Confesión de parte

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Gustavo Gorriti, director de IDL-Reporteros, estima necesario informar que conoce a Leo Gleser, presidente de ISDS, desde hace cerca de 40 años, a través de la práctica del Judo. Por ello, Gorriti ha mantenido distancia de la investigación realizada por Óscar Miranda y editada por Jacqueline Fowks sobre los portatropas para la PNP.

Gustavo Gorriti: “Mi hija Edith Gorriti trabajó para ISDS desde finales de 2010 hasta 2015

La situación legal del representante de ISDS en el Perú, Saul Mishkin, se ha complicado. Fue detenido el 18 de enero del 2010 en Las Vegas, en el marco de una gigantesca operación montada por el FBI para capturar a un conjunto de empresarios acusados de ofrecer sobornos a supuestas autoridades de un país africano. Las “autoridades” eran en realidad señuelos del FBI que tendieron pacientemente la trampa y la cerraron espectacularmente en Las Vegas.
Mishkin, junto a otras 21 personas, fue contactado por falsos representantes del gobierno africano –en realidad, agentes federales y gente controlada por el FBI– y acordó, según la acusación fiscal, pagar hasta un 20% de comisión a cambio de ser uno de los beneficiados de un contrato de venta de equipos militares de US$15 millones.
Luego de pagar US$100 mil para salir en libertad –el 10% de la fianza de US$1 millón que le fue impuesta–, el empresario retornó a su residencia, en Miami, desde donde afrontará este nuevo juicio.
Aunque Mishkin no actuó como representante de ISDS sino de su propia compañía, Orkil International LLC, es probable que esta situación afecte el proceso que se le sigue por el caso de los chalecos antibalas e, incluso, podría tener repercusiones en el de los portatropas. Por lo menos así lo cree su abogado en Perú, Luis Corvetto. “Podría haber presión para que los señores Mishkin y Gleser sean incluidos en la denuncia. Las informaciones que se han propalado sobre el tema recientemente apuntan a eso”, opina.
Fuente: IDL Reporteros.

Relevo de prueba

Si acortamos la historia, que por cierto es preocupante, veremos que algunas ventas coinciden con la presencia de fundadores de la ONG IDL como Gino Costa y Carlos Basombrío como ministros del Interior. El primero, director de seguridad ciudadana en el IDL, fue titular del sector entre 2001-2006 en el gobierno del delincuente Toledo. Y el segundo tuvo el mismo cargo en el gobierno de PPK entre 2016 y 2018.

Armas y más armas

Es de subrayar que “entre los productos más destacados que ISDS ha vendido en Perú se encuentran: -Carros blindados: Utilizados por la Policía Nacional y las fuerzas armadas para operativos de alto riesgo. / – Chalecos antibalas: Distribuidos a unidades especiales y policías en zonas de conflicto. /– Cascos y equipos de protección adquiridos en grandes cantidades durante los gobiernos de Alejandro Toledo y Ollanta Humala”.

Narrativa caviar

En otro momento escribiremos sobre los últimos contratos de los fusiles ARAD 5 mediante acuerdos previos con IWI Tavor, también israelí, para el Mininter y el Ministerio de Defensa. Y también de la vida y milagros de este Gorriti que habría estudiado en la Fuerza Aérea israelí, de donde dicen que salió con grado de oficial de la reserva. Esto sí que es bastante ilustrativo. De allí a cruzar la delgada línea de los servicios secretos y los negocios de armas no hay más que un paso. Claro que siempre con la narrativa caviar de la democracia, los derechos humanos y la lucha anticorrupción.

Hijas de Gustavo Gorriti adquirieron departamento en Miraflores en transacción que genera cuestionamientos

