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Corte Superior de Justicia de Lima

Nota Informativa N° 033-2011-OPII-CSJL

LA CONCILIACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL PROCEDE
ANTES DE DICTARSE UNA SENTENCIA

“La Conciliación Extrajudicial es una alternativa no jurisdiccional para dar solución a los conflictos, que procede de manera obligatoria antes de iniciar un proceso judicial”, sostuvo el doctor Jaime David Abanto Torres, Juez del Primer Juzgado Civil de Lima durante la entrevista realizada en el programa “Apuntes Legales del Doctor Jesús Dongo” en Radio María.

Indicó que, para ello, los interesados deben recurrir a los Centros de Conciliación Extrajudicial que existen en Lima, Callao, Lima Norte, Arequipa, Trujillo, Piura, Santa, Cañete, Huaura, Huancayo y Cusco.

Añadió que son materias de conciliación extrajudicial: el régimen de visitas, alimentos, tenencia, división y partición de bienes, liquidación de sociedad de gananciales, obligación de dar suma de dinero, ocupación precaria, vencimiento de contrato por falta de pago, indemnización. e incumplimiento de contrato por pago de alquiler, entre otros.

El magistrado, autor del Libro titulado “La Conciliación Extrajudicial y la Conciliación Judicial: un puente de oro entre los MARC’s y la justicia ordinaria”, señaló que tanto la conciliación judicial como la extrajudicial proceden en cualquier estado del proceso siempre y cuando no se haya dictado sentencia en segunda instancia.

Agregó que la conciliación judicial y la conciliación extrajudicial pueden celebrarse cuando el proceso está en trámite. Si las partes llegan a un acuerdo el Juez da por terminado el litigio.

“Incluso, si existiera sentencia con autoridad de cosa juzgada las partes pueden realizar una audiencia de conciliación extrajudicial, que de concluir con un acuerdo total, podría ser considerada por el Juez como un acto jurídico posterior a la sentencia y una vez que se haya ejecutado totalmente lo acordado, procede ordenar el archivo definitivo del expediente”, refirió el magistrado integrante del Programa Social “Justicia en tu Comunidad”.

Lima, 13 de junio de 2011
OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL

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