¿Afiliarse o no afiliarse?, he ahí el dilema
César Abanto Revilla
INDEPENDIENTES VS. REGÍMENES PENSIONARIOS:
¿Afiliarse o no afiliarse?, he ahí el dilema
El 19 de julio de 2012, hace más de dos años, fue publicada la Ley N° 29903, que introdujo una serie de reformas en nuestro sistema pensionario, algunas discutibles, como la licitación de los nuevos afiliados a las AFP o la variación de la forma de pago de la comisión, pero otras definitivamente positivas, como la afiliación obligatoria de los independientes, la (re) creación del Sistema de Pensiones Sociales de las Mype, el Consejo de Participación Ciudadana en Seguridad Social (Copac) y el Fondo Educativo del Sistema Privado de Pensiones (Fesip), pendientes de regular hasta la fecha.
La afiliación obligatoria de los independientes a un régimen pensionario, sea el público (ONP) o el privado (AFP), alcanza a quienes nacieron a partir del 01 de agosto de 1973 y perciben ingresos mensuales totales (de cuarta y/o cuarta-quinta categoría) iguales o mayores a una Remuneración Mínima Vital (RMV = S/.750). Para quienes nacieron antes de dicha fecha o perciben ingresos mensuales totales menores, la afiliación es voluntaria.
Esta medida, que constituye una decisión de política previsional adecuada, pues ninguna acción que en materia de seguridad social se haya dejado a la voluntad del asegurado ha tenido resultados positivos -el promedio de independientes afiliados antes de esta norma apenas era del 11%-, se viene implementando desde el 01 de agosto de 2014, pues fue suspendida el año pasado, en atención a los reclamos sociales, por mandato de la Ley N° 30082.
En teoría, este año de prórroga sería utilizado para explicar a los independientes no sólo la necesidad sino, en especial, los beneficios de ser parte de un régimen pensionario, sin embargo, recién los últimos dos meses hemos podido apreciar -en los medios de prensa- un tibio esfuerzo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para difundir un complejo procedimiento operativo (llenado de recibos de honorario, afiliación y pago virtual, etc.) que en países como Chile, de donde lo importamos, tomó tres años en ser explicado (2008-2011) y otros tantos para una aplicación gradual definitiva.
Esta afiliación obligatoria debería generar dos consecuencias positivas:
1. Incrementar el número de personas protegidas por la seguridad social (cobertura), ya que el Perú es el segundo país en la región con menor porcentaje: apenas 2 de cada 10 trabajadores tienen protección en pensiones.
2. Aumentar la recaudación, pues dentro de este grupo existen profesionales, técnicos y personas naturales con negocios (empleadores) con ingresos considerables, cuyos aportes permitirán la reactivación financiera de ambos sistemas.
Algunos políticos y tecnócratas cuestionan la medida desde una óptica liberal, alegando que los independientes deben mantener su facultad de decidir si quieren (o no) ser parte de un régimen pensionario, sin embargo, olvidan que la seguridad social constituye una obligación del Estado, por tanto, al igual que se obliga a los dependientes a afiliarse y a pagar mensualmente sus aportes previsionales, sea a la ONP o a una AFP, los autónomos o cuenta propia también deben ser parte del sistema, no sólo para asegurarse una pensión de jubilación en la vejez, sino también en la actualidad, pues ambos regímenes prevén prestaciones de invalidez (para casos de incapacidad física o mental) y de sobrevivencia (ante el fallecimiento del asegurado), para proteger a sus derechohabientes.
Si no se mantiene la obligatoriedad de la afiliación de los independientes, en un par de décadas tendremos a millones de ancianos reclamando al gobierno de turno el no haber tomado ninguna medida para evitar que carezcan de una protección previsional básica.
En realidad, este debate no es novedoso, pues fue analizado hace 15 años por la extinta Superintendencia de AFP (Ampliación de la cobertura previsional en el SPP: El caso de los trabajadores independientes, 1999) y por la Comisión Técnica creada por la Ley N° 28991 (Ley de Libre Desafiliación), que emitió un Informe Final con diversas propuestas para la mejora de ambos sistemas (público y privado) en el 2007.
Dejamos constancia en todo caso, que si bien la medida (en cuanto al fondo) es correcta, en su ejecución (forma) puede ser ajustada, incorporando alguna de estas alternativas:
a) Un programa de cotizaciones diferenciadas, mediante tasas de aportes escalonadas que se incrementen o reduzcan en función a la edad y/o a los ingresos.
b) Beneficios colaterales para captar el interés de los independientes, habilitándoles el acceso a prestaciones de salud con el mismo porcentaje de aporte. Otra opción sería deducir las cotizaciones pagadas del Impuesto a la Renta Anual.
c) Facilidades operativas orientadas a simplificar la afiliación y el pago de los aportes, reduciendo trámites y costos de operación (pagos por celular, habilitar la afiliación a través de bancos, etc.).
Asimismo, hay que recordar que -según indica el INEI en la Nota de Prensa N° 120 del 04/08/2014- de los 2’700,000 independientes menores de 41 años que existen a la fecha, sólo el 13.3% (unos 351,000) dispone de R.U.C., por tanto, si se pretende una aplicación efectiva de la norma, es fundamental que se inicie una lucha frontal y concreta contra la informalidad laboral, caso contrario, será una acción simbólica sin resultados reales.
