Agilización de la ejecución de proyectos de inversión pública

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El día de ayer se publicó el Decreto de Urgencia N° 054-2011, el mismo que, recordando la meta de superávit fiscal de 0,8% del PBI en el año 2011 contemplada en el Marco Macroeconómico Multianual Revisado 2012-2014, establece medidas excepcionales para agilizar la ejecución de proyectos de inversión pública. En ese sentido, se trata de una norma con una finalidad positiva, que se sustenta en el riesgo de que la subejecución de la inversión pública persista, especialmente en los Gobiernos regionales y Gobiernos Locales, situación que podría afectar la política prioritaria de ampliar y mejorar la infraestructura y servicios públicos “en beneficio del desarrollo humano de la población”. Lo primero que cabe destacar es que, de esta forma, se reconoce el importante rol social que desempeña la contratación pública en general. Asimismo, hay que destacar que el ejecutivo está empezando a tomar medidas, en congruencia con los principales lineamientos de la política económica 2011-2016, lineamientos que fueron planteado por el Ministro de Economía en su presentación ante el congreso de la República (Cristhiam León ha publicado la referida presentación).

Lo que se quiere es evitar que el superávit previsto sea superado, razón por la que las medidas establecidas “se enfocan en adelantar el inicio de las convocatorias para procesos de selección que se requieran realizar para la ejecución de proyectos de inversión a iniciarse en el año fiscal 2012”. Con esta finalidad se destina un crédito suplementario ascendente a S/. 888 924 864,00, de los que S/. 518 924 864,00 serán para dotar a los Gobiernos Regionales (y entiendo que también a los Gobiernos Locales) y S/. 370 000 000,00 al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Un enfoque interesante es el de los incentivos para cumplir las metas de inversión pública, para lo cual la norma prevé el denominado Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), que será entregado a los Gobiernos Regionales o Locales que cumplan dichas metas. Y aunque se hace menció a los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto, lo que me parece preocupante es que esta norma parece seguir privilegiando elementos cuantitativos de la inversión pública (gasto) antes que los elementos cualitativos, tan necesarios como ausentes en nuestro país.

Este decreto de Urgencia habría entrado en vigencia hoy y se xtendería hasta el 31 de marzo de 2012. Esto muestra un objetivo mucho más definido objetiva y temporalmente. Esperemos que esto se mantenga así.

En su primera disposición complementaria final se establece que la ejecución de obras conforme al referido Decreto de Urgencia se sujetará al procedimiento que, en Anexo II, forma parte de esa norma. Asimismo, se dispone que el modelo de Bases a ser utilizadas en los procesos de selección será publicada a más tardar el día de mañana en el Portal del Estado Peruano, en el del MEF y en el del OSCE.

En cuanto al procedimiento que se establece, el mismo ha sido denominado como “Proceso de selección para agilizar la ejecución de los proyectos de inversión pública”. Dicho procedimiento incluye normas que regulan de manera especial las etapas de Actos preparatorios y de selección. y será aplicable para la ejecución de proyectos de inversión que hayan sido declarados viables en el SNIP y que correspondan, por el moonto a una Litación Pública, con un tope en el valor referencial de quince millones de nuevos soles.

El procedimiento, a pesar de que se realizarán estos procesos para ejecutar los proyectos el año 2012, se ha buscado simplificar sobre todo en cuanto a los plazos que establece la normativa general de contrataciones del Estado. Esta no es la mejor receta ni para la adecuada gestión de la contratación pública ni para su control.

Claro que hay que destacar que, al menos en cuanto corresponde a las observaciones, se ha corregido el despropósito de hacer de las Entidades jueces y parte de las mismas. Por tal razón, será el OSCE el que, independientemente del monto del valor referencial, emitirá el Pronunciamiento final relativo a las observaciones a las Bases.

