Nota de Prensa Nº 109-2013-OII/TC
Para garantizar el cumplimiento de sentencias fundadas firmes en los procesos de amparo y evitar el inicio de un nuevo proceso constitucional
ESTABLECEN NUEVO RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL A FIN DE VERIFICAR LA HOMOGENEIDAD DE LOS ACTOS CONSIDERADOS COMO LESIVOS
Con el propósito de garantizar el cumplimiento de las sentencias fundadas firmes y evitar un nuevo proceso constitucional respecto de actos que previamente han sido analizados y calificados por el Poder Judicial o por el Tribunal Constitucional (TC) como lesivos de derechos fundamentales, el TC establece jurisprudencialmente el “recurso de agravio constitucional verificador de la homogeneidad del acto lesivo”.
Así lo ha dispuesto el TC al declarar fundado el recurso de agravio constitucional, (Expediente Nº 05496-2011-PA/TC), interpuesto por don Agustín Llantoy Palomino contra el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Nº 4 del Ministerio de Educación, denunciando haber sido despedido, repuesto y nuevamente despedido arbitrariamente, hasta por tres veces de su centro de labores.
La sentencia fundada en el presente caso, también declaró la existencia del acto lesivo homogéneo; y como consecuencia de ello, amplió el ámbito de protección del proceso de amparo promovido en enero de 2009 como resultado de la conclusión del contrato del demandante. Asimismo, se ordenó al Director de la UGEL que se abstenga de llevar nuevamente a cabo dicho acto.
De este modo el TC reitera su competencia para conocer los incidentes que generen las solicitudes de represión de actos homogéneos presentadas ante el juez de ejecución luego de cumplida o ejecutada la sentencia constitucional expedida por el Poder Judicial o el Tribunal Constitucional, correspondiendo en este caso al Poder Judicial conceder el recurso de agravio constitucional verificador de la homogeneidad del acto lesivo.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2013//05496-2011-AA.pdf