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ARBITRAJE EN INVERSIONES, LA HORA DE LA POLÍTICA

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Hoy el Diario Oficial El Peruano, publica en su página 12 un artículo mío. Lo transcribo para su mayor difusión.

Arbitraje y política

Arbitraje en inversiones, la hora de la política

Recuerdo al abogado ilustre disertar sobre el arbitraje Perú vs. Lucchetti, despotricar del Estado. Aunque por aspectos formales, el Perú ganó. Él y sus colegas seguían evangelizando al rebaño, repitiendo el anatema de que la inversión extranjera (IE) es intangible y requiere un “clima favorable”.

Indudable que los países en vías de desarrollo requieren IE. Estos países recibieron el 2013 el 54% de la IE; esto es bueno si esas inversiones son eficientes y sustentables. Desde una mirada ideológica, se asumió que los inversores tienen derechos, no obligaciones. Por tanto, el Estado debía renunciar a su soberanía y no debía “politizarse” un tema estrictamente “técnico” con cuestiones relativas a problemas sociales, medioambientales ni derechos humanos, salvo, claro está, el derecho de propiedad, que podía afectarse (expropiación indirecta) con medidas que varíen el statu quo.

El arbitraje es la herramienta para que la relación Estado-inversor sea positiva; pero el sesgo antes referido hizo que el arbitraje sea cuestionado desde una perspectiva no solo económica-jurídica, sino política, en todo el mundo. Empezaron Bolivia y Ecuador; el conspicuo abogado frunció el ceño, se burló. Continuaron Australia, Canadá, Sudáfrica. Después, Estados Unidos. El abogado notable calló.

En el Perú se creó (2009) el Sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión. Una buena medida que podría explicar, en parte, el triunfo reciente del Perú en el arbitraje iniciado por The Renco Group en relación con el complejo de La Oroya, de Perupetro en el arbitraje iniciado por el Consorcio Camisea, así como otros resultados favorables. Sin embargo, la grey defiende lo indefendible: aun cuando el Estado peruano pierde un arbitraje, ha ganado.

La UNCTAD ha reconocido que el arbitraje en inversiones sufre una crisis de legitimidad, pues los Laudos establecieron amplias medidas de protección de las IE, pero subestimando sus consecuencias negativas en las políticas públicas o en derechos humanos. Esto muestra la necesidad de una profunda reforma del sistema, a fin de lograr un equilibrio entre los derechos y obligaciones de los inversores y los Estados.

El Laudo favorable a Uruguay en el arbitraje iniciado por la tabacalera Philip Morris, muestra que los Estados deben tomar decisiones políticas, privilegiando los derechos fundamentales de su sociedad. Australia verá en este caso un buen precedente y quizá reconsidere su decisión de excluir el arbitraje de sus TBI. En nuestro país, los tecnócratas del arbitraje deben entender la necesidad de incorporar criterios de políticas públicas y soberanía estatal en la discusión.

Arbitraje, soberanía del Estado, políticas públicas y derechos humanos

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Hace algún tiempo abordé el tema de la relación compleja entre el arbitraje y la soberanía de los Estados. En el Perú se ha consolidado, hasta ahora, la visión de que los inversionistas (extranjeros) son sujeto de derechos (pero no de obligaciones) y, en la práctica, el Estado no puede reclamarles nada, por cuanto podría alterarse así el “buen clima” de las inversiones. Eminentes profesores de Derecho Privado de nuestro país  han dejado sentadas sus ideas casi evangélicas de que si el estado osara alterar esas reglas, las inversiones se irían, ahuyentadas.

Uruguay acaba de ganar el arbitraje contra la tabacalera Philip Morris International. Y en este caso, sí, el Estado uruguayo ganó, pues la empresa tendrá que pagar, además de un monto de US$ 7 000 000 a favor de Uruguay, el total de gastos arbitrales.

