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El plazo de prescripción para interponer una demanda de reposición es de 10 años, ya que no hay plazo de caducidad, y apartamiento del Pleno Jurisdiccional Nacional Laboral 2012 

Juez Superior Ponente Edwin Ricardo Corrales Melgarejo

20130423-el_plazo_de_prescripcion_para_interponer_una_demanda_de_reposicion_es_de_10_anos.doc

Dos reflexiones

¿Cómo se podría articular la jurisprudencia de la Corte Suprema con los Plenos Jurisdiccionales?

Teniendo en cuenta que la ley fija los plazos prescriptorios ¿puede crearse los mismos   en vía jurisprudencial o mediante plenos jurisdiccionales? 

 

 

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