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PROPUESTA PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTES DE LOS JUECES SUPERIORES ANTE EL CEPJ

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Carta de Noé Ñahuinlla Alata, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica

Saludos estimadas (os) colegas de JUSDEM.

El  26 de julio 2013, en Sala Plena, he sido elegido en Huancavelica, candidato al CEPJ por los Jueces Superiores al CEPJ.
Antes de dar a conocer  mi Plan de Trabajo, los Jueces Superiores debemos dar nuestra opinión, sobre el sistema de elección, a mi criterio no es acorde a un Estado democrático, se precisa mejorarlo.

El segundo párrafo del art. 81 de la LOPJ no pasa el control de constitucionalidad, específicamente lo que dispone el art. 31 de la Constitución, el hecho de que, en reemplazo de los candidatos de los Jueces Superiores al CEPJ, asistan a la elección del día 10 agosto los señores Presidentes de Corte.

Los Jueces de primera instancia asisten personalmente, nadie va por ellos, igual debe ser el caso de los Jueces Superiores. El Juez Superior candidato debe acudir a votar, como los señores Jueces, tenemos capacidad de ejercicio para candidatear y votar como los Jueces de primera instancia.
En esa perspectiva, como candidato, he enviado un Oficio al señor Presidente del CEPJ (va abajo y adjunto) para que pudiera emitir una Resolución Administrativa en ese sentido. (Como el de no reelección)
No es acorde a una interpretación desde la Constitución, decir que el Presidente de Corte acude a votar por Juez Superior candidato por que así dice el art. 81 de la LOPJ, esa es una interpretación literal, mas no democrática ni constitucional. No es razonable.
Mi saludo anticipado por el Dia del Juez
Un abrazo
Noé Ñahuinlla Alata
Huancavelica- Perú

 

Oficio remitido por el Juez Superior Noé Ñahuinlla Alata al Presidente del CEPJ

                                        Huancavelica, 01 de Agosto 2011

Oficio. No.  960-2013-P-SC-CSJHU/PJ

SEÑOR DR.

JAVIER MENDOZA RAMIREZ

PRESIDENTE DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

LIMA

Tengo el honor de dirigirme al Despacho de su Presidencia, para saludarle, a la vez informarle que, el suscrito soy candidato a Consejero del CEPJ por los Jueces Superiores de Huancavelica, elegido  en Sala Plena el 26 julio 2013

Su Despacho, recientemente con  la Resolución Administrativa  No. 071-2013-P-CE-PJ ha regulado acertadamente sobre la reelección de los Consejeros del CEPJ.

En caso de los Jueces Superiores, también amerita una Resolución Administrativa, sobre los alcances sobre el segundo párrafo del art. 81 de  la Ley Orgánica  del Poder Judicial (anexo 1), regula que en cada Corte Superior en Sala Plena se elige al Candidato de los Jueces Superiores, pero a la vez- a mi criterio vulnerando el art. 31 de  la Constitución Política-  dispone que los Presidentes de Corte, mediante sufragio, elegirán al integrante del CEPJ.

Dicha normatividad legal no resiste el control e interpretación desde el art. 31 de  la Constitución  (anexo 2), norma constitucional “que dispone que el voto es personal, igual, libre…”.

Por lo señalado, no es constitucional ni democrático, que siendo el suscrito candidato al CEPJ, acuda al proceso eleccionario la señora Presidente de Corte, por ese principio democrático el QUE DEBE ACUDIR ES EL CANDIDATO.

Los Jueces especializados o mixtos, acuden personalmente al proceso eleccionario, NADIE LOS REPRESENTA. Es lo correcto.

Los Jueces Superiores, por el principio de igualdad ante  la Ley  (inciso 2 del art. 2 de  la Constitución ) también deberíamos asistir personalmente los candidatos de cada Corte Superior al proceso eleccionario, mas no los señores Presidentes de Corte (el Presidente de Corte asistirá personalmente si es candidato).

El art. 31 de  la Constitución Política , en esencia dispone “— tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. EL VOTO ES PERSONAL, IGUAL, LIBRE, SECRETO—“, el cual tiene que cumplirse en todo tipo de elección, incluido en el en el Poder Judicial.

Por lo señalado, por el principio democrática que debe primar en la elección de los candidatos del Jueces Superiores al CEPJ, al que deben asistir los candidatos, tenga a bien su Presidencia emitir  la Resolución Administrativa  de su Presidencia para  la PARTICIPACIÓN PERSONAL y DIRECTA EN  LA JUSTA ELECTORAL  del 10 agosto 2013 de los candidatos de cada Corte, mas no los señores Presidentes de Corte.

