Tribunal Constitucional declara inconstitucional ordenanza emitida por la Municipalidad Provincial de Jauja

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SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 00004-2008-PI/TC

Tribunal Constitucional

Luego de dos años, el Tribunal Constitucional resolvió la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 720 ciudadanos contra las Ordenanzas Municipales Nºs 027-2002-A/MPJ, de fecha 27 de diciembre de 2002, y 025-2006/MPJ, de fecha 18 de diciembre de 2006, emitidas por la Municipalidad Provincial de Jauja, Departamento de Junín.

En la Ordenanza N.º 027-2002-A/MPJ, de fecha 27 de diciembre de 2002, se aprobó la creación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Chacaybamba, comprensión del Distrito de Monobamba, provincia de Jauja. Al respecto, el Tribunal Constitucional declaró INFUNDADO este extremo, al considerar que se han cumplido con los requisitos que exigía el articulo 5° de la Ley Nº 23853 (Ley Orgánica de Municipalidades vigente en aquel entonces).

Sin embargo, el Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional declaró FUNDADA la demanda en cuanto a que la Ordenanza Municipal Nº 025-2006/MPJ de fecha 18 de diciembre de 2006, le dio facultades al Centro Poblado para recaudar indebidamente tributos que son de competencia de las Municipalidades Distritales a través de una ley.

Al respecto, el Tribunal Constitucional señala que al expedirse esta última ordenanza, ya existían normas tributarias municipales especiales que establecían de modo claro y expreso que la competencia para recaudar, administrar y fiscalizar los impuestos predial y de alcabala corresponden a la Municipalidad Distrital donde se encuentre el predio, de modo tal que la emplazada Municipalidad Provincial de Jauja se encontraba prohibida de otorgar tal competencia a la Municipalidad del Centro Poblado de Chacaybamba, por lo que habiéndose afectado la autonomía económica y administrativa en los asuntos de competencia de la Municipalidad Distrital de Monobamba, Jauja, Junín; resulta inconstitucional el extremo de la Ordenanza 025-206/MPJ que así lo establece.

Asimismo, ordenan que el respectivo órgano disciplinario (ordinario o especial) de la Municipalidad Provincial de Jauja, investigue la actividad omisiva por parte de los diferentes funcionarios que no cumplieron su deber de materializar la reconstrucción del expediente de creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Chacaybamba (extraviado), toda vez que fue ordenando mediante Acuerdo de Concejo Nº 041-2007-A/MPJ de fecha 28 de marzo de 2007; debiendo investigarse desde los alcaldes, miembros del concejo municipal y principales funcionarios y demás trabajadores, de la gestión actual y las precedentes.

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4 pensamientos en “Tribunal Constitucional declara inconstitucional ordenanza emitida por la Municipalidad Provincial de Jauja

  1. Darío A. Núñez Sovero

    Veamos: la Ordenanza Municipal Nro. 27 de Diciembre del 2002 se ajusta a Ley y es correcta. Mérito para la Junta Edilicia que presidió don Teódulo Castro y que aprobó dicha norma previa la formación de una Comisión Especial que estudió la petición de la Comunidad de Chacaybamba y la declaró viable. La Ordenanza Municipal Nro. 25 de Diciembre del 2006 que aprobaba cobros de tributos a favor del Centro Poblado Menor de Chacaybamba que son de competencia de la Municipalidad Distrital de Monobamba, lo que no era correcto, fue emitida en la gestión del extinto Luis Balvín. Ambas normas se aprobaron cuando dichas Juntas Edilicias ya estaban de salida. La pregunta es: ¿cómo hallar responsabilidad en una persona fallecida?. En todo caso los regidores que aprobaron esa írrita disposición tendrán que responder, pues los rumores de irregularidades ya eran de conocimiento de la población y, dichos regidores, debieron abstenerse de aprobarla.
    Ahora bien: quién es el "justiciero" de este entuerto, pues nada menos que don Julio Mungui Núñez, Alcalde de Monobamba
    que, según tenemos entendido, ahora postula para ser Alcalde de la Municipalidad de San Ramón que pertenece a la provincia de Chanchamayo.
    Felizmente que ya no podrá disponer de estos recursos porque está de salida y su añorado deseo de cobrar los tributos de la empresa eléctrica EDEGEL que por lo demás son cuantiosos, tratándose de la energía que genera para exportarla a países como Argentina y Brasil mediante la represa que ha construido en territorios de Chacaybamba y Uchubamba. Tengo entendido que Chacaybamba llegó a esta situación cansada de esperar mendrugos de esta mala autoridad. Ahora nos explicamos su falso amor a Jauja pues, este "señor", fue el primero en decir que si no salía a favor esta norma iba a gestionar que Monobamba sea anexada a San Ramón.
    Mi temor es que este mal precedente alcance, mediante otro reclamo, a Uchubamba que, al parecer,tiene idéntico problema con su capital Masma

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  2. Julian Zacarias C.

    Es cierto entonces lo que se desea este señor Julio Mungui, y esta publicado en un informe del diario correo de trasladar Monobamba a Chanchamayo: http://www.correoperu.com.p
    Y el grupo político que apoyo a este señor a la alcaldia que hizo? porque existe una responsabilidad moral y política de las agrupaciones al elegir a sus lideres.
    Que hizo el señor Vladimiro Huaroc como lider regional y el Sr. Jaime Esteban Aquino como lider en ese momento de CONREDES para la alcaldia de nuestra querida Jauja ya que estos son lideres de este señor Mungui que entro como alcalde distrital de Monobamba.
    Espero que el candidato que entre en esta elección no tenga la mentalidad de este señor Mungui.

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  3. Gustavo Fuentes Flores

    El tema de los cc.pp de Monobamba es preocupante, debe ser agenda de las próximas autoridades municipales y regionales de Jauja. La vez pasada comentaba en otro foro de este blog que Curibamba (cc.pp de Monobamba)tiene un proyecto hidroeléctrico con EDEGEL, y que sin embargo los cc.pp de Concepción como que quieren introducirse en el asunto aduciendo territorialidad del distrito de Mucllo (Concepción). Hay tambien temas de reclamo ambiental que reclaman las localidades de la cuenca del Tulumayo. Y realmente las actuales autoridades de Jauja para nada tienen en su agenda el asunto.

    Con el conocimiento del tema energético, porque actualmente laboro en una empresa generadora, le diré que las Hidroeléctricas de Edegel establecidas en la cuenca del Tulumayo están interconectadas al SEIN (Sistema ELéctrico Interconectado Nacional) y por tanto abastecen de energía al Perú, corrigiendo así la afirmación que expresa "la exportación de la energía a Brasil" por parte de un participante en este foro.

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