LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A TURISTAS COMO MECANISMO ALENTADOR DE DICHA ACTIVIDAD

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LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A TURISTAS COMO MECANISMO ALENTADOR DE DICHA ACTIVIDAD

MARIO ALVA MATTEUCCI

A raíz de la modificatoria realizada al artículo 76º de la Ley del Impuesto General a las Ventas, por la Ley Nº 29646, se precisa que serán objeto de devolución los Impuestos General a las Ventas y Selectivo al Consumo que graven los bienes adquiridos por no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas para ser llevados al exterior.

Asimismo, será objeto de devolución el IGV que haya gravado los servicios prestados y consumidos en el territorio del país, a favor de una persona natural no domiciliada, señalados en el literal C del Apéndice V de la Ley, al momento de su salida del país.

La pregunta inmediata que queda por revelar es ¿cuáles son los servicios señalados en el Literal C del Apéndice V de la Ley?

Los servicios en mención son los siguientes:

1. Servicio de transporte público.
2. Servicio de expendio de comidas y bebidas.
3. Guía de turismo.
4. Servicio de salud humana, odontología y los de estética corporal humana.
5. Espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional.

Si observamos, estos servicios apuntan a un determinado personaje: el turista. Parecería ser que este mecanismo pretende potenciar la posibilidad de incrementar el turismo en el Perú, permitiendo que a través de la prestación de estos servicios el turista pueda recuperar el monto del IGV (IVA como se le conoce en la doctrina) que desembolsó cuando los canceló, con lo cual se permite y alienta la llegada de más turistas al observar que la devolución del IGV se convierte en un mecanismo de neutralidad económica y de parte de recuperación de la inversión realizada por ellos para llegar al Perú.

En el caso del servicio de transporte público, el mismo constituye el elemento primordial de todo programa turístico, ello porque siempre existen tour, city tour, traslados del aeropuerto al hotel y viceversa, o traslados a determinada zona de acuerdo al tour como pueden ser unas ruinas, un lugar histórico, un museo, ahora último a un mercado en el caso del turismo gastronómico.

En el servicio de expendio de comidas y bebidas, este aspecto es también relevante ya que el turista necesita de alimentos durante su estadía y permanencia en el Perú. Aquí es donde está el potencial del turismo gastronómico, prueba de ello fue la experiencia de Mistura 2010 en la cual existieron turistas que solo llegaban a Lima para asistir a dicho evento.

El servicio de Guía de Turismo resulta imprescindible en el caso de los turistas ya que muchos de ellos buscan aprender de la cultura de un país y el primer contacto es justamente contar con un Guía de Turismo en su idioma nativo.

Sobre los servicios de salud humana, odontología y los de estética corporal humana, están orientados a generar un mayor consumo de los mismos, prueba de lo que señalamos lo podemos apreciar en el turismo médico en la ciudad de Tacna en donde pacientes de nacionalidad chilena residentes no solo en las ciudades de Arica e Iquique (más cercanas) sino de inclusive de Santiago o de la zona sur de Chile, se atienden en clínicas peruanas de Tacna, en especialidades como Odontología, Oftalmología, Pediatría, Gerontología, Medicina General, Cirugía Plástica, entre otras.

En el último de los servicios de espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, observamos que nuestro país no es un lugar donde este tipo de espectáculos son masivos y menos que se lleven a cabo con una mayor regularidad en el tiempo que en otras partes del mundo por lo que imaginamos que el legislador pretende que con este tipo de medidas se incentive su realización en el Perú, no por algo Juan Diego Flores es peruano y nos visita con regularidad. Quizás lo deseable fuera que el legislador hubiera considerado a los conciertos de música en general dentro de este mecanismo de devolución de IGV, habida cuenta que el Perú ya es una plaza y destino importante en Sudamérica de importantes bandas de Rock.

Solo esperamos que el Ministerio de Economía y Finanzas establezca en breve la reglamentación necesaria para poner en vigencia el sistema de devolución del IGV a los turistas.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

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