Corte Superior absuelve a Milagros Leiva

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Anahí Durand escapa de la prensa en forma vergonzosa

La hablantina exministra de la Mujer, Anahí Durand, también expareja del chileno del MRTA Alejandro Astorga, apareció en cámaras denunciando un supuesto acoso a las mujeres de izquierda. Para ello la imaginativa camarada inventó el llamado grupo Mujeres por Nueva Constitución, así como Lourdes Huanca había “creado” una federación de mujeres de no se sabe qué.
Hablaba Anahí del acoso a las izquierdistas hasta que alguien le preguntó por el acoso e insultos del premier Aníbal Torres contra la periodista Sol Carreño. De inmediato hizo una mueca rara y escapó del lugar sin responder palabra alguna. Así son.
Fuente: Diario EXPRESO. La Séptima Sala Penal Liquidadora de la Corte superior de Justicia de Lima revocó la sentencia contra la conductora de Willax, Milagros Leiva. La razón de la denuncia fue por la supuesta difamación contra la exministra de Pedro Castillo, Anahí Durand.
Como se recuerda, la periodista fue sentenciada en primera instancia por el delito de difamación contra la exministra de la mujer de Pedro Castillo, esto tras haberla llamado, supuestamente, “terrorista” en su programa ‘Milagros Leiva: Entrevistas’.
En consecuencia, revocaron la Resolución de Fecha 19 de enero del 2023, emitida por el 7° Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, que resolvió disponer la reserva del fallo condenatorio, contra la imputada Norma de los Milagros Leiva Gálvez. Y ordenó el pago solidario de una reparación civil consistente en S/20,000.00 soles, por el delito contra el honor, difamación Agravada, en agravio de Anahí Durand Guevara”, se lee en el documento.
Además de lo mencionado en la misiva, se le impuso un año de reglas de conducta con reserva del fallo condenatorio a pena de prisión. Ante la nueva decisión, fundamentada por lo expuesto por los miembros de la Corte Superior, se dispuso la devolución del cuaderno principal al Juzgado de origen.

Milagros Leiva recordó al exesposo terrorista de Anahí Durand

Cabe recordar que, a mediados del año 2021, la amiga de Verónika Mendoza, denunció a los periodistas Milagros Leiva, Augusto Thorndike y Beto Ortiz por vincularla sentimentalmente con Alejandro Astorga, un terrorista extranjero que perteneció al MRTA y cumplió prisión en el penal de Castro Castro.
Fuente: Diario EXPRESO.

Ex frentistas son condenados por asalto a un banco de Pudahuel en 2013

Por Christian Zúñiga- Diario El Mercurio
Los sujetos ingresaron a una sucursal del Banco Santander portando un fusil de guerra y una granada.
Los ex frentistas Jorge Mateluna Rojas, indultado en el año 2004; Alejandro Astorga Valdés ex miembro del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru de Perú; y René Sanhueza, vinculado al Frente Patriótico Manuel Rodríguez, fueron condenados a más de 12 años de presidio efectivo por participar en un asalto a un banco el año 2013 en la comuna de Pudahuel. Los acusados ingresaron en la sucursal del Banco Santander portando un fusil de guerra y una granada. Según informó radio Cooperativa, Mateluna Rojas fue condenado a 11 años de prisión por robo con intimidación, sentencia superior a los 10 años que deberán cumplir Astorga Valdés y Sanhueza Molina por la misma figura penal. A esto se suman condenas adicionales de tres años y un día para cada uno de los involucrados por cargos de receptación, cinco años y un día para Jorge Mateluna Rojas por tenencia de arma bélica, misma figura con la cual sus compañeros en el atraco recibieron otros tres años y un día. Pablo Alonso, fiscal adjunto de Pudahuel destacó la severidad de las condenas, expresando que “se valoran de sobremanera” así como el trabajo de las policías involucradas durante el largo proceso de investigación.
Fuente: Emol.com- https://www.emol.com/noticias/nacional/2014/10/31/687806/ex-frentistas-son-condenados-a-12-anos-de-presidio-por-asalto-a-un-banco.html

En prisión quedan sujetos detenidos tras asalto a banco con armamento de guerra

Por Angélica Baeza Palavecino- LaTercera.com
Los tres imputados fueron formalizados por robo con intimidación, homicidio frustrado, receptación, patente falsa, portar arma de guerra.
Luego de que fueran detenidos por el robo a una sucursal del Banco Santander en la comuna de Pudahuel, Jorge Mateluna Rojas (39), Alejandro Astorga Valdés (44) y René Sanhueza Molina, quedaron en prisión preventiva, luego de ser formalizados por los delitos en común de robo con intimidación, homicidio frustrado, receptación, patente falsa, porte de arma de guerra.
En el atraco, utilizaron armamento de guerra, entre ellos un fusil M16 y una granada, por lo que Astorga fue formalizado además por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y de elemento bélico. En tanto, Sanhueza, por porte ilegal de arma de fuego.
El tribunal dio 180 días de plazo para la investigación, luego de la formalización encabezada por el fiscal Luis Pablo Cortés.