Hago propicia la ocasión para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración y deferencia personal.

Atentamente

Noé Ñahuinlla Alata

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Clandestina elección al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y postulante cuestionable

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Autor(a): Lilia Ramírez Varela
Perú

Una noticia que ha pasado completamente desapercibida para la opinión pública es que el sábado 23 de julio se estará eligiendo a los jueces que integrarán uno de los más importantes órganos de gestión y gobierno del Poder Judicial: el Consejo Ejecutivo (CEPJ). Así la próxima semana serían elegidos, por un mandato de dos años, el juez superior representante de las Cortes Superiores y el juez representante de los jueces especializados .

¿Por qué es importante está elección? El CEPJ es un organismo de composición plural, en el que participan magistrados de diversos grados y un representante del gremio de abogados (sociedad civil). De conformidad con el artículo 72° de la Ley Orgánica del PJ, esta instancia es el tercer órgano de gobierno de la institución (antecedido por la Sala Plena de la Corte Suprema y el presidente del Poder Judicial) y, en su momento, constituyó una novedad respecto del antiguo sistema gubernativo, que descansaba sólo sobre el presidente de la Corte Suprema y la Sala Plena del máximo tribunal.

Su composición, conforme a la modificación introducida por el artículo 2 de la Ley 27465[1], es la siguiente[2]:

1. El presidente del Poder Judicial, quien lo preside y tiene voto dirimente.
2. Dos vocales supremos titulares elegidos por la Sala Plena.
3. Un vocal superior titular en ejercicio elegido por los presidentes de las cortes superiores de justicia de la República, en sufragio directo, entre los candidatos designados por las salas plenas de las cortes superiores.
4. Un juez titular especializado o mixto, elegido, entre ellos mismos, por los candidatos designados por las asambleas de jueces celebradas al efecto en cada distrito judicial.
5. Un representante elegido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.

Mientras ejercen sus cargos, los miembros del Consejo Ejecutivo que no son vocales supremos tienen las mismas prerrogativas, categorías y consideraciones que éstos.

El CEPJ, que ha sido diseñado sobre la base del Consejo General del Poder Judicial establecido por la Constitución española, recibe, en la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en el Perú desde 1992, importantes atribuciones de dirección de la entidad. En efecto, en virtud de su competencia para revisar las actuaciones de la OCMA, el CEPJ puede decidir sobre temas trascendentales de procedimientos sobre faltas sumamente graves, que podrían implicar la culminación de la investigación disciplinaria.

Por ejemplo, “de un tiempo a esta parte el Poder Judicial, [mediante su] Consejo Ejecutivo, le viene diciendo “no” a la posibilidad de sancionar a los magistrados sobre los que el Consejo Nacional de la Magistratura – CNM evaluó y encontró inconducta funcional”[3]. Un ejemplo escandaloso de lo ocurrido fue, sin duda, el caso de los jueces superiores Ángel Romero, Néstor Pomareda e Ida Rodríguez, en este sonado caso, el CEPJ absuelve a Ángel Romero, en total y abierta contradicción con la responsabilidad ya establecida por la propia resolución del CNM[4].

Tal vez este tipo de decisiones del Conejos Ejecutivo no se darían si los integrantes de este órgano fueran elegidos en procesos transparentes, a fin que la ciudadanía y la prensa tenga acceso a la hoja de vida de los y las postulantes. De darse elecciones claras, sería mucho más difícil que salga elegido el peor, y los candidatos expuestos al escrutinio público tendrían mayor legitimidad frente a la población y a sus propios pares.

En este sentido se pronunció la Asociación de Jueces para la justicia y la democracia (JUSDEM), invocando a visibilizar los planes de trabajo de los postulantes.

“INVOCAMOS los magistrados que postulan a integrar el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que, con anticipación suficiente a las elecciones programadas para el sábado 23 de julio, a horas 3.00 p.m. en el Palacio Nacional de Justicia; presenten y difundan los respectivos planes de trabajo que aspiran proponer al CEPJ, en los dos próximos años, para cuya difusión ofrecemos nuestra página web”.

