LAS SANCIONES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: Cuando las formas conspiran contra una adecuada aplicación del Derecho

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Este breve ensayo fue publicado en la Revista “Diálogo con la Jurisprudencia. Actualidad, análisis y crítica jurisprudencial” N° 148, publicado en enero de 2011. Comparto con ustedes su contenido.

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Comentarios

  1. Alejandro Alvarado escribió:

    Estimado Derik:
    Leido el artículo y como Especialista de Abastecimiento de mi Entidad, puedo concluir que la normativa de contratación pública es susceptible de cambios y mejoras que ayuden a las Entidades a conducir sus procesos de selección en forma transparente y en forma ágil, evitando situaciones que por "formalismos excesivos" se perjudiquen a terceros o desincentiven la participación de personas naturales o jurídicas a los procesos de selección que convoca el Estado. Al igual, que no considero prudente que existan contradicciones ente el ente normativo del OSCE y el ente que se encarga de resolver los recursos impugnativos.

    Buen artículo.

  2. dlatorreb Autor escribió:

    Gracias, Alejandro, por leer este blog y, además, por tu comentario. creo que justamente esa hiperformalización genera los mayores problemas de la contratación pública.

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