[Visto: 2562 veces]
Resolución Administrativa N° 051-2014-CE-PJ
20140314-r_a__051-2014-ce-pj__aranceles_2014.pdf
Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales
null
No absolvemos consultas sobre casos particulares
Resolución Administrativa N° 051-2014-CE-PJ
20140314-r_a__051-2014-ce-pj__aranceles_2014.pdf
Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales
null
Proudly powered by WordPress Theme: Blogly by ThemeFurnace.
El Artículo Décimo Sexto en lo que respecta a los aranceles para medidas cautelares en procesos de Nulidad de Acto Jurídico, no es muy preciso que digamos, cuando anota que los montos se calcularán en función al petitorio "objeto" materia de nulidad en cuanto sea cuantificable, cuando por lo general pedimos la nulidad de una Escritura Pública de Compra Venta, significa que tenemos que pagar el arancel en base al monto de transferencia, lo que resultaría muy oneroso, porque no solo considerar una cuantía indeterminable, si lo que estamos pidiendo es la nUlidad del Acto Jurídico o Contrato de Compra Venta, me parece muy injusto.