No se sigue el mismo criterio para las apelaciones, pues en relación con ellas, aparentemente, la idea es mantener el statu quo normativo general, lo cual resulta sumamente cuestionable. Claro, por de pronto tenemos el proceso de reestructuración del Tribunal lo que también genera una cierta incertidumbre para la adecuada solución de las controversias que pudieran suscitarse. En tal caso, una vez conformado dicho órgano, de manera idónea, no habría más sustento para mantener esa situación.

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Fortalecimiento del OSCE y conclusión de designación de designación de Vocales

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El proceso de fortalecimiento del OSCE, se dispuso mediante Decreto de Urgencia N° 048-2011. Hoy se publicó el Decreto Supremo N° 172-2011-EF, norma mediante la cual se establece que el plazo de prescripción de las infracciones establecidas en el artículo 243 del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. N°184-2008-EF, se suspende “durante dos (2) meses o hasta que se designe a los nuevos vocales […], lo que ocurra primero”.

Asimismo, esta norma señala que el Consejo Directivo del OSCE”aprobará los lineamientos que sean necesarios para realizar el seguimiento de los procedimientos sancionadores que se encuentren en trámite”.

Por último, esta norma establece que los Vocales que se presentaron al proceso de evaluación (4 en total), “permanecerán en el cargo hasta que se designe a los nuevos vocales”.

Por otro lado, se publicó también hoy día la Resolución Suprema N° 068-2011-EF, mediante la que se da por concluida la designación de los cinco Vocales que no se presentaron al proceso de evaluación.

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Resultados de evaluación de conocimientos en la evaluación y ratificación de vocales

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El día de ayer se publicaron los resultados de la evaluación de conocimientos en el proceso de evaluación y ratificación de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado.

Ningún Vocal habría pasado la prueba. Eso llama la atención, pues dicha prueba no distingue los casos de las diferentes personas que afrontaron esa prueba. Y es claro que diferencias académicas existían con evidencia.

Por último, ¿cómo queda el Tribunal hoy que ningún Vocal fue ratificado?, ¿hasta cuándo podrán seguir asumiendo competencia dichos funcionarios?, ¿se procederá a convocar a un concurso Público de inmediato para designar a los nuevos vocales?, ¿se designarán vocales provisionales?

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Evaluación y ratificación de Vocales

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Las noticias en torno al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado no dan pausa. Mediante Decreto Supremo N° 163-2011-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba el procedimiento para el proceso de evaluación y ratificación de los Vocales del Tribunak de Contrataciones del Estado.

Dicho proceso se inicia desde el día de mañana, para lo que se constituye una Comisión sectorial de Evaluación integrada por el Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, quien presidirá dicha comisión; asimismo, la integran el Director General de la Dirección General de Gestión y Recursos Públicos y el Director de las Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación de la Dirección General de Política de Inversiones.

El proceso de evaluación tendrá las siguientes etapas:

1. Evaluación curricular.
2. Evaluación de conocimientos
3. Evaluación psicológica, psicométrica y de competencias.
4. Ebtrevista personal.

Estas etapas son eliminatorias y concluida la evaluación, la Comisión informará al Ministro de Economía y Finanzas la lista de Vocales a ser ratificados vía Resolución Suprema.

Lo que no queda claro es qué sucederá en el caso que fueran ratificados solo un número reducido de Vocales, ¿cómo se cubrirá las plazas libres?, ¿cómo funcionará entre tanto el Tribunal? Estamos en este momento frente a una oportunidad de que dicho órgano se conforme de la manera más idónea posible, para lo cual se requiere de una decisión política que no permita que se designen para el puesto de Vocales a personas que cumplan con los requisitos y de reconocida solvencia moral.

Por último, hoy también se publicó la Resolución Suprema N° 063-2011-EF, que acepta la reuncia del Vocal Silva Dávila.

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Designación de Presidenta del OSCE y agenda pendiente

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El día de ayer se designó como Presidenta Ejecutiva del OSCE a la abogada Magali Fiorela Rojas Delgado. En tal sentido, deseo éxito en su gestión a la referida profesional.

