INFORME PRELIMINAR – HINOSTROZA PARIACHI: LA VERDAD DE UN MAGISTRADO

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Bien dice el dicho que todo en la vida da vueltas, y que no es recomendable escupir al aire porque nos puede caer encima. Hoy, tanto la revista Caretas como el Instituto de Defensa Legal (conocido como IDL), ambas de mucho prestigio sin duda alguna, deben estar mirando al cielo todo el tiempo, porque saben que en algún momento todas las denuncias que vertieron los últimos meses contra el juez superior del Callao, CESAR HINOSTROZA PARIACHI, van a caerles encima, al revisar la respuestas del Tribunal Constitucional (TC) y la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).

El presente informe busca dar cuenta de este caso, el que muestra, en forma casi emblemática, como una campaña mediática puede echarse abajo sin mayores problemas la carrera profesional de un juez, pero muestra también las debilidades que tiene aún una institución como el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para separar la paja del trigo; esto es, para distinguir una denuncia debidamente sustentada de simples afirmaciones sin mayor sustento, solo por ser publicadas en un medio de comunicación o por una ONG que terminan deslegitimando los procesos de selección y nombramiento de magistrados que viene llevando a cabo. Hay que mantenerse atentos no cabe duda pero hay que buscar mayor objetividad en nuestro trabajo. No se trata aquí de apoyar a un candidato y rechazar a otro, en éste caso al valiente ex fiscal Mateo Castañeda sino de ayudar a que la decisión se tome con la mayor objetividad posible.

1. Un postulante bajo ataque

El 3 de setiembre del 2010, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) inició un concurso público (002-2010) destinado a nombrar 2 plazas de jueces supremos y 3 plazas de fiscales supremos, siendo uno de los primeros concursos convocados bajo la nueva Ley de Carrera Judicial (Ley No. 29277).

Un aspecto particular de este concurso será el contar con un grupo de consejeros recién elegido y con un nuevo reglamento de selección, cambios necesarios luego del escándalo generado al descubrirse reuniones irregulares entre uno de los postulantes (el fiscal superior Tomás Aladino Gálvez) y el ex consejero Efraín Anaya, lo que llevó a la nulidad del concurso anterior. Posteriormente, el consejero Aníbal Torres Vásquez renunció también a la Comisión de Selección y Nombramiento denunciando presiones políticas y falta de criterio entre los consejeros no abogados. Por tanto, se esperaba que esta nueva convocatoria fuera lo más transparente y objetiva posible, exigiéndose sobre todo el respeto al mérito profesional de los postulantes para efectuar los nombramientos.

Sin embargo, conforme fue avanzando el proceso de selección, se pudo percibir que ciertos candidatos no gozaban del favor de algunos actores que participaban del mismo. Uno de ellos fue el ex fiscal superior Mateo Castañeda Segovia, contra el cual el IDL presentó una tacha alegando que no cumplía con el número de años exigido por ley en la carrera judicial, tacha que finalmente no fue aceptada por el pleno del CNM.

Aprovechando que el nuevo reglamento de selección abría las puertas a una mayor participación ciudadana, y asumiendo sin pedir a nadie la representación de la sociedad civil, el IDL buscó así influenciar de manera directa en la selección de magistrados supremos. Otro de sus blancos fue, precisamente, el juez CESAR HINOSTROZA PARIACHI, quien para entonces había cumplido un papel descollante como Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Desde un inicio, Hinostroza destacó del resto de postulantes, logrando en el examen escrito un puntaje de 96 sobre 100 (el mayor de todos los concursantes) y de 90 puntos sobre 100 en la calificación curricular. Igualmente, su examen psicológico –como nueva etapa incorporada en los concursos de selección- le fue también favorable, siendo calificado de sobresaliente en idoneidad jurídica y destacado en cuanto a su idoneidad moral, ética y psicológica, concluyendo que no existía “presunción de problemas psicológicos que impidan su labor de magistrado”.

Será en esta etapa que se iniciarán las acusaciones públicas contra Hinostroza, siendo lanzadas inicialmente por la revista Caretas. En su edición No. 1624 del 20 de enero del 2011, en el artículo “Clientes Supremos”, el periodista Américo Zambrano cuestionó la presunta participación del magistrado en diferentes casos que implicaban a personas acusadas de narcotráfico y lavado de activos, denunciando expresamente cuatro hechos:

a) Haber defendido al narcotraficante chino JIANG WANG hasta el año 2005, cuando fue repuesto como vocal superior de la Corte Superior de Justicia del Callao;
b) Declaró nula la sentencia de 18 años impuesta a JIANG WANG cuando presidía la Segunda Sala Penal Superior del Callao, permitiendo su cambio de régimen a arresto domiciliario y con ello su fuga un año después;
c) Absolvió a uno de los principales implicados en el caso del “narcobuque”, WALTER PONCE FERNANDEZ, el año 2007, sentencia que luego fue declarada nula por la Corte Suprema;
d) Absolvió a los directivos de la empresa HAYDUK en el año 2008, procesados por narcotráfico y lavado de activos, sentencia que fue igualmente declarada nula por la Corte Suprema; y
e) Haber adquirido un inmueble en la ciudad de Miami a un precio de US$ 180,900 dólares americanos el año 2003, lo que no habría sido puesto en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura.

Paradójicamente, el artículo de Caretas señala que ninguno de estos casos “afectó” la carrera de Hinostroza, siendo elegido inclusive vocal supremo provisional de la Corte Suprema el año 2011 por el propio Presidente César San Martín; sin embargo, sutilmente menciona que su nombramiento en la Suprema “habría tomado por sorpresa” a algunos jueces y “autoridades antidrogas” (sin mencionar cuáles), expresando finalmente su preocupación de que el CNM pueda nombrar a Hinostroza Pariachi como fiscal supremo “a pesar de sus antecedentes”.

