Control de la conducta funcional de los jueces y los deberes de independencia y motivación

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20110621-Control de la conducta de los jueces Emilia Bustamante Oyague.pdf (más…)

Dimensión jurisdiccional y dimensión funcional de las resoluciones judiciales

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20110410-reg_10021-2010.pdf

Revisando el 5° Considerando, rubro “Cuestiones Preliminares”
¿Estamos ante una puerta abierta para el control de las decisiones evidentemente jurisdiccionales?

¿Cómo se condice esto con la STC del Caso Alfaro Lanchipa vs. OCMA?
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/05765-2007-AA.pdf (más…)

¿La motivación de una resolución es materia de control disciplinario?

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Inv. N° 42-2008 Lima

Carlos Rivera Paz
Inaplicar tratados de derechos humanos es causal de sanción: OCMA suspende a magistrados de caso El Frontón
http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=74

Luis Huerta Guerrero
Sancionan a magistrados del Poder Judicial por motivación insuficiente de la sentencia estimatoria de hábeas corpus referida al caso “El Frontón”
http://blog.pucp.edu.pe/item/62249

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Una primera aproximación al control disciplinario y su función limitadora del criterio jurisdiccional

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Por Marco Fernando Cerna Bazán

Una primera aproximación al control disciplinario (más…)

¿Criterio de conciencia o formalidad?

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Omar Abraham Ahomed Chávez (*)
Hace años una audiencia de beneficio penitenciario de semilibertad me enseñó el rol del criterio de conciencia del juez. La semilibertad otorga libertad a una persona condenada a prisión si cumple, entre otros, el tercio de la pena, y no tiene otra detención.
Este beneficio, previo dictamen fiscal, se analiza en audiencia con el interno, su abogado y el fiscal. Se evalúa al interno y la documentación y, el juez penal decide la libertad si se prueba que trabajará honradamente.
Era el caso que el expediente del interno tenía los requisitos formales y el fiscal dictaminó procedente el beneficio; mas, en la audiencia cuando pregunté al interno si trabajó en la prisión –beneficio para reducir un día de pena por dos días de labor– él contestó que no trabajó por cumplir el tercio de pena y, cuando pregunté por qué merecía la libertad, pidió consultar a su abogado y luego altivamente respondió que sí pues su solicitud era legal. Tras esta situación rechacé su pedido, su abogado apeló pero la Sala Superior confirmó la improcedencia.
Pasaron varios meses y el interno nuevamente solicitó su semilibertad. Si bien el nuevo expediente anexaba constancias de estudios y trabajo, también adjuntaba un certificado de antecedentes penales que registraba una pena condicional que no impedía su semilibertad, pero motivó al fiscal dictaminar la improcedencia.
En la audiencia, advertí en el interno una persona humilde. Le pregunté por la pena condicional, y aclaró que la sanción fue por hechos previos a su prisión. Sin embargo, lo más impresionante fue cuando dijo lo siguiente: “…doctor, yo estoy pagando por mi vida pasada, puedo culpar a mis amigos, a la pobreza, pero lo real es que siempre tuve el “timón” de mi vida y la conduje a errores que me llevaron acá…”; me relató que al rechazarle la semilibertad se deprimió, pero conversando con su familia, comprendió que eso no ayudaba a su libertad.
El interno se fijó una meta: trabajar y estudiar, además se unió a una iglesia. Me interesó su relato y le pregunté sobre la Biblia y su fe, verifiqué su conocimiento bíblico igual que la paz brindada por su fe, la misma que lo ayudó a soportar su prisión y a valorar a su familia y al prójimo. Luego de ello resolví darle semilibertad. El fiscal apeló, mas la Sala Superior confirmó la decisión.
La enseñanza es que, además de los requisitos formales de una solicitud, el juez por su criterio de conciencia, resuelve razonadamente por los hechos apreciados directamente de las personas. Si nos limitábamos a los requisitos formales del primer expediente, procedía su semilibertad; pero la entrevista al procesado me advirtió su personalidad inapropiada en ese momento. En cambio, en el segundo expediente los aspectos formales eran discutibles; pero la evaluación personal al interno me ayudó a identificar sus valores que me motivaron a darle una oportunidad.
(*)Juez Penal, integrante del Programa Social “Justicia en tu Comunidad” de la Corte de Lima
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La columna del Juez

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La Corte Superior de Justicia de Lima pone en conocimiento que el diario Expreso ha iniciado la publicación semanal de “La Columna del Juez” a través de la cual se dan a conocer las experiencias de los Magistrados de la Corte de Lima de una manera coloquial y amena, como marco del Programa de Proyección Social “Justicia en tu Comunidad”.

