DICCIONARIO JURÍDICO

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A CONOCIMIENTO: Decreto proyectado por los auxiliares para salir del paso y no proyectar de inmediato la resolución de una incidencia que ellos no pueden o no quieren resolver.

ABSTENCIÓN POR DECORO: Dícese de la forma elegante que tienen los jueces para deshacerse de un expediente indeseable.

AGUA: Bien de primera necesidad, escaso desde hace mucho tiempo en las sedes judiciales.

AGUINALDO: Dícese de la propinaza que perciben en julio y diciembre los jueces peruanos, a fin de que no reclamen el pago de la gratificación que por ley les corresponde.

AMPARO CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES: Proceso constitucional que se inicia para impedir la ejecución de una sentencia con autoridad de cosa juzgada.

ANTIGÜEDAD: Pretexto que se le opone a quien pretende acceder provisionalmente a un cargo superior.

APELACIÓN: Medio impugnatorio ordinario al que recurre el que pierde un proceso, aunque no tenga la razón, sólo para dilatar su trámite e impedir la ejecución de la sentencia.

ARCHIVO: Lugar donde deberían conservarse los expedientes judiciales, pero donde no entran por falta de espacio.

ARCHIVO CENTRAL: Lugar donde deberían estar los expedientes con mandato de archivo provisional o archivo definitivo, pero no están porque los servidores de dicha dependencia inventan cualquier pretexto para no recibirlos.

ASCENSO: Misión imposible para los jueces especializados de Lima, pues todas las plazas de jueces superiores que debieron estar vacantes y sometidas a concurso, ahora están copadas por jueces provenientes de otros distritos judiciales.

ASCENSORES: Elevadores que funcionan por obra y gracia del Espíritu Santo.  Otros que dejaron de funcionar en cumplimiento del deber.

BAÑO: Lugar donde se donde se almacena equipos malogrados y documentación que debiera ser incinerada.

BONO POR FUNCIÓN JURISDICCIONAL: Dícese de la segunda parte más significativa de la remuneración de un magistrado peruano, establecida con el fin de hacerla no pensionable y de que su CTS sea una miseria.

CALIDADES PERSONALES Y PROFESIONALES: Pretexto que utiliza el Presidente de la Corte para nombrar a un juez provisional.

CAS: Modalidad de contratación por la cual despiden a los auxiliares jurisdiccionales experimentados y los reemplazan con personal sin ninguna experiencia ni preparación para el cargo.

CASACIÓN: Medio impugnatorio extraordinario al que recurren a como de lugar los que pierden un proceso, solo para dilatar su trámite e impedir la ejecución de la sentencia.

CERTIFICADO MÉDICO: Documento expedido de favor por algunos malos galenos, que algunos malos abogados utilizan con fines dilatorios para intentar el aplazamiento de alguna diligencia judicial.

COMPUTADORAS: Ordenadores obsoletos con los que se trabaja en las sedes judiciales.

CONVERSIÓN DE JUZGADOS: Medida que se adopta cuando debiera crearse nuevos órganos jurisdiccionales.

CUADRO DE ANTIGUEDAD Y MÉRITOS: Excusa para justificar la denegatoria de promoción a un aspirante que no es del agrado del Presidente de la Corte.

DEPURACIÓN: Excusa que se pone a los abogados y litigantes para que no revisen sus expedientes.

EL PERUANO: Diario Oficial, herramienta indispensable para los operadores jurídicos, ausente en los despachos judiciales desde hace mucho tiempo.

ESCALA REMUNERATIVA: Anhelo de los servidores judiciales, postergado alegando la falta de recursos económicos.

ESPECIALIDAD: Criterio que no es tenido en cuenta para la conformación de las salas superiores y juzgados.

ESTADÍSTICA: Actividad en la que se hace que los auxiliares jurisdiccionales pierdan el tiempo que debieran utilizar en la resolución de los casos.

