizaciones, conformidad de obra y/o de servicio, fotocopia de los cheques utilizados para el pago de las obligaciones, todos en medios físicos.
De igual modo, existen algunos casos en los cuales los auditores desconocen los datos presentados por los contribuyentes en los requerimientos, si es que solo se cuenta con información a través de correos electrónicos, archivos digitales, cotizaciones virtuales, recibos de servicios entregados de manera escaneada en PDF. Entonces ¿la era electrónica solo ha llegado para cumplir obligaciones a favor del fisco pero no a favor del contribuyente?, ¿no debería existir un justo medio en la presentación también de las pruebas por parte del contribuyente como medio de defensa por medios electrónicos?
Esperemos que con la misma velocidad que se exige al contribuyente el uso de los medios electrónicos señalados por el fisco, se permita la utilización de los mismos para la presentación de pruebas que permitan generar un medio de defensa del contribuyente, en la deducción de gastos para la determinación de la renta neta de tercera categoría.
La TICE es un proceso inevitable, de manera que maestros de pre y posgrado a responder las exigencias de la tecnología.
Efectivamente el reporte de los tributos de manera electrónica son cada vez más exigentes con el objetivo de avanzar el trabajo de fiscalización e incrementar la recaudación
Rosa Victoria Arroyo