Cuestionamientos

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Acuerdo con Odebrecht

Por MANUEL ROMERO CARO– Diario Gestión.
El 23.11.18 y el 05.12.18 escribí dos artículos sobre mis impresiones iniciales sobre el Acuerdo a suscribirse con Odebrecht (ODB). Sin embargo en esa época surgieron una serie de alertas sobre la posible salida de los fiscales Rafael Vela y José Pérez, por lo que dejé de escribir sobre el Acuerdo. Posteriormente las posibilidades de dichas salidas fueron en aumento hasta que la noche del 31 de diciembre el ahora ex Fiscal de la Nación Chavarry anunció las salidas. Pero posteriormente ante las presiones recibidas anuló las mismas. Habiendo sido repuestos Vela y Pérez; con una nueva Fiscal de la Nación; habiendo concluido tanto la Procuraduría como la Fiscalía sus partes en el Acuerdo; y habiéndose postergado por diversas razones la tercera declaración de Jorge Barata y la de los otros ex directivos de Odebrecht, reinicio mis cuestionamientos al Acuerdo a suscribirse con Odebrecht.
1) Argumento engañoso. El principal argumento de los defensores de la firma del Acuerdo es que esa es la única forma viable de detectar a los corruptos que recibieron sobornos de Odebrecht. Falso. En el mejor de los casos solo conoceremos a los corruptos involucrados en los 4 proyectos, escogidos por los ejecutivos de Odebrecht; entre los que no está el Gasoducto Sur Peruano, de lejos el más grande proyecto de ellos, y en el que, en mi opinión, se habría repartido la mayor cantidad de sobornos. Desafortunadamente lo más probable es que nunca conozcamos a los corruptos que habrían recibido coimas en los 64 proyectos que ejecutó Odebrecht en nuestro país. En otras palabras, solo conoceremos a los corruptos en el 6.25% de las obras de Odebrecht. Obviamente si en el futuro se recibieran nuevas colaboraciones eficaces referidas a las 60 obras de Odebrecht que no están en el Acuerdo, la cosa cambiaría.
2) Negociación desbalanceada. No comparto la “negociación” llevada a cabo con Odb por los representantes de la Procuraduría y de la Fiscalía. Desde hace años se sabe de los sobornos solo en los 4 proyectos escogidos por Odebrecht. Además de la impunidad para sus ex directivos; se le ha permitido seguir operando en el país; se les ha aceptado una reparación pequeña; se le habría exonerado de incluir la venta de Chaglla en lo dispuesto por la Ley 30737; se les ha otorgado un blindaje de medidas cautelares (bloqueos, embargos,etc). Y a cambio de todo lo anterior, ¿en qué aspectos importantes ha cedido Odebrecht a cambio de las numerosas concesiones recibidas, fuera de la información referida a solo el 6.25% de sus obras en Perú?
3) La nefasta Ley 30737. Cuando las papas quemen, tanto la Procuraduría como la Fiscalía José Pérez argumentarán que ellos simplemente siguieron lo establecido en la Ley 30737 y su Reglamento. Por lo que la responsabilidad se trasladaría a los que aprobaron dicho dispositivo legal y su reglamento. Afortunadamente, antes que se aprobara dicha ley , dejamos constancia de nuestras discrepancias (1). En dicha oportunidad manifestamos que “el giro de 180 grados que ha dado el gobierno en el proyecto que reemplazaría al DU 003, evidencia que el Ejecutivo está girando hacia posiciones cercanas a las que postula Odebrecht “. También alertamos que “la 4ta disposición transitoria del proyecto de ley le otorgaría facultades absolutas a la Fiscalía para darle impunidad a la constructora cuando esta entre a la colaboración eficaz. Pudiendo la Fiscalía reducir, o inclusive anular, las reparaciones que Odebrecht debería de pagar”. En otras palabras se trataba de un terno a la medida de Odebrecht y de los bancos acreedores.
La Fiscalía habría disminuido el monto de la reparación civil en 471 millones de soles
4) Odebrecht y sus acreedores
El problema de los bancos con Odebrecht Perú (Odb) está referido al Gasoducto Sur Peruano (GSP). Que no debió iniciar su construcción hasta que no hubiera asegurado el financiamiento definitivo. Pero Odb decidió iniciarlo con financiamientos de corto plazo. Los que al llegar a niveles preocupantes fueron suspendidos. Luego los bancos también negaron el financiamiento definitivo. Como los bancos quedaron “enganchados”, presionaron a Odb y a PPK para cambiar el DU 003, hasta que se publicó la Ley 30737. Que es un terno a la medida de Odb y sus acreedores. Entre los diversos aspectos preocupantes, el que se lleva el premio es la 13ava Disposición Transitoria, que otorga al Ministerio Público poderes plenos, pudiendo “eximir, suspender o reducir la aplicación de la presente ley”; con la finalidad de “incentivar su colaboración eficaz”.
5) Reparación Civil recortada.
Cuando se conoció que se había aceptado 610 millones de soles como Reparación Civil (RC) pagaderos en 15 años sin intereses, le llovieron las críticas al Procurador Rodriguez. Por lo que la Procuraduría informó que se confundía el cálculo de la RC con el beneficio que ofrece el equipo especial de la fiscalía para excluir a Odebrecht de los alcances de la Ley 30737. En otras palabras, el monto original de la RC fue mayor; cantidad que habría sido recortada a 610 millones de soles por la Fiscalía. Si además consideramos las declaraciones del Ministro de Justicia a la prensa extranjera el 29.11.18, el panorama se aclara. En dicha oportunidad el ministro Zeballos manifestó que si bien la venta de Chaglla sería de US$ 1,200 MM (monto demasiado bajo para un proyecto al que se le ha garantizado la compra de su producción), la transacción se reduciría casi a la mitad porque el comprador asumiría diversas deudas. Y la parte en efectivo sería de US$ 640 MM, precisando que “de prosperar la venta, el 50% corresponde a la empresa vendedora (Odebrecht) y el otro 50% pasa al Estado como reparación civil” (Gestión 30.11.199).
Por lo que queda claro que al 29.11.12, según el ministro de justicia, la RC ascendía a US$ 320 MM; equivalentes a 1,081 millones de soles. Y si a dicha cantidad le deducimos los 610 millones de soles de Reparación Civil consignados en Acta con Odb, concluiremos que la Fiscalía para el caso Lava Jato habría disminuido el monto de la reparación civil en 471 millones de soles aproximadamente. ¿Qué metodología utilizaron los “financistas” de la fiscalía Lava Jato para determinar dicho monto?
6) Rescatando a los bonistas.
Pero tampoco se cumplirá con entregar al Estado el 50% del pago al contado (US$ 320 MM). Es que nuevamente la Fiscalía modificó el acuerdo, beneficiando a Odb. ¿Qué sucedió entre el 29.11.18 y el 08.12.18 en que se firmó el Acta, para que se incumpliera con lo anunciado? Todo indicaría que a pesar de la impresionante disminución de 471 millones, todavía no le alcanzaba a Odb para aplacar a sus acreedores internacionales. Estimamos que lo que habría sucedido es que se informó que, OEC, la empresa de ingeniería y construcción del grupo, fue declarada en default. Por lo que Odb necesitaba fondos que vendrían del Perú.
Tanto Odebrecht como los prestamistas tienen quien defienda sus intereses; pero ¿quién defiende los intereses de los consumidores? Se supone que debería de ser el gobernante de turno. ¿ Qué opina de estas concesiones a Odb el Presidente Vizcarra, quien aprobó el reglamento de la Ley 30737? ¿ Vizcarra dio su venia al Acuerdo con Odb como anunció el PCM Villanueva ? ¿por qué el ministro de justicia Zevallos no ha denunciado estas irregularidades? ¿y los fiscales no le deben una explicación a la ciudadanía? ¿por qué la ciudadanía tiene que asumir los errores de los banqueros o los problemas de liquidez de Odebrecht?
En resumen, estamos entregando demasiado para recibir muy poco. Es imprescindible renegociar el Acuerdo con Odb para que sea más equitativo. Ellos están más presionados que nosotros, y a los bancos no les atrae la idea de entrar a un proceso de insolvencia. Además también existen otras alternativas viables. La primera de ellas puede ser impulsar acuerdos con los socios locales de Odb. Por ejemplo Graña y Montero necesita aumentar su capital, pero para atraer socios necesita eliminar las contingencias judiciales resultantes de su asociación con Odb en diversos proyectos. Por lo que podría llegar a un Acuerdo de Clemencia con la Fiscalía y entregar información de interés en varios proyectos importantes, empezando por el GSP. Y así se podría obtener mejor información que con Odb, pero a un costo muchísimo menor. Otra alternativa sería impulsar decididamente un Acuerdo con las autoridades suizas. Es así que estas han enviado información que permite comprobar que tanto Odebrecht, como Josef Maiman, ambos colaboradores eficaces de las autoridades judiciales peruanas, habrían mentido, o habrían ocultado información sobre sobornos en el caso de la Interoceánica Norte por US$ 9,975,000. ¿Porque la Fiscalía firmaría un Acuerdo con Odebrecht, que ya le habría mentido/ ocultado sobornos en IIRSA Norte?.
(1) El Imperio contraataca. Gestión 27.02.18