Una investigación de Gino Román basada en registros públicos revela que Dafna y Galia Gorriti Delgado, hijas del reconocido periodista Gustavo Gorriti, adquirieron un departamento en Miraflores en 2013 por S/231,000 al contado, cuando ambas tenían apenas 19 años.
La propiedad fue comprada a la Inmobiliaria Albamar S.A.C., vinculada a Rodrigo Sarria, director de Real Plaza y relacionado con el grupo Intercorp.
El documento, inscrito en el Registro de Predios de Lima, detalla que la transacción se formalizó mediante una escritura pública ante el notario Percy González Vigil.
Las hermanas Gorriti, entonces universitarias de unos 19 años, cancelaron el monto total sin financiamiento, esto es, al contado, lo que ha despertado sospechas sobre el origen de los fondos.
CONTEXTO POLÉMICO
El investigador Gino Román señala que, coincidentemente, el Instituto de Defensa Legal (IDL), fundado por Gorriti, dejó de publicar investigaciones críticas contra Intercorp tras esta operación.
Aunque se encuentran algunas investigaciones en el citado portal sobre Intercorp, Román insiste en que son «superficiales».
«¿Por qué una inmobiliaria ligada a Sarria vende un bien a las hijas de Gorriti? ¿Hubo conflicto de intereses?», cuestiona Román en su post de X desde donde difundió la noticia.
Usuarios en dicha red social reaccionaron con escepticismo. «¿Cómo dos jóvenes sin ingresos evidentes compran un departamento de ese valor?», preguntó un comentarista. Otros apuntan a la opacidad: «Si Gorriti exige transparencia, debería aclarar esto».
SILENCIO Y REPERCUSIONES
Hasta ahora, ni Gorriti ni sus hijas han respondido a las interrogantes. El caso revive debates sobre ética periodística y posibles conflictos en la cobertura de poderes económicos. Mientras, Sarria y Albamar S.A.C. tampoco se han pronunciado.
La transacción, legal en apariencia, queda bajo la lupa pública. ¿Fue un negocio familiar legítimo o un favor encubierto? La falta de explicaciones alimenta la desconfianza en un país donde las redes entre poder mediático y económico suelen ser opacas.
Fuente: Diario Uno.

La injusticia de la justicia, parte I: Gustavo Gorriti estuvo detrás de acusación contra capitán de navío

Este es un caso personal relacionado a muchos otros de los miembros de las FF. AA. que han sido afectados por la injusticia.

Soy el capitán de Navío en situación de retiro, Gustavo Cárdenas Brou, y estoy por cumplir 3 años en Estados Unidos luego de llegar a Miami, y al no tener impedimento de salida del país, viajé para pasar las fiestas de fin de año en familia como todos los años, llegando el 18 de diciembre de 2021.
Esperé con tranquilidad el día 21 de diciembre, fecha en la que se daría lectura virtual al juicio que se me seguía desde el año 2014 por la supuesta desaparición forzada del empleado civil del Ejército Peruano Benito Baldeón Ninahuanca, ocurrido en el mes de agosto del año 1984, cuando se encontraba laborando y viviendo en la oficina de Reclutamiento en la ciudad de Huanta – Ayacucho, hecho del cual siempre me he sentido no culpable, considerándome total y plenamente inocente.
Y esto lo afirmo porque no tenía nada que ver con el supuesto desaparecido, al no tener relación alguna con la función que yo desempeñaba en la ciudad de Huamanga, en la que vivía y laboraba (Cuartel Los Cabitos), que se encuentra a tres horas de Huanta, lugar de residencia y trabajo del supuesto desaparecido. El juicio cuya sentencia se dictó después de 38 años de ocurrido el supuesto hecho, y en el cual no tenía culpabilidad alguna, por lo que pensaba que quedaría en libertad. Pero grande fue la sorpresa tanto mía como la de mi familia cuando escuchamos al relator que se me imponía una sentencia de 15 años de pena privativa de la libertad, acusándome de ser culpable de un delito que, como repito, nunca cometí ni podía haber cometido. Y en mi caso, a mis 75 años, significaba pena de muerte o cadena perpetua, lo que es lo mismo. Nos causó extrañeza, ya que habíamos entendido, o por lo menos creíamos, que la Sala haría justicia, ya que siempre habíamos escuchado la opinión de los abogados de los coacusados decir que no veían en mi caso responsabilidad alguna. Además, con la claridad y precisión de la exposición de mi abogado defensor, Dr. Livio Campos, ante la Cuarta Sala, con argumentos sólidos, claros y precisos, se rechaza la acusación del delito de desaparición forzada (lesa humanidad), y además les hizo recordar que en ese momento no existía en el ordenamiento jurídico nacional dicho delito. Pero la Cuarta Sala Penal Superior Especializada (no se sabe en qué), presidida por la Dra. Miluska Cano y los Drs. Otto Verapinto y Percy Ruiz, no solo no lo tomaron en cuenta, sino también obviaron muchos otros aspectos que detallaré más adelante, así como tampoco las pruebas presentadas, lo cual fue una verdadera desilusión que nos hacía ver que, a pesar de todo, se me acusaría.

