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Hablemos claro

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Jaime David Abanto Torres

 

SOBRE EL DEBER DE LOS JUECES DE USAR EL LENGUAJE ORIGINARIO EN SUS SENTENCIAS

 

El constitucionalista y magistrado judicial Jaime Abanto Torres comenta los alcances del reciente Decreto Legislativo N° 1342, el cual dispone que las sentencias deberán redactarse en un lenguaje claro. El autor afirma que los abogados también deberían hacer sus mejores esfuerzos para redactar sus demandas y escritos en lenguaje claro, pues a los jueces y auxiliares también les resulta difícil atender lo que no se entiende.

 

Es una tendencia a nivel mundial que los legisladores, la administración pública y los tribunales de justicia se expresen en lenguaje claro y accesible a los ciudadanos. En ese sentido, la reciente publicación del Decreto Legislativo 1342 que promueve la transparencia y el derecho de acceso de la ciudadanía al contenido de las decisiones jurisdiccionales, ha lanzado un verdadero reto a la judicatura nacional.

Es muy posible que los lectores lo desconozcan, pero en nuestro Poder Judicial existe un Manual judicial de lenguaje claro y accesible a los ciudadanos(1). La entrada en vigencia de dicha norma hace necesaria la capacitación de todos los jueces y auxiliares jurisdiccionales en dichas técnicas.

En el 2015 tuvimos la suerte de haber sido uno de los jueces capacitados en las técnicas del lenguaje claro, y la experiencia de cambiar el estilo de redacción de las sentencias implicó muchas horas de esfuerzo y dedicación, pues cambiar el hábito de redactar las resoluciones judiciales de la manera tradicional para adaptarlas al lenguaje claro y ciudadano, no es una tarea sencilla.

Esperamos que se dote al Poder Judicial de los recursos necesarios para capacitar a todos los jueces y auxiliares, con capacitadores que realmente manejen las técnicas del lenguaje claro. Y es que los profesores de argumentación jurídica usualmente brindan conocimientos eminentemente teóricos, pero no tengo información de capacitadores enseñen a los jueces y auxiliares jurisdiccionales técnicas para redactar resoluciones con un expediente en la mano.

Por razones de espacio no vamos a comentar toda la norma. Nos detendremos en el artículo 4, relativo al lenguaje y acceso a la justicia. El artículo 4.1 prescribe que “Las instituciones del sistema de justicia tienen el deber de atender y emitir sus decisiones en el idioma en el que se expresa originariamente la persona usuaria del servicio. En las localidades en las que la población mayoritaria hable una lengua originaria, los puestos para cubrir las plazas de juzgados, fiscalías y la Policía Nacional del Perú, así como del personal administrativo que labora en las instituciones de la administración de justicia deben, preferentemente, ser ocupadas por personas que conocen y pueden comunicarse en el idioma de la población de la localidad”.

Esta norma pretende hacer efectivo el derecho constitucional al uso del propio idioma, reconocido en el artículo 2 inciso 19) de la Constitución que establece que “Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete…”. Dicha norma ha sido desarrollada por el artículo 4.1 inciso f) de la Ley N° 29735 Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú que reconoce que “Son derechos de toda persona: (…)   Ser atendida en su lengua materna en los organismos o instancias estatales”.

 

Por otro lado, el artículo 4.2 prescribe que “Los operadores del sistema de justicia evitarán usar términos en latín o cualquier otro arcaísmo que dificulte la comprensión de las expresiones y términos legales que contiene sus actos o resoluciones”.

Obviamente muchos no están de acuerdo con la eliminación de los latinazgos que son de mucha utilidad para los abogados(2). Sin embargo no perdamos de vista que el servicio de justicia es un servicio público y como tal se debe a los justiciables.

Las resoluciones son el medio de comunicación por el que el Poder Judicial se comunica con las partes, que son ciudadanos que no necesariamente conocen el lenguaje jurídico. Es por ello que resulta necesario que las resoluciones sean redactadas en palabras sencillas y entendibles fácilmente por cualquier persona, más aún en estos tiempos en que pueden ser consultadas en la página web del Poder Judicial, en cualquier lugar del mundo.

Si a muchos abogados les es difícil comprender las ejecutorias supremas, imagínense el caso de los demás ciudadanos con las demás resoluciones. No es admisible que al leerlas o escucharlas, el justiciable se sienta como si se encontrara dentro de la Torre de Babel, o como si su interlocutor fuera Jabba el Hutt.

Indiscutiblemente, el latín tiene su lugar bien ganado en la academia y en el foro. No nos ha sido sencillo sustituir el “inmueble sub litis” por “(en adelante, el inmueble)” en nuestras resoluciones judiciales, pero qué duda cabe, es necesario hacerlo porque vivimos tiempos de cambio en la administración de justicia.

No estaría de más que los abogados también hicieran sus mejores esfuerzos para redactar sus demandas y escritos en lenguaje claro. A los jueces y auxiliares nos es difícil atender lo que no se entiende. Los ciudadanos, a quienes nos debemos todos los operadores del sistema de justicia lo agradecerán.