Esta columna a publicarse periódicamente abordará temas de las diferentes especialidades judiciales y de interés de la comunidad.

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Dr. Luis Paulino Mora Mora 4 años más en la Presidencia de la Corte

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POR ACLAMACIÓN Y UNANIMIDAD LOS 21 MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS REELIGEN AL PRESIDENTE DE LA CORTE

· Diferentes Asociaciones del Poder Judicial apoyaron reelección

De manera emotiva y sorpresiva fue reelecto el Dr. Luis Paulino Mora Mora como Presidente de la Corte Suprema de Justicia, por cuatro años más.

“Me satisface mucho que la Corte por unanimidad haya decidido que pueda continuar un período más como Presidente de la Corte , desde luego sé que esto lleva un compromiso también con todos los compañeros y compañeras de la Corte y para con la institución principalmente. Yo espero que podamos desarrollar más programas de fortalecimiento de la administración de justicia, sé que en este momento mucha gente se queja de ella, pero la realidad es que contamos con muy buenos jueces bien capacitados y que podemos aportar bastante en la búsqueda de la solución al conflicto social para lograr que haya paz en nuestra población y que podamos dedicarnos al desarrollo de nuestro pueblo” dijo el Dr. Mora pocos minutos después de su juramentación que se realizó esta misma tarde.

Durante la tarde de este lunes, específicamente en la sesión de Corte Plena el Magistrado de la Sala Tercera , Jesús Ramírez planteó la posibilidad de la reelección del Dr. Mora, lo que pocos minutos después fue una realidad al elegirlo por unanimidad de los Magistrados y Magistradas.

En esa misma sesión, la Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva juramentó a él Dr. Mora

En 1999 fue la primera vez que el Dr. Luis Paulino Mora fue elegido como Presidente de la Corte Suprema de Justicia costarricense.

Para el 13 de julio del 2011 concluía su período y ahora con su reelección continuará hasta el 2015.

El Dr. Luis Paulino Mora Mora nace en 1944. Es Doctor en Derecho y cuenta con 42 años de servicio en la judicatura, la docencia y otras funciones públicas. De entre ellas cabe destacar sus cargos como Magistrado Penal, Ministro de Justicia, Magistrado y Presidente de la Sala Constitucional.

Área de Prensa
Depto. Prensa y Comunicación

Poder Judicial
13 de Junio 2011 (más…)

Lo que es un ingeniero

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Se murió un Ingeniero y como era lógico se fue a las puertas del Cielo.
Sabido es que los Ingenieros por su honestidad siempre, siempre van al cielo…

– “Ajá!”… San Pedro buscó en su archivo, pero últimamente andaba un poco desorganizado y no lo encontró en el montón de papeles, así que le dijo: -“Lo lamento, no estás en las listas…”

De modo que el Ingeniero se fue a la puerta del infierno, donde inmediatamente le dieron albergue y alojamiento.

Poco tiempo pasó… y el Ingeniero se cansó de padecer las miserias del infierno…

Así que se puso a diseñar y construir algunas mejoras ¨

Con el paso del tiempo, el Infierno pasó a tener ISO´s, 9000, 14000, 18000, 21000, SAP R3, monitoreo de cenizas, aire acondicionado, inodoros automáticos, escaleras eléctricas, redes de fibra óptica, bluetooth, programas de mantenimiento predictivo, sistemas de control ¨Field Bus y Hart¨, sistemas de control de acceso mediante huella digital, etc.. etc. etc. etc., convitiéndose el Ingeniero en la adquisición más rentable en millones de años para el infierno.

Un día Dios llamó al Diablo por teléfono y con tono de sospecha le preguntó:

– “¿Y qué?… últimamente han estado muy calladitos, cómo están por allá en el infierno?”

– “¡¡¡ Muy bien . . . de primerísima, de excelencia y clase universal !!!”, contestó el diablo…

– “Estamos certificados ISO 9000, 14000, 18000 y 21000; tenemos sistema de monitoreo y filtrado de cenizas, aire acondicionado con humedad regulada y regeneración de aire por ozono, inodoros con drenaje mediante sensor infrarrojo, escaleras eléctricas con control automático de carga, equipos electrónicos para controlar el ahorro de energía, internet inalámbrico 802.11g y, prácticamente todos los avances tecnológicos disponibles y en proceso de implementación futura.

Apunta por favor mi dirección de correo:

eldiablofeliz@infierno.com… ¡ por si algo se te ofrece!…

Dios mortificado, preguntó entonces:

-¿Quééé… acaso tienen un INGENIERO allí ?

El diablo contestó . . . – ¡¡¡ Sííííííííí…!!!

– “¿ Cómo !… eso es un ENORME y GRAVÍSIMO error!, nunca debió haber llegado allí un Ingeniero!. Los ingenieros siempre van al cielo, eso está escrito y resuelto para todos los casos.” ¡ Me lo mandas inmediatamente !

– ¡ Ni loco !… dijo el diablo. Me gusta tener un Ingeniero en esta organización, y . . . ¡¡¡ me voy a quedar con él eternamente !!!.

Mándamelo o…¡¡TE DEMANDARÉ!!

Y el Diablo, con la vista nublada por la tremenda carcajada que soltó, le contestó a Dios:

– ¿Ah sí?… y por curiosidad.. . DE DÓNDE VAS A SACAR UN ABOGADO?¡¡ si todos están aquí !!

Moraleja¨

HAY QUE ENTENDER A LOS INGENIEROS, AMARLOS Y BENDECIRLOS, ADEMÁS DE… ¡¡¡ DARLE GRACIAS A DIOS POR HABERLOS CREADO !!!

1. Un Ingeniero no es que sea prepotente, ¡ es que está rodeado de inútiles !
2. Un Ingeniero no tiene el ego muy grande, ¡ es que el cuarto es muy chiquito !
3. No es que quieran tener la razón siempre, ¡ es que los otros siempre se equivocan !
4. Un Ingeniero no es que carezca de sentimientos, ¡ es que los otros son unas nenas lloronas !
5. Un Ingeniero no tiene vida desorganizada, ¡ es sólo que tiene un ritmo de vida particular !
6. Un Ingeniero no ve el mundo, ¡ lo cambia !
7. Un Ingeniero no es que sea un crecido, ¡ es que los simples mortales no lo comprenden !
8. Un Ingeniero no es un enredador, ¡ es que los usuarios se enredan porque no entienden nada !
9. Un Ingeniero no es un crítico, ¡ es que los errores de la gente son muy evidentes !
10. No es que el trabajo los absorba es que… ¿De qué demonios estaba hablando?
11. Un Ingeniero no comete errores, ¡ sólo prueba si los demás estaban prestando atención !
12. No es que se crean la gran cosa, ¡¡¡ ES QUE LO SON !!!

Pero recuerden… ser tan cercano a la perfección tiene sus problemas, así que los que no son Ingenieros.. . ¨deberán comprender a estas tristes almas torturadas entre la genialidad y la incomprensión¨ .

Fina cortesía de mi amigo, el Ingeniero Luis Alfredo Del Corral Cano (más…)

PRONUNCIAMIENTO N° 002- 2011 JUSDEM CANDIDATOS EN RESERVA

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PRONUNCIAMIENTO N° 002- 2011
CANDIDATOS EN RESERVA

La Asociación de Jueces para la Justicia y la Democracia – JUSDEM, expresa a la opinión pública lo siguiente:

1. RECUERDA que los artículos 14 y 65.4 de la Ley de la Carrera Judicial, Ley N° 29277, han establecido que los “candidatos en reserva” tienen derecho a ser considerados para el nombramiento como Jueces Titulares, en las plazas que resulten vacantes durante el año de vigencia de sus resultados.

2. SALUDA a las autoridades del Consejo Nacional de la Magistratura, por los nombramientos de diversos Candidatos en Reserva, efectuados mediante las Resoluciones N° 149-2011-CNM, N° 064-2011-CNM y N° 282-2010-CNM, con el debido respeto al orden de méritos correspondiente.

3. INVOCA a las autoridades del Poder Judicial y del Consejo Nacional de la Magistratura, a mantener la política de nombramientos mencionada, garantizando que el íntegro de las plazas que resulten vacantes por las renuncias, destituciones, ascensos u otras causas que pudieran tener lugar, en el periodo de vigencia de los resultados, sean efectivamente destinadas para la finalidad establecida en la Ley de la Carrera Judicial, es decir, para su asignación a los candidatos en reserva.

4. EXHORTA a tener presente, para el cómputo del plazo de vigencia de un (01) año, que los efectos jurídicos que la existencia de candidatos en reserva produce sobre el sistema de nombramientos vigente, así como sobre los intereses y derechos de quienes se encuentren en dicha situación concreta, debe guiarse en función al principio de la publicidad, el cual es esencial para su vigencia, conforme al mandato del artículo 51° de la Constitución, y, al artículo 1° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

5. EXHORTA a tener presente que el “Registro de Candidatos en Reserva” de la Convocatoria N° 003-2008-CNM, se hizo de conocimiento público, el 06 de julio del año 2010, oportunidad desde la cual se ha computado el plazo de un (01) año a que se refiere el art. 65.4 de la Ley 29277, tal como ha sido observado por el propio CNM al expedir la R.A. 065-2011-CNM, publicada el día de ayer 08 de junio, en el Diario Oficial El Peruano.

6. INVOCA al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a garantizar que los funcionarios administrativos de la Gerencia General del Poder Judicial, en relación al surgimiento de plazas vacantes, que por mandato de la Ley de la Carrera Judicial, están destinadas para los Candidatos en Reserva, coadyuven al debido respeto al principio de verdad material establecido en el numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar del la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conducta administrativa de la que nos mantendremos vigilantes.

Lima, 09 de junio de 2011.

EL CONSEJO DIRECTIVO
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In dubio pro reo

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Buen abogado… pésimo patrocinado
(entre broma y broma es cierto, por que a veces de
nada vale ser buen defensor si el defendido no coopera)

In dubio pro reo

Abogar exige raciocinio rápido e inteligencia…

En Inglaterra un reo estaba siendo juzgado por asesinato.
Había evidencias indiscutibles sobre la culpa del reo, pero el cadáver no aparecía.
Casi al final de su alegato oral, el abogado, temeroso de que su cliente fuese condenado, recurrió a un truco:

– Señoras y señores del jurado, señor Juez, tengo una sorpresa para todos”, dijo el abogado, mirando hacia su reloj. –
“Dentro de dos minutos, la persona que aquí se presume asesinada, entrará en la sala de este Tribunal.” Y miró hacia la puerta.

Los jurados y el juez, sorprendidos, también ansiosos, se quedaron mirando a la puerta. Transcurrieron dos largos minutos y nada sucedió. El abogado, entonces, finalizó diciendo:

“- Realmente, dije eso y todos ustedes miraron hacia la puerta con la expectativa de ver a la supuesta víctima. Por lo tanto, quedó claro que todos tienen dudas en este caso, de que alguien realmente haya sido asesinado.”

“Por eso insisto para que ustedes consideren a mi cliente inocente”. (In dubio pro reo)

Los jurados, visiblemente sorprendidos, se retiraron para la decisión final. Algunos minutos después, el jurado volvió y pronunció su veredicto: – “¡Culpable!”.

“¿Pero cómo?” – preguntó el abogado – “yo vi a todos ustedes mirar fijamente hacia la puerta ¡Era para concluir que tenían dudas! ¿Cómo condenan con duda?

Y el juez aclaró: “- Sí, todos nosotros miramos hacia la puerta, menos su cliente…”

MORALEJA:

NO SIRVE DE NADA SER UN BUEN ABOGADO,
SI EL CLIENTE ES UN IMBBBÉCILLL!…
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