Abuso judicial

Ante la indignación que me causó la mala sentencia es que he decidido escribir este artículo, en el que hago ver el abuso al que puede llegar el Poder Judicial al acusar sin prueba alguna y con solo subjetividades que fueron falsas, inventadas, creadas o ideadas, sin importarles el daño que pueden ocasionar a una persona no culpable del delito que se le imputa, como es mi caso. El saber, o más bien creer, que no tendría sanción alguna me obligó a tomar decisiones no pensadas, como que luego de la lectura de la sentencia busqué ponerme a buen recaudo, a fin de evitar una injusta captura y deportación que me llevaría a la cárcel sin merecerlo, sobre todo sabiéndome no culpable.
Disculpen que lo repita, pero la indignación me gana. Como la sentencia fue impensada, ocasionó que no dejara en Lima una carta poder a nadie para que me represente, tanto en los aspectos legales como empresariales, administrativos, financieros, de salud y muchos otros, lo que me ha causado una serie de problemas e inconvenientes, entre ellos uno de suma gravedad familiar, debido a que mi señora esposa al poco tiempo empezó a padecer una enfermedad neurovegetativa irrecuperable, y el sentir la desesperación de no poder ayudarla, que es vital en estos casos, genera ansiedad y angustia.
En estos momentos, carezco de documentos al estar retenidos por la Corte de Miami (tema que detallaré más adelante), y que son indispensables para poder asistir a un hospital, una clínica, un laboratorio para hacerme análisis, comprar medicinas —las que requieren de una receta médica local— y que hay que tomar a diario, por sufrir principalmente de presión alta y tener altas probabilidades de que se pueda repetir el ACV que tuve anteriormente, y sabe Dios qué otra cosa. Todo esto desde hace ya más de tres años.
Lo más triste de todo esto es que la sentencia pareciera haber sido preparada por el IDL, que es manejada por el inefable e innombrable “sacha abogado” Gustavo Gorriti, enemigo acérrimo de los miembros de las FF.AA. y FF.PP., y que con los millones de dólares que recibe de fondos de organizaciones extranjeras conocidas por ser desestabilizadoras de gobiernos, como la de George Soros, que apoya con millonarias sumas con las que se puede dar el lujo de manejar el Poder Judicial y otros organismos. Como lo hemos visto, con el Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, a quien le ordenó telefónicamente suspender una diligencia que se estaba llevando a cabo en su oficina. Es así como el Fiscal de la Nación llama al fiscal interventor a fin de que suspenda la intervención, quien lógicamente cumplió la orden.