Juez César Vega Vega
Sin embargo, lamentablemente esto no está pasando en el Poder Judicial. Como ya lo dijimos está elección está pasando completamente desapercibida, y eso trae como consecuencia también que un juez, con cuestionable trayectoria como César Vega Vega, haya sido, sorprendentemente, postulado por los y las jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima para integrar el CEPJ. De acuerdo a información obtenida la sala plena de la Corte Superior de Lima, integrada por más de 120 magistrados, lo habría elegido como su candidato y encima con altas probabilidades de ganar.

Creemos que los escándalos a los que ha estado rodeado el desempeño de este juez son una causa trascedente que debe tener en cuenta la magistratura (los presidentes de Cortes) al momento de elegir, si es que quieren un candidato que tenga legitimidad entre la población.

Y es que por algunas de las sentencias en las que César Vega Vega ha tenido participación como juez supremo provisional, han dejado un manto de duda acerca de una correcta e independiente actuación:

a. El caso de la falsificación de un millón de firmas, en la que además solicitó a la fiscalía denunciar a los magistrados de la Sala que reabrió el caso (Inés Villa, Inés Tello y Roberto Barandiarán).

b. En el caso de de Dionisio Romero en la que votó por cambiar la competencia que conocía la Primera Sala Anticorrupción (entonces Sala A) a favor de la Tercera Sala Anticorrupción (entonces Sala C), denominada sala vip.

c. Con su voto apoyó la tesis jurídica que establecía que comprar un bien que proviene de dinero obtenido ilícitamente del Estado no es delito (Caso Benavides).

d. En el 2004, cuando conocía de procesos por corrupción en calidad de vocal supremo provisional, mantenía un contrato de arrendamiento con: Ángel Romero Díaz, entonces personero legal del partido aprista y abogado de Luis Duthurburu (testaferro de Vladimiro Montesinos).

A su vez, cabe recordar que existen denuncias de Vega Vega sosteniendo diálogos con Alberto Quimper, ex directivo de Perupetro y, en la actualidad, uno de los principales implicados del caso “petroaudios”[5], que todavía no han sido resueltas.

Así también, un hecho bastante preocupante e irregular que fue denunciado en su momento, es que: siendo Vega Vega integrante de la Sala Penal transitoria de la Corte Suprema que venía juzgando a uno de los testaferros de Montesinos, Luis Duthurburu, se reveló que el cuestionado magistrado alquilaba desde hacía varios años un inmueble al entonces abogado de Duthurburu, el ahora juez Ángel Romero. El vocal Vega Vega no negó el hecho y se defendió diciendo que no es delito haber alquilado su casa a un abogado amigo: “la ley no me prohíbe alquilar una oficina a un abogado, que además es mi amigo y lo conozco desde 1980” declaró en esa oportunidad, a la par que anunciaba, sin embargo, que cancelaría el contrato para evitar suspicacias (Ver: Amistades peligrosas: vocal supremo César Vega Vega en la mira).

Por otro lado, otro hecho que salió a la luz en relación a este magistrado fue nada menos que su cuestionable actuación en un proceso de narcotráfico. Conforme a la información adquirida, desde el año 2005, los abogados de la empresa minera Sulliden Shahuindo presentaban la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) “sendos recursos de quejas denunciando la presunta inconducta funcional del vocal Vega Vega” (Perú.21, 17/11/2007), en razón de un proceso que dicha empresa lleva a cabo en contra de la también minera Las Algamarcas, propiedad de los Sánchez Paredes.

Entre otras acusaciones, se alude que el referido vocal habría dictado una sentencia favoreciendo a Orlando Sánchez, esto, días antes de escuchar los alegatos finales. Además, de acuerdo a la queja más reciente, el actual Presidente de la Corte Superior habría rotado también a jueces antes de que fallaran contra Las Algamarcas. Es más, se indica que existiría una estrecha amistad entre los Sánchez Paredes y Vega, relación que se agrava frente a los referentes que existen, sobre la supuesta vinculación de los primeros al tráfico ilícito de drogas (Perú.21, 17/11/07) (Ver: Vega Vega en su telaraña).

Sin embargo, el hecho más evidente y que, lamentablemente, no tuvo ninguna consecuencia disciplinaria, fue su participación, el 19 de marzo del 2009, siendo él Presidente de la Corte de Lima, en una reunión partidaria del APRA, en que se celebró el cumpleaños del conocido militante aprista y ex embajador del Perú en Italia, Carlos Roca Cáceres, quien hizo alusión a la participación del magistrado en el buró del partido de Haya de la Torre (ver video).

Ciertamente su continúa relación al partido de la estrella, y de ahí la posible falta de independencia de este magistrado, ha sido uno de sus mayores cuestionamientos. Esperemos que no salga elegido y que estas elecciones al Consejo Ejecutivo se transparenten.

