Por Oscar Schiappa-Pietra(*)- Lampadia.
La inescrupulosa actuación de los magistrados que en 2017 integraban la Quinta Sala Superior Civil de Lima, sumada a un vacío legal, nos cuesta a los contribuyentes tres mil millones de Soles. El caso meramente ratifica cómo la podredumbre ha carcomido los cimientos de legitimidad del Poder Judicial, y subraya la urgencia de su radical reforma.
La cuestión se origina al entrar en vigencia la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, en junio de 1993, que fijó una escala salarial para jueces alineada con la remuneración de los vocales supremos. El 03 de febrero de 2009, la Asociación Nacional de Magistrados (ANMP) presentó una demanda de cumplimiento para que el propio Poder Judicial procediese a hacer efectiva la correspondiente homologación remunerativa; y el 27 de noviembre de 2013, el Tribunal Constitucional falló ordenando el pago de dicha homologación. Ya el Poder Judicial había pagado en 2011 los 87 millones de soles resultantes de tal obligación. Sin embargo, en este mismo año, cuando ya se había cumplido la sentencia y era cosa juzgada, la ANMP reclamó el pago de devengados, una pretensión que no había sido considerada en su demanda de 2009.
El 30 de marzo de 2015, el juez constitucional Hugo Velásquez Zavaleta resolvió favorablemente el pedido de la ANMP ordenando en consecuencia el pago de tales improcedentes devengados. El 13 de julio de 2017, la Quinta Sala Superior Civil de Lima confirmó el fallo de primera instancia.
Hasta aquí los hechos superficiales, en lo que parecería ser una mera controversia laboral de magistrados. Pero ahondemos. El juez constitucional Hugo Velásquez Zavaleta tiene una cuestionadísima trayectoria: fue el magistrado que falló declarando la nulidad de los ocho informes producidos en el marco de la investigación parlamentaria sobre actos de corrupción perpetrados durante el segundo gobierno de Alan García; y recientemente se publicó un audio en el que él coordina con el hoy encarcelado expresidente de la Corte Superior del Callao, Walter Ríos, para lograr el abono irregular a éste de 76 mil Soles, como parte precisamente de los improcedentes devengados.
Y, en el extremo de la irregularidad y de la falta de escrúpulos, el propio Secretario de la ANMP -parte demandante en este caso- Rómulo Torres Ventocilla, a la sazón también integrante de la Quinta Sala Superior de Lima (instancia que conoció en apelación esa misma demanda), no se inhibió de participar como juez en el caso -¡y actuó como magistrado ponente de la sentencia!- pese al clarísimo conflicto de intereses.
El juez Rómulo Torres Ventocilla pretendió guardar las apariencias solicitando a la Sala su inhibición, pero su pedido “fue rechazado” por sus otros dos colegas integrantes del colegiado. Refiriéndose a este pedido de inhibición, la presidenta de la Quinta Sala Superior de Lima, Emilia Bustamante, sostuvo: “Sí, lo planteó y lo desestimamos. La Asociación Nacional de Magistrados del Perú es un ente gremial que agrupa a la mayoría de jueces de esta Corte Superior de Lima. Discutimos el tema y caímos en la cuenta que la doctora Vidal, integrante de la Sala, también era miembro de la asociación, aunque no de la directiva, por lo que también debía inhibirse. Pero, con ese criterio, ¿quién resolvería el caso? No podíamos dejar de resolver, así que proseguimos. Eso no es ilegal”.
El caso en cuestión expone la revulsiva falta de escrúpulos de los magistrados implicados, con el cómplice beneplácito del gremio representativo de todos los jueces del Perú. La administración de justicia basa su legitimidad en la aplicación cotidiana de los principios de independencia e imparcialidad de los jueces, según está reconocido en la Constitución, en los tratados internacionales sobre derechos humanos y en el sentido común de la abogacía. Pero esas son sofisticaciones para quienes están dispuestos a lucrar por cualquier medio, y particularmente cuando ello ocurre bajo las sombras de la ilegalidad o de la interpretación caprichosa de las normas.
Es hora ya de poner fin a tanto estropicio, y de forjar un sistema de administración de justicia probo y eficiente. Como parte de ese proceso, se requiere salvar el vacío legal existente, que posibilita la patraña de jueces dictando sentencias que los favorecen a ellos mismos. El Ejecutivo debiera presentar al Congreso un proyecto de ley que encomiende a un tribunal arbitral independiente y permanente, plenamente ajeno al Poder Judicial, las responsabilidades de conocimiento y resolución de todo litigio en el cual los jueces pudieran ser parte interesada, individual o colectivamente.
(*) Abogado. Magister en Derecho Internacional Económico, y en Derecho Internacional y Comparado.
Patraña judicial
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