El IDL en escena

Asimismo, se notó que los miembros del IDL estuvieron siguiendo de cerca el juicio que se me siguió, tan es así que la Dra. Gloria Cano, miembro de esta organización, apareció a mitad del mismo como defensora del supuesto desaparecido, y el doctor Carlos Rivera, también miembro del IDL, que al día siguiente de llevarse a cabo la lectura de la sentencia —que terminó más de las 22 horas y sin haberse publicado oficialmente— empezó a pregonar en las redes y medios periodísticos de televisión y radiales afines a él, el triunfo que habían logrado al haberse sentenciado a tres miembros de las FF.AA. como culpables de desaparición forzada. Dejando entrever que dicha sentencia habría sido preparada y entregada por el IDL para que simplemente sea leída, y en la cual se nota el mismo patrón que en otros juicios a militares con sentencias similares, en los que claramente se refleja que su símbolo de la balanza en la administración de justicia no se cumple, ya que se dice que los jueces están para administrar justicia sin ningún tipo de ideología, ni política y menos de animadversión. Pareciera ya una persecución política contra los miembros de las FF.AA. y las FF.PP., reflejando que no hay imparcialidad. Si no, veamos el caso del Almirante (r) Alberto Rivero, recientemente sentenciado a 18 años de cárcel, en el cual se le menciona que estuvo en Ayacucho en el mes de julio de 1984, cuando no es cierto, ya que en la citada fecha era yo el que se encontraba en Ayacucho. Así como ese error, hay muchos en las sentencias emitidas. Basta ver la del General Rivero Lazo, 23 años preso en un juicio plagado de irregularidades, o la del General Fernández y otros.
En todas esas sentencias hay un mismo patrón. Además, estamos viendo que a los subversivos que han sido capturados en flagrancia, el Poder Judicial no solo les ha dado libertad, sino que ha logrado hacer que el Estado los tenga que indemnizar. Diferencias odiosas que dan indignación, ya que los miembros de las Fuerzas Armadas fueron designados por su institución para cumplir con el deber de luchar contra las hordas asesinas de Sendero Luminoso en defensa de la población civil, y a ellos sí se les enjuicia y se les mete presos. Lo que deja ver el abuso del Poder Judicial al acusar de delitos sin pruebas confirmadas, como es mi caso, y con eso no están haciendo justicia, sino injusticia. Y al no tener las pruebas, las crean o inventan con subjetividades, con tal de sentenciar, en una clara muestra de abuso en sus decisiones, y pareciera hecha con intenciones políticas para socavar la voluntad de lucha de las FF.AA. contra los asesinos de Sendero Luminoso.
Los congresistas Fernando Rospigliosi y el Almirante José Cueto, a quienes agradezco sinceramente porque con muy buen criterio han sido los autores de la Ley 32107, ya promulgada, para hacer justicia y no impunidad, como dicen los caviares y comunistas, a los miembros de las FF.AA. y FF.PP., a fin de dar por terminado los eternos juicios a sus miembros por el delito de lesa humanidad, aplicado erróneamente antes del año 2002, en que recién entró en vigencia, y antes de ese año no existía en el ordenamiento jurídico nacional. Lo que deja claro que no se debió imputar por esa razón, y actualmente los jueces abusivamente vienen forzando la ley para no cumplir con ella, ni con los principios generales del derecho, en que la ley repara la injusticia, incurriendo en prevaricato y convirtiéndose en un mal ejemplo para todos los delincuentes, subversivos, asesinos, secuestradores, chantajistas, extorsionadores, que ven que si los jueces que deben cumplir con la ley no lo hacen, ellos también tendrían derecho a no hacerlo.

Amenaza mortal

El suscrito fue designado a Ayacucho para reemplazar momentáneamente al Capitán de Fragata Juan Carlos Vega Llona, hasta que llegara su relevo correspondiente, quien tenía que ser evacuado debido a las constantes amenazas de muerte recibidas, por lo que para protegerlo fue nombrado a la Embajada del Perú en Bolivia, en donde fue vilmente asesinado el año 1988, en plena calle de La Paz, por Sendero Luminoso. Mi destaque fue por 30 días, del 6 de julio hasta el 6 de agosto, de los cuales estuve solo 24 días, ya que tuve que regresar a Lima del 26 al 2 de agosto debido a unos pendientes que quedaron al salir apresurado para relevar al C. de F. Vega Llona del Comando General. A diferencia del suscrito, que era oficial especialista desde el año 1979, como consta en mi legajo personal que se presentó como prueba, y es por esa razón que el Comando de la Fuerza de Infantería, en uso de sus facultades, me designó como Representante de Marina (REPREMAR) ante el Jefe de Estado Mayor de la Segunda División de Infantería del Ejército en Ayacucho, a fin de salvaguardar los intereses de la Marina, así como hacerme cargo de todos los aspectos logísticos y administrativos del destacamento de Marina en Ayacucho, como eran los traslados de fallecidos y heridos, relevos, materiales, armas, municiones, vehículos, repuestos, etc., y al presentarme al Jefe Político Militar de la zona se me asignó una casa de oficiales en el Cuartel Los Cabitos, en Huamanga, para que la use como alojamiento y oficina.
Al finalizar el juicio que se me siguió en Lima, llegué a Miami dejando todos mis datos acá en Inmigraciones y me alojé en casa de mi hija, para recibir las Navidades en familia y esperar la lectura de la sentencia. En que esperamos a que pasen las fiestas de fin de año para ponerme a buen recaudo, sabiendo que en poco tiempo llegaría el RQ internacional, con lo cual me podrían detener, deportar y meterme a la cárcel, lo cual era una injusticia al ser una sentencia abusiva, conociendo que era inocente, y también porque creo que no debería ir a la cárcel por un delito no cometido. Ante esta situación, tuve que alquilar un departamento con otro nombre y, antes de que se venciera la visa, contraté un estudio de abogados para solicitar la ampliación de la misma, pagando los correspondientes honorarios, así como a Inmigraciones y el examen biométrico, todos hasta en tres oportunidades. Y al no recibir respuesta alguna del área de Inmigraciones, y estar protegido de deportación mientras estuviera en trámite. Gracias a Dios, siempre tuve el apoyo de mi familia: hija, yerno y nietos, que los fines de semana me recogían y me llevaban a su casa, y así poder tener un momento familiar con las precauciones del caso.
Diario expreso - La injusticia de la justicia, parte II: Gorriti fue gran perseguidor de capitán Gustavo Cárdenas, pero no logró su objetivo