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[1] El Peruano, 30 de mayo del 2001.
[2] Artículo 81 de la LOPJ.
[3] Ver: La relación disciplinaria entre el CNM y el PJ: abramos el debate.
[4] Ángel Romero y el Poder Judicial: ¿cómo contravenir la imparcialidad y quedar impune en el intento?
[5]Diario Perú.21, César Vega Vega también tiene audios con Quimper, 17/04/2009.

En http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=602

EL ADMINISTRADOR DEL BLOG NO SE SOLIDARIZA NECESARIAMENTE CON LAS OPINIONES VERTIDAS EN ESTE ARTÍCULO.

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PRONUNCIAMIENTO Nº 004-2011-CD-JUSDEM Elecciones para el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

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PRONUNCIAMIENTO Nº 004-2011-CD-JUSDEM
Elecciones para el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

La Asociación de Jueces para la Justicia y Democracia (JUSDEM), ante la próxima elección de los representantes de los Jueces Especializados y Mixtos, y de los Jueces Superiores que integrarán el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) en el periodo 2011-2013, expresa ante las autoridades, magistrados y demás integrantes del Poder Judicial, así como a la opinión pública del país, lo siguiente:
1.
CONFORME ha expresado el Tribunal Constitucional en la sentencia N° 05741-2006-PA/TC, “El derecho a la participación política constituye un derecho de contenido amplio e implica la intervención de la persona, en todo proceso de decisión, en los diversos niveles de organización de la sociedad (FJ 3).”
2.
En el caso de los jueces, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no permite que el derecho de participación antes referido, sea ejercido en forma directa por todos los jueces de la república, aspecto cuya modificación, se INVOCA a la Presidencia del Poder Judicial, sea evaluado a fin de ejercer, de ser el caso, el derecho de iniciativa legislativa previsto en el artículo 107° de la Constitución.
3.
INVOCAMOS a los magistrados que postulan a integrar el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que, con anticipación suficiente a las elecciones programadas para el sábado 23 de julio, a horas 3.00 p.m. en el Palacio Nacional de Justicia; presenten y difundan los respectivos planes de trabajo que aspiran proponer al CEPJ, en los dos próximos años, para cuya difusión ofrecemos nuestra página web.
4.
SUGERIMOS al Sr. Presidente del Poder Judicial, Dr. César San Martín, autorizar que vía el portal web de la institución, se difundan las hojas de vida y los planes de gestión de cada uno de los candidatos.
5.
SOLICITAMOS al Sr. Dr. César San Martín, presidir los actos eleccionarios en su calidad de Presidente del Poder Judicial y Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fin de garantizar que el principio del “voto personal, igual, libre, secreto y obligatorio” que todo ciudadano tiene, conforme al artículo 31° de la Constitución, sea también garantizado en las próximas elecciones judiciales.
EL CONSEJO DIRECTIVO
12 de julio de 2011.
Asociación de Jueces para la Justicia y la Democracia

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JUECES SUPERIORES Y ESPECIALIZADOS ELIGEN A SUS REPRESENTANTES ANTE EL CEPJ

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Los doctores Luis Alberto Vásquez Silva y Darío Octavio Palacios Dextre fueron elegidos este sábado 23 como representantes de los Jueces Superiores y Jueces Especializados, respectivamente, ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) para el período agosto 2011 – agosto 2013.

Vásquez Silva es actualmente presidente de la Corte Superior de Huaura. Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ingresó al Poder Judicial en 1998 como Juez Suplente. Desde el 2004 es magistrado titular.

Palacios Dextre es Juez Titular del Distrito Judicial de Lima y cumplirá un nuevo período de dos años en el CEPJ. Integra de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

En los primeros días de agosto, la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú elegirá a su representante ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

El CEPJ es un órgano de gestión y dirección integrado por el Presidente del Poder Judicial, quien lo preside; dos Jueces Supremos Titulares, un Juez Superior Titular, un Juez Especializado y un representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.

Las principales atribuciones del CEPJ son proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia la política general del Poder Judicial, aprobar el Plan de Desarrollo del mismo, determinar el número de Salas Especializadas Permanentes y, excepcionalmente, el número de Salas Transitorias del Tribunal Supremo, aprobar el proyecto de Presupuesto institucional, entre otras.