En este caso, los uruguayos resumen su estrategia de la siguiente manera: “Expusimos en el arbitraje, que no es admisible priorizar los aspectos comerciales por encima de la defensa de los derechos fundamentales como son la vida y la salud”. Quizá esto genere algún prurito entre los profesores ilustres de Derecho Privado, pues este arbitraje se ganó no solo con “argumentos técnicos” sino también con una sólida defensa de las “políticas públicas” y la soberanía de los Estados para establecerlas y, sobre todo, defenderlas. Y, por supuesto, marca un hito en la línea de que los inversores no están por encima de esas políticas públicas, máxime si estas están vinculadas con derechos humanos fundamentales.

Les dejo un enlace noticio de la BBC y en los próximos días escribiré un post con mayores alcances.

Histórico fallo a favor de Uruguay en el juicio contra la tabacalera Philip Morris

 cigarrillo

El Tribunal de arbitraje del Banco Mundial (BM) falló este viernes a favor de Uruguay en la demanda impuesta por Philip Morris International (PMI), una de las mayores tabacaleras del mundo, para evitar la aplicación de medidas antitabaco en el país sudamericano.

En 2006, por iniciativa del presidente Tabaré Vázquez, quien es oncólogo de profesión, Uruguay comenzó a implementar una serie de medidas para desalentar el consumo de cigarros entre la población.

En febrero de 2010, PMI demandó por US$25 millones al Estado uruguayo por considerar que sus políticas antitabaco perjudicaban comercialmente a la empresa.

La multinacional, con sede en Lausanne, Suiza, llevó su reclamo ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, asegurando que Uruguay violaba un tratado de promoción y protección de inversiones que firmó con Suiza en 1998.

El juicio era visto con atención por parte de la industria tabacalera y de los países interesados en tomar medidas similares, pero que podrían verse intimidados por los posibles gastos judiciales de un litigio internacional.

De hecho, era la primera vez que una empresa tabacalera demandaba a un Estado ante un foro internacional.

Este viernes, el tribunal dictaminó que los demandantes “deberán abonar a la demandada la suma de US$7millones a cuenta de sus propios costos, y serán responsable de la totalidad de los honorarios y gastos del Tribunal y los honorarios y gastos administrativos del Ciadi”.

Uruguay como precedente

“Las medidas sanitarias que hemos implementado para el control del tabaco y protección de la salud han sido expresamente reconocidas como legítimas y además adoptadas en función del poder soberano de nuestra república”, dijo Vázquez en un mensaje al país luego de conocerse el fallo.

“Expusimos en el arbitraje, que no es admisible priorizar los aspectos comerciales por encima de la defensa de los derechos fundamentales como son la vida y la salud”, agregó.

“Esta es una enorme victoria en la lucha por la salud pública”, dijo a la agencia AFP el abogado de Uruguay Paul Reichler.

La histórica decisión, continuó el abogado, también sirve como “precedente” para los países que deseen luchar “contra el flagelo del consumo de tabaco”.

Por su parte, Marc Firestone, vicepresidente de PMI, dijo a través de un comunicado: “Nunca hemos cuestionado la autoridad de Uruguay para proteger la salud pública y este caso no abordaba temas generales de políticas sobre el tabaco”.

También afirma que PMI “respeta la decisión” del tribunal y que la compañía “ya no forma parte de ninguna reclamación de protección de inversiones”.

Las medidas antitabaco

Durante el primer periodo de gobierno de Vázquez (2005-2010), por ejemplo, se prohibió fumar en espacios públicos cerrados, con lo que Uruguay se convirtió en el quinto país del mundo “libre de humo”.

También se aplicaron impuestos más altos al tabaco, se prohibió la publicidad e incluyeron advertencias en las cajetillas, entre otras medidas.

Vázquez, quien fue reelecto como presidente de Uruguay para el periodo 2015-2020, afirmó que “ante la evidencia científica y de manera irrefutable” de quefumar causa adicción y provoca enfermedades comoel cáncer de pulmón, enfisema pulmonar, insuficiencia cardíaca yaccidentes cerebrovasculares, se decidió “instrumentar firmemente” el convenio marco para el control del tabaco.

El consumo de tabaco en Uruguay bajó de 35% en 2005 a 22,2% en 2014, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística del país.