ESTÁNDARES O METAS DE PRODUCCIÓN: Misión imposible para muchos jueces de Lima, pues no se consideran muchos de los actos procesales que realizan a diario. Algunos opinan que han sido impuestas para no otorgar a los jueces la remuneración que por ley y por sentencia firme les corresponde. 

GASTOS OPERATIVOS: Dícese de la parte más significativa de la retribución de un magistrado peruano, establecida con el fin de hacerla no pensionable y de que su CTS sea una miseria.

HORARIO DE ATENCIÓN A LOS LITIGANTES: Actividad diaria en la que se hace que los jueces pierdan el tiempo que debieran utilizar en la resolución de los casos.

HORARIO DE ATENCIÓN A LOS ABOGADOS: Otra actividad diaria en la que se hace que los jueces pierdan el tiempo que debieran utilizar en la resolución de los casos.

HUELGA: i) Prolongación del descanso vacacional de los trabajadores judiciales que brillan por su ausencia en las sedes judiciales, sin realizar actividades propias de la lucha sindical,  ni mucho menos, trabajo a puerta cerrada. ii) Dícese también del corto período de tiempo en que un juez puede trabajar tranquilo sin que nadie le jorobe.

IMPRESORAS: Equipos de cómputo que se encuentran normalmente descompuestos debido a su obsolecencia.

INVESTIGACIÓN: Pesquisa que realiza oficiosamente el órgano de control contra un juez o auxiliar jurisdiccional para que no opere ningún plazo prescriptorio.

INVENTARIO: Otra actividad en la que se hace que los auxiliares jurisdiccionales pierdan el tiempo que debieran utilizar en la resolución de los casos.

INFORME ORAL: Momento en el cual el abogado expone el caso ante el Juez de la causa, normalmente sin previo estudio del expediente, y sin preparación, de tal suerte que se excede el tiempo concedido sin haber aportado mayores elementos de juicio para resolver.

JEFE DE PERSONAL: Dícese del que debería administrar eficientemente los recursos humanos en beneficio de la institución y no de acuerdo a la conveniencia de algunos de sus funcionarios, respetando los derechos laborales de los trabajadores y no haciendo tabla rasa de los mismos.

JUEZ DECANO: El juez de mayor antigüedad al que no le interesa el cargo porque prefiere hacerla de juez superior provisional.

JUEZ PROVISIONAL: Aquel auxiliar jurisdiccional o juez que es designado por el Presidente de la Corte para suplir a un titular debido a sus calidades personales y profesionales.

JUEZ SUPLENTE: Aquel abogado que es designado por el Presidente de la Corte para los mismos menesteres que el juez provisional.

JUEZ SUPERNUMERARIO: Aquel abogado que es designado por el Presidente de la Corte para los mismos menesteres que el juez provisional.

JUEZ TITULAR: Aquel que accedió al cargo de la forma prevista por la Constitución y la ley. Responsable de todos y cada uno de los aciertos y errores de los auxiliares jurisdiccionales adscritos a su Despacho.

LEY DEL EMBUDO: La LOPJ, que se aplica única y exclusivamente a los jueces supremos, con exclusión de todos los demás.

LEY LABORAL: La que se aplica a todas las personas, con excepción de los jueces y auxiliares jurisdicionales.

MÉRITOS: Otro pretexto que se le opone a quien pretende acceder provisionalmente a un cargo superior. 

NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA: Proceso ordinario que se inicia para impedir la ejecución de una sentencia con autoridad de cosa juzgada.

NULIDAD DE SENTENCIA: Dícese de la forma que adopta la resolución de vista, en la que el superior absuelve el grado sin tener que pronunciarse sobre el fondo del asunto.

PAPEL: Bien escaso en estos días en muchas sedes judiciales.

PARO: Dícese de la huelga en pequeño.

PASAVIDAS: Dícese del juez o auxiliar jurisdiccional que se la pasa de cantor mientras sus colegas o compañeros de trabajo.