Lima, 23 de julio de 2011
DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL

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JUECES SUPREMOS ELIGIERON A SUS REPRESENTANTES ANTE CEPJ

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Son los doctores Robinson Gonzáles Campos y Jorge Alfredo Solís Espinoza.

Los Jueces Supremos Titulares doctores Robinson Gonzáles Campos y Jorge Alfredo Solís Espinoza, fueron elegidos hoy por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia como sus representantes ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) para un nuevo período de gobierno ( Agosto 2011 – Agosto 2013).

Ambos vienen ejerciendo dicho cargo ante el órgano de gobierno del Poder Judicial, pues fueron elegidos para el periodo que concluye.

El doctor Robinson Gonzáles Campos, además, actualmente preside el Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, mientras que el doctor Solís Espinoza, lidera igualmente el Equipo Técnico Institucional de implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

La puesta en vigencia de estas dos herramientas procesales está produciendo una transformación en la celeridad y transparencia de los juicios en ambas especialidades en beneficio de los usuarios del servicios de justicia.

El CEPJ es un órgano de gestión y dirección integrado por el Presidente del Poder Judicial, quien lo preside; dos Jueces Supremos Titulares, un Juez Superior Titular, un Juez Especializado y un representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.

Las principales atribuciones del CEPJ son proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia la política general del Poder Judicial, aprobar el Plan de Desarrollo del mismo, determinar el número de Salas Especializadas Permanentes y, excepcionalmente, el número de Salas Transitorias del Tribunal Supremo, aprobar el proyecto de Presupuesto institucional, entre otras.

Este sábado 23 los Jueces Superiores y los Jueces Especializados elegirán a sus representantes ante el CEPJ

Lima, 21 de julio de 2011
DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL

En http://historico.pj.gob.pe/imagen/noticias/noticias.asp?codigo=19017&opcion=detalle (más…)

CARTA ABIERTA A LOS JUECES DEL PODER JUDICIAL

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Ayacucho, julio 21 de 2011.

Señores Presidentes de las 31 Cortes Superiores
Señores Jueces representantes de los Jueces Especializados y Mixtos

Estimados Colegas:

El próximo sábado 23 de julio del presente, a horas tres de la tarde, se llevará a cabo la elección de nuestros representantes. La referida elección debe constituirse en un acto democrático y transparente que permita a los representantes de los 31 Distritos Judiciales del país dar un voto de confianza a los colegas que deben integrar el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quienes desempeñarán tan alta responsabilidad en una coyuntura de exigencia de cambios reales en el funcionamiento de la justicia y de la adopción de mecanismos idóneos para luchar contra la corrupción.

Dicha elección debe recaer en las personas más idóneas y calificadas, que acrediten absoluta independencia y apego por valores tan importantes como la justicia, la democracia y el respeto de los derechos fundamentales, pero sobre todo cuya trayectoria sea éticamente irreprochable, conforme dispone el artículo 2 inciso 8 de la Ley de Carrera Judicial.

A la par de contar con un adecuado perfil profesional, es importante que quienes aspiran a representarnos hagan conocer con la anticipación suficiente su plan de trabajo y además se comprometan a laborar infatigablemente para reformar el diseño, estructura y funcionamiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de modo tal que se convierta en un órgano eficiente de gestión, dirección y gobierno del Poder Judicial.

La transparencia en los procesos de elección de autoridades contribuirá a fortalecer la democracia e institucionalidad del Poder Judicial, en tal sentido sería importante que como acto previo al proceso electoral, se debata y considere lo siguiente:

• Los candidatos deben haber presentado y difundido con anterioridad sus respectivos planes de trabajo;
• Si el candidato pretende ser reelegido, debe haber previamente presentado y difundido su informe de la gestión anterior;
• Debe exhortarse a los candidatos ganadores la presentación de informes de gestión de manera periódica; además de presentar al pleno del CEPJ un proyecto de reglamentación del proceso de elección de representantes ante el CEPJ.
• Se incluya en el plan de trabajo de los candidatos ganadores la propuesta de reforma del artículo 81 del TUO de la LOPJ, a fin de que se integre al CEPJ un representante de los Jueces de Paz Letrados y que en la elección del representante de los Jueces Superiores participen directamente los candidatos.

Colegas, les invoco ejercer un voto libre, democrático y que exprese la voluntad de sus representados, debiendo informar con posterioridad en sala plena y junta de jueces las incidencias y resultado del proceso electoral.

Cordialmente,

César Alberto Arce Villar
Juez Superior Titular de Ayacucho
cesararcevillar@yahoo.es
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