 

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(*) Jaime David Abanto Torres es abogado por la Universidad de Lima y cuenta con estudios en la Maestría en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Además es juez titular del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.

(1) En: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7b17ec0047a0dbf6ba8abfd87f5ca43e/MANUAL+JUDICIAL+DE+LENGUAJE+CLARO+Y+ACCESIBLE.pdf?MOD=AJPERES.

(2) DE TRAZEGNIES GRANDA, Fernando. Las ventajas del latín para los hombres de derecho. En http://legis.pe/las-ventajas-del-latin para-los-hombres-de-derecho/. RAMOS NÚÑEZ, Carlos. La redacción judicial y forense. Futuro del latín en dictámenes, acusaciones y sentencias. En  http://legis.pe/la-redaccion-judicial-forense-futuro-del-latin-dictamenes-acusaciones-sentencias/. NIEVA FENOLL, Jordi.¿Es oscurantista el lenguaje jurídico? En http://www.elperiodico.com/es/noticias/opinion/oscuro-lenguaje-juridico-5074130.

 

 

En http://laley.pe/not/3736/hablemos-claro

Una jueza dispuesta a ir contra la corriente

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Roxana Jiménez aplica una redacción sencilla en sus sentencias. Algunos la critican, otros ya la imitan

Por Iván  Herrera Orsi

Roxana Jiménez Vargas Machuca es una jueza diferente a la mayoría: a ella le importa que se la entienda. En el mar de resoluciones que expide a diario el Poder Judicial, las suyas tienen la rara cualidad de que son claras ante los ojos inexpertos de quienes no nos dedicamos al derecho.

Es cierto que en sus fallos también aparecen algunos términos ajenos al común de las personas, y que son muy apreciados por los abogados, como “obrante a fojas”, una forma de indicar el número de página de cierto documento. Pero en los textos de Jiménez son excepciones, no la regla.

Ella ha renunciado al viejo formato en que suelen redactarse las sentencias. No escribe “Vistos” y “Considerando” para encabezar las secciones en las que presenta la cuestión por resolver y los argumentos en los que basa su decisión. En vez de eso pone “Exposición del caso” y “Análisis”. Y se trata de subtí­tulos, no de las primeras palabras de párrafos interminables.

Jiménez emplea cuantos subtí­tulos sean necesarios para organizar la información. Lo hemos confirmado, por ejemplo, en una sentencia del 2004. La primera sección (Exposició del caso) aparecía dividida en: Asunto, Petitorio, Hechos y Contestación de la demanda. Así­ nos enteramos sin dificultad de que estábamos ante una acción de amparo contra el Instituto Nacional de Desarrollo, que el demandante solicitaba una pensión de cesantía de nivelació progresiva, y cuáles eran los argumentos de ambas partes. Todo esto estaba redactado con párrafos y oraciones breves.

Jiménez, titular del Juzgado Civil 43 de Lima, cuenta que su preocupación por producir sentencias que se entiendan se originó cuando era una estudiante de la Universidad Católica y practicaba en un estudio de abogados. La asignaron al Área procesal del estudio y no lograba descifrar lo que escribí­an los jueces. “Ya te acostumbrarás”, le consolaba su jefe. Pero nunca se acostumbró.

Al postular para jueza en la Academia de la Magistratura redactó como examen final su propio modelo de sentencia y tuvo que fundamentar por qué lo había hecho así­ para obtener la calificación de sobresaliente. Este modelo lo viene usando hace seis años y, aunque no faltan los magistrados que critican su estilo, especialmente los antiguos, existen varios que han empezado a imitarlo. “Las sentencias son para los ciudadanos, no para los abogados”, dice Jiménez. Y agrega que, en su opinión, una redacción enrevesada puede ocultar el desconocimiento del caso o la intención de favorecer injustamente a alguien.

DEL CONSULTOR
Transparencia judicial (*)

¿Puede una persona asumir que su caso ha sido resuelto correctamente si no entiende lo que dice su sentencia? La respuesta es obvia. La transparencia judicial y el acceso a la justicia no solo implican que las sentencias se publiquen en una página web, sino además que puedan ser entendidas. Para ello, el lenguaje debe ser accesible a fin de permitir que las personas comprendan cuáles son las razones que justifican una decisión judicial o un dictamen fiscal. Ello, además, facilita el derecho a criticar las resoluciones judiciales, pues no es posible hacerlo si no se entiende lo que dicen. Tal situación es mucho más grave si se trata de personas que hablan quechua o aimara: el lenguaje se convierte en una trágica barrera a la justicia.

Para revertir esta situación, se requiere un cambio en la “cultura judicial”, en la propia formación universitaria y, además, incrementar el número de jueces bilingues. Si la potestad de administrar justicia “emana del pueblo”, según la Constitución, lo mínimo que podemos exigir es que aquel la pueda comprender.

(*) Samuel B. Abad Yupanqui. Abogado constitucionalista

En http://elcomercio.pe/ediciononline/HTML/2008-08-02/una-jueza-dispuesta-ir-contra-corriente.html

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