Quellaveco en marcha

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Quellaveco
El Estado, el gobierno regional de Moquegua y la minera Anglo American llegaron a un acuerdo satisfactorio sobre el proyecto Quellaveco, el cual se ejecutará bajo las nuevas condiciones establecidas por el gobierno a la minería.
El ministro de Energía y Minas, Jorge Merino, dijo que el acuerdo se alcanzó en una mesa diálogo en la que participaron todos los sectores vinculados con este tema.
Destacó que se trata de un proyecto de 3,300 millones de dólares de inversión “que ha recogido el nuevo modelo de funcionamiento de la minería para realizar proyectos de convivencia social de largo plazo.
Según ese nuevo esquema fijado por el gobierno del presidente Ollanta Humala, las empresas mineras interesadas en invertir en el Perú deberán garantizar primero el acceso al agua de la población, cuidar el medio ambiente y apoyar los esfuerzos de inclusión social generando empleos directos e indirectos.
GARANTIZAN EL AGUA A LA POBLACIÓN
Merino explicó que a través del acuerdo con el gobierno regional y la empresa Anglo American se garantiza el agua para la población, el desarrollo agropecuario, la construcción de carreteras y vías de comunicación, y otros beneficios para las comunidades de la zona.
“Esto es importantísimo destacarlo porque estamos dando una señal de que apostar por el diálogo siempre da buenos resultados”, indicó, tras subrayar que el gobierno espera alcanzar un acuerdo similar en la región Cajamarca, donde persiste una fuerte oposición al proyecto minero Conga.
“Seguimos siendo un país amigable para la inversión cuando se hacen las cosas por el diálogo”, añadió. Merino destacó, además, que el fondo social de este proyecto asciende a 850 millones de nuevos soles.
El proyecto Quellaveco está ubicado a cerca de 37 kilómetros al noreste de Moquegua y considera la explotación de cobre y el procesamiento de ese producto para convertirlo en concentrado y exportarlo.
Fuente: Agencia Andina de Noticias.

Carlos Chipoco

Alan es inocente
Por Carlos Chipoco Cáceda
Yo denuncié varias veces al expresidente García ante la Corte Interamericana, y soy militante del PPC. Pero debo ser honesto al dar mi opinión sobre la acusación constitucional a García. ¿Es posible acusar a un presidente por haber firmado un decreto de urgencia inconstitucional? La respuesta es no. Para empezar, el decreto de urgencia que firmó no ha sido declarado inconstitucional ni por el Congreso ni por el Tribunal Constitucional. El artículo 128 de la Constitución dice: “Los ministros son individualmente responsables por sus propios actos y los actos presidenciales que refrendan”. El Presidente no es responsable por los decretos de urgencia (DU), que obviamente son firmados por todo el gabinete. Pero incluso si ignoramos ese mandato constitucional, ¿es posible acusar al Presidente por un DU inconstitucional? Pongamos un ejemplo sencillo: si el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de una ley, ¿sería posible acusar e inhabilitar a todo el Congreso que aprobó la ley inconstitucional? Obviamente no. Esto por el abc de la Teoría del Estado. El derecho constitucional se basa en la separación de poderes y en su lógica: “los pesos y contrapesos” o “checks and balances”. Esto es, el mutuo control entre los poderes, para que ninguno abuse de su poder o se equivoque en la aplicación de la Constitución. Por eso el Congreso controla la constitucionalidad de los DU. Siendo parte de la lógica constitucional y del margen discrecional de los poderes de Estado, no es posible acusar a nadie de transgresión constitucional; para ello están los mutuos controles. Los DU son normas con rango de ley que emanan por vía de excepción del Ejecutivo, que no tiene constitucionalmente atribuido el poder legislativo. Por eso los decretos de urgencia son revisados por una comisión especial (de la que en algún momento fui miembro). Como dijo Montesquieu, es imprescindible que el poder controle al poder. Esa comisión debe evaluar dos elementos: (a) La materia de los decretos de urgencia debe ser exclusivamente económica o financiera; (b) El requisito de urgencia; el requisito de situación extraordinaria e imprevisible; el requisito de riesgo y peligro inminente para la economía. Si cumple esos requisitos, es constitucional. El no pronunciamiento del Congreso es una aceptación tácita de su constitucionalidad. Seamos claros: en este caso, Alan es inocente. Es bueno recordar que en política siempre se gana en la cancha, nunca en la mesa; si alguien pretende ganarle a García, que sea en las ánforas. Lo demás es ficción.

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