Los cinco cinematográficos asaltos vinculados a banda liderada por ex frentista

Por Angélica Baeza Palavecino- Diario La Tercera
Los antecedentes que tenían Jorge Mateluna Rojas (39), Alejandro Astorga Valdés (44) y René Sanhueza Molina -detenidos por el asalto a una sucursal del Banco Santander de Pudahuel- los relacionan con otros delitos similares.
Mateluna por ejemplo, fue detenido por asociación ilícita terrorista, robo de dinero y robo con homicidio en 1994, cuando ingresó a asaltar un supermercado Egas y asesinó al guardia de seguridad.
Sanhueza por su parte, fue condenado por asociación ilícita, ha sido detenido por provocar desórdenes públicos y por la colocación de un artefacto explosivo en una iglesia mormona.
En tanto, Astorga fue condenado a cadena perpetua en Perú por los delitos de secuestro y terrorismo, cuando formada parte del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru.
Sin embargo, el OS-9 de Carabineros se encuentra investigando la participación de estos tres sujetos, que ya se encuentran en prisión preventiva, por cinco asaltos a bancos, los cual se caracterizan por su cinematográfico accionar, el uso de máscaras o capuchas y su violencia.
Se presume que los sujetos participaron en un robo a una sucursal del Banco Santander ocurrido el 27 de enero del año 2011, en Vicuña Mackenna, cuyo botín superó los 100 millones de pesos.
Llegando al 2012, el 30 de abril de 2012, asaltaron un banco Santander también en la comuna de Pudahuel, donde los antisociales se demoraron sólo dos minutos en el delito, el cual cometieron con máscaras de la película Scream.
Otro es el atraco cometido el 6 de junio del mismo año a una sucursal del banco Scotiabank, ubicada en calle San Diego 2202, del cual escaparon con $12 millones.
Pasando al 2012, los mismos delincuentes habrían participado del asalto a un banco Santander ubicado en calle Irarrázaval, donde ingresaron con máscaras y pelucas.
Los delincuentes huyeron con un botín cercano a los $6 millones, en un vehículo que tenía encargo por robo, modus operandi muy similar al robo de este lunes en Pudahuel.
Luego, el 29 de octubre fue el turno de una sucursal bancaria en la comuna de Quilicura, donde un guardia terminó en estado grave tras ser baleado. Además, los sujetos ingresaron al local con máscaras similares a las del grupo Anonymous.
Además, los delincuentes utilizaron un fusil M-16, con el que dispararon contra los cristales que separan a los cajeros del público, llevándose cerca de cien mil pesos.
De acuerdo a los antecedentes, en estos delitos los protagonistas gritaron consignas políticas, lo que está siendo investigado por personal de Carabineros.

«Este es el primer precedente de libertad de prensa»

Abogado de Milagros Leiva se pronunció sobre la revocación de sentencia a Milagros Leiva por difamación.
El abogado César Nakasaki se refirió a la revocación de la sentencia a Milagros Leiva por supuesta difamación contra la exministra Anahí Durand.
Bajo esa línea, César Nakasaki saludó la decisión de la Séptima Sala Penal Liquidadora y señaló que este es un precedente importante que la justicia peruana dio en temas de libertad de prensa.
La decisión tomada por la Séptima Sala Penal Liquidadora ha marcado un precedente en la jurisprudencia nacional porque nunca antes se había podido pronunciarse sobre un conflicto entre el derecho al honor que invocaba a la querellante con el derecho a la libertad de prensa, sobre todo en contexto de procesos electorales. Lo importante es que el tribunal ha establecido que, para que exista democracia, el periodista necesita libertad de prensa para poder informar y opinar sobre la vida pública de los políticos”, puntualizó.
La defensa de Milagros Leiva precisó que el tribunal se basó en el derecho al voto informado. Además, sostuvo que la presentadora de televisión nunca difamó a la extitular del MIMP, Anahí Durand. Por el contrario, informó los hechos que eran parte de su historial.
No solo es el derecho del periodista, sino que ejerce la libertad de prensa para respetar en procesos electorales el derecho al voto informado de las personas. Eso resalta el tribunal, que tú como periodista como todo otro, tiene el deber de informar a la opinión pública para que el voto sea informado y la única manera que este sea así, es que se conozca al candidato en todos los aspectos de su vida. Inclusive en los privados o públicos como este, donde había una serie de hechos, la relación sentimental con un condenado por terrorismo, la dedicatoria de la tesis a este, la carta donde califica de delincuentes políticos a los terroristas del MRTA y la participación de un libro. Había la necesidad de deslindar la vinculación con el terrorismo“, agregó.
La defensa de Milagros Leiva precisó que el tribunal se basó en el derecho al voto informado. Además, sostuvo que la presentadora de televisión nunca difamó a la extitular del MIMP, Anahí Durand. Por el contrario, informó los hechos que eran parte de su historial.
“No solo es el derecho del periodista, sino que ejerce la libertad de prensa para respetar en procesos electorales el derecho al voto informado de las personas. Eso resalta el tribunal, que tú como periodista como todo otro, tiene el deber de informar a la opinión pública para que el voto sea informado y la única manera que este sea así, es que se conozca al candidato en todos los aspectos de su vida. Inclusive en los privados o públicos como este, donde había una serie de hechos, la relación sentimental con un condenado por terrorismo, la dedicatoria de la tesis a este, la carta donde califica de delincuentes políticos a los terroristas del MRTA y la participación de un libro. Había la necesidad de deslindar la vinculación con el terrorismo“, agregó.
Finalmente, el abogado indicó que la Corte Superior de Justicia concluyó que el “reportaje fue el ejercicio legitimo de la libertad de prensa”. Frente a ello, “un periodista no puede ser condenado bajo ningún concepto siempre y cuando la información sea de interés público y se base en información veraz”.
Fuente: Diario EXPRESO.

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