PISO: Lugar donde se encuentran los expedientes pendientes de notificación, de costura o con mandato de archivo provisional o archivo definitivo que no quieren recibir en el Archivo Central.

PRESUPUESTO: Limosna que el Congreso asigna al Poder Judicial a propuesta del Ejecutivo, para que preste el servicio de justicia.

PROCESO COMPETENCIAL: Otro proceso constitucional que el Ejecutivo inicia para impedir la ejecución de una sentencia con autoridad de cosa juzgada.

PRODUCCIÓN: Mito por el cual se trata de aumentar el número de resoluciones sin importar su justicia y su calidad.

PROMOCIÓN: Acceso a una plaza de juez de manera temporal. Puede durar desde un día hasta toda la eternidad.

QUEJA: Reclamación que realiza un abogado o litigante ante el órgano de control contra el juez o auxiliar jurisdiccional cuando las resoluciones no salieron como lo esperaba.

RAZÓN: Excusa que expone un auxiliar jurisdiccional cuando mete la pata o acepta que el juez lo culpe de alguna barbaridad procesal.

RECUSACIÓN: Mecanismo procesal que tienen los abogados y litigantes para deshacerse de un juez indeseable.

REDISTRIBUCIÓN DE EXPEDIENTES: Medida que se adopta luego de la conversión de un Juzgado, sobrecargando a otros órganos jurisdiccionales.

REVOCACIÓN DE SENTENCIA: Extraña forma, casi en desuso, que adopta en raras ocasiones la resolución de vista en la que el superior cambia el sentido de la decisión del inferior. Comúnmente se emplea para revocar el monto del quantum indemnizatorio o de la pensión alimenticia, o el sentido del fallo de improcedente por infundada o viceversa.

SALA PLENA: Reunión plenaria de jueces supremos o de jueces superiores. En la Corte de Lima algunos ganaron su plaza en concurso público. Otros la ganaron en otro distrito judicial y se trasladaron a dicha Corte por arte de birlibirloque.

SEDE JUDICIAL: Lugar donde funcionan mucho mayor cantidad de órganos jurisdiccionales de los que el edificio debiera albergar respetando las más elementales normas de seguridad, habitabilidad y salubridad.

SIJ: Sistema Integrado Judicial, que se cuelga constantemente, pierde la información debidamente almacenada  y entorpece la labor jurisdiccional.

SPIJ: Sistema Peruano de Información Jurídica, atrasado muchos meses en las sedes judiciales.

TONER: Otro bien escaso en estos días en algunas sedes judiciales.

TRASLADO: i) Socorrida forma de acceder a una plaza judicial evitando un concurso público más riguroso. ii) Fuera de los casos previstos por la norma procesal, es otra modalidad de decreto proyectado por los auxiliares para salir del paso y no proyectar de inmediato la resolución de una incidencia que ellos no pueden o no quieren resolver.

TRÁIGANSE PARA RESOLVER: Decreto proyectado por los auxiliares jurisdiccionales para hacer que el juez resuelva una articulación que ellos no pueden o no quieren resolver.

TRAGALUZ: Otro lugar donde se donde se almacena equipos malogrados y documentación que debiera ser incinerada.

UNIDAD EJECUTORA: Dícese de las Cortes que tienen que cumplir sus funciones sin contar con el presupuesto necesario para ello.

VENTANA: Otro lugar donde se encuentran los expedientes pendientes de notificación, de costura o con mandato de archivo provisional o archivo definitivo que no quieren recibir en el Archivo Central.

VISITA: Auditoría que hacen los jueces contralores a sus colegas y auxiliares jurisdiccionales en el ejercicio de sus funciones, a fin de hacerles la vida a cuadritos.