Días después, en su edición No. 1625, la revista retoma el caso de Hinostroza Pariachi (“Vocal a Examen”) dando a entender que, gracias a sus denuncias, la OCMA había iniciado, por encargo del Presidente San Martín, una investigación de las irregularidades denunciadas contra dicho magistrado, agregando declaraciones del entonces Presidente del CNM, Edmundo Peláez Bardales, de que analizaría “a profundidad” las denuncias contra Hinostroza. Para entonces, el IDL ya había tomado las denuncias de Caretas como suyas, enviando sendos oficios a los miembros del CNM para darles a conocer los artículos de dicha revista, además de publicar diversos “idéele-mail” donde señalaban que el posible nombramiento de Hinostroza Pariachi y de Castañeda Segovia –paradójicamente, los dos candidatos con mayor puntaje- constituía un “peligro inminente” para el Ministerio Público y para el sistema de justicia.

Cabe señalar que, en esta campaña, el IDL nunca se encargó de confirmar si las denuncias de Caretas eran ciertas, ni los descargos hechos por Hinostroza Pariachi en la misma revista. Tampoco tomó en cuenta que la compra de su casa en Estados Unidos ya había sido investigado por la OCMA sin encontrar irregularidad alguna, y menos que Hinostroza pudo responder de manera sustentada las preguntas que le hiciera el Pleno del CNM sobre estas denuncias durante su entrevista personal, logrando incluso la segunda calificación más alta del total de postulantes, con un puntaje de 82.57 sobre 100. De esta manera, el IDL no respetó el derecho de defensa del magistrado ni mostró mayor objetividad en sus denuncias, mostrando así que sus intereses iban más allá de mejorar el proceso de selección de magistrados.

De igual manera, la ex Fiscal de la Nación, GLADYS ECHAIZ RAMOS, se sumó a la campaña contra Hinostroza no solo ordenando la apertura de una investigación de enriquecimiento ilícito en base a las declaraciones vertidas en Caretas, sino ordenando también entregar una copia de dicha resolución a todos y cada uno de los consejeros UN DIA ANTES DE SU ENTREVISTA PERSONAL, violando con ello el principio de reserva de la investigación.

2. La confrontación entre el CNM y el TC

Lamentablemente, la campaña orquestada por el IDL y Caretas tuvo el efecto deseado: gracias al “escándalo” causado por las “revelaciones” de la revista, el CNM dejó fuera de carrera a Hinostroza a pesar de ocupar el primer puesto en el Cuadro de Méritos para Fiscales Supremos, con un puntaje final de 90.9 sobre 100.

En efecto, en el Acta de la sesión plenaria del 27 y 28 de enero del 2011 consta el Acuerdo No. 176-2011, en el que se decide NO NOMBRAR a Hinostroza Pariachi como fiscal supremo, con una votación de 5 consejeros contra 2. En la fundamentación de su voto en contra, los consejeros Peláez Bardales, Guzmán Díaz, Mansilla Gardella, Maezono Yamashita y García Nuñez señalan expresamente que éste “se fundamenta en los cuestionamientos públicos que diversos medios de prensa han dado a conocer en los últimos días”, agregando que si bien estas razones “no desmerecen de modo alguno el derecho constitucional a la presunción de inocencia (…) no es menos cierto que al menos por el momento no satisface en su totalidad y de modo razonable las exigencias para acceder a tan alto cargo” (el subrayado es nuestro), dejando en claro así que su no nombramiento fue consecuencia directa de dichas denuncias.

Ante ello, el 13 de mayo de dicho año, Hinostroza presentó ante el Quinto Juzgado Constitucional de Lima una demanda de amparo contra el CNM a fin de que se declare la nulidad del Acuerdo No. 0176-2011, y en consecuencia, se le ordene reabrir el Concurso Público para Fiscales Supremos a partir de la etapa de votación del cuadro de méritos y se emita un nuevo acuerdo previa votación, respetando estrictamente el orden de méritos. En su demanda, Hinostroza aduce que el CNM violó sus derechos a la presunción de inocencia –como ya lo había indicado también el consejero Paz de la Barra-, a un debido proceso, a la debida motivación de resoluciones administrativas y al acceso a la función pública en condiciones de igualdad, alegando que el Acuerdo No. 0176-2011 contenía una grave incongruencia, pues de un lado se le otorgaban las máximas calificaciones éticas y técnicas, mientras de otro se le negaba una trayectoria “éticamente irreprochable” sobre la sola base de las denuncias hechas por un medio de prensa.

Mediante resolución del 19 de mayo, el Quinto Juzgado Constitucional declaró improcedente la demanda, decisión que fue confirmada por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima en agosto del 2011, aduciendo que por jurisprudencia del Tribunal Constitucional no cabía interferir en las decisiones del CNM ni reabrir un concurso ya concluido. Sin embargo, será el propio Tribunal Constitucional, mediante el proceso No. 03891-2011-PA/TC, el que se encargará de precisar su posición ante este tema, generando una nueva corriente de interpretación que, como veremos, apunta a que los procesos de selección tengan una mayor objetividad, proscribiendo la arbitrariedad de los nombramientos y el respeto a los méritos de los candidatos.

Increíblemente, el IDL intentó en esta etapa influenciar en la decisión del TC –como lo había hecho en el CNM- presentando un recurso denominado “amicus curiae” (que no tenía nada de amigable) contra Hinostroza Pariachi, manifestando que su intención solo era ayudar a “aclarar las funciones” que cumplía el CNM. En dicho documento, el IDL apoyaba sin desparpajo una tesis cuestionada por ellos mismos en años anteriores y por todos los organismos de derechos humanos, como es la discrecionalidad y la falta de motivación en los nombramientos y ratificaciones judiciales, señalando que en el caso de Hinostroza se trataba de una “sana” discrecionalidad (?) y que para motivar una decisión el CNM solo requería hacer referencia al “perfil de juez” recogido en la Ley de Carrera Judicial.