Creo, además, que resulta importante que se plantee una agenda para la contratación pública que permita que dicho sistema permita que las contrataciones que efectúe el Estado se desarrollen con mayor eficiencia y transparencia. Y esta agenda debe, primero, atender asuntos urgentes, lo que implica modificaciones al marco normativo actual, y, segundo, plantear una evaluación integral del sistema de contratación pública, orientado a su unificación. Este segundo punto de la agenda es, evidentemente, de mayor alcance y su tratamiento será, de seguro, de mayor aliento.

Me permito plantear algunas propuestas de modificación:

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Fortalecimiento del OSCE

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Con retraso (estuve de panelista en un evento académico gracias a la generosa invitación de la Pontificia Universidad Católica del Perú), cuelgo este post respecto a la publicación, el día de hoy, del Decreto de Urgencia N° 048-2011, mediante el que el gobierno peruano dicta medidas en materia de contratación pública para mejorar la eficiencia en el gasto público. Sobre el particular sugiero le den una mirada a los post de Cristhiam León y de César Rubio.

Lo primero que hay que destacar es que se reconoce, desde el gobierno y de manera expresa, la importancia económica de la contratación pública y su rol en la promoción de inversiones, así como en relación con el adecuado manejo de los recursos públicos. Esto implica “procedimientos eficientes, transparentes y libres de corrupción”. Por tanto, y considerando la situación actual de vulnerabilidad de la economía mundial, se busca que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) se fortalezca. Aquí, es muy importante destacar el uso del término “fortalecimiento” del ente rector de la contratación pública, con la finalidad de no afectar la estabilidad de nuestra economía y, por el contrario, incentivar su crecimiento, con la mejora del sistema de contratación pública. Y este fortalecimiento se quiere lograr en relación con las funciones de supervisión, regulación y solución de controversias.

Estas tres funciones son muy importantes y es fundamental que se trabaje, con una política clara y con criterios técnicos por sobre todo, la mejora del rol del OSCE en esos ámbitos. A nivel de la Supervisión, por ejemplo, es importante que se priorice el atacar problemas de fondo antes que persistir en temas de carácter puramente formal y que no ayudan a la mejora de la inversión pública en términos cualitativos. En cuanto a la regulación, es importante que esta se dote de elementos técnicos antes que exclusivamente legales; es decir, que las compras públicas se gestione como operaciones propias del mercado (en este caso específico, el de compras públicas), antes que como meros procedimientos legales. Por último, el terreno de la solución de controversias pasa, primero, por lo que son los mecanismos de contradicción de las decisiones de la Administración (observaciones y apelaciones), debiendo superarse el estropicio que generó la normativa vigente, es decir, que sean las propias Entidades las que resuelvan estos recursos en última instancia; con esa finalidad es necesario que el OSCE y el propio Tribunal sean órganos técnicos por antonomasia. También está el tema de la solución de controversias en la etapa contractual y esto quiere decir, fundamentalmente, arbitraje; hay voces que claman por la desaparición del mismo, por las malas experiencias que se han generado. Sin embargo, atendiendo a que la norma busca también mejorar la percepción de los inversionistas extranjeros respecto a la facilidad de hacer negocios con el gobierno peruano, sería irracional dejar de lado el arbitraje que, más allá de los malos operadores de dicho sistema, ha demostrado ser un mecanismo de solución de controversias más eficiente y especializados. Lo que se necesita es dotar de mayor transparencia el arbitraje y, de ese modo, lograr soluciones más previsibles a las múltiples controversoas que se suscitan en la ejecución de los contratos.

El Decreto de Urgencia bajo comentario establece en su artículo 2 que las medidas de fortalecimiento del OSCE no durarán más de 3 meses y serán aprobadas por el Ministerio de Economía y Finazas.