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TC DICTA PRECEDENTE VINCULANTE A FIN DE PROPICIAR LA MEJOR SOLUCIÓN DE PROCESOS QUE REQUIEREN UNA REAL TUTELA DE URGENCIA

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Nota de Prensa Nº 094-2014-OII/TC

 

 

TC DICTA PRECEDENTE VINCULANTE A FIN DE PROPICIAR LA MEJOR SOLUCIÓN DE PROCESOS QUE REQUIEREN UNA REAL TUTELA DE URGENCIA

 

Después de dos meses de inicio de sus funciones, y de revisar cientos de causas que se elevan a su conocimiento, el nuevo Pleno del Tribunal Constitucional deliberó en diversas sesiones sobre cómo debía proceder ante pretensiones que carecen por completo de fundamento, las cuales distraían su atención en perjuicio de una eficaz defensa de la Constitución y de los derechos fundamentales.

 

Así, a la luz de un precedente vinculante (el contenido en la STC 02877-2005-HC/TC), y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 11º de su propio Reglamento Normativo, el Pleno ha resuelto, por unanimidad, establecer el siguiente precedente vinculante:

 

“El Tribunal Constitucional emitirá sentencia interlocutoria denegatoria cuando:

 

a)      Carezca de fundamentación la supuesta vulneración que se invoque;

b)      La cuestión de derecho contenida en el recurso no sea de especial trascendencia constitucional;

c)      La cuestión de derecho invocada contradiga un precedente vinculante del Tribunal Constitucional;

d)      Se haya decidido de manera desestimatoria en casos sustancialmente iguales.

 

La citada sentencia se dictará sin más trámite”.

 

El Presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola Hani, explicó que “esta medida busca preservar la autoridad de los magistrados del Tribunal que le ha otorgado el pueblo, a través del Congreso de la República”.

 

El precedente se dictó a propósito de la resolución del proceso seguido bajo el Expediente Nº 00987-2014-PA/TC, en el cual la demandante sostuvo que determinados jueces de la Corte Superior de Justicia del Santa –que resolvieron un proceso de tercería preferente de pago que afectaba sus derechos– habían incurrido en “delitos de lesa humanidad” y confabulado en su contra para favorecer a una entidad bancaria, sin acreditarlo.

 

Lima, 28 de agosto de 2014

20140829-00987-2014-aa.pdf

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PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL EXHORTA A JUECES AGILIZAR CASOS DE DERECHOS HUMANOS

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  • Para reforzar actuación del Estado en sus relaciones con la sociedad civil y la comunidad internacional

El presidente del Poder Judicial, doctor Enrique Mendoza Ramírez, exhortó a los jueces de todo el país a adoptar las medidas necesarias –dentro del ejercicio de sus competencias– en el más breve plazo, para atender y dar pronta resolución a los casos radicados en sus jurisdicciones, y que estén en trámite o pendientes de cumplimiento ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Corte Interamericana (Corte-IDH).    

La exhortación efectuada a través de la Resolución Administrativa N.° 254-2014-P-PJ, también comprende a los órganos administrativos de las Cortes Superiores del país, en lo que resulten pertinentes.

Dicha norma considera que, de acuerdo con diversas fuentes oficiales, nuestro país tiene pendientes de atención cerca de 400 casos en la CIDH y al menos 23 sentencias pendientes de cumplimiento en la Corte-IDH.

Se añade que la pronta atención y resolución de los procesos en sede interna constituyen el camino idóneo para conseguir la disminución de casos del país pendientes de atención en las instancias supranacionales de protección de derechos humanos.

Asimismo, expresa que la atención oportuna de los distintos casos de derechos humanos sometidos a la competencia de los diferentes órganos jurisdiccionales nacionales, reforzará la actuación del Estado en sus relaciones con la sociedad civil y la comunidad internacional. 

Lima, 28 de agosto de 2014

OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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MAGISTRADO NORTEAMERICANO RECOMENDÓ A JUECES FOMENTAR LA MEDIACIÓN PARA RÁPIDA RESOLUCIÓN DE CASOS

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  • En conferencia magistral “Cómo eliminar la acumulación de los casos judiciales”

El juez y ex presidente del Jurado Tribunal de Apelaciones de EE.UU., doctor John Clifford Wallace planteó como método alternativo para la resolución rápida de casos judiciales, la aplicación de la mediación, en el sentido de tratar de que las partes interesadas lleguen a un punto en común y de esta forma solucionen el problema con celeridad.