La injusticia de la justicia, parte II: Gorriti fue gran perseguidor de capitán Gustavo Cárdenas, pero no logró su objetivo

Esta es la última parte del testimonio del capitán de Navío, Gustavo Cárdenas Brou, quien asegura haber sido víctima de una persecución por parte del IDL y un grupo de jueces que imponen la justicia a su antojo.
Al asistir por tercera vez a hacer el examen biométrico y estando en la cola para ingresar a las oficinas, me detuvo un Oficial de Inmigraciones y me entregó un oficio fechado ese mismo día en el que indicaba que la primera solicitud de ampliación de visa había sido denegada y por lo tanto me encontraba fuera de status, a pesar de que inmigraciones aceptó el pago de las tres solicitudes y haber asistido a dos exámenes biométricos, me detuvieron y me trasladaron al Centro de Detención KROME de Miami donde quedé preso, y para poder salir y evitar la deportación tuvo que viajar mi hijo a Miami a buscar a una de las mejores abogadas para evitar esta medida extrema debido a la RQ que iba a ser remitida desde Lima. Gracias a Dios después de varias entrevistas se pudo contratar a la Dra. Lamardo que asumió mi defensa ante el problema migratorio que tenía.
El día de la cita en la Corte, tuve la suerte que me tocara un señor juez recto, íntegro y muy directo que escuchó los alegatos de mi abogada, quien me sorprendió al ser clara y precisa, expresando en mi defensa la realidad de todos los acontecimientos sin aumentar ni quitar nada, luego el juez le hizo una serie de preguntas igual que a mí y antes de emitir su veredicto expresó: “NO LO PUEDO CREER NI ENTENDER QUE EN EL PERÚ ESTÉ PASANDO ESTO. LUEGO DE 38 AÑOS DE SUCEDIDO EL SUPUESTO DELITO Y SIN PRUEBAS CLARAS, PARA MÍ ESO SOLO SE PUEDE CALIFICAR COMO UNA PERSECUCIÓN POLÍTICA Y EN MI CORTE NO LO VOY A ACEPTAR NI PERMITIR ASÍ QUE LE VOY A DAR LIBERTAD BAJO FIANZA CON RESTRICCIONES, HASTA QUE SOLUCIONE SUS PROBLEMAS TANTO EN LIMA COMO EN INMIGRACIONES, DÁNDOME UNA SERIE DE RECOMENDACIONES E INDICÁNDOME QUE AL TENER TODO EN ORDEN YA PUEDO RECLAMAR MIS DOCUMENTOS”.
En Lima, los abogados elevaron a la Sala Suprema un recurso de nulidad en donde el Dr. Humberto Abanto y el Dr. Livio Campos hicieron una exposición excelente, bastante clara, precisa y jurídica expresando las razones por la cual se debería anular la sentencia de la Cuarta Sala Superior y, en estos momentos, he tomado conocimiento que la respuesta va a ser negativa, a pesar de haberse promulgado la Ley 32107. En este caso –de suceder– también los jueces de la Sala Penal Suprema estarían incumpliendo con la ley en una clara muestra de desacato y prevaricato.
Desde 1984 he pasado por un juicio en la Corte Suprema de Justicia Militar por abuso de Autoridad planteado por la esposa del supuesto desaparecido el cual fue sobreseído al entender mi no culpabilidad, luego se me abrió un juicio en Ayacucho al que debí asistir al Juzgado junto con mi abogado durante un buen tiempo con el consiguiente gasto en pasajes, alojamiento, comida y movilidad y además con el peligro que eso acarreaba y en el cual estaban también presentes los de la ONG IDL.
Para finalizar quiero aclarar los principales puntos de la acusación que solo no son ciertos, sino tergiversan la realidad e inventan cargos y puestos, así como los puntos que la Sala Superior no tomó en cuenta para dictar su sentencia.
Primero
Es notorio que no se consideró que desde 1979 soy un oficial especialista en Inteligencia tal como figura en mi legajo personal, así como en la Dirección de Personal de la Marina y como tal –a diferencia de los oficiales de Comando General como lo estipula el Reglamento de Marina– no tenemos ni mando de tropa ni comando de unidades.