Finalmente, tengamos presente que si bien la licitación, la comisión y la centralización operativa fueron revisadas el año pasado por el Tribunal Constitucional (Exp.N° 00013-2012-PI/TC), siendo validada la reforma al declararse infundada la demanda formulada contra la Ley N° 29903, este 20/08/2014 será la vista de la causa de la segunda demanda (Exp.N° 00015-2012-PI/TC); con la nueva conformación de miembros, el criterio sobre estos temas -y el de los independientes- no será necesariamente el mismo.
Crisis del Sistema Nacional de Pensiones
UN PROBLEMA CON SOLUCIÓN FINANCIERA, JURÍDICA Y POLÍTICA
Crisis del Sistema Nacional de Pensiones
Cesar Abanto
Con las recientes declaraciones del Presidente de la Asociación de AFPs y del Ministro de Economía y Finanzas, a partir de un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en el sentido que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la ONP, sólo podrá cubrir al 40% de sus jubilados, y que apenas el 20% de trabajadores tendrá -en el futuro- una pensión, el tema previsional ha vuelto a ser noticia.
Con las recientes declaraciones del Presidente de la Asociación de AFPs y del Ministro de Economía y Finanzas, a partir de un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en el sentido que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la ONP, sólo podrá cubrir al 40% de sus jubilados, y que apenas el 20% de trabajadores tendrá -en el futuro- una pensión, el tema previsional ha vuelto a ser noticia.
No son datos novedosos, ni sorpresivos. En efecto, como se recordará, a inicios de los noventa se implementó una reforma económica integral -para frenar la hiperinflación- que tuvo entre una de sus principales medidas la de flexibilizar las normas laborales, lo cual originó despidos masivos y el incremento de la informalidad. Desde hace muchos años el Perú es uno de los países de la región con menor cobertura subjetiva.
Este hecho, sumado a la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) de las AFP, al cual se trasladó la mayor parte de asegurados del SNP, y al aumento de la morosidad en el pago de las cotizaciones, es decir, que cada vez más empleadores -incluido el Estado- dejaban de entregar al Estado los aportes que mensualmente cumplían con descontarles a sus trabajadores.
Ciertamente no fue en ese momento que empezó la crisis del SNP, sino en los ochenta, cuando los gobiernos utilizaron los fondos pensionarios para construir carreteras, grupos habitacionales y financiar proyectos que poco o nada tenían que ver con lo previsional, razón por la cual el Art.12 de la Constitución de 1993 tuvo que establecer expresamente que dichos fondos eran intangibles.
Pese a ello, consideramos que el SNP debe subsistir, como un sistema paralelo al SPP, al constituir una alternativa previsional válida para los trabajadores que perciben ingresos bajos, para quienes el modelo de capitalización de las AFP -ahorro en cuenta individual, cuyos fondos determinarán el monto de su pensión- no resulta una solución adecuada.
El Estado es el último garante de la seguridad social, por tanto, le corresponde asumir el destino (y reajuste) del sistema pensionario, que pasa por una reestructuración en la cual debería tenerse en cuente el modelo multipilar elaborado por el Banco Mundial en 1994, agregando un pilar solidario (régimen no contributivo) en base al programa Pensión 65.
Las medidas políticas que en el plano financiero se tomen para recomponer el SNP, en tanto se reestructura el sistema pensionario de manera íntegra, deberían dirigirse a una simplificación del proceso administrativo de calificación, que siguiendo los precedentes jurisprudenciales fijados por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema no sólo reduzcan los plazos, sino que reduzcan la carga judicial. Ello debe ir de la mano con una implementación efectiva de sanciones penales para los empleadores que se apropian de los aportes pensionarios.
Cualquier propuesta de reforma del modelo previsional debe incorporar una solución al problema de la informalidad, pero ello requiere la participación conjunta de los sectores de Trabajo, Economía, Producción e Inclusión Social.
La seguridad social no sólo se refiere al pago de las pensiones, ni tampoco es un tema que recién nos deba preocupar en la vejez, pues comprende a todas las prestaciones que se nos otorgan para cubrir necesidades que se producen a lo largo de nuestras vidas, de ahí la importancia que cada persona comprenda -desde la infancia- que este descuento que se le impone constituye la base para el financiamiento de dichos beneficios y la garantía de un fondo que le permitirá contar con un ingreso -aunque sea mínimo- al llegar la vejez.
El Estado debe entender que la cultura previsional es parte de la política nacional de educación, por tanto, tendría que ser incluida en el plan o currícula regular del nivel básico y superior, pues los niños y adolescentes deben interiorizar la necesidad de aportar a la seguridad social -pública o privada-, pues ello permitirá que cada año más personas formen parte del sistema regular, reduciendo el número de beneficiarios de los programas sociales, que deberían favorecer únicamente a los grupos de edad avanzada en situación de pobreza extrema.
Será la historia la que juzgue estas omisiones, pero seremos nosotros, nuestros hijos y nuestros nietos, quienes las tengamos que padecer.
(*) Profesor de Seguridad Social, Maestría de Derecho del Trabajo PUCP y USMP, