Convoca publica acuerdo con Odebrecht

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La reciente decisión del Tribunal Constitucional de considerar público el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht ha iniciado una ola de peticiones para acceder a acuerdos de colaboración eficaz por parte de procesados por Lava Jato. Uno de ellos ha sido el expresidente Alejandro Toledo, recientemente sentenciado gracias a la carga probatoria acumulada en el acuerdo. Convoca publica de forma íntegra este acuerdo y su acta complementaria en aras de la transparencia y para paliar la desinformación que está circulando sobre su contenido. Como medio de comunicación que ha investigado el caso Lava Jato desde sus inicios, ponemos en contexto la información contenida en el acuerdo a la luz del tiempo y las evidencias.
Tras un primer análisis de sus 1057 páginas, revelamos cómo Odebrecht solo ofreció pagar en un primer momento 297 millones de soles, a pesar de haber ocasionado daños patrimoniales al Estado por un valor de mil 318 millones de soles, según la Contraloría. Finalmente, tras la tensa negociación con las autoridades, la empresa aceptó más del doble de esa cantidad: 610 millones de soles, a la que hay que sumar intereses.
El acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht, el primero que se firma con una empresa en el Perú, incluye cuatro casos de corrupción: Interoceánica Sur, Metro de Lima, Costa Verde Callao y Vía Evitamiento Cusco. Pero en el documento se consigna, además, información inicial que entregó Odebrecht de otros 13 casos que detallamos en este reportaje.
El acta del acuerdo de colaboración eficaz, firmado el 15 de febrero de 2019, entre el Ministerio Público, la Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato y la empresa Odebrecht, es una fotografía voluminosa de mil 57 páginas que contiene principalmente información sobre los pagos ilícitos que la constructora brasileña y cuatro de sus exdirectivos entregaron a la Fiscalía hasta ese momento, así como el mecanismo que se estableció para el pago de la reparación civil al Estado peruano.
Casi cinco años después, gran parte de estos hechos y confesiones se conocen. Sin embargo, hay información relevante sobre el proceso de negociación y cláusulas claves que hoy por primera vez se dan a conocer de manera completa.
Ante la ola de desinformación frente a uno de los casos de corrupción más importantes en el Perú que ha involucrado a cinco expresidentes de la República, Convoca.pe publica el acuerdo y el acta complementaria, firmada el 20 de mayo de 2019, luego de que el Tribunal Constitucional ordenara que se hicieran públicos. Un deber del periodismo es poner en contexto la información a la luz del tiempo transcurrido y las evidencias.
El acta del acuerdo contiene 16 capítulos. Sólo uno de ellos, el octavo, que lleva por título ‘Hechos corroborados y su mecanismo de corroboración’, contiene el 73.5% de la información del documento, a lo largo de 777 páginas, y está referido a los pagos ilícitos de cuatro obras: Interoceánica Sur (Tramos II y III),  Línea 1 Metro de Lima (tramos I y II), Costa Verde Tramo Lima- Callao y Avenida Evitamiento Cusco.
En representación de la constructora brasileña, el acuerdo fue firmado por los abogados Ricardo Luis Machado Weyll y Lourdes Carreño Carcelén, quienes estuvieron acompañados por el abogado defensor Marco Antonio Bustinza Siu, y por los cuatro exfuncionarios de Odebrecht que se acogieron a la colaboración eficaz: Jorge Barata, ex director ejecutivo en Perú, Ricardo Boleira, ex superintendente, Renato Ribeiro Bortoletti, representante del Consorcio Vías Cusco y Antonio Carlos Nostre, ex director de contratos de Odebrecht. De parte del Ministerio Público, suscribieron el documento el fiscal José Domingo Pérez y por la Procuraduría Pública Ad Hoc del caso Lava Jato, Jorge Ramírez.
Como consta en el cuarto capítulo denominado “antecedentes del acuerdo”, el fiscal anticorrupción Hamilton Castro Trigoso inició el proceso especial de colaboración con los cuatro exdirectivos de Odebrecht: con Barata fue el 21 de noviembre de 2016, fecha en que empezó a dar abundante información sobre los sobornos que apuntaban al expresidente Alejandro Toledo, hoy sentenciado, en el caso Interoceánica Sur, entre otras confesiones. Un mes más tarde, en diciembre, fue el turno de Ricardo Boleira. En febrero de 2017, se inició el proceso de colaboración eficaz con Renato Ribeiro Bartoletti y un mes después con Nostre.
El 4 de enero de 2017, el fiscal Castro firmó con la empresa Odebrecht un “convenio preliminar” del proceso de colaboración eficaz. Desde entonces hasta la firma del acuerdo en febrero de 2019 en el consulado de Perú en Sao Paulo, se recogieron una serie de pruebas y testimonios de exdirectivos en el Perú y en Brasil. Para entonces, como se sabe y lo ha documentado Convoca, Marcelo Odebrecht, quien fue el mandamás de la constructora, junto a más de 70 ejecutivos de la empresa, ya se habían acogido a la delación premiada en Brasil en 2016, tras verse acorralados por los procuradores de ese país que accedieron a la información de la contabilidad paralela y la comunicación interna de la División de Sobornos que creó la empresa con los sistemas Drousys y My Web Day.
En mayo de 2017, el propio Marcelo Odebrecht, en la sede de la Policía Federal de Curitiba, donde permanecía encarcelado, dio su primera declaración a los fiscales peruanos bajo el sistema de delación premiada y dijo haber recibido el pedido del ex ministro brasileño Antonio Palocci, en representación de Luiz Inácio Lula Da Silvia, de ‘colaborar con la campaña de Ollanta Humala” a mediados del 2010.  En esa misma diligencia, confirmó el aporte de Odebrecht para la campaña electoral de Keiko Fujimori y que la política de la constructora era apoyar en las elecciones a todos los partidos. Sin embargo, también señaló que era Barata quien podía probarlo.
El interrogatorio en Curitiba, que estuvo a cargo del fiscal supraprovincial Germán Juárez Atoche y el fiscal superior contra lavado de activos, Rafael Vela, quien asumió la coordinación del equipo especial Lava Jato, contó con el apoyo del procurador brasileño, Orlando Martello, quien fue fundamental para la realización de las diligencias que vinieron después en Curitiba y en Sao Paulo.
Pero las confesiones continuaron en escalada y apuntando a diversos políticos. En noviembre de 2017, los fiscales peruanos volvieron a interrogar a Marcelo Odebrecht, quien reveló esta vez que la constructora había contratado a Pedro Pablo Kuczynski como consultor y confirmó que financió la campaña electoral de Alan García y le pagó por conferencias.
Tres meses después, en febrero de 2018, Barata describió, en la sede de la Procuraduría de Sao Paulo, cómo fue la entrega de 1 millón 200 mil dólares por parte de Odebrecht a la campaña presidencial de Keiko Fujimori en 2011. En ese escenario, Convoca.pe reveló que el domicilio en San Isidro, señalado por Barata, como el lugar donde entregó en 2010 el primer medio millón de dólares para la campaña de Keiko Fujimori en 2011, pertenecía a la hija de Efraín Goldenberg Schreiber, quien fue premier, canciller y ministro de Economía durante el gobierno de Alberto Fujimori y fue denunciado en 2004 por intentar cobrar tres certificados bancarios de Vladimiro Montesinos en Suiza.
En esa diligencia, Barata también mencionó los aportes de Odebrecht para las campañas electorales de otros cuatro políticos: Kuczynski, Alan García, Alejandro Toledo y Ollanta Humala. El interrogatorio abrió una nueva etapa del caso Lava Jato en Perú con una pregunta gravitante: ¿Qué políticos habían recibido dinero en sus campañas electorales a cambio de facilitar el acceso a obras públicas millonarias a la constructora Odebrecht luego de que asumieron el poder?
Con ese telón de fondo y una campaña de ataques contra los fiscales a cargo de las investigaciones, la tarde del viernes 15 de febrero de 2019, el Ministerio Público, la Procuraduría Pública Ad Hoc del caso Lava Jato, los cuatro colaboradores exejecutivos de Odebrecht y los abogados de la empresa llegaron a la firma del documento que hoy publicamos.
¿Qué información contiene las más de mil páginas?
El acuerdo de colaboración de Odebrecht detalla desde la página 70 hasta la 848 las pruebas y declaraciones que dieron los colaboradores eficaces, la fuente de la evidencia entregada y la pertinencia de la información para probar los delitos cometidos por decenas de funcionarios públicos en cuatro casos: tramo II y II de la Interoceánica Sur, tramos I y II de la línea 1 del Metro de Lima, Costa Verde y Vía Evitamiento Cusco.
La colaboración eficaz tiene una etapa de delación y otra de corroboración antes de que el Ministerio Público proceda a firmar el acuerdo y la posterior remisión al Poder Judicial para su homologación. En el momento de la firma del acta del acuerdo, la Fiscalía tenía ambas etapas concluidas en esos cuatro casos, como han explicado en diversas oportunidades a la prensa las autoridades que suscribieron el acuerdo.
Silvana Carrión, Procuradora Ad Hoc del Caso Lava Jato, explica a Convoca.pe por qué no se incluyó en el acuerdo de colaboración eficaz el resto de casos en los que aportó información la empresa.
“Se firma con estos cuatro proyectos porque en esa fecha (15 de febrero de 2019) eran los que tenían la carga probatoria más avanzada y sólida”, señala Carrión.  “El acuerdo se cierra con esos cuatro casos de colaboración pero con cauce de progresividad para que la empresa pueda seguir entregando información”.
Precisamente, en el capítulo ocho del acuerdo, que señala cuáles son las obligaciones de los colaboradores, se menciona que si se identifican “nuevos hechos con contenido penal”, y anteriores a la fecha de la firma del acuerdo que no fueron informados al Ministerio Público, que conozca Odebrecht o cualquier sociedad de su Grupo Económico, sus funcionarios o ex funcionarios, la compañía “se obliga a presentarlos” a la Fiscalía “con los respectivos datos de corroboración en el plazo de quince días de advertidos internamente” por la empresa.
En el acta se deja constancia que Odebrecht “se encuentra sujeta a una colaboración progresiva y continua”.
Asimismo, se señala que el Ministerio Público podía iniciar las acciones correspondientes incluso si “los nuevos hechos con contenido penal” no provenían de la colaboración de Odebrecht o de información de sus ejecutivos o compañías del grupo empresarial.
Antes de la firma del acuerdo, los colaboradores habían entregado información primaria sobre otros 13 casos, que si se compara con las pruebas que se conoce hasta hoy por las investigaciones y las audiencias de los juicios orales, en su momento no constituían pruebas suficientes para ser incluidos en el acuerdo. Sin embargo, esta información inicial también es reseñada a lo largo de 59 páginas, en el capítulo nueve.
Odebrecht aportó información sobre otros 13 casos
Bajo el título “Descripción de más información proporcionada por los colaboradores para obtener beneficio premial”, el capítulo nueve se refiere a los siguientes 13 casos: Gasoducto, Monteverde, Peñaranda-Alpha Consult, Caso Revocatoria de Susana Villarán, Rutas de Lima, PPK y Westfield Capital, Club de la Construcción, Caso Miguel Atala, Caso Xavier Pérez Giménez (conocido como ‘Sisco’ y quien fue gerente general de la sucursal en Uruguay de la Banca Privada de Andorra), Caso Gabriel Prado Ramos (exfuncionario de la Municipalidad de Lima), Caso Cócteles, Caso Partido Nacionalista Peruano, Caso Financiamiento de Campañas (Partido Aprista, Partido Perú Posible y Alianza por el Gran Cambio).
Sobre el caso Gasoducto el acuerdo de colaboración incluye declaraciones de trabajadores de Odebrecht y también documentación aportada por la empresa, pero no información sobre las planillas secretas. La información de los pagos ocultos fue publicada por Convoca.pe, en junio de 2019, cuatro meses después de la firma del acuerdo. El reportaje formó parte de la serie investigativa “División de Sobornos”, coordinada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés).
Convoca.pe reveló que en las planillas de Odebrecht aparecían 17 transferencias por 3 millones de dólares relacionadas al Gasoducto Sur Peruano.  Esta información fue corroborada poco tiempo después por Jorge Barata, exdirectivo de Odebrecht en Perú, durante un interrogatorio de los fiscales peruanos en Sao Paulo.
El acuerdo de colaboración recoge información sobre los pagos y movimientos de Jorge Peñaranda Málaga, directivo de la supervisora Alpha Consult, y de su hijo Rómulo Peñaranda Castañeda. Odebrecht entregó el cuadro de pagos que realiza a J Peñaranda S.A., entre diciembre de 2004 y septiembre de 2005, así como un registro de 95 operaciones con el Consorcio Alpha Consult S.A., entre agosto de 2006 y marzo de 2013. También se entregó la relación de los funcionarios que estuvieron a cargo de las concesiones IIRSA Sur tramo 2 y tramo 3 e IIRSA Norte.
Otro caso en el que la empresa aporta información reseñada en 20 páginas del acuerdo es el de Pedro Pablo Kuczynski y Westfield Capital. Odebrecht envía al Ministerio Público para su valoración un cuadro con 80 pagos, entre 2006 y 2013, a favor de First Capital y 7 dirigidas a Westfield, entre 2004 y 2007. Antes de la firma del acuerdo de colaboración, en 2017 Odebrecht informó que pagó 4.8 millones de dólares a dos firmas vinculadas al expresidente, Westfield Capital y First Capital.
Odebrecht también brindó información en el caso del ‘Club de la Construcción’, precisando que este cártel se formó en el segundo semestre de 2012. La empresa presentó el libro de actas de la Junta General de Accionistas entre enero de 2011 y julio de 2014, que contiene información sobre los negocios de la constructora.
En el caso Cócteles, en el que está involucrada Keiko Fujimori, Odebrecht remitió documentación respecto a un correo electrónico que indica la programación de transferencias bancarias a la cuenta de la empresa Construmaq SAC., del empresario Gonzalo Monteverde, en Credicorp Bank Panamá, y la programación de pagos a la offshore Select Engineering Consulting and Service. Hoy se sabe que la ruta del dinero para Keiko Fujimori empieza con las offshores de Odebrecht que transfieren montos a Construmaq SAC y que esta compañía a su vez envía dinero desde Panamá a Jorge Barata con el fin de que este entreguen los aportes a la excandidata presidencial.
En el caso Partido Nacionalista, se incluyen las declaraciones de Barata y otros ejecutivos de Odebrecht que corroboraron lo que ya se conocía por la delación de Marcelo Odebrecht sobre los 3 millones de dólares para la campaña electoral de Ollanta Humala de 2011 y se precisa que las siglas “OH” corresponden al expresidente.
En el acuerdo también se menciona que la empresa cuenta con información sobre otros financiamientos de campañas electorales del Partido Aprista Peruano, Perú Posible y Alianza por el Gran Cambio, que postuló a Pedro Pablo Kuczynski en las elecciones presidenciales de 2011.
En el caso de Alan García, se hace referencia a las declaraciones de Barata respecto a que la empresa aportó 200 mil dólares a través del exministro de Interior Luis Alva Castro para la campaña electoral de 2006. En relación a Alejandro Toledo, se menciona los 700 mil dólares para la campaña política del líder de Perú Posible en 2011. Finalmente, respecto a Kuczynski, Barata indica que la empresa aportó 300 mil dólares para su campaña, a través de Susana de la Puente.
Toda esa información sobre el financiamiento de campañas electorales ya había salido a la luz tras los interrogatorios a Jorge Barata en 2018 y fue publicada ampliamente por Convoca.pe como resultado de coberturas especiales en Brasil.
Odebrecht intentó negociar reparación de tan solo S/297 millones
Uno de los puntos que más debate suscitó tras la firma del acuerdo de colaboración con Odebrecht fue el del monto total establecido como reparación civil. La suma asciende a 610 millones de soles, una cantidad “que solo atañe a los daños producidos por el grupo económico Odebrecht, funcionarios y ex funcionarios en relación a los cuatro proyectos materia del acuerdo”, expresa en la página 1043 de su capítulo once, que dedica más de 115 páginas a justificar el monto de reparación civil en concepto de daños y perjuicios contra el Estado Peruano.
El acuerdo contempla la indemnización sólo por los casos Interoceánica Sur, Metro de Lima, Costa Verde y Vía Evitamiento Cusco.
Sin embargo, el monto de la reparación civil se estableció según la fórmula fijada por la ley 30737 y su reglamento para calcular la cantidad que finalmente el Estado impuso a Odebrecht como reparación. Esa era la norma que estaba vigente y obligaba a las autoridades a aplicarla.
Como figura en el acuerdo de colaboración, señalado en la página 1037 del capítulo once, para establecer el monto de reparación civil la Procuraduría tomó como base los informes sobre daños patrimoniales realizados por la Contraloría General, según los alcances del Código Civil.
Posterior a ese trabajo se expidió la Ley 30737 y su reglamento que contienen las disposiciones legales de aplicación obligatoria para el cálculo de la reparación”, apunta el acuerdo. La ley fue debatida y aprobada en el pleno del Congreso y promulgada el 12 de marzo de 2018 bajo el título de “ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos”.
Un dato revelador que recoge este acuerdo en la página 1037 (Capítulo 11, Cláusula 13.5) es que Odebrecht pretendía pagar 297 millones de soles de reparación aplicando supuestamente el mismo sistema de cálculo que establecía la ley. ¿Por qué el monto calculado por la Procuraduría era más del doble que lo que pretendía pagar la empresa? Lo que sucede es que las autoridades tomaron en cuenta la categoría 1 que establece la norma para compañías que confiesan sus delitos o son sentenciadas. Y ese era el caso de Odebrecht.
Establecer el monto de la reparación llevó a varios momentos de tensión entre los procuradores y los representantes de la compañía, entre agosto y diciembre de 2018. Pero finalmente a fines de ese año se logró firmar un pre-acuerdo y que la compañía acepte el pago de los 610 millones de soles, además de la liquidación de los intereses legales acumulados en un cronograma de 15 cuotas, hasta 2034.
El cronograma de pagos de la reparación civil
Este monto de reparación civil es un monto legal porque es el resultado de la aplicación de una ley y un reglamento que establecen fórmulas para la determinación de la reparación civil“, explica a Convoca.pe la procuradora Silvana Carrión. “Para las empresas siempre va a ser mucho y para la ciudadanía siempre va a ser poco“.
Una vez firmado el acuerdo, éste fue remitido al Poder Judicial, que comprobó y aprobó los cálculos realizados con las fórmulas aplicadas según la norma.
Sobre el resto de casos que no forman parte del acuerdo, Carrión explica que también se fijará una reparación civil en su momento, bien sea a través de un nuevo acuerdo de colaboración con la empresa o vía judicial en cada uno de los procesos. Lo más probable es que sea lo segundo ya que en estos días la relación con Odebrecht y las instituciones públicas con las que firmó el acuerdo es tensa.
La Procuraduría Ad Hoc para Lava Jato informa que Perú ha recuperado casi 300 millones de soles fruto del acuerdo de colaboración con Odebrecht.  Este monto, obtenido en el transcurso de los 5 años desde la firma del acuerdo es mayor a la suma de indemnizaciones logradas por el Estado en casos de corrupción de los años 90, señala.
La cláusula de los arbitrajes
En el mismo apartado de “Justificación de la Reparación Civil”, el acuerdo también contempló una cláusula en el caso de que la empresa demande al Estado frente a un tribunal de arbitraje.
La cláusula 13.16 declara que en el caso de que el Estado deba pagar a la compañía frente a futuros laudos arbitrales, la reparación civil se incrementará en función de los nuevos ingresos que logre la empresa por esa vía.  Esto busca un efecto disuasor para que la empresa evite demandar a Perú en este tipo de tribunales e impedir así una mayor pérdida patrimonial al Estado de la que ya ha causado con sus actos ilícitos.
En el Acta Complementaria, firmada el 20 de mayo de 2019 para incluir precisiones y compromisos adicionales al acuerdo, se abordan de nuevo los arbitrajes. En la página 41 de este documento, en el apartado “d)”,  se establece que la empresa está obligada a revisar los arbitrajes y “conjuntamente con la Procuraduría Ad Hoc y las Procuradurías a cargo de estos procesos arbitrales arribar a un entendimiento dirigido a concluir estos procesos, incluyendo la figura de desistimiento por parte de la empresa colaboradora”.
Esta revisión, precisa el Acta Complementaria, se hará con la participación de la procuraduría competente y se tomarán en cuenta los ilícitos reconocidos en el acuerdo y  también aquellos que son fruto de la cooperación con la justicia internacional.
Si la empresa y el Estado no lograran llegar a buen puerto después de esta revisión, las pruebas que contiene el acuerdo de colaboración podrían ser usadas por las partes dentro de los procesos arbitrales. Incluir esa cláusula, así como establecer el monto de la reparación civil, fue otro de los momentos tensos en el proceso de negociación con Odebrecht.
¿Para qué sirvió el acuerdo?
A cinco años de la firma del acta del acuerdo con la constructora brasileña, ya existe un expresidente sentenciado al amparo de la carga probatoria precisamente de este documento: el expresidente Alejandro Toledo fue condenado el pasado 21 de octubre a 20 años y 6 meses de prisión por sobornos y colusión en el caso de Interoceánica Sur. Convoca.pe fue el primer medio que reveló en 2015 los rastros de los pagos de sobornos que involucraban al ex mandatario en el tramo 4 de este megaproyecto que fue ejecutado por el consorcio liderado por Camargo Correa, otra constructora investigada en la operación Lava Jato.
Antes de la condena a Toledo, el 27 de junio de 2024 se dio la sentencia del caso conocido como “Bonos Soberanos”, una trama corrupta con la que el Gobierno Regional del Cusco emitió 177 millones de soles en bonos soberanos para pagar la deuda que mantenía con Odebrecht por la Vía de Evitamiento.
Hasta el momento, el Ministerio Público ha realizado 22 requerimientos acusatorios y nueve casos se encuentran en juicio oral. En el primer semestre del próximo año se espera además la sentencia por el caso Metro de Lima. Hasta el último 10 de diciembre, mil 123 personas y 104 compañías aparecen como investigadas por el caso Lava Jato.
Lo que hoy publicamos en Convoca.pe es el primer acuerdo de colaboración eficaz que firma el Estado peruano con una empresa. Desde ahora la ciudadanía podrá evaluar qué pudo haberse hecho mejor o no. Pero de lo que no existe duda, es que el Perú fue un escenario crucial de este entramado de corrupción donde, a pesar de las evidencias, hoy diversos representantes del poder político y corporativo que protagonizan esta historia siguen tejiendo sus redes de impunidad.
Fuente: Convoca.pe

Odebrecht causó S/1318 millones en daños patrimoniales al Estado en cuatro obras, según Contraloría

Obras

Interoceánica
Daños Patrimoniales S/699’182,516.76
Reparación Civil S/443’510,140
Metro de Lima
Daños Patrimoniales S/505’823,590.43
Reparación Civil S/132’337,653
Vía Evitamiento Cusco
Daños Patrimoniales S/71’615,251.67
Reparación Civil S/12’495,977
Costa Verde Callao
Daños Patrimoniales S/41’458,304.05
Reparación Civil S/21’440,288
TOTAL Daños Patrimoniales S/1,318’079,662.91
Reparación Civil S/609’784,058
Fuente: Contraloría General de la República.

Mariano González suscribió contrato ficticio con Odebrecht por 77 mil soles

Esto se dio a conocer luego de que Phillip Butters obtuvo el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa corrupta.
‘Combutters’ puso al descubierto el contrato ficticio que firmó el exministro de PPK y Pedro Castillo, Mariano González, con Odebrecht por el valor de S/77,777.77.
Esto se dio a conocer luego de que la Fiscalía le entregara el acuerdo de colaboración eficaz que suscribieron con la empresa corrupta tras el fallo a favor del Tribunal Constitucional (TC).
El contrato ficticio que firmó el también conocido ‘ministro del amor’ fue para poner en marcha la Vía Expresa del Cusco.
Para ello, los hermanos Campusano Dulanto habrían solicitado una contraprestación económica entre el 0.4% y 0.6% del valor total de los Bonos Soberanos, pagos los mismos que se efectivizarían mediante la firma de contratos ficticios, por asesorías legales que firmarían los abogados Héctor Ismael Gutiérrez Quispe, Gustavo Adolfo Montecinos Atao y Cosme Mariano González Fernández con la empresa Odebrecht”, dictó el documento.
En la misiva también quedó registrado que, luego de lo celebrado, el Estado traspaso S/295’856,503.00 al Gobierno Regional del Cusco en el año 2014.

Aportes de Mariano González

Por esto, González Fernández recibió S/77,777.77 y al día siguiente aportó S/69,000.00 a la campaña presidencial de Pedro Pablo Kuczynski (PPK) para elecciones de 2016.
Finalmente, el traspaso de recursos a favor del Gobierno Regional del Cusco se realizó con fecha 30 de junio del año 2014 por el valor de S/295’856,503.00. Por último, Cosme Mariano González Fernández al día siguiente de haber recibido la suma de S/77,777.77 soles, realizó un aporte de S/69.000.00 a la campaña de Pedro Pablo Kuczynski para las elecciones del 2016”, señalaron.
Ante lo evidenciado, Butters cuestionó que a pesar de lo evidenciado, el Ministerio Público no le haya realizado una imputación.
A mí me extraña que después de esto, él no esté encausado. Esto tiene que ser imputado. Si tú prestas tu nombre por un contrato ficticio”, sentenció.
Fuente: Willax.tv

Ariel Sabar

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Veritas: Una profesora de Harvard, un estafador y el evangelio de la esposa de Jesús

Del autor Ariel Sabar, ganador del premio National Book Critics Circle, la apasionante historia real de una falsificación religiosa sensacional y el escándalo que sacudió a Harvard.
En 2012, la Dra. Karen King, profesora estrella de la Escuela de Divinidad de Harvard, anunció un descubrimiento de gran éxito en una conferencia académica a pocos pasos del Vaticano: había encontrado un antiguo fragmento de papiro en el que Jesús llama a María Magdalena “mi esposa”. El manuscrito hecho jirones fue noticia internacional. Si los primeros cristianos creían que Jesús estaba casado, eso cambiaría drásticamente la historia de 2.000 años de la fe predominante en el mundo, amenazando no solo el sacerdocio célibe y exclusivamente masculino, sino también las enseñanzas sagradas sobre el matrimonio, el sexo y el liderazgo de las mujeres. Los eruditos bíblicos estaban indignados, pero King tenía credenciales impecables como autoridad de renombre mundial sobre las figuras femeninas en los textos cristianos perdidos de Egipto conocidos como los evangelios gnósticos. “El Evangelio de la esposa de Jesús”, como tituló provocativamente su descubrimiento, fue a la vez un logro profesional supremo y una prueba contundente de sus argumentos de que el cristianismo desde sus inicios abrazó voces alternativas y mucho más inclusivas.
Mientras se debatía intensamente sobre la autenticidad del manuscrito, el galardonado periodista Ariel Sabar se propuso investigar un misterio desconcertante: ¿de dónde provenía ese diminuto trozo de papiro? Su búsqueda de respuestas es una historia de detectives internacionales que va desde los distritos industriales de Berlín hasta la antigua sede de la Stasi de Alemania del Este, antes de terminar en la Florida rural, donde descubrió a un pornógrafo de Internet con una esposa profetisa, una fascinación por los faraones y una relación tortuosa con la Iglesia católica.
VERITAS es una historia de feroces rivalidades intelectuales en los niveles más altos del mundo académico, un penetrante retrato psicológico de una desertora universitaria desilusionada cuya vida había llegado a un punto de quiebre, y una tragedia sobre una brillante erudita a quien le entregaron un fragmento de las escrituras que encarnaba sus mayores esperanzas para el cristianismo, pero que la obligó a enfrentarse a cuestiones fundamentales sobre la naturaleza de la verdad y la línea entre la razón y la fe.

Cuarto domingo de Adviento 2024

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Evangelio según San Lucas 1,39-45.
María partió y fue sin demora a un pueblo de la montaña de Judá.
Entró en la casa de Zacarías y saludó a Isabel.
Apenas esta oyó el saludo de María, el niño saltó de alegría en su seno, e Isabel, llena del Espíritu Santo, exclamó: “¡Tú eres bendita entre todas las mujeres y bendito es el fruto de tu vientre!
¿Quién soy yo, para que la madre de mi Señor venga a visitarme?
Apenas oí tu saludo, el niño saltó de alegría en mi seno.
Feliz de ti por haber creído que se cumplirá lo que te fue anunciado de parte del Señor”.

Homilía del Padre Paul Voisin CR de la Congregación de la Resurrección:

Durante años he visto representaciones de la Santísima Virgen María en pinturas e iconos, en tarjetas y en calendarios. A menudo estoy cuestionando algunas de las representaciones de la Santísima Virgen María. En la mayoría de ellos se parece más a una noble medieval que a una campesina del primer siglo, con un semblante como alguien que acaba de llegar de un día de spa.
El cuadro pintado de María en nuestro evangelio de hoy (Lucas 1:39-45) es uno muy diferente. Aquí vemos a María, ya llevando en su vientre al Niño Cristo, abriendo camino para acompañar a su prima mayor, Elizabeth, que está a punto de dar a luz. María vivió en Nazaret, en el norte, y Elizabeth vivió en Ein Karem, en el sur, fuera de Jerusalén. En autobús esto es sólo de unas horas de viaje, pero en la época de María esto habría significado que Mary se uniera a una caravana de personas en su camino hacia el sur, un viaje de tres o cuatro días. Este era un terreno seco, áspero e inhóspito, propenso a robos y asaltos, como en la parábola del buen samaritano. Aquí vemos a una mujer coraje, haciendo ese largo viaje en su propia delicada condición, durmiendo al aire libre, caminando sobre territorio accidentado y peligroso.
Recuerda, justo antes de esto, el ángel Gabriel había venido a ella para pedirle que fuera la madre del Salvador. Estoy seguro de que con cada paso que Mary dio estaba pensando en su “sí” al ángel, y lo que esto significaría en su vida. Justo después de esta lectura es el pronunciamiento de María de fe de quién es delante de Dios, su ‘Magnificat’, en el que resume (creo) todo lo que le vino mientras ponía cada pie delante del otro en su camino a Ein Karem.
Solo podemos imaginar la alegría en María cuando su prima Isabel la saludó de la manera expresada en el evangelio. Ella había sido inspirada por el Espíritu Santo, y sus palabras deben haber traído alegría y consolación a María que estaba haciendo la voluntad del Padre, que estaba siendo fiel a su papel en la historia de la salvación. De hecho, ella “creía que lo que le hablaba el Señor se cumpliría”.
Nuestra primera lectura, del Libro del Profeta Miqueas (5:1-4a), nos habla de la misteriosa venida del Salvador, y en un lugar tan insignificante como Belén. Sin embargo, este niño que nacería “gobernaría en Israel”, sería “pastor de su rebaño por la fuerza del Señor”, cuyo “origen proviene de… tiempo antiguo”, y cuya “grandeza llegará hasta los confines de la tierra”. Jesús es el cumplimiento de esta profecía. El “Sí” de María trajo a cabo esta realización del plan de Dios.
Nuestra segunda lectura de la Carta a los Hebreos (10:5-10) nos recuerda que Dios no quiere externos – como “holocaustos, sacrificios y ofrendas”, sino más bien Él quiere lo que está dentro – más allá de nuestra “buena voluntad” a nuestro firme deseo de ser fiel a Dios y hacer su voluntad. Jesús nos ha mostrado con su vida, y su sufrimiento, muerte y resurrección lo que esto parece – esta entrega de uno mismo en cumplimiento de la voluntad de Dios. Así también fue el regalo de uno mismo, de la Santísima Virgen María.
En este cuarto domingo de Adviento Dios nos llama a ser como María – valientes en hacer la voluntad de Dios y decididos a ser fieles a Dios. El valor es una virtud cristiana importante. En nuestra condición humana buscamos más fácilmente la seguridad y lo que conocemos y nos sentimos cómodos. Nos mantenemos alejados, generalmente, de lo desconocido y de cualquier cosa que pueda ser “arriesgado”. En nuestras relaciones con los seres queridos esto puede significar que muchas veces nos sentamos y no decimos nada, no queriendo ‘roquear el barco’, pero al mismo tiempo sufriendo en saber que no estamos hablando para corregir un error, o para dar palabras de aliento o apoyo. Demasiado a menudo podemos pensar “ellos saben lo que pienso”. Eso no es suficiente. Necesitamos hablar y tomar ese riesgo – de la forma en que Isabel lo hizo con María, y permitir que el Espíritu Santo nos inspire a encontrar las palabras adecuadas, y el momento y lugar adecuados para hablar. Entonces, y sólo entonces, puede esa luz de Cristo brillar en el corazón y la mente y traer esa confirmación de que todos buscamos: que Dios está con nosotros, que Dios nos ama, y que hemos sido salvados. María buscó ese mismo consuelo, y Elizabeth se lo dio. El poder de nuestras palabras no puede ser subestimado. Tienen poder e influencia. A veces perdemos la oportunidad de dar testimonio de Cristo, y de ayudar a alguien en su viaje por la vida, porque tenemos miedo de arriesgarnos, tenemos miedo de decir lo que está en nuestro corazón y en nuestra mente, especialmente cuando creemos que es una inspiración que viene de Dios.
Elizabeth no dudó en decirle a Mary cómo se sentía y lo que estaba experimentando. Sin embargo, con demasiada frecuencia se pierden momentos de gracia para otros, y para nosotros mismos, porque somos vacilantes, carecemos de coraje y la convicción de que Dios está con nosotros. Así como la gente reconoce la autoridad con la que Jesús habló – porque vino de arriba – también otros reconocerán en nuestras palabras de apoyo y desafiarán esa misma presencia de Dios. Si estamos tan unidos a Cristo, será obvio para ellos que no es sólo ‘nuestra idea’, nuestra expresión de amor y preocupación, sino que Dios está llegando a ellos a través de nosotros, confirmando en ellos este mensaje de nueva vida que Él tiene para ellos.
Faltan sólo unos días para celebrar el nacimiento del Salvador. En estos días restantes, seamos valientes en nuestra vida en Cristo y busquemos ocasiones – como se presentan- para apoyar y desafiar a otros. Podemos ser, como Elizabeth, confirmando dentro de ellos una esperanza, un sueño, un deseo que tienen dentro. Nuestra palabra puede marcar la diferencia, al igual que el “Sí” de María. Que nuestro “Sí” a Dios todos y cada día sea una fuente de bendición para nosotros, y de nueva vida y renovación para otros.

Mártires de Compiègne son canonizadas

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Iglesia de Nuestra Señora del Monte Carmelo en Quidenham, Norfolk, Inglaterra. (Crédito: Wikipedia.)
Charles CollinsPor Charles Collins– Cruxnow.com
El Papa Francisco decidió proclamar oficialmente santos a los mártires de Compiègne. Se trata de una decisión poco habitual, ya que nadie en la Iglesia se opuso a ella.
Para entender por qué la decisión fue objeto de un aplauso prácticamente universal, es importante conocer la historia de las dieciséis hermanas carmelitas guillotinadas en París el 17 de julio de 1794, durante la fase sangrienta y caótica de la Revolución Francesa, conocida como el Reinado del Terror.
Diez días después de la ejecución de los mártires, el principal motor del Terror, Maximilien Robespierre, fue él mismo a la guillotina, poniendo fin al Terror.
Al menos 35,000 personas perecieron durante el Régimen del Terror, generalmente frente a multitudes que las vitoreaban.
Las religiosas fueron condenadas por hostilidad a la Revolución Francesa, simpatías hacia la monarquía y por continuar en la vida consagrada, que había sido declarada ilegal por el gobierno revolucionario.
Las carmelitas cantaban mientras subían al cadalso hacia su muerte. La gente que observaba estaba inusualmente silenciosa. Muchos historiadores creen que la ejecución de las hermanas religiosas conmocionó –y tal vez avergonzó– a la gente de la capital francesa y contribuyó así al fin del Terror poco después.
El Papa San Pío X beatificó a las hermanas religiosas en 1906, pero ellas no obtuvieron el reconocimiento del milagro requerido para la canonización según el proceso habitual.
Sin embargo, esto no ha impedido que aparezcan en muchas representaciones artísticas en Francia, incluidas novelas y obras de teatro.
La ópera Diálogos de los Carmelitas se representó por primera vez en Italia en 1957, y ese año se representó en italiano, francés e inglés.
En 1960 se estrenó una película con el mismo título. En 1984 se hizo una versión para la televisión francesa y la escena de la ejecución de los mártires tiene amplia difusión en las redes sociales.
La historia no es muy conocida fuera de Francia, pero quienes la conocen quedan profundamente conmovidos. El “crimen” de las mujeres fue intentar vivir las promesas de su fe.
Su canto alegre mientras aceptaban su destino conmueve a la gente hasta el día de hoy, de la misma manera que conmovió a las multitudes en su ejecución.
La Revolución Francesa se oponía a la Iglesia, y esas multitudes no eran católicos fieles, eran personas que apoyaban el cierre de capillas y el fin de las enseñanzas de la Iglesia. Sin embargo, les impactó lo que les ocurrió a esas mujeres.
En muchos sentidos, se parece a la reacción de los romanos cuando San Lorenzo fue quemado vivo en el año 258. En el centro histórico de Roma, más iglesias llevan el nombre de San Lorenzo que de cualquier otro santo, con excepción de la Santísima Virgen María. Hay más iglesias dedicadas a San Lorenzo que a los santos Pedro y Pablo.
Cuando le pregunté a un funcionario del Vaticano por qué era así, me dijo: “Su muerte fue como si hoy la India pusiera a la Madre Teresa en una cancha de fútbol y lo transmitiera por televisión”.
Lawrence era ampliamente conocido, incluso entre los paganos romanos, por su caridad hacia los pobres y oprimidos. Lawrence contaba con el respeto de los ciudadanos paganos de Roma y su ejecución conmocionó y avergonzó a los habitantes de la ciudad.
Sin embargo, Lorenzo murió por una nueva religión que sustituyó a la antigua. Los mártires de Compiègne murieron por su antigua fe, una que tal vez parecía estar cediendo su lugar a una nueva.
En muchos sentidos, la historia de los Mártires de Compiègne es una buena reflexión sobre cómo ver la sinodalidad y el papel que desempeña en la sociedad moderna que parece alejarse del cristianismo, especialmente en Occidente.
«El discernimiento se desarrolla siempre en un contexto particular, cuya complejidad y especificidad deben captarse lo más completamente posible», afirma el documento final del Sínodo de este año sobre la Sinodalidad.
“Para que el discernimiento sea verdaderamente “eclesial”, continúa el documento, “es necesario que se valgan de los medios adecuados, como son una adecuada exégesis bíblica, que ayude a interpretar y comprender los textos bíblicos, evitando interpretaciones parciales o fundamentalistas; el conocimiento de los Padres de la Iglesia, de la Tradición y de las enseñanzas del Magisterio, según su diverso grado de autoridad; las aportaciones de las diversas disciplinas teológicas; y las aportaciones de las ciencias humanas, históricas, sociales y administrativas. Sin estas últimas no es posible comprender el contexto en el que y con vistas al cual se lleva a cabo el discernimiento”.
Las hermanas carmelitas estaban tratando de trabajar con las “contribuciones de las ciencias humanas, históricas, sociales y administrativas” que surgían de la Revolución Francesa. Habían abandonado su convento y se habían mudado a casas separadas. En su obediencia al nuevo gobierno revolucionario, habían perdido sus ingresos tradicionales. Todavía trataban de vivir su fe bajo estas nuevas reglas y seguían siendo castigadas por el Estado.
Uno de los temas principales de la Sinodalidad ha sido enfatizar que “sínodo” proviene de una raíz que significa “caminar juntos”.
Los Mártires de Compiègne nos recuerdan que, a veces, estamos llamados a subir juntos al cadalso.

Judicializados

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Diario expreso - Mariella BalbiPor Mariella Balbi- Diario EXPRESO.
La vida da vueltas, reza el dicho. En el caso de la Fiscalía y el Poder Judicial, se cumple cabalmente. La semana pasada se desactivó el EFICCOP (Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder). Junto con la DIVIAC (División de Investigación de Alta Complejidad de la Policía), adquirieron tanto poder que salieron del control democrático. Un monstruo de dos cabezas: la fiscal Marita Barreto y el policía Harvey Colchado. El momento de mayor prepotencia del engendro bicéfalo fue la arremetida con el ‘torito’ en la vivienda de la presidenta Dina Boluarte. Ambas instituciones se dedicaron a la persecución política, usando grabaciones ilegales, coaccionando, etc. Aliviados por el entierro del EFICCOP, la fiscal de la Nación nos desconcertó declarando que no se “había desactivado nada… por razones presupuestales se trasladó al sistema anticorrupción”.
Lo cierto es que Barreto, suspendida en sus funciones, perdió poder, beneficiándose el orden institucional. Además, Colchado pasó al retiro por renovación. Algo que debemos agradecer al gobierno de Boluarte. Amenazó con denunciar y vengarse, la prensa adlátere trató de revertir su final, pero ya fue. Estas provechosas medidas aplacan la turbulencia judicial que vivimos. Aunque en Fiscalía hay siete investigaciones a la presidenta, nunca vimos un asedio semejante a un mandatario. También el expremier Alberto Otárola perdió poder, pero lanzó información tendenciosa sobre la publicitada operación de Boluarte y sobre el ‘cofre’. Temas que ya no suenan, perdieron peso y pantalla. Vizcarra, otro personaje oscuro, se encuentra atrapado en sus delitos. Pese a que tiene gente en la Fiscalía, será difícil librarse de la cárcel. Los colaboradores eficaces han sido contundentes.
El expresidente Ollanta Humala y Nadine Heredia han sido desnudados por un colaborador eficaz clave: Martín Belaúnde Lossio. El detalle de las fechorías de la llamada pareja presidencial es bochornoso. Conocer cómo organizaban las coimas nos hunde en el descreimiento. Como con el horóscopo, los astros se están ‘aspectando’ para nuestro país. La investigación al fiscal José Pérez se amplió, sabremos de sus tarjetas de crédito y otros gastos. Aunque quedan dudas, la titular del Ministerio Público, Delia Espinoza, cambió al fiscal que investigaba a Pérez y colocó a una magistrada afín a Zoraida Ávalos. Peligro a la vista, a estar atentos. Noticia muy grata es la decisión del Tribunal Constitucional de hacer público el acuerdo con Odebrecht, fina cortesía del periodista Philip Butters y el abogado Wilber Medina. Siempre quedan las dudas de si lo entregarán completo, cuánto dilatarán, pero ya se ganó lo más importante.
El TC nos dio otra grata noticia: anuló el juicio contra José Chlimper por el caso ‘Cócteles’. Anteriormente excluyó de este al abogado Arsenio Oré; las arbitrariedades del fiscal Pérez eran ominosas. La comunidad judicial augura que este proceso (‘Cócteles’) terminará en nada. No será mañana, pero las arbitrariedades de los fiscales Vela y Pérez no prosperarán; están destinadas al fracaso. En ajustada votación, el TC anuló la sentencia de 3 años y seis meses de prisión efectiva para Vladimir Cerrón, pero aún tiene una casación en la Corte Suprema. En el Perú todo transita por el carril judicial. Perdemos tiempo valioso en seguir este despelote. Afortunadamente, el panorama es favorable para la democracia. Es urgente recomponer estas instituciones, que salgamos del despotismo judicial y de la judicialización de la política.

TC rechaza habeas corpus

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Guillermo Bermejo pretendía anular juicio oral por afiliación a organización terrorista

Legislador de Juntos por el Perú–Voces por el Perú había solicitado que se ordenara el sobreseimiento total y definitivo del proceso penal seguido en su contra.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente un habeas corpus presentado por el congresista Guillermo Bermejo (Juntos por el Perú–Voces por el Perú) para anular el juicio oral en su contra por el presunto delito de afiliación a una organización terrorista.
En el documento, el parlamentario solicitaba que se declare la nulidad de la resolución suprema emitida el 29 de diciembre de 2022 por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, mediante la cual declaró nula la sentencia del 31 de enero de 2022.
Asimismo, insistía en que, mediante la emisión de un precedente vinculante que realice un control de convencionalidad, se ordenara el sobreseimiento total y definitivo del proceso penal seguido en su contra.
En su resolución, el TC alegó que no se advierte que contra Guillermo Bermejo se haya dictado medida alguna que restrinja su derecho a la libertad personal al interior del proceso penal, con la cual se haya vulnerado el derecho al plazo razonable del proceso.
Asimismo, se aprecia que la resolución suprema que declaró la nulidad de una sentencia absolutoria del beneficiario y cuya nulidad se pretende, en sí misma, no determina ni incide de manera negativa, concreta y directa en el derecho a la libertad personal”, aseveró.
Del mismo modo, recalcó que lo que corresponde es que el juzgador constitucional otorgue “determinado plazo prudencial” para que la judicatura penal resuelva la situación jurídica del legislador y no que ordene el sobreseimiento del proceso.
Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedentes en aplicación de la causal de improcedencia contenida en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional”, sentenció.
Guillermo Bermejo y sus conexiones (Composición: El Comercio).

El caso

El congresista Guillermo Bermejo afronta un tercer juicio oral desde agosto del 2023, basado en testimonios de colaboradores eficaces que fueron parte de Sendero Luminoso que lo ubican en presuntas visitas a cabecillas de esta organización terrorista que siguen operando en el Vraem durante el 2009.
Si bien fue detenido en dos oportunidades por estas acusaciones, en el 2017 el Poder Judicial lo absolvió de la acusación, decisión que fue revertida por la Corte Suprema en el 2021 cuando ya era parte del Congreso elegido en las filas de Perú Libre.
El segundo juicio también concluyó con su absolución en enero del 2022 por la Segunda Sala Penal Superior Nacional Transitoria, pero ante un recurso de la fiscalía, la Corte Suprema nuevamente anuló esta decisión y ordenó el inicio del tercer proceso.
Fuente: Diario El Comercio.

Fiscalía ya entregó acuerdo secreto con Odebrecht: Phillip Butters y abogado Wilber Medina tienen más de 1,000 páginas

Se sabrá en qué condiciones Vela y Pérez perdonaron deuda de S/1,000 millones que Odebrecht (hoy Novonor) tenía con Sunat.
Por César Rojas– Diario EXPRESO.
La Fiscalía, en cumplimiento de la STC 2901-2024-HD/TC, acaba de entregarnos una copia del Acuerdo de Colaboración Eficaz (1,097 folios). Lo revisaremos e inmediatamente lo publicaremos para que todos los peruanos conozcan su contenido”, anunció el abogado Wilber Medina, respecto al convenio entre el Equipo Lava Jato y Novonor (ex-Odebrecht).
De esta manera, el habeas data de Phillip Butters daría paso a revelaciones sobre cómo delincuentes brasileños lograron que Rafael Vela, José Pérez y el exprocurador Jorge Ramírez los liberaran de toda condena efectiva.
Supuestamente, esto se hizo a cambio de información clave y una reparación civil de 610 millones de soles (sin contar intereses), pagadera en quince años. Este acuerdo ha sido duramente criticado por amplios sectores de la población.
La travesía de Butters y Medina hasta este punto estuvo llena de anécdotas. En 2019, el gobierno de Martín Vizcarra y sus operadores mediáticos incluso sugirieron que el conductor de Willax podría ir a prisión por no respetar la reserva del acuerdo.
Posteriormente, el habeas data fue rechazado reiteradamente por jueces que protegían el secretismo en torno a la empresa más corrupta en la historia del Perú. Incluso el polémico magistrado Oswaldo Ordóñez votó contra la transparencia.

Ollanta Humala y Nadine Heredia a la salida de la sala de audiencias de su juicio por el Caso Odebrecht. Foto: GEC / César BuenoOllanta Humala y Nadine Heredia a la salida de la sala de audiencias de su juicio por el Caso Odebrecht. Foto: GEC / César Bueno.

TC rechaza pedido para descartar agendas como prueba en juicio contra Ollanta Humala y Nadine Heredia

Los abogados de la ex pareja presidencial pidieron que se anulen las agendas en el proceso por presuntos aportes ilícitos.

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso que presentaron Ollanta Humala y Nadine Heredia para que se descarten como pruebas en el juicio en su contra por presunto lavado de activos las agendas de la ex primera dama en las cuales se registraron supuestos pagos con fondos ilegales durante la campaña presidencial del 2011.
El Comercio tuvo acceso al fallo por mayoría que fue emitido el pasado 21 de noviembre, donde se declara infundada la demanda de agravio constitucional que presentaron los abogados de la ex pareja presidencial contra las decisiones judiciales y constitucionales que, entre el 2021 y 2022, rechazaron sus intentos de retirar las agendas de Heredia del juicio.
Entre sus principales argumentos, los tribunos señalaron que no se podían pronunciar sobre una supuesta ilegalidad en las pruebas cuando eso corresponde hacerlo al Poder Judicial en una sentencia que todavía está en trámite.
Este Tribunal Constitucional considera que es prematuro cuestionar los medios probatorios alegados por los demandantes, porque todavía existe un proceso penal en curso, en el que se va a tramitar un juicio oral con la posibilidad de contradecir los medios probatorios admitidos”, se lee en la sentencia.
Por esto, señalan que en su fallo será el órgano jurisdiccional el que sustente las razones de su decisión, y recién ahí se podrá verificar si las agendas de Nadine Heredia fueron decisivas.
En sus demandas, Humala y Heredia cuestionan que se usen la agendas porque aseguran que fueron sustraídas de manera irregular, por lo que piden rechazar las decisiones para admitirlas como pruebas tomadas por el juez Richard Concepción Carhuancho y luego los jueces de apelaciones y del sistema constitucional que no les dieron la razón.
Ambos consideran que hay una supuesta vulneración a los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, y a la intimidad personal y familiar, así como a la prueba, entre otros.
Los cuatro miembros del Tribunal Constitucional que votaron a favor de la resolución por mayoría fueron su presidenta, Luz Pacheco, junto a Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández.
Los votos singulares que respaldaron la decisión de declarar infundada la demanda pero por argumentos diferentes fueron de Helder Domínguez, César Ochoa y Manuel Monteagudo.
Fuente: Diario El Comercio.

Nicolás Hermoza Ríos fue jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas durante el gobierno de Alberto Fujimori. (Foto: GEC)Nicolás Hermoza Ríos fue jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas durante el gobierno de Alberto Fujimori. (Foto: GEC)

Tribunal Constitucional ordena liberación del exgeneral EP Nicolás Hermoza Ríos

En su resolución, declaró fundada la demanda de habeas corpus debido a los problemas de salud del exmilitar (demencia senil, enfermedad de Parkinson, entre otros).

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la liberación de Nicolás Hermoza Ríos, exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas durante el gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000), por padecer problemas de salud.
De este modo, declaró fundada la demanda de habeas corpus “en relación con el derecho a la dignidad humana y el fin constitucional de las penas” presentada por la defensa legal del militar en retiro.
En su resolución, consideró que mantener privado de su libertad al exmilitar, pese a padecer demencia senil, enfermedad de Parkinson, entre otros males, “constituye una afectación de su derecho a la dignidad, pues no tiene sentido alguno el cumplimiento de una condena cuando el sentenciado ni siquiera es consciente de ello”.
Mantenerlo privado de su libertad en esas condiciones implica desconocer su dignidad como ser humano y cosificarlo con el ánimo de hacerlo cumplir una condena que no logrará su finalidad”, manifestó.
No obstante, declaró improcedente el pedido de la defensa del exmilitar para declarar la extinción de la pena, pues el grave deterioro de la salud física y mental del condenado no constituye una de las causales recogidas por el artículo 85 del Código Penal.
Asimismo, el tribunal remarcó que, independientemente de la libertad anticipada del condenado, la reparación civil es una obligación de la cual el beneficiario no puede eximirse. “En ese sentido, aun cuando se conceda su libertad anticipada, subsiste la obligación del pago de la reparación”, enfatizó.
También declaró infundada la demanda en relación con la vulneración de los derechos a la salud, a la atención médica especializada y el deber de cuidado, vigilancia y control como obligación del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
Finalmente, el TC exhortó al Congreso para que, al ejercer sus atribuciones, tenga en cuenta las situaciones sobrevenidas a la imposición de la condena que supongan la imposibilidad del cumplimiento de los fines constitucionales de la pena.
Cabe indicar que en noviembre pasado la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria aprobó el sobreseimiento de Hermoza Ríos por el asesinato de seis comuneros de la pampa de San José de Pativilca y Caraqueño, en Barranca (Lima), en 1992, por motivos de salud.
El exmilitar cumplía una condena de 25 años de prisión a por la matanza de Barrios Altos, las desapariciones del Santa y el asesinato del periodista Pedro Yauri.
Hermoza Ríos lleva en prisión 18 años por asesinato y asociación ilícita para delinquir, 22 por el delito de desaparición forzada, 19 por desaparición forzada y homicidio calificado, y 15 por el delito de colusión, entre otras once condenas.
Fuente: Diario El Comercio.El TC falló a favor de la liberación del general en retiro Juan Rivero Lazo, sentenciado por casos "La Cantuta" y "Caraqueño-Pativilca". (Foto: TC)El TC falló a favor de la liberación del general en retiro Juan Rivero Lazo, sentenciado por casos “La Cantuta” y “Caraqueño-Pativilca”. (Foto: TC)

TC ordena la liberación del general EP (r) Juan Rivero Lazo

El general en retiro fue condenado con otros miembros del Grupo Colina pero presentó una demanda de amparo ante el TC.

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la liberación del general en retiro del Ejército Juan Rivero Lazo, condenado por los casos “La Cantuta” y “Caraqueño-Pativilca”, al fallar de manera favorable en parte la demanda que había presentado para anular los procesos en su contra.
El fallo al cual tuvo acceso El Comercio admitió la demanda de amparo del exjefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (Dinte) en el sentido de que se modifique el cómputo del inicio y el fin de las penas impuestas contra el militar en retiro.
En consecuencia, declarar como inicio de su privación de libertad el 16 de diciembre de 1993 y; en tal sentido, disponer la inmediata libertad del actos por cumplimiento de pena”, señala el texto.
Sin embargo, el fallo rechazó la parte de la demanda que exigía que se archiven los procesos judiciales en su contra por los cuales fue condenado en el Poder Judicial.
Rivero Lazo y otros miembros del Grupo Colina fueron procesados por delitos de homicidio calificado en la modalidad de asesinato con alevosía y desaparición forzada que se perpetraron en 1992, primero contra comuneros del poblado Pampa San José Caraqueño, en Pativilca, Barranca; y luego contra los estudiantes de la Universidad La Cantuta.
La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria condenó a fines de noviembre a 18 años de prisión a Santiago Martín Rivas por los casos Pativilca y La Cantuta. En la misma sentencia, Rivero Lazo fue sentenciado a 20 años de cárcel, mientras que los exagentes del grupo Colina Martín Pichilingue y Julio Chuqui recibieron 18 y 15 años de prisión, respectivamente.
Cabe recordar que, en enero de este año, el colegiado encabezado por la jueza Miluska Cano condenó a Vladimiro Montesinos a 19 años y 8 meses de prisión por ambos casos luego que se acogiera a la figura de conclusión anticipada y reconociera los delitos que se le imputaban
Otros miembros del Grupo Colina que se acogieron a este beneficio y recibieron entre 14 y 17 años de prisión fueron Jesús Sosa Saavedra, Fernando Lecca Esquén, Gabriel Vera Navarrete y Wilmer Yarlequé Ordinola.
Fuente: Diario El Comercio.

Caviares en pánico

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TC declara infundada demanda para incorporar a Martín Vizcarra como congresista

Vizcarra postuló al Parlamento para el periodo 2021-2026 y ganó una curul, pero no pudo asumir el cargo por estar inhabilitado hasta por 10 años para ejercer cargos públicos.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de amparo que presentó el vacado expresidente Martín Vizcarra para incorporarse al Congreso.
Como se recuerda, Vizcarra postuló al Parlamento para el periodo 2021-2026 y ganó una curul como el candidato más votado a escala nacional.
Sin embargo, no pudo asumir el cargo por estar inhabilitado hasta por 10 años para ejercer cargos públicos por decisión del propio Legislativo.
Una de las inhabilitaciones de Martín Vizcarra es por haberse vacunado de manera clandestina con dosis anticovid de Sinopharm y la otra es por no haber renunciado al cargo de miembro del directorio y gerente de operaciones de la empresa CyM Vizcarra tras asumir como ministro de Transportes y Comunicaciones en el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski.
Fuente: Altavoz.pe

Patricia Benavides: Tribunal Constitucional declara fundado recurso de queja de la exfiscal de la Nación

Además, ordenó al Poder Judicial concederle el recurso de agravio constitucional que previamente había sido rechazado.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundado un recurso de queja, mediante el que Patricia Benavides busca que su recurso de amparo presentado contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ), sea revisado por el TC.
El recurso de amparo buscaba anular la destitución como fiscal suprema y exfiscal de la Nación, que le fue impuesta por la JNJ. Inicialmente, el amparo fue interpuesto ante el Poder Judicial, que rechazó su pretensión.
Por lo cual, interpuso una recurso de “agravio constitucional” ante la Sala Constitucional del PJ, de segunda instancia, que analizó su amparo. Sin embargo, dicho colegiado rechazó dicho mecanismo.
Con el recurso de agravio constitucional buscaba que su caso llegue al TC, a fin de que se revise el fondo de su demanda de amparo.
Ahora, con la resolución del TC, se ordenó que el PJ le conceda el recurso de agravio constitucional y le remita el expediente para revisar el amparo interpuesto por Benavides Vargas.
El 22 de mayo, el pleno de la JNJ destituyó a Patricia Benavides por haber cometido faltas graves en su desempeño. Entre las razones, se le atribuyó haber removido fiscales de casos emblemáticos y por interferir en la investigación contra su hermana, la jueza Enma Benavides Vargas.
Además, se acreditó su separación de la fiscal Bersabeth Felicitas  Revilla Corrales sin justificación adecuada y de manera degradante. También se le acusó de favorecer a Miguel Vegas Vaccaro al designarlo fiscal adjunto supremo provisional, a pesar de sus sanciones disciplinarias previas.
Patricia Benavides también está siendo investigada por presunta organización criminal y por varios delitos, entre ellos cohecho, tráfico de influencias y negociación incompatible, en los que se le señala de haber favorecido intereses ajenos al Estado.
Fuente: Diario El Comercio.
Caso Cócteles: Tribunal Constitucional ordena rehacer acusación contra José Chlimper. (Foto: Agencia Andina)

Caso Cócteles: Tribunal Constitucional ordena rehacer acusación contra José Chlimper

El TC ordena formular una nueva que respete el principio de congruencia.

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que anula parcialmente la acusación fiscal contra José Chlimper Ackerman en el marco del Caso Cócteles.
La resolución argumenta que existen incongruencias entre la investigación preparatoria y el requerimiento acusatorio presentado contra Chlimper, lo que, según el TC, vulnera su derecho a la defensa.
En la demanda, Chlimper denunció que durante la investigación preparatoria no se le informó de manera detallada y oportuna sobre los cargos que posteriormente se incluyeron en el requerimiento acusatorio, lo que contraviene el principio de congruencia.
Además, el TC declaró nula tanto la acusación fiscal del 11 de marzo de 2021 como la Resolución 28 del 18 de abril de 2022, que había validado dicha acusación.
El TC ordena que se elabore una nueva acusación fiscal que respete el principio de congruencia entre los hechos investigados y los cargos presentados.
Fuente: Diario El Comercio.

Arzobispo Eduard Profittlich SJ

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Una vida de servicio, valor y martirio

El Papa Francisco ha autorizado al Dicasterio para las Causas de los Santos la promulgación del decreto sobre el martirio del arzobispo jesuita Eduard Profittlich, Administrador Apostólico de Estonia.
Tras la ocupación de Estonia por la Unión Soviética, Eduard decidió permanecer en el país a pesar de las crecientes amenazas soviéticas y de que existía la posibilidad de regresar a Alemania. Fue detenido, juzgado y condenado a muerte, y murió en prisión el 22 de febrero de 1942 antes de ser ejecutado.
Su beatificación tendrá lugar en Tallin (Estonia) en los próximos meses.
Sobre Eduard Profittlich
El Siervo de Dios Eduard Profittlich SJ, nació el 11 de septiembre de 1890 en Birresdorf, Renania (Alemania), en la diócesis de Tréveris. Sus padres, Markus Profittlich (1846-1920) y Dorothea Catharina Profittlich (1850-1913), eran agricultores en un pequeño pueblo de unos cientos de habitantes.
Bautizado el día de su nacimiento, recibió la Primera Comunión en 1903 y la Confirmación en 1904 en la Iglesia de San Esteban de Leimersdorf. Eduard asistió a la escuela primaria local en Leimersdorf antes de continuar su educación en Ahrweiler y Linz am Rhein, graduándose en 1912. Ese mismo año ingresó en el seminario de Tréveris, pero lo abandonó, tras dos semestres, en 1913, para ingresar en el noviciado de la Compañía en los Países Bajos, siguiendo los pasos de su hermano mayor Pedro, misionero jesuita fallecido en Brasil.
Eduard estudió filosofía y teología en el Collegium Maximum S. Ignatii Valkenburgense que tenía la Compañía en Valkenburg. Durante la Primera Guerra Mundial, sus estudios se ven interrumpidos mientras presta servicio sanitario en un hospital militar de Verviers (Bélgica). Tras la guerra, reanuda sus estudios y es ordenado sacerdote en 1922. Prosigue sus estudios teológicos avanzados en Cracovia (Polonia), antes de completar su Tercera Probación en Czechowice-Dziedzice.
Entre 1925 y 1928, trabajó en Oppeln, Alemania (ahora Opole, Polonia), y más tarde fue nombrado capellán de la Iglesia de San Ansgar en Hamburgo, que atendía a inmigrantes polacos. En 1930 pronunció sus Últimos Votos y fue enviado a Estonia. En 1931 fue nombrado Administrador Apostólico de Estonia y, en 1936, Arzobispo Titular de Hadrianópolis.
Cuando la Unión Soviética ocupó Estonia en 1940, la libertad religiosa se vio gravemente restringida y se intensificó la persecución del clero. Aunque Eduard podía haber abandonado el país, optó por quedarse, dando prioridad a su misión y a los fieles que estaban a su cargo.
La noche anterior al 27 de junio de 1941, fue arrestado. Tienen lugar, a continuación, un viaje de 2,000 kilómetros hasta la prisión de Kirov y una serie de interrogatorios nocturnos. Eduard fue condenado a muerte el 21 de noviembre de 1941, tras ser juzgado por un tribunal que partía de unos cargos inventados de hacer propaganda contrarrevolucionaria y agitación antisoviética, y de no informar de “actividades contrarrevolucionarias”. Se rechazó su apelación y fue obligado a soportar las difíciles condiciones de la cárcel durante casi nueve meses, el Siervo de Dios murió en la prisión de Kirov el 22 de febrero de 1942, antes de la ejecución de su sentencia.
Fuente: Jesuits Global.

Kay Schmalhausen

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Monseñor Kay Martín Schmalhausen Panizo, obispo emérito de Ayaviri

Nació en Lima, Perú, el 27 de julio de 1964. Es un obispo emérito católico, profesor, filósofo y teólogo peruano de ascendencia alemana. Perteneció desde joven al Sodalicio de Vida Cristiana hasta el año 2018. Fue ordenado sacerdote en diciembre de 1989 para la Diócesis del Callao. Desde 2006, al ser elegido por Benedicto XVI, fue Prelado Territorial de Ayaviri hasta el 7 de abril de 2021. Cuando tenía un año de vida se fue con sus padres a vivir a la ciudad de Múnich (Alemania) donde pasó gran parte de su infancia, hasta el año 1975 que volvieron al Perú. De joven prosiguió con sus estudios en el Colegio Peruano Alemán Alexander von Humboldt de Lima.
En 1983 ingresó en el Sodalicio de Vida Cristiana (SCV), con los que realizó su formación filosófica y teológica en diversos centros, y en 1988 logró un Bachillerato en Teología. Al año siguiente se trasladó a Colombia durante un tiempo para asistir a la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB) de Medellín.
Realizó su profesión perpetua en el Sodalicio y el 16 de diciembre de 1989 fue ordenado sacerdote para la Diócesis del Callao, por el Cardenal y entonces Arzobispo Metropolitano de Medellín, Monseñor Alfonso López Trujillo.
Tras su ordenación se estuvo desempeñando como Capellán y Asistente Espiritual del Movimiento de Vida Cristiana (MVC) en Callao, Director de la Oficina diocesana para las comunicaciones, Asesor de la comisión diocesana para la familia y Asistente Regional de espiritualidad de la Región Perú de su instituto.
Desde 2003 fue Capellán y profesor de Ética en la Universidad Católica San Pablo de Arequipa. También ejerció de Director del Instituto para el Matrimonio y la Familia y Responsable de la Asociación Familia de Nazareth en Arequipa.
Recibió la consagración episcopal​ el día 23 de abril del 2006, a manos del Cardenal-Arzobispo Metropolitano de Lima Monseñor Juan Luis Cipriani actuando como consagrante principal y como co-consagrantes tuvo al entonces Nuncio Apostólico en el país Monseñor Rino Passigato y al entonces Auxiliar de Lima Monseñor José Antonio Eguren.
Tras haber sido nombrado por Su Santidad el Papa Benedicto XVI, fue Obispo Prelado​ de la Prelatura Territorial de Ayaviri situada en el Departamento de Puno, desde el 18 de febrero de 2006 hasta el 7 de abril de 2021. Adoptó como lema de su escudo episcopal, la frase: “Mihi Enim Vivere Christus Est“- “Para mí la vida es Cristo“.
El año 2018 se retira del Sodalicio de Vida Cristiana mediante indulto de salida concedido por la Santa Sede. Ejerce de obispo miembro en la Conferencia Episcopal Peruana.
Fuente: Wikipedia.

Monseñor Kay

Iglesia en el Surandino
El Obispo Prelado de Ayaviri, Monseñor Kay Schmalhausen Panizo SCV, se pronunció respecto a la no renovación de licencias ministeriales del Padre Gastón Garatea en la arquidiócesis de Lima: “con pena lo digo, pero el Padre Gastón, quien años atrás ha sido Vicario General en ésta nuestra Prelatura y a quienes ustedes conocen y le guardan cariño, en este asunto concreto no ha hecho las cosas bien“.
Además criticó algunos medios de comunicación “que no siempre son veraces ni informan con la verdad completa, sea por desconocimiento o a veces por agenda propia“.
En el lapso de varios años, el Padre Garatea “ha dado unas declaraciones que son contrarias a lo que como Iglesia creemos y defendemos y se ha expresado de modo impropio con respecto al Arzobispo de Lima, su Pastor“, dijo el Prelado.
El Obispo recordó además que “todo Pastor está puesto para guiar el rebaño de Dios, la Iglesia particular que le ha sido confiada. Debe cuidar la unidad al interior ese rebaño y la unidad de éste con la Iglesia Universal. Y si no lo hiciera haría muy mal“.
Monseñor Schmalhausen precisó luego que debe quedar claro “que el Sr. Cardenal (Juan Luis Cipriani) no lo ha suspendido. Le ha quitado las licencias, es decir no puede ejercer el ministerio en esa Arquidiócesis en particular. Pero sigue siendo sacerdote y si quisiera podría ir a otra diócesis“.
Pero, ¿qué queremos que haga el Pastor? Si un sacerdote comienza a hablar no digamos en privado sino además públicamente a través de medios de comunicación cosas que no se condicen con nuestra fe y vida cristiana, ¿es que debe callar el pastor? ¿Y luego nosotros quedamos confundidos y ya no sabemos en qué ni quién creer?“, cuestionó.
A continuación explicó que el Cardenal Cipriani “tenía la obligación de llamarle la atención en privado. Cosa que ha hecho no una sino varias veces. Pero, ¿y si no hace caso? Pues tiene no digo el derecho sino el deber de actuar. Precisamente para salvaguardar y proteger la unidad de su rebaño. Y eso es lo que hizo con toda discreción“.
El Obispo dijo luego que “cuando tenemos un amigo que hace las cosas mal; debemos corregirle. Y si lo que hace mal además daña a otros, pues no podemos estar mirando, hay que intervenir. Y eso es lo que ha hecho el pastor de la Arquidiócesis de Lima. Y en esto hay que decir que ha hecho muy bien“.
Y lamentablemente –por mucho que queramos al Padre Gastón– en esto tenemos que decir que él ha obrado mal“, agregó.
Finalmente pidió rezar por el Cardenal Cipriani “que está pasando por momentos muy duros al ser atacado injustamente con una campaña que está totalmente fuera de lugar” y por el Padre Garatea “para que reflexione, se de cuenta que no puede actuar de esta manera y que enmiende su conducta“.
Mensaje a la comunidad universitaria
En cumplimiento de la tarea de guiar a la porción del Pueblo de Dios que nos ha sido encomendada y en ejercicio de nuestra solicitud por el bien común de nuestro país, nos sentimos en la obligación moral de declarar lo siguiente:
1. Nos llama la atención que algunas personas vinculadas a la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) hayan iniciado una campaña de desprestigio en contra del Cardenal Juan Luis Cipriani, inmediatamente después de que el Tribunal Constitucional del Perú declarara que el último testamento del Dr. Riva Agüero del año 1938 establece que, como Arzobispo de Lima, él tiene derecho a designar un representante ante la Junta que, de modo insustituible y a perpetuidad, debe administrar todos los bienes que Don José de la Riva Agüero dejó en herencia para el sostenimiento de dicha Universidad.
2. Tal reacción hace pensar que, al no haber logrado su pretensión por la vía legal, aquellos que están interesados en administrar la herencia de Riva Agüero de un modo distinto al que corresponde, puedan haber optado por un camino que confunde a la comunidad universitaria y a la opinión pública pues se basa en la difusión de prejuicios y supuestas intenciones ajenas a la realidad.
3. Como le ha sido informado al Rector de la PUCP mediante carta del Presidente de la Conferencia Episcopal Peruana del 28 de junio último, los obispos del Perú lamentamos que el Rector y algunas de las principales autoridades de esa Universidad estén agraviando públicamente a la persona e investidura del Cardenal de Lima y Primado de la Iglesia en el Perú que es, a su vez, el Gran Canciller de la PUCP, poniendo en duda sus buenas intenciones respecto a esa Casa de Estudios y haciéndolo víctima de diversas acusaciones carentes de fundamento.
4. Esas actitudes no concuerdan con el principio de comunión que, conforme a la recta doctrina de la Iglesia y a sus normas, debe primar en las relaciones entre los fieles y sus Pastores, y debe caracterizar de modo especial a las universidades católicas, más aun a toda universidad pontificia.
5. Resulta particularmente preocupante que mientras el Papa Juan Pablo II y el Papa Benedicto XVI han confiado al Cardenal Cipriani la guía de la Arquidiócesis de Lima, y con ello el cargo de Gran Canciller de la PUCP, además de otros cargos que le han sido confiados en el Vaticano, las actuales autoridades de la Universidad no compartan esa misma confianza y, por el contrario, se apoyen en personas ajenas a la Iglesia y, en algunos casos, incluso públicamente contrarias a ella y a sus enseñanzas.
6. Exhortamos a los fieles católicos, a la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general a mantener la objetividad en tan importante asunto y no dejarse distraer ni confundir con argumentos ajenos a los hechos en cuestión. El Tribunal Constitucional, órgano supremo de control constitucional y de defensa de los derechos fundamentales, después de evaluar los argumentos de cada una de las partes ha emitido una sentencia y todos los miembros de la PUCP están en obligación de cumplirla.
7. Conforme a esa sentencia, corresponde al Señor Cardenal de Lima, mediante la designación de un representante en la Junta de Administración de la herencia de Riva Agüero, estar informado y velar por el buen uso de la fortuna dejada por ese ilustre peruano para beneficiar la formación católica de los profesionales que tanto necesita nuestro país. Para nada afecta esta disposición testamentaria a la autonomía de la Universidad ni a la libertad de cátedra que son perfectamente compatibles con las normas de la Iglesia.
8. Finalmente, invocamos a los fieles católicos que se unan a nuestras oraciones y buenos deseos para que, como es propio de toda universidad pontificia y católica, la PUCP siempre se deje orientar por el Magisterio de la Iglesia y guiar por sus legítimos Pastores en el respeto a su propia identidad.
Monseñor Luis Sebastiani SM, Arzobispo de Ayacucho; Monseñor Juan Antonio Ugarte, Arzobispo del Cusco; Monseñor José Antonio Eguren SCV, Arzobispo de Piura; Monseñor Javier Del Río, Arzobispo de Arequipa; Monseñor Miguel Irizar CP, Obispo del Callao; Monseñor Domingo Berni OSA, Obispo de Chuquibambilla; Monseñor Julián García OSA, Obispo de Iquitos; Monseñor Sebastián Ramis TOR, Obispo de Huamachuco; Monseñor José Luis Astigarraga CP, Obispo de Yurimaguas; Monseñor Emiliano Cisneros OAR, Obispo de Chachapoyas; Monseñor Eduardo Velásquez, Obispo de Huaraz; Monseñor Daniel Turley OSA, Obispo de Chulucanas; Monseñor Jesús Moliné, Obispo de Chiclayo; Monseñor Ivo Baldi, Obispo de Huari; Monseñor Mario Busquets, Obispo Prelado de Chuquibamba; Monseñor Antonio Santarsiero OSJ, Obispo de Huacho; Monseñor Salvador Piñeiro, Obispo Castrense del Perú; Monseñor Gilberto Gómez, Obispo de Abancay; Monseñor Carlos García, Obispo de Lurín; Monseñor Adriano Tomasi OFM, Obispo Auxiliar de Lima; Monseñor Anton Zerdin OFM, Obispo de San Ramón; Monseñor José Carmelo Martínez OAR, Obispo de Cajamarca; Monseñor Isidro Barrio, Obispo de Huancavelica; Monseñor Juan Oliver OFM, Obispo de Requena; Monseñor Gabino Miranda, Obispo Auxiliar de Ayacucho; Monseñor Ricardo García, Obispo de Yauyos; Monseñor Jaime Rodríguez MCCJ, Obispo de Huánuco; Monseñor Marco Cortez, Obispo de Tacna y Moquegua; Monseñor Fortunato Pablo Urcey OAR, Obispo de Chota; Monseñor Kay Schmalhausen SCV, Obispo de Ayaviri; Monseñor José María Ortega, Obispo de Juli; Monseñor Rafael Escudero, Obispo de Moyobamba; Monseñor Gaetano Galbusera SDB, Obispo de Pucallpa; Mons. Héctor Vera, Obispo de Ica; Monseñor Guillermo Abanto, Obispo Auxiliar de Lima; y Monseñor Raúl Chau, Obispo Auxiliar de Lima.

Obispo peruano opina contra Conferencia Episcopal y Santa Sede

Por Íñigo Domínguez– El País.com
Kay Schmalhausen señala, en un texto publicado por Religión Digital, al cardenal Sean O’Malley que es un símbolo de la lucha contra la pederastia en EE UU y presidente de la Comisión Pontificia de Tutela de Menores; al secretario de Estado, el número dos del Vaticano, el cardenal Pietro Parolin; y al franciscano español José Rodríguez Carballo, arzobispo desde hace un año de Mérida-Badajoz, que en Roma fue secretario de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada entre 2013 y 2023.
Rodríguez Carballo, contactado por este diario, ha replicado a través de una portavoz de la diócesis extremeña que “no recuerda el caso” y asegura que “no conoce personalmente” a Schmalhausen. Precisa que, según sus recuerdos, el Vaticano nombró a un comisario, el mexicano Guillermo Rodríguez, para que investigara los abusos, y también encargó al cardenal estadounidense Joseph William Tobin que indagara en las cuestiones económicas, que eran “los asuntos más espinosos”.
Schmalhausen decidió acudir a Roma, entre 2015 y 2016, verbalmente y por escrito. “Me entrevisté con el secretario de Estado, Pietro Parolin: silencio romano. Llevé mi denuncia personalmente a la entonces Congregación para la Vida Religiosa, otro esfuerzo en vano”, relata. El prelado peruano asegura que con Rodríguez Carballo sufrió “una denigración como pocas he padecido”. “Un año después, él mismo me pidió que le enviara mi denuncia por correo electrónico. No sirvió de nada. Advertí, asimismo, con un largo informe escrito, al cardenal Sean O’Malley, cabeza de la Comisión de Prevención de Abuso a Menores: silencio bostoniano”.
Relata que en 2021 el nuncio en Perú, Nicola Girasoli, le pidió su renuncia “por teléfono y a gritos”. “Bastó una simple carta y una excusa de corte diplomático: ‘Monseñor Kay debía atender a su madre muy anciana’”.
También acusa a la Conferencia Episcopal peruana. Schmalhausen concluye con una llamada de atención: “Los tiempos han cambiado. Como pastores de la Iglesia nuestra actuación no debería circunscribirse a meros trámites burocráticos ni mucho menos estar motivada por intereses”. 

Cardenal O’Malley se defiende de las acusaciones del obispo Schmalhausen

En declaraciones a Crux, “O’Malley dijo que si bien simpatiza con Schmalhausen y lamenta el sufrimiento que ha padecido, su relato de los hechos es ‘muy injusto’ y dijo que, de hecho, había discutido las preocupaciones de Schmalhausen”.
O’Malley dijo que ambos habían tenido una conversación inicial por teléfono sobre el SCV en junio de 2017, y que Schmalhausen envió su informe después de eso. Una vez que recibió el informe, O’Malley dijo que intentó comunicarse con Schmalhausen nuevamente por teléfono, pero no pudo comunicarse con él”, señala este medio estadounidense.
Igualmente, O’Malley, asegura a Crux que el recuerdo que mantiene Schmalhausen de su interacción en aquellos tiempos es una “completa mala interpretación” de su actitud e intenciones.