Por suerte, el TC rechazó el “amicus curiae” del IDL, haciendo respetar sus atribuciones ante una entidad que no tenía derecho alguno a interferir en las decisiones de las instituciones del Estado. El IDL buscó entonces enfrentar a ambas instituciones (TC y CNM), señalando que cualquier decisión del Tribunal Constitucional iba a significar una intromisión en las atribuciones constitucionales del CNM, campaña que si bien tuvo eco en ciertos sectores, tampoco prosperó.

En su sentencia del 16 de enero del 2012, el TC sienta una nueva jurisprudencia sobre el tema, declarando FUNDADA la demanda de amparo y por tanto NULO el Acuerdo No. 0176-2011 del CNM, ordenando a éste emitir un acuerdo debidamente motivado mediante una nueva votación. La resolución contiene varios hechos que merecen ser conocidos: por ejemplo, que el CNM ya sabía desde el año 2005 –cuando ratificó a Hinostroza en el cargo de juez superior- de la existencia de la casa comprada en Miami, por lo que no podía fundamentar su decisión tomando este hecho como algo desconocido; asimismo, que Hinostroza actuó dentro de su derecho al libre ejercicio profesional al defender a una persona acusada de narcotráfico, y no como funcionario público.

Por otro lado, la resolución señala que la investigación abierta contra Hinostroza por el Ministerio Público por la denuncias de Caretas fue archivada el 31 de mayo del 2011, algo que nunca fue mencionado por esta revista o el IDL, señalando de manera categórica, que “a juicio del Tribunal Constitucional resulta fuera de toda duda que se violó el derecho a una decisión debidamente motivada por cuanto la motivación es sólo aparente. Y es que si bien es cierto la mayoría de miembros del Consejo Nacional de la Magistratura da cuenta de las razones mínimas que sustentan la decisión (…) sin embargo solo intentan dar un cumplimiento formal al mandato, amparándose en frases sin ningún sustento fáctico” (Fundamento 45, el subrayado es nuestro).

Finalmente, el supremo intérprete de la Constitución subraya que se violó el derecho de presunción de inocencia al haberse tomado como ciertas las denuncias de la revista Caretas y la investigación abierta por la Fiscal de la Nación, antes que basarse en hechos indubitables y debidamente comprobados, además de vulnerar el derecho al acceso a la función pública al no respetar el principio de mérito en el concurso de nombramiento a pesar de haberse cumplido cabalmente con todas y cada una de las etapas del proceso, lo que lleva, en la práctica, a que un concurso público se convierta en algo sin significado ni objetivo alguno.

3. OCMA: la verdad de las mentiras

El Tribunal Constitucional no ha sido, sin embargo, el único que le ha dado la razón a Hinostroza por sobre las denuncias de Caretas y del IDL. En su resolución del 31 de enero del 2012, la OCMA dio a conocer también los resultados finales de su investigación sobre las denuncias de ambas organizaciones contra Hinostroza Pariachi (Exp. 717-A-2011-CALLAO), con resultados similares a los presentados por el TC.

Así, respecto de la denuncia de haber defendido al narcotraficante Jiang Wang hasta el año 2005, la OCMA encontró que Hinostroza Pariachi no ejerció el cargo de juez entre junio del 2001 y abril del 2003, debido a su no ratificación inicial por parte del CNM. En este período, Hinostroza solo participó en 7 diligencias del proceso entre el 10 de setiembre del 2001 y el 30 de octubre del 2001, sin encontrar otras participaciones de este magistrado en etapas posteriores del juicio, precisando además que el caso se ventilaba en un juzgado del Cono Norte y no del Callao. Por tanto, la OCMA concluyó que dicha denuncia no tenía sustento alguno.

En segundo lugar, con respecto a la denuncia de haber declarado nula la sentencia contra Ke Jiang Wang y Hu Wang, la investigación de la OCMA ratificó lo encontrado en una investigación anterior, señalando de un lado, que la actuación de Hinostroza Pariachi se limitó a dar cumplimiento a la sentencia del juez del Décimo Sexto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, ARMANDO PECHO PECHE, quien en marzo del 2006 declaró fundado el hábeas corpus presentado por Jiang Wang, mientras que el cambio de régimen de este inculpado al de arresto domiciliario fue ordenado por la Segunda Sala Penal del Callao el 18 de agosto del 2006, cuando Hinostroza ya no integraba dicha Sala. Cabe señalar, además, que el propio Hinostroza Pariachi se abstuvo formalmente de participar en el proceso el 24 de septiembre del 2007, al remitirse del Cono Norte los actuados del proceso de manera formal, mostrando también en este punto que la denuncia hecha por Caretas no era cierta.

En tercer lugar, con relación a la supuesta adquisición “oculta” de un inmueble en Miami, la OCMA concluye –al igual que el TC- que el magistrado sí cumplió con declarar la compra de dicha casa al reasumir sus funciones el año 2004, verificando además que la misma fue comprada cuando ejercía funciones como abogado mediante una hipoteca expedida por un banco norteamericano, sin encontrar irregularidad alguna en dicha adquisición. Más aún, la OCMA llevó a cabo una revisión de todas las declaraciones juradas hechas por Hinostroza Pariachi, quien aclaró debidamente todos los puntos de duda que surgieron de dicha evaluación, concluyendo que no había indicios de enriquecimiento ilícito o de ocultamiento de información, desechando también la denuncia respectiva.

En cuarto lugar, con respecto a la presunta absolución de WALTER PONCE FERNANDEZ del caso del “narcobuque”, la OCMA señala expresamente que HINOSTROZA PARIACHI no participó en la absolución de dicho inculpado al no integrar la Sala que dictó dicho fallo, siendo éste responsabilidad de los jueces superiores MIGUEL FERNANDEZ TORRES, ROCIO MENDOZA CABALLERO e ISMAEL SANCHEZ EGOCHEAGA, tal como el propio Hinostroza lo denunció ante la propia revista Caretas. Sin embargo, en dicho momento la revista no le dio importancia a este hecho, como tampoco lo hizo el IDL.

Finalmente, con respecto a su participación en la absolución de los directivos de la empresa HAYDUK, la OCMA señala que si bien Hinostroza Pariachi sí integró la Tercera Sala Penal de la Corte Superior del Callao, la sentencia expedida por esta Sala no fue cuestionada por el Fiscal Supremo PABLO SANCHEZ VELARDE, mientras que la Corte Suprema no hizo alusión a ninguna irregularidad funcional cometido por Hinostroza, por lo que se trató solamente de una diferencia de criterios jurisdiccionales.

En conclusión, la investigación de la OCMA muestra –como ya lo había sustentado el propio Tribunal Constitucional- que las denuncias hechas por Caretas y utilizadas por el IDL en sus campañas contra Hinostroza eran BSOLUTAMENTE FALSAS, declarando NO HABER MERITO para abrir procedimiento disciplinario contra este magistrado.

4. Epílogo: sigue mintiendo, que algo queda…

A pesar de que tanto la OCMA como el Tribunal Constitucional reivindican y desagravian a Hinostroza Pariachi con sus respectivas resoluciones, los ataques en su contra no parecen haber terminado, lo cual parece mostrar que existe una suerte de “mano negra” bastante interesada en que este magistrado no alcance el pináculo de su carrera profesional, a pesar de contar con todas las condiciones y méritos para ello.

Así, el 17 de marzo de este año, el diario El Comercio publicó un artículo (“Una fortuna bajo sospecha”) firmado por Miguel Castilla, de su Unidad de Investigación, en el que da cuenta de la existencia de una segunda propiedad a nombre de la esposa del magistrado en los Estados Unidos, la misma que habría sido “ocultada” todo este tiempo ante los organismos de control judicial. El artículo resalta que esta casa fue adquirida en diciembre del 2005 a un costo de 323,000 dólares, a pesar de que la cónyuge del magistrado no tenía un ingreso o patrimonio propio. Finalmente, señala que, ante la posibilidad de que la propiedad sea descubierta y ponga en aprietos al magistrado, ésta fue rematada en abril del 2011 a menos de cien mil dólares.

Por su parte, el IDL asumió nuevamente esta denuncia para reiniciar su campaña contra Hinostroza Pariachi, justo cuando el CNM debe cumplir con la sentencia del Tribunal Constitucional y realizar una nueva votación sobre este magistrado, algo que aún no ha hecho a pesar del tiempo transcurrido. Así, en su nota “Una casa más, sí importa”, afirma categóricamente que el “grave cuestionamiento” hecho por El Comercio cierra las puertas “definitivamente” de la Fiscalía Suprema a Hinostroza, inquiriendo al CNM para que valore “debidamente” esta denuncia; en otras palabras, que la asuma como cierta sin mayores dudas, como hizo en su primera votación.

Es evidente, sin embargo, que hoy las condiciones en las que debe darse la decisión final del CNM no son las mismas a las de enero del 2011, cuando este organismo dejó de lado a Hinostroza Pariachi sin mayor fundamento. En el marco de lo resuelto por el TC, el CNM debe respetar el principio de presunción de inocencia, además de brindar todas las garantías necesarias para que este magistrado presente su defensa y haga los descargos correspondientes. Ello implica considerar, por ejemplo, que la propiedad señalada fue adquirida cuando ambos cónyuges se encontraban separados de hecho, sin mayor conocimiento del magistrado; que la esposa sí registra actividad empresarial desde el año 2003, y que la casa fue rematada en el 2009 precisamente por falta de pago, en el marco de la crisis inmobiliaria norteamericana. Quizás aquí puede haber algún cuestionamiento administrativo sobre si debía declararse o no la casa o si la actividad económica de la esposa justificaba la adquisición, pero es obvio que nadie pierde algo que compra al contado y esta casa se compró como la hacen todos los peruanos de la clase trabajadora en los Estados Unidos, y la perdió justo por eso , como la mayoría de peruanos han perdido sus casas allà.

De esta manera, el caso Hinostroza Pariachi se convierte en un precedente importante para impedir que sean los medios de comunicación y algunas ONGs las verdaderas encargadas de nombrar a los magistrados, como lamentablemente ha ocurrido en muchas ocasiones. Reiteramos nuestro respeto al Doctor Mateo Castañeda quien seguro suscribirá este informe y sabemos que él es el primero en reclamar un proceso transparente.

Así, en vez de mellar sus atribuciones, lo que ha hecho el TC es devolverle al CNM la responsabilidad –única, exclusiva e independiente- de nombrar como jueces o fiscales a quienes cumplen con todos los requisitos y superan de manera impecable sus concursos públicos, los que no deben servir solo para eliminar a los peores sino para definir quiénes son los mejores candidatos a un cargo de tamaña importancia. Este es un paso fundamental para tener una justicia verdaderamente independiente, tal como anhelamos todos los ciudadanos.

05 de Mayo del 2012

EN http://www.projusticia.org.pe/site.php?plantilla=contenido&ncategoria1=109&ncategoria2=110&ncategoria3=191&ncontenido=8428 (más…)

Por ti

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Duwetto

Miro los días al pasar
Siento el sol en mi vibrar
Pensando solo en ti
Es algo sin igual
Olvidar el presente
No pensar en mañana solo en ti.

Como las hojas al caer
Te siento en mí desvanecer
Y me estremezco al ver
Lo que has hecho de mí
Como entraste en mis sueños
Te adueñaste de ellos sin querer

Nada para mi tiene valor
Solo pienso en tu calor
Que feliz seria con tu amor
Sintiéndote
Todo lo que yo pude esperar
No me basta para andar
Por caminos y sin comprensión
Amándote

El umbral de mi corazón
Para ti abierto estará
No me importa esperar
Incluso hasta el final
Como entraste en mis sueños
Te adueñaste de ellos sin querer

Nada quiero ser sin tu amor
Nada existe para mí
Esperanza quisiera tener
Dentro de mí
Todo cambiaria su color
El sol brillaría mas
Que feliz seria con tu amor
Muy junto a ti.

(más…)

PRESIDENTES DE CORTES SUPERIORES SERÁN INFORMADOS SOBRE TEXTO DE PROYECTO SOBRE FACULTADES EXTRAORDINARIAS APROBADO EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO

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PRESIDENTES DE CORTES SUPERIORES SERÁN INFORMADOS SOBRE TEXTO DE PROYECTO SOBRE FACULTADES EXTRAORDINARIAS APROBADO EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO

Sostendrán reunión conjunta con miembros del CEPJ el 10 de mayo próximo

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) informará a los Presidentes de las 31 Cortes Superiores de Justicia del país sobre cuál es el actual contenido del texto del proyecto de ley que propone otorgar facultades extraordinarias en situaciones de carácter excepcional que pongan en riesgo el normal y debido funcionamiento de las instituciones judiciales, luego de que éste ya ha sido visto por la Comisión de Justicia del Congreso de la República.

El encuentro se realizará en Palacio Nacional de Justicia entre las 8:30 y 11:30 de la mañana del citado día.

La cita busca aclarar cualquier duda que los magistrados tengan sobre los actuales alcances de esta iniciativa, que cuenta con un dictamen favorable en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, dictamen que ha implicado algunas puntuales modificaciones al texto original que conviene conocer y analizar.

La decisión de convocar a los presidentes de las Cortes Superiores del país responde así a la política, ya establecida a nivel institucional, destinada a promover un diálogo abierto y franco en temas de trascendental importancia.

El CEPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial, y está presidido por el doctor César San Martín, e integrado por los jueces supremos titulares doctores Luis Felipe Almenara Bryson y Rodolfo Walde Jáuregui; el representante de los jueces superiores doctor Luis Alberto Vásquez Silva; el de los jueces especializados doctor Darío Palacios Dextre; y de los Colegios de Abogados del Perú, doctor Ayar Chaparro Guerra.

Lima, 4 de mayo de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (más…)

PRONUNCIAMIENTO DE LA SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA

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20120507-pronunciamiento_web.pdf

SALA PLENA DE CORTE SUPREMA OTORGA VOTO DE CONFIANZA A GESTIÓN DEL DOCTOR CÉSAR SAN MARTÍN

Ratifica unidad institucional e invoca a sus miembros abstenerse de expresar juicios de valor lesivos a las personas y a la corporación judicial.

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, acordó por unanimidad, y una abstensión, otorgar un voto de confianza a la gestión del Presidente del Poder Judicial, doctor César San Martín, por la forma cómo está orientando y guiando la labor de la Corte Suprema y el Poder Judicial en su conjunto.

Así lo anunciaron en conferencia de prensa el propio titular del Poder Judicial y el Juez Supremo Decano doctor Luis Felipe Almenara Bryson.

Almenara Bryson expresó que este voto de confianza era necesario ante las expresiones, adjetivos y frases vertidas en los medios de comunicación por el juez supremo Javier Villa Stein, que agraviaban a la institución de la Corte Suprema, y en especial del doctor César San Martín.

Facultades

Por su parte, el doctor César San Martín, explicó el sentir de la Sala Plena respecto a temas institucionales que han sido tratados en los medios de comunicación.

Respecto al Proyecto de Ley N° 424/2011, que propone otorgar facultades extraordinarias al Presidente del Poder Judicial, indicó que producto del aporte de los jueces supremos se reforzaron las garantías para asegurar un cuidadoso y prudente ejercicio de tales facultades.

Dijo que ante el cambio de las circunstancias, se busca un nuevo enfoque u otras alternativas, razón por la cual el pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) ha convocado a una reunión para el jueves 10 a los 31 Presidentes de Corte para discutir este tema.

“Estoes un signo de apertura que revela que acá no hay dictadores o que se piensa tomar el Poder Judicial u otra cosa por el estilo”, remarcó.

Caso Almenara Bryson

Respecto al caso del juez supremo Almenara Bryson, cuya permanencia en la Corte Suprema de Justicia fue cuestionada por el juez supremo Javier Villa Stein, dijo que la consulta que se hizo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, este organismo reconoció el derecho del citado magistrado a ejercer sus funciones hasta los 75 años de edad.

“El señor Villa Stein pidió por escrito una convocatoria a una sesión extraordinaria de Sala Plena recién el 20 de abril, e hizo mención a supuestas irregularidades en el acta de Sala Plena, empero, en la sesión de hoy quedó establecido que sus cuestionamientos no procedían”, indicó.

Señaló que más allá del voto de confianza que recibió de sus colegas, lo importante es que la Sala Plena insiste en la necesidad del respeto a las pautas democráticas en la generación y aprobación de la normatividad conforme a Derecho que ella promueve y aprueba.

“Decimos también que todos los miembros de la Sala Plena están obligados a evitar declaraciones al margen del ámbito institucional, y deben abstenerse de expresar juicios de valor lesivos a las personas y a la corporación judicial”, acotó.

Asimismo ratificó la unidad institucional de los integrantes de la Corte Suprema y el interés por fortalecer la credibilidad ciudadana sobre todo en temas sensibles como lucha contra la corrupción y el mejor funcionamiento de la justicia.

Huelga de los trabajadores

Consultado acerca de la huelga que mantiene un sector de trabajadores judiciales, expresó que existe un Decreto Supremo firmado ya por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Presidente del Consejo de Ministros, y sólo falta la del Presidente de la República por el cual se otorga un aumento a las remuneraciones de los servidores.

Indicó que está gestionando hoy mismo una reunión con el Jefe de Estado para agilizar este trámite, y los trabajadores levanten la medida de fuerza.

Lima, 4 de mayo de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PRESIDENTES DE CORTES SUPERIORES SERÁN INFORMADOS SOBRE TEXTO DE PROYECTO SOBRE FACULTADES EXTRAORDINARIAS APROBADO EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO

Sostendrán reunión conjunta con miembros del CEPJ el 10 de mayo próximo

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) informará a los Presidentes de las 31 Cortes Superiores de Justicia del país sobre cuál es el actual contenido del texto del proyecto de ley que propone otorgar facultades extraordinarias en situaciones de carácter excepcional que pongan en riesgo el normal y debido funcionamiento de las instituciones judiciales, luego de que éste ya ha sido visto por la Comisión de Justicia del Congreso de la República.

El encuentro se realizará en Palacio Nacional de Justicia entre las 8:30 y 11:30 de la mañana del citado día.

La cita busca aclarar cualquier duda que los magistrados tengan sobre los actuales alcances de esta iniciativa, que cuenta con un dictamen favorable en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, dictamen que ha implicado algunas puntuales modificaciones al texto original que conviene conocer y analizar.

La decisión de convocar a los presidentes de las Cortes Superiores del país responde así a la política, ya establecida a nivel institucional, destinada a promover un diálogo abierto y franco en temas de trascendental importancia.

El CEPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial, y está presidido por el doctor César San Martín, e integrado por los jueces supremos titulares doctores Luis Felipe Almenara Bryson y Rodolfo Walde Jáuregui; el representante de los jueces superiores doctor Luis Alberto Vásquez Silva; el de los jueces especializados doctor Darío Palacios Dextre; y de los Colegios de Abogados del Perú, doctor Ayar Chaparro Guerra.

Lima, 4 de mayo de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (más…)

Vivir lo nuestro

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Basilio

Marc Anthony & La India

Marc:
En un llano tan inmenso
tan inmenso como el cielo
voy a podar un jardín
para que duerma tu cuerpo
en un mar espeso y ancho
más ancho que el universo
voy a construir un barco
para que navegue el sueño

India:
En un universo negro
como el ébano más puro
voy a construir de blanco
nuestro amor para el futuro
en una noche cerrada
voy a detener el tiempo
para soñar a tu lado
que nuestro amor es eterno

Both:
y volar, volar tan lejos

Marc:
donde nadie nos obstruya
el pensamiento
volar, volar sin miedo
como palomas libres como el viento

Both:
y vivir, vivir lo nuestro

India:
y amarnos hasta quedar sin aliento
soñar, soñar despiertos

Marc:
en un mundo sin razas
sin colores, sin lamentos

Both:
sin nadie que se oponga
en que tu y yo nos amemos

Marc:
desde una montaña alta
alta como las estrellas
voy a gritar que te quiero
para que el mundo lo sepa
que somos uno del otro
y jamás nos dejaremos
y aunque nadie nos entienda
por nuestro amor viviremos

India:
En un universo negro
como el ébano más puro
voy a construir de blanco
nuestro amor para el futuro
en una noche cerrada
voy a detener el tiempo
para soñar a tu lado
que nuestro amor es eterno

Both:
y volar, volar tan lejos

Marc:
donde nadie nos obstruya
el pensamiento
volar, volar sin miedo
como palomas libres como el viento

Both:
y vivir, vivir lo nuestro

India:
y amarnos hasta quedar sin aliento
soñar, soñar despiertos

Marc:
en un mundo sin razas
sin colores, sin lamentos

Both:
sin nadie que se oponga
en que tu y yo nos amemos

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

India:

voy a detener el tiempo
y mantener a mi lado
nuestro amor que es sagrado

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

Marc:

solo viviré lo nuestro y amarnos
hasta quedar sin aliento

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

India:
volar tan lejos
como palomas libres
como el viento

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

Marc:
voy a gritar que yo te quiero
para que el mundo ya sepa
que yo te amo
sin ti me desespero….

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

India:
la, la, la, la,la

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

Marc:
ahhhhhhh! vivir lo nuestro

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

Marc:
déjame, déjame amarte
hasta quedar sin aliento……

Soñar despiertos, vivir lo nuestro

India:
vamos a vivir un sueño……..

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Completamente enamorados

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Chayanne

Colgados, enamorados
Aquí estamos como
dos perros sin dueño.
Esta noche es imposible
tener sueño seguro.
Pegados en plena calle
parecemos como dos
recién casados
cuando todos los amigos
se han largado cansados

Completamente enamorados
alucinando con nosotros dos
sintiendo morbo por primera vez
y por primera vez tocándonos
Completamente enamorados
como borrachos
yo no sé de qué
Entre las sombras
de los árboles
nos desvestimos
para amarnos bien.
para amarnos bien,
para amarnos bien,
Amarnos bien
amarnos bien
compenetrados
estamos enamorados.

Matados de tanta risa
con la luna resbalando
por la espalda
tú te pones mi camisa,
yo tu falda felices

Completamente enamorados
alucinando con nosotros dos
sintiendo morbo por primera vez
y por primera vez tocándonos
Completamente enamorados
como borrachos
yo no sé de qué
Entre las sombras
de los árboles
nos desvestimos
para amarnos bien.
para amarnos bien,
para amarnos bien,
Amarnos bien
amarnos bien
compenetrados
estamos enamorados. (más…)

Cortes del país discrepan de pedido de San Martín

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Ante esta posición, titular de la Corte Suprema habría cambiado de opinión.
JANET LEIVA D.
Todas las Cortes Superiores de Justicia del país se mostraron en contra del proyecto presentado por el titular de la Corte Suprema, César San Martín Castro, para que se le otorguen facultades extraordinarias y pueda combatir una supuesta “red de corrupción” dentro del Poder Judicial, destituyendo a jueces y juezas a diestra y siniestra.
En la última reunión entre los 31 titulares de las diversas cortes del país, estos se opusieron a este proyecto. Según fuentes judiciales, todos los magistrados superiores se pronunciaron de la siguiente manera: “Doctor San Martín, este proyecto no va”, ante lo que el máximo representante de la justicia en el país habría dicho que no lo presentaría.
Sin embargo, aseguraron que grande fue la sorpresa cuando el propio San Martín sustentó tal proyecto ante la Comisión de Justicia del Congreso, para que se le otorguen ciertas facultades que ya tiene la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) y el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Agregaron que las diversas cortes del país, están enviando sus pronunciamientos al Poder Judicial y también a la Comisión de Justicia del Parlamento nacional.
El presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, Bonifacio Meneses Gonzales, confirmó lo dicho por César San Martín sobre la intención de no presentar el proyecto ante el Congreso. El magistrado dijo que no podía tener un pronunciamiento por su cargo, pero como hombre de derecho, consideró que “las circunstancias no eran las oportunas”. “Como hombre de derecho, profesor universitario, creo que estas circunstancias no son las oportunas, tenemos cosas más importantes en el Poder Judicial como atacar la prescripción de la justicia, la dilación de los procesos, en los que la colectividad está más preocupada que intervenir o no cortes. Al justiciable de a pie no le interesa si intervienen o no la corte, le interesa que su juicio salga pronto y que sea oportuna su sentencia. Un viejo adagio es: “Justicia tardía, no es justicia”, enfatizó.

El dato
El magistrado superior asimismo hizo una invocación a los congresistas para que revisen el proyecto presentado por San Martín Castro, pues, a su consideración, “no se ajusta a las normas de la Constitución”.

En http://www.expreso.com.pe/noticia/2012/05/04/cortes-del-pais-discrepan-de-pedido-de-san-martin (más…)

La lucha contra la corrupción y las facultades extraordinarias

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Autor(a): César Bazán Seminario

Perú
03-05-2012

El Proyecto de Ley N° 424/2011-PJ, ley que otorga al Presidente del Poder Judicial facultades extraordinarias frente a situaciones de carácter excepcional ha generado un intenso debate. El magistrado Villa Stein, con un discurso subido de tono, ha liderado la postura en contra secundado por otros jueces. Mientras que a favor del proyecto, está el titular de ese poder del Estado junto con gran parte de la Sala Plena de la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

El objetivo de dicho proyecto es combatir una realidad evidente (que lamentablemente es negada sistemáticamente por muchos magistrados): la corrupción judicial. Eso no significa que todos los jueces sean corruptos. En efecto, hay magistrados que ejercen su labor honorablemente. Sin embargo, no se puede negar que la corrupción es un mal extendido por la sociedad peruana que ronda y penetra en los juzgados y salas, incorporando en sus redes a jueces y otros funcionarios judiciales. Este mal ha sido profundamente estudiado y se conoce bastante bien su funcionamiento al interior de la judicatura, tal como ha sido documentado en reiterados informes (por ejemplo, Consejo Transitorio del Poder Judicial 2001, CERIAJUS 2004, Defensoría del Pueblo 2006, etc.).

Ante esta situación lacerante son necesarias medidas estructurales. Sin embargo, la respuesta usual ha sido diferente y ha primado la pasividad, cuando no el retroceso en la lucha contra la corrupción desde las altas autoridades del Poder Judicial. Por ello, sorprende gratamente que la gestión actual haya presentado un proyecto de ley que rompe con el inmovilismo y reconoce expresamente la existencia de redes organizadas.

Un combate serio contra la corrupción judicial requiere de varias medidas, entre las que destaca superar los problemas del sistema de control interno, que adolece de un solo órgano rector, puesto que existe una multiplicidad de cabezas, que entorpece su funcionamiento. Igualmente, ello hace que el procedimiento disciplinario sea engorroso y que el derecho al debido proceso de los magistrados pueda ser menoscabado. Es preciso que haya una mayor coordinación entre el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y los órganos de control interno del Poder Judicial; que exista seriedad en la imposición de sanciones menores a vocales supremos cuando el CNM no determina la destitución del magistrado; que órganos políticos no actúen como órganos técnicos de sanción; que el sistema de inteligencia para detectar las redes de corrupción tenga el mayor respaldo político posible y cuente con la institucionalidad necesaria para poder actuar; entre otros.

Es decir, las medidas que pueden plantearse para luchar contra la corrupción son varias y una de ellas es, sin duda, el Proyecto de Ley N° 424/2011-PJ, validado por la Sala Plena de la Corte Suprema y presentado en octubre pasado al Congreso. Desde nuestro punto de vista, esta medida cuenta con candados previos y controles posteriores para el ejercicio de las facultades extraordinarias, que lo limitan fuertemente. De esa manera, no podría ser considerada como un golpe de estado al Poder Judicial. Inclusive parecería que el procedimiento es muy burocrático para lograr resultados concretos. Por ello, nos parece importante que el Congreso estudie el proyecto y eventualmente lo apruebe con un lapso de tiempo de vigencia.

Sin embargo, no debe perderse de vista que la lucha contra la corrupción es una batalla que ha de darse desde varios frentes y con propuestas integrales. En ese sentido, el debate iniciado es propicio para profundizar en el problema de la corrupción judicial y generar propuestas de mediano y largo plazo para atacarla frontalmente.

En http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=805 (más…)

¿Quién vigila al vigilante?

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(Editorial)

Es peligroso concentrar en el presidente del Poder Judicial la facultad de nombrar y remover jueces

Jueves 03 de mayo de 2012 – 07:00 am
Ha sido tema de gran debate durante los últimos días el proyecto de ley presentado por el Poder Judicial para conceder a su presidente, César San Martín, facultades extraordinarias que le permitirían reemplazar temporalmente a jueces investigados por corrupción. Los reparos frente a este proyecto son comprensibles, pues el remedio que prescribe puede resultar tan malo como la enfermedad que pretende curar.

Nadie puede negar el gran mérito del doctor San Martín, tanto de reconocer públicamente la difundida existencia de organizaciones delictivas dentro de la institución que preside, como de buscar una solución radical a esta situación. El problema, sin embargo, es que su propuesta de concentrar poderes para combatir la corrupción ignora uno de los principios en los que se funda el Estado de derecho: el poder absoluto no se le entrega a nadie.

Repartir el poder entre varias personas, más bien, es la manera que han encontrado las democracias de controlar que no se abuse del mismo. Cuando el poder está dividido, existen diferentes intereses decidiendo, hay contrapesos y hay más puertas que pueden tocar las víctimas de un abuso. Es más difícil, pues, que la vara de la autoridad sea utilizada para golpear a inocentes en vez de para protegerlos, cuando son varias las manos las que la sostienen. Es por esto que son órganos distintos y compuestos por un grupo de integrantes (el Consejo Nacional de la Magistratura y la Oficina de Control de la Magistratura) los que hoy se encargan del nombramiento y de la destitución de los jueces.

Además, la piedra con la que podríamos tropezar si tomamos este camino es una con la que ya nos hemos topado antes. El tropezón más grave, quizá, fue con Fujimori, a quien se le consintió un golpe de Estado que le permitió concentrar poderes extraordinarios bajo el argumento de que, al habernos salvado del terrorismo y de la debacle económica, era el hombre correcto para recibir todo el poder. Y llama la atención que este tropezón lo haya olvidado quien, precisamente, puso a Fujimori en la cárcel.

Los defensores de este peligroso proyecto de ley, sin embargo, sostienen que el caso del doctor San Martín es muy distinto. Se trata, a fin de cuentas, de uno de nuestros abogados penalistas más prestigiosos, que ostenta una brillante trayectoria académica y que goza, asimismo, de una reputación intachable. Por eso, argumentan, él sería el indicado para concentrar estas facultades extraordinarias, que le darían el poder necesario para acabar con los corruptos. El problema es que, por más méritos que hasta hoy tenga, siempre existe el miedo de que, como dice el dicho, frente al arca abierta hasta el justo peca.

Pero incluso cuando pudiésemos tener la seguridad de que el presidente del Poder Judicial nunca podrá ser corrompido ni cometerá otros abusos (como seleccionar arbitrariamente solo a jueces amigos o a los de sus preferencias ideológicas), habría que ser muy cándido para creer que esta institución se puede reformar encargándole a una sola persona el cambio de jueces. Independientemente de quien se trate, todos los hombres son finitos, se vuelven débiles, cambian de valores, mueren. Por eso, una reforma real nunca puede depender de la existencia de un solo hombre.

Más bien, lo que hay que desaparecer son las condiciones que permiten y crean incentivos para que hoy existan el abuso y la delincuencia. Es cierto que esta es una reforma más compleja y profunda, pero es necesaria. Solo cambiar a quienes hoy ocupan el asiento de los jueces corruptos es inútil para resolver el problema de fondo. Pasa como con los ríos: mientras no cambien su cauce, seguirán llegando al mismo destino, aunque renueven sus aguas.

La lucha contra la corrupción judicial, nadie puede discutirlo, debe ser una prioridad del Estado. No podemos caer, sin embargo, en el error de coronar a un solo individuo, por muy virtuoso que hasta hoy haya sido, como el sumo vigilante de la ética del Palacio de Justicia y aceptar que, a él, nadie lo vigile.

El Comercio, 3 de mayo de 2012 (más…)

Corrupción judicial: ahora o nunca

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Una oportunidad de oro para el Congreso

La Comisión de Justicia del Congreso ha dictaminado un proyecto de ley presentado en octubre pasado por el Poder Judicial (PJ) que propone delegar en el Presidente de la Corte Suprema la potestad de intervenir las cortes superiores para destruir las redes de corrupción, las mismas que quedan fuera de las funciones de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) y del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) debido a que estas instituciones realizan un control individual. En su dictamen, la Comisión ha mejorado el texto presentado por el PJ señalando que la decisión de intervención debe ser tomada por una comisión formada por el Presidente de la Corte Suprema, el Vocal Supremo Decano y el Jefe de la OCMA. También ha establecido que la intervención debe ser informada al CNM y al parlamento. Con esas precisiones, se garantiza que la operación limpieza de las redes corruptas se exterminen sin colisionar con los principios de la función jurisdiccional que consagra el artículo 139º de la Constitución vigente. Con estos cambios, el parlamento estaría en condiciones de aprobar una norma básica y urgente.

Lamentablemente, el proyecto es torpedeado desde la misma Corte Suprema por dos vocales supremos, uno de ellos ex Presidente de ese órgano del Estado y en cuyo período, se dedicó, casi exclusivamente a promover su figura personal en la perspectiva de una candidatura presidencial. La oposición a la norma no tiene fundamentos de peso; en cambio, el proyecto ha recibido el respaldo del Ministerio de Justicia, del CNM y de organizaciones de la sociedad civil.

Las circunstancias del debate de esta iniciativa son cruciales. Las intervenciones externas del Poder Judicial arrastran sonados fracasos, como el que realizó el gobierno de Alberto Fujimori en el período 1995/2000; también terminaron en reveses los intentos de cambios estructurales desde adentro, haciendo de los magistrados jueces y partes de la moralización. El espíritu de la iniciativa que el parlamento debatirá se ubica en un camino intermedio, entre la voluntad política de la Corte Suprema y la vigilancia del CNM y del parlamento. Ahora o nunca, deben ser enfrentadas las mafias judiciales.

La República 3 de mayo de 2012
En http://www.larepublica.pe/politica/editorial-03-05-2012 (más…)

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