Fue durante su conferencia magistral “Cómo eliminar la acumulación de los Casos Judiciales”, dirigida a los jueces de todos los niveles y especialidades de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este y Callao.

Clifford Wallace refirió que en algunos países los jueces son mediadores, como en China que se tiene que pasar por el proceso de mediación antes de iniciar una contienda judicial. Indicó, asimismo, que los países en los que existen mediadores el éxito ha sido total.

El destacado juez aportó con sus conocimientos y experiencia a nivel mundial, brindando consejos prácticos de cómo se debe mejorar la estructura judicial, considerando que nuestro país ha experimentado un crecimiento económico en los últimos años. Afirmó “nunca he visto que una Corte Suprema trabaje más que en el Perú”.

En ese sentido refirió que en su país la Corte Suprema sólo tiene 75 casos que resolver al año. También indicó que en países como Tailandia, debido a la gran cantidad de procesos que recibe el supremo tribunal tuvo que incrementar el número de jueces supremos; otro ejemplo lo tiene China con 300 jueces supremos; en Egipto existen 400 y en Turquía 450 magistrados supremos.

En referencia a ello sostuvo, que esta situación no contribuye a la celeridad de los procesos judiciales y afirmó que la Corte Suprema debe encargarse sólo de los casos más complejos que permitan establecer jurisprudencia y no que todos los casos lleguen a esta instancia.

De igual forma ratificó que no tiene sentido que varios jueces conozcan un mismo proceso, porque eso dilata el desarrollo del mismo.

Titular del Poder Judicial

Durante la inauguración del evento, el presidente del Poder Judicial, doctor Enrique Mendoza Ramírez, manifestó que la realización del mismo coincide con los objetivos institucionales de mejorar el servicio de justicia, específicamente en el tema de la carga procesal, que es un problema que no ha sido superado.

Asimismo, expresó que ello obedece al requerimiento unánime de la sociedad de celeridad y eficiencia en la administración de justicia, por ello recordó que “el Poder Judicial no está diseñado a favor de los jueces sino de los ciudadanos, y las reformas que se realicen para mejorar ese servicio, darán legitimidad frente a los justiciables”.

Antes de finalizar la charla el doctor Clifford Wallace, absolvió consultas de parte de los asistentes y les recomendó seguir trabajando y desarrollando todo tipo de instrumentos que permitan brindar un servicio de justicia que beneficie a los ciudadanos.

Lima, 28 de agosto de 2014

OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CENTRO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES REALIZA CONVERSATORIO SOBRE DERECHO A LA PENSIÓN Y CONFERENCIA CON JURISTA ARGENTINA

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Nota de Prensa Nº 091-2014-OII/TC

CENTRO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES REALIZA CONVERSATORIO SOBRE DERECHO A LA PENSIÓN Y CONFERENCIA CON JURISTA ARGENTINA

El Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional realizó, el pasado martes 19 en su sede de San Isidro, el conversatorio “El Derecho Fundamental a la pensión: caso Anicama”, en el que se examinó la conocida sentencia del máximo órgano de justicia constitucional recaída en el Expediente No. 1147-2005-AA/TC.

El evento académico fue inaugurado por el magistrado Carlos Ramos Núñez, director del CEC, clausurado por el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, y contó con la participación como expositores de abogados expertos en temas previsionales como Jaime de la Puente Parodi, Vocal de la Primera Sala Especializada del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; César Abanto Revilla, profesor en las Maestrías de Derecho del Trabajo de la Universidad de San Martín de Porres y de la Pontificia Universidad Católica del Perú; y Jaime Abanto Torres, Juez Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.