Segundo
Se dijo que como Capitán de Fragata era el oficial más antiguo de la Marina en Ayacucho y por lo tanto era el Jefe de la misma, lo cual NO ES CIERTO ya que el oficial nombrado como Jefe de Caimán XIII por el Comandante de la Fuerza de Infantería de Marina era el Capitán de Corbeta Álvaro Artaza Adrianzén (Comandante Camión) oficial de Comando General. Como yo ya lo expresé, mi cargo era de Representante de la Marina, ante el Estado Mayor del jefe Político Militar de Ayacucho.
Tercero
En la Fiscalía de la Suprema se dijo que ostentaba el cargo de Jefe de la Segunda Sección y Representante de la Marina ante el Estado Mayor de Jefe Político Militar de Ayacucho y por lo tanto por mi jerarquía, cargo y responsabilidad tenía conocimiento de las dos detenciones que tuvo el agraviado y su posterior desaparición, lo cual es una afirmación FALSA, el cargo de Jefe de la Segunda Sección era en la Fuerza de Infantería de Marina en Ancón Lima y no en Ayacucho, asimismo, desconocía de la primera detención ya que su Jefe el Mayor EP Castillo Uribe no lo comunicó a nadie hasta después que ya no estaba en Ayacucho, y de la segunda detención -que fue el 2 de Agosto- yo tomo conocimiento porque me encontraba en la casa del Coronel EP Briones, cuando el Mayor EP, le informa al mencionado Coronel EP de la detención del agraviado quien igual que yo no tenía conocimiento previo y menos de su paradero en ese momento. Tampoco podía formar parte, como insinúan, del Estado Mayor del Ejército en Ayacucho porque no era un Estado Mayor Conjunto y además sus integrantes como lo dijo el General Huamán Centeno, Jefe de la Segunda División de Infantería en Ayacucho, porque su Estado Mayor estaba integrado por Coroneles que han seguido preparación en el CAEM, y yo era Capitán de Fragata y no podía haber seguido ese curso.
Cuarto
Se dijo que tenía conocimiento de las operaciones de Caimán XIII lo cual es FALSO ya que el General Huamán expresó que en todo lo que respecta a operaciones con la Marina las veía directamente con el Jefe del Destacamento Caimán el Capitán de Corbeta Álvaro Artaza (Comandante Camión) y su Comando era por 3 meses.
Quinto
Se me acusa del delito de lesa humanidad (desaparición forzada) cuando en esa época no FIGURABA en la Legislación Peruana dicho delito.
Sexto
El supuesto desaparecido empleado civil del Ejército, a cargo de la Oficina de reclutamiento, vivía y trabajaba en el distrito de Huanta a 3 horas de Huamanga en donde estaba mi oficina y alojamiento por lo cual no solo no conocía al agraviado ni tenía conocimiento de la existencia de la citada Oficina ni de la principal en Huamanga que estaba al mando del Mayor EP Castillo Uribe a quien tampoco conocía como él mismo lo expresó en el juicio seguido en el Consejo Supremo de Justicia Militar que nunca había conocido al Capitán de Fragata Gustavo Cárdenas y que nunca se habían saludado ni fueron presentados.
Séptimo
La Sala Superior NO toma en cuenta las manifestaciones de los testigos marinos bajo el ridículo criterio de que en la Marina existía un alto espíritu de cuerpo y por lo tanto no se acusarían entre ellos a pesar de que juraron en el juicio ante la biblia decir la verdad y nada más que la verdad bajo el apercibimiento de ser acusados de perjurio, y ninguno de ellos fue acusado
Octavo