Ahora bien, en su artículo 3 dispone que los Vocales del Tribunal de contrataciones serán evaluados y, eventualmente, ratificados vía Resolución Suprema. Esperemos, por el desarrollo de la contratación pública, que para esta acción se acuda a criterios técnicos de selección.

Del mismo modo, se señala que se podrá remover de sus cargos a los miembros del Consejo Directivo y al Presidente Ejecutivo del OSCE.

Por último, quiero destacar que el Poder Ejecutivo debe proponer dentro de los próximos 30 días hábiles un proyecto de Ley que modifique la Ley vigente, siempre con la finalidad de alcanzar el objeto de fortalecer el sistema de contratación pública. Estas modificaciones son, seguramente, el objetivo inmediato; sin embargo, no debiera perderse de vista el objetivo mismo de lograr una regulación adecuada del sistema de contratación pública en general, lo que constituye una finalidad mayor y ambiciosa, pero necesaria de alcanzar.

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Reestructuración del OSCE

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Hoy, de manera sorpresiva, se anunció que el Gobierno ha tomado la decisión de reestructurar el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado. Esta decisión resulta sumamente relevante en el contexto actual, atendiendo al desprestigio que ha afectado dicha institución. En esa línea, el Ministro de Economía señaló que esta decisión obedece a la necesidad de implementar políticas de mayor transparencia en las compras públicas y de ese modo mejorar la lucha contra la corrupción.

Es más, conforme a lo informado la reestructuración compete no solo al OSCE sino al sistema de contratación pública en general. De esta manera, debería, entre otros aspectos, pensarse en la necesidad de unificar los diferentes regímenes de contratación pública que existen a la fecha. Sobre este particular, algún tiempo atrás publiqué un post.

Queda esperar que las autoridades competentes para definir los alcances de esta reestructuración le impriman los lineamientos que aseguren un adecuada reestructuración en pro de la contratación pública y del país en su conjunto.

Transcribo la nota de prensa publica por Andina.

Consejo de Ministros declara a la OSCE en reestructuración

Lima, ago. 10 (ANDINA). El Consejo de Ministros aprobó hoy reestructurar al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y su tribunal, ante indicios de poca transparencia en su gestión, informó el jefe del Gabinete, Salomón Lerner Ghitis.

Salomón Lerner

“Ha habido cierto grado de indicios de que no han sido lo más transparentes posibles”, subrayó en conferencia de prensa tras la segunda sesión del Consejo de Ministros encabezada por el presidente Ollanta Humala en Palacio de Gobierno.

Lerner Ghitis consideró importante que la ciudadanía conozca que esta medida es un paso fundamental en la lucha contra la corrupción.

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas en las adquisiciones públicas del Estado peruano.

La OSCE, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), tiene competencia en el ámbito nacional, y supervisa los procesos de contratación de bienes, servicios y obras que realizan las entidades estatales.

Al respecto, el ministro de Economía y Finanzas, Miguel Castilla, señaló que se busca lograr un gasto público con calidad y eficiencia.

Explicó que la decisión se tomó en base a informes recibidos de la Contraloría General de la República que indicaban la necesidad de evaluar la entidad.

“Esto implica una evaluación y posterior ratificación tanto del presidente de la OSCE como los miembros de su tribunal, así como una reorganización completa y profunda que tiene que ver con una revisión de su reglamento de organización y funciones”, precisó.

Añadió que la reestructuración estará acompañada de una iniciativa para evaluar todo el sistema de compras públicas en el Estado.

“Recordemos que cerca de un tercio del presupuesto de la Nación corresponde a adquisiciones del Estado en bienes y servicios, y si a esto se suma los bienes de capital, estamos hablando de ingentes cantidades de dinero”, subrayó.

Castilla agregó que uno de los objetivos es modernizar a la OSCE, fortalecerla y especialmente brindarle mayor transparencia para que vele por los intereses y buen uso de los recursos del Estado. Leer más »