De otro lado, y también el martes 19, el CEC ofreció una conferencia dirigida a los asesores jurisdiccionales, abogados y practicantes del Tribunal Constitucional, la misma que estuvo a cargo de la doctora Sandra Brandi de Portorrico, profesora de la Pontificia Universidad Católica Argentina, quien expuso el tema “Prudencia Jurídica y Hermenéutica Constitucional”.

La Sala de Audiencias del local del Tribunal Constitucional fue el escenario de la cita académica donde su vicepresidente, el magistrado Manuel Miranda Canales, dio la bienvenida a la referida catedrática.

Lima, 22 de agosto de 2014

 

 

 

 

 

 

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TANTO LA QUERIA

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Andy y Lucas

¿Por qúe eres tan hermosa y a la vez tan dificil?
¿por qué la vida pasa y pasa y te quiero a mi vera?
si me trataste como a un juguete sucio y abandonado
si no comprendes que el amar es algo más que besarnos.

Envidio a todo aquel que el amor ha encontrado,
que lo mío no es ir de flor en flor,
que de eso ya me he cansado,
solo quería adornar
las noches con tu cara morena
y decirte que hay corazones que no huyen de la tormenta.

A veces la miro y lloro y lloro
pensando que pudo y no fue al final
ver a las nubes tapar las estrellas, estrellas
que sólo te quieren mirar.

Porque eres la cuna que mece sin nada
porque eres la lluvia que no has de mojar
sin ti yo veía tardes de historias
historias que nunca quise ver acabar.

Tanto la quería, tanto que yo
por ella moría, eso bien lo sabe Dios.
Ella es la reina de mi inspiración
por la que yo sufro, la musa de mi amor

Busco en el recuerdo y no encuentro mi pasado
las campanas y más campanas
que mi alma ha escuchado.

Tu sabes bien que a la última frontera
te hubiera llevado
que los senderos de la vida hay que cogerlos
con dos manos.

A veces la miro…

Tanto la quería… (bis)

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Mi Historia Entre Tus Dedos

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Gianluca Grignani

Yo pienso que;
no son tan inútiles las noches que te di
te marchas ¿y qué?
yo no intento discutírtelo
lo sabes y lo sé
al menos quédate sólo esta noche
prometo no tocarte… estás segura
Tal vez es que me voy sintiendo solo
porque conozco esa sonrisa… tan definitiva
tu sonrisa que a mí mismo me abrió tu paraíso.

Se dice que;
con cada hombre hay una como tú
pero mi sitio luego, ocuparás con alguno
igual que yo… mejor lo dudo!
¿por qué esta vez agachas la mirada?
me pides que sigamos siendo amigos
¿amigos para qué? maldita sea!
a un amigo lo perdono, pero a ti te amo
pueden parecer banales mis instintos naturales.

Hay una cosa que yo no te he dicho aún
que mis problemas ¿sabes qué?… se llaman tú
sólo por eso, tú me ves hacerme el duro
para sentirme un poquito más seguro
y si no quieres ni decir en qué he fallado
recuerda que también a ti te he perdonado
y en cambio tú dices lo siento no te quiero
y te me vas con esta historia entre tus dedos.

¿Qué vas a hacer?… busca una excusa
y luego márchate
porque de mí, no debieras preocuparte
no debes provocarme
que yo te escribiré un par de canciones
tratando de ocultar mis emociones
pensando pero poco en las palabras
te hablaré de la sonrisa… tan definitiva
tu sonrisa que a mí mismo
me abrió tu paraíso.

Hay una cosa que yo no te he dicho aún
que mis problemas ¿sabes qué?… se llaman tú
solo por eso tú me ves hacerme el duro
para sentirme un poquito más seguro
y si no quieres ni decir en qué he fallado
recuerda que también a ti te he perdonado
y en cambio tú dices lo siento no te quiero
y te me vas con esta historia entre tus dedos.

Na nanará, na nanará
na nanará, na nanará.

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