Encontrándome el 02 de agosto en la casa del jefe del Estado Mayor El Coronel EP Abraham Briones se acercó el Mayor EP Castillo Uribe para comunicarle que había recibido información que la Marina había detenido al empleado civil encargado de la Oficina de Reclutamiento de Huanta y se encontraba desaparecido, hasta ese momento, nunca nadie mencionó ni dio parte que la Marina lo detuvo el 26 de julio para ser interrogarlo por la entrega de Libretas Militares a los subversivos y que al día siguiente fue puesto en libertad. Esa noche el Coronel EP Briones me solicitó que por favor podría averiguar dicha información, comunicándome luego con el Capitán de Corbeta Álvaro Artaza, quien lacónicamente me contestó que efectivamente había sido detenido y puesto en libertad sin aclarar que se refería a la del 26 de julio lo que el Coronel EP Briones y el suscrito desconocíamos. Esta respuesta luego se la comuniqué al Coronel EP Briones.
Noveno
La Segunda Fiscalía Suprema en lo penal emitió su opinión a la Corte Suprema de NO a la nulidad solicitada por los Abogados defensores tomando como base la llamada que hice al Capitán de Corbeta Álvaro Artaza a preguntarle si la Marina había detenido al empleado civil , en la que dice “QUE EL APORTE PROBATORIO DE LA VERSIÓN DE ESTE TESTIGO HA RESULTADO RELEVANTE PARA DETERMINAR LAS INCIDENCIAS EN RELACIÓN A LA DESAPARICIÓN DEL AGRAVIADO, DETENCIÓN QUE FUE CONFIRMADA POR CÁRDENAS BROU”; esto es FALSO. Otra mentira, yo nunca pude haber confirmado la desaparición por una razón muy sencilla que parece no se han dado cuenta porque si fuera así querría decir que quien me contestó, el Capitán de Corbeta Álvaro Artaza, estaría autoinculpándose de la detención como Jefe del Destacamento y por lógica no se va a poner él mismo la soga al cuello. Repito él en su respuesta se refería a la que fue el 26 de Julio, no el 2 de agosto,
Décimo
La misma Fiscalía manifiesta que siendo el oficial de más alta graduación tenía a su cargo las operaciones de inteligencia que sustentaban las operaciones de la Marina, INVENTO ya que no es cierto, debido a que mi cargo de Inteligencia estaba en Infantería de Marina en Ancón Lima donde ocupaba el cargo de Jefe de la Segunda Sección del Estado Mayor no en Ayacucho donde no podría serlo ya el destacamento Caimán estaba bajo órdenes del Capitán de Corbeta Álvaro Artaza menos antiguo que yo.
Décimo Primero
La Fiscalía tampoco toma en cuenta mi especialidad en la cual ya se dijo las limitaciones que conlleva y además manifiesta que estaba al tanto de la estrategia de las operaciones lo cual también es FALSO por lo expresado anteriormente, por el Gral. Huamán Centeno
Décimo Segundo
Lo que tampoco se toma en cuenta es que para poder mandar a desaparecer a una persona tendría que planificarse y eso no se podía hacer vía teléfono sino en forma presencial y yo no solo no estaba en Huanta sino que las reuniones de operaciones se hacían directamente con el General EP Huamán.
Décimo Tercero
La Fiscalía también dice que el Mayor EP Castillo Uribe informó de la desaparición del empleado civil, pero lo que no dijo era que esta fue hecha después de 12 días de la supuesta desaparición del 2 de agosto, cuando yo ya estaba en Lima desde el día 6 de agosto.
Décimo Cuarto
Si de algo estoy completamente seguro es que en el corto tiempo que estuve en Ayacucho no solo no mandé u ordené desaparecer a nadie ni tampoco tenía cómo hacerlo por lo tanto sé que soy INOCENTE y no CULPABLE y además nunca la Fiscalía ha podido mostrar ninguna prueba efectiva que diga lo contrario, como vemos son subjetividades, ya expresadas.
Fuente: Diario EXPRESO.

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