Me habría encantado hablar

En ese momento la creencia era que los escándalos del SCV estaban bajo control, ya que se había nombrado un comisionado y se habían establecido comisiones de investigación”, recuerda O’Malley. “Me hubiera gustado que [Schmalhausen] se hubiera acercado a mí y me hubiera pedido hablar, me habría encantado”, relata a Crux, añadiendo: “Estoy seguro de que nunca lo habría ignorado… No soy ese tipo de persona”.
Fuente: www.religiondigital.org

Monseñor Javier Del Río pide no condenar a todo Sodalicio por abusos de Luis Figari y su cúpula

Mariajosé Delgado CárdenasPor Mariajosé Delgado Cárdenas.
Monseñor Javier Del Río Alba, arzobispo de Arequipa, expresó su solidaridad ante la reciente publicación de Kay Martin Schmalhausen, exobispo de Ayaviri, Puno, quien denunció haber sido víctima de abuso sexual por parte de Luis Fernando Figari, fundador del Sodalicio de Vida Cristiana en Perú. Según Schmalhausen, los hechos fueron denunciados a la Iglesia en 2013, pero no obtuvieron respuesta durante años, y realizó varias denuncias adicionales respecto a las irregularidades en el movimiento.
Es muy doloroso para mí leer el artículo que ha publicado un hermano a quien conozco desde hace más de veinte años. Hemos coincidido como sacerdotes y obispos, y no puedo imaginar el sufrimiento que ha llevado en silencio. Me duele profundamente que no haya podido expresar esto ante nosotros, sus hermanos en la Conferencia Episcopal“.
El arzobispo también se refirió al impacto del libro Mitad monjes, mitad soldados de Pedro Salinas y Paola Ugaz. Este libro publicado en 2015 expuso públicamente numerosos testimonios de abusos cometidos en el Sodalicio.
Agradecí personalmente a los autores por la publicación de ese libro. Estoy seguro de que, como yo, muchos obispos desconocían la magnitud de los hechos. Ese trabajo permitió que salieran a la luz una serie de denuncias que han contribuido a esclarecer la verdad“.
Respecto a las medidas adoptadas por el Vaticano, Del Río Alba manifestó su pleno respaldo a las acciones realizadas contra miembros del Sodalicio. Entre las cuales se incluye la expulsión de 15 personas, entre ellas un arzobispo, varios sacerdotes y laicos. El arzobispo señaló que estas decisiones se tomaron siguiendo el debido proceso. Además, expresó su confianza en que la Santa Sede continuará actuando con justicia, como lo ha hecho hasta ahora según su parecer.
Asimismo, se le consultó sobre uno de los casos más recientes que es el de Miguel Salazar, ex miembro del Sodalicio y exprorrector de la Universidad Católica San Pablo de Arequipa. Salazar fue excluido del movimiento por decisión del Vaticano, aunque hace poco presentó un recurso de reconsideración. Monseñor declaró que tras conocerse su exclusión, la universidad procedió a retirarlo de sus funciones, y afirmó que el caso sigue en manos de la Santa Sede, en la cual confía plenamente para tomar la decisión adecuada.

Fuga a EE.UU sodálite abusivo by VP SEMANARIO - Issuu

Sodalicio en Arequipa

Sobre la labor social del Sodalicio en Arequipa, Monseñor Del Río Alba reconoció el impacto positivo de las obras en la comunidad, como el cuidado de ancianos y niños, pero enfatizó la necesidad de diferenciar entre las cúpulas corruptas y los miembros de base.
Es posible que una institución haya estado corrompida en sus cúpulas, pero eso no quita que haya miembros de bien, gente que reza y trabaja sinceramente. Lamentablemente, algunos de ellos también han sufrido las consecuencias de estos hechos“.
Finalmente, el arzobispo recordó un caso de abuso ocurrido en Arequipa años atrás, donde brindó orientación al padre de un menor de edad quien habría sufrido de abuso y pidió el retiro inmediato del sacerdote acusado. Además, remarcó la importancia de que la Iglesia actúe con transparencia, justicia y un compromiso firme hacia las víctimas. Destaca que el futuro del Sodalicio está bajo la dirección de la Santa Sede, en quien confía para que se tomen las decisiones más adecuadas para todos.
Fuente: El Buho.pe

Ordenan publicar acuerdo con Odebrecht

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Martín Calderón

Por Martín Calderón– Diario El Comercio.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la fiscalía hacer público, en un plazo máximo de cinco días hábiles, el acuerdo de colaboración eficaz suscrito en el 2019 con la constructora brasileña Odebrecht.
Una copia de ese acuerdo será entregada al conductor de televisión Phillip Butters, quien llevó el caso ante el TC luego de que el Ministerio Público y el Poder Judicial rechazaran que acceda al documento.
El tribunal declaró fundado un recurso de agravio constitucional presentado por Butters “por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública”.
Con la resolución, se conocerá el acuerdo de beneficios y colaboración eficaz de febrero de 2019 y el acuerdo complementario de mayo de ese mismo año. Estos fueron celebrados entre el Equipo Especial de Fiscales del Caso Lava Jato, Odebrecht y los colaboradores Jorge Barata, Ricardo Boleira, Renato Ribeiro y Antonio Nostre.
Desde el 2019, el Ministerio Público mantuvo como reservado el acuerdo con Odebrecht con el argumento de que el proceso especial de colaboración eficaz solo es de conocimiento de la fiscalía, el colaborador, su defensor, el agraviado y el juez a cargo del caso.
En su momento, el Ministerio Público también destacó que a una investigación fiscal solo pueden acceder los sujetos procesales; es decir, las personas o entidades que participan en un proceso judicial.
Además, entre el 2023 y este año, el Poder Judicial resolvió en dos instancias que el acuerdo de colaboración tiene carácter de reservado porque, entre otros motivos, “su develación podría tener efectos nocivos en la lucha contra la corrupción”.
El acuerdo permitió al equipo especial del Caso Lava Jato recibir información y documentos para las investigaciones de los casos Interoceánica Sur, Metro de Lima, Vía Evitamiento de Cusco y Costa Verde tramo Callao. En estos, Odebrecht admitió la entrega de sobornos.
El acuerdo estableció que Odebrecht debe indemnizar al Estado peruano con S/760 millones.
La sentencia judicial que lo homologó fijó que el monto sea pagado en quince armadas hasta el 2034.
No obstante, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional concluyó que con la emisión de la sentencia que aprobó el acuerdo de colaboración eficaz, “la finalidad legítima de la reserva ya no existe y en consecuencia, la reserva cesa, y no resulta oponible para su difusión pública”.
Además, la sala del TC destacó que los colaboradores eficaces del caso Odebrecht ya renunciaron a la reserva de su identidad.
Precisó que mientras un proceso judicial se encuentra en curso, el acceso al expediente es exclusivo de las partes y debe solicitarse de manera directa ante el juez a cargo del proceso. No obstante, una vez que este ha culminado, al contar con sentencia firme o ejecutoriada, “permite que se recobre su carácter público conforme al artículo 139, inciso 4 de la Constitución”.
El mencionado artículo establece que los procesos judiciales por responsabilidad de funcionarios públicos y los que se refieren a derechos fundamentales garantizados por la Constitución son siempre públicos.
La segunda sala del TC concluyó que los fines del acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht “ya han producido sus efectos, además de haberse revelado la identidad de los colaboradores con su anuencia”, por ello no encontró razones que justifiquen la restricción de su acceso.
La sala está integrada por los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich. Este último fue el ponente del caso.
El expediente de este caso ingresó a la sala segunda del TC el 16 de agosto pasado.
La vista de la causa se realizó el último 2 de diciembre.
La sentencia fue emitida tres días después y, finalmente, publicada este martes 17 de diciembre en la página web oficial del TC.

Ollanta Humala y Martín Belaunde

Por Thalía Cadenas– Diario El Comercio.
Martín Belaunde Lossio, ex asesor de Ollanta Humala, declaró en el juicio contra el expresidente y su esposa, Nadine Heredia, por los presuntos aportes irregulares al Partido Nacionalista, que una de las supuestas valijas diplomáticas que llegaron de Venezuela contenía 850 mil dólares.
Indicó que esta información se la brindó la exfuncionaria venezolana Virly Torres y que las maletas fueron enviadas al Perú a través de la empresa de mensajería DHL.
“Virly Torres me contó que había 850 mil dólares que llegaron por DHL y que las recogió de las oficinas de DHL en el aeropuerto. Después de eso, si es que ingresaron más valijas, no sabría cuantificar el monto, pero ya he dicho que es entre 4 y 6 millones”, respondió a la consulta del abogado de Nadine Heredia, Julio Espinoza.
En el contra interrogatorio, Espinoza también le preguntó si le constaba la procedencia del dinero y el ingreso a través de valijas diplomáticas.
“Me consta el ingreso a través de dos mochilas, lo demás me lo han contado”, contestó Belaunde.
El empresario ratificó así la versión que dio en una audiencia anterior sobre el aporte del régimen chavista para la campaña de Humala. El dinero, de acuerdo con su testimonio anterior, fue utilizado para pagar la pauta publicitaria de la campaña del exmandatario en el 2006.
En otro momento, el ex asesor reiteró que recibió 400 mil dólares en el 2006 de la mano de Jorge Barata, entonces representante de Odebrecht en el país, para la campaña nacionalista de ese año.
Detalló que el día que recogió el dinero en las oficinas de Odebrecht en Chacarilla (Surco) también estaba presente Raimundo Trinidad, quien en ese entonces se desempeñaba como gerente de relaciones institucionales de la constructora.
A la consulta de por qué recién brinda ese detalle, respondió que no le pareció trascendente.
Además, volvió a afirmar que Jorge Barata no dijo la verdad cuando negó conocerlo. “No ha dicho la verdad porque a mí me conoció y entregó el dinero”, expresó.
De otro lado, indicó que la expareja presidencial le pidió suscribir un contrato para sustentar ingresos para su crédito hipotecario.
“Me pidieron un contrato para sustentar ingresos, pero no conozco las fechas ni nada del crédito hipotecario”, dijo. Dicho documento se suscribió con su empresa Centros Capilares.
Humala amplía su declaración
En la audiencia también participó Humala para brindar una ampliación de su declaración.
El expresidente negó que conozca a Belaunde desde fines del 2005, señaló que su vínculo con él se inició a fines de marzo del 2006.
Calificó de mentira que el hoy colaborador eficaz haya sostenido reuniones con Virly Torres y la entrega del dinero chavista. “Rechazamos de plano haber recibido aportes de Venezuela y de Odebrecht. Para acusar hay que hacerlo bien”, expresó.
Además, sostuvo que el testimonio de Belaunde sería una represalia por no haber impedido su extradición en el 2015 cuando era presidente, como se lo había solicitado el padre del empresario.
Martín Belaunde Lossio fue extraditado en el 2015.
“[Dijo que] Si no impedía la extradición de su hijo, nunca me lo iba a perdonar. Esto puede explicar la conducta de la familia Belaunde”, remarcó.
La fiscalía acusa a Ollanta Humala y Nadine Heredia por el delito de lavado de activos. Se les atribuye haber recibido dinero de origen ilícito del Gobierno de Venezuela y de las constructoras brasileñas Odebrecht para sus campañas presidenciales del 2006 y 2011, respectivamente.
Por estos cargos, pide una condena de 20 años de prisión para el expresidente y de 26 años y seis meses para la ex primera dama. Además, se requiere la disolución del Partido Nacionalista.
Respuesta de la defensa
En diálogo con El Comercio, Wilfredo Pedraza, abogado de Humala, afirmó que las declaraciones de Belaunde se sustentan solo en dichos y cuestionó que los acuerdos de colaboración eficaz “no tengan rigor”.
Asimismo, indicó que Belaunde se contradice en sus declaraciones sobre Jorge Barata y la entrega de los 400 mil dólares.
Añadió que el entonces representante de Odebrecht en el Perú ha afirmado que recién conoció a Humala a fines del 2006, en el Cade, y no cuando era candidato presidencial.
Finalmente, estimó que el juicio contra su patrocinado culminará a fines de febrero del 2025.