En Equipo Lava Jato afirman que el abogado que contrate el Estado peruano no puede participar en extradición de Toledo

Por Aaron Salomón– Político.pe
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Vicente Zeballos, indicó el último fin de semana que el gobierno está en búsqueda de un abogado para que haga seguimiento al proceso de extradición en contra del expresidente Alejandro Toledo (a quien se le ha dictado prisión preventiva porque habría recibido 20 millones de dólares en coimas de Odebrecht a cambio de los tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica) en Estados Unidos. “Estamos definiendo todos los perfiles propios de una contratación para contar con un abogado que se haga representante de nuestros intereses ante el gobierno norteamericano, con la finalidad de acelerar el proceso”, declaró Zeballos al diario Correo.
Lo dicho por el también legislador “liberal” ha causado –con justa razón– indignación pues en una primera lectura parecería que el gobierno del presidente Martín Vizcarra no tiene el más mínimo interés en querer que regrese el exmandatario chakano, fugitivo por casi dos años. Pero, antes de llegar a una conclusión, este portal consultó con varias partes involucradas en el asunto para dilucidar qué tan importante es la contratación de un abogado.
Fuentes del equipo especial del Caso Lava Jato, liderado por Rafael Vela Barba, dijeron que “en la extradición el abogado del Estado peruano no tiene ninguna participación”, debido a que, siempre según los informantes, “todas las decisiones las toma el Departamento de Estado y el Departamento de Justicia de Estados Unidos”. “El abogado que se contrate no tiene ninguna participación legal en el proceso”, remataron.
Un conocido juez supremo (y expresidente del Poder Judicial) mencionó que el Estado sí puede contratar a un estudio de abogados para asesorías y seguimiento a la extradición de Toledo. Así, recordó que la exministra Marisol Pérez Tello se hizo de los servicios de un estudio de abogados para la elaboración de un informe “bien hecho”.
Sobre este punto, allegados a Pérez Tello explicaron que la contratación del estudio fue para “tener una media de todos los procesos de extradición pendientes en Estados Unidos y no solo el de Toledo”. Añadieron que “no vale la pena contratar un abogado para hacer seguimiento, porque solo se lograría con ello adelantar el proceso unos cuantos meses”. De diferente posición es el exministro Salvador Heresi, quien sostiene que la eventual contratación “es muy necesaria”.
Lo único certero hasta ahora es que a Vicente Zeballos le salió el tiro por la culata: intentó demostrar que al gobierno de Vizcarra sí le interesa traer a Toledo al analizar la contratación de un jurista que acelere el proceso de extradición; no obstante, terminó evidenciando todo lo contrario por no haberlo hecho hasta ahora. Ello, sumado al polémico acuerdo con Odebrecht, podría llevarlo a una interpelación.

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