Explorando la complejidad del procedimiento administrativo y el recurso de apelación

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He querido recoger aquí las diapositivas que preparé para desarrollar el curso que organizó Perú Contrata respecto al recurso de apelación en las contrataciones del Estado. El enfoque que me plantearon los organizadores me parece novedoso y, por tanto, creo que el resultado fue también algo novedoso.

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Comentarios

  1. ERICK LANDAURO CERF escribió:

    Estimado Dr. Derik Latorre, la información contenida resulta muy didáctica con relación al tema de la apelación, sin embargo, me queda la duda respecto a lo señalado en el art. 114 del Reglamento, ya que el mismo señala que se declarará fundado el recurso de apelación cuando se observe indebida aplicación o interpretación de la Ley, el Reglamento o las Bases pero al mismo tiempo prevé que se declarará la nulidad de oficio cuando se verifique la existencia de actos que contravengas normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable.
    en ese sentido ¿cuando estamos frente a una indebida aplicacion o interpretación de la Ley y cuando frente a contravencion de normas legales (que puede ser la Ley), prescindencia de normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la norma (que también puede ser de la Ley).
    Gracias.

  2. dlatorreb Autor escribió:

    Gracias, Erick, por leer este blog. Una indebida aplicación de la norma sería por ejemplo la de descalificar a alguien sin el sustento correspondiente. Una contravención de la norma sería la de exigir algún requisito que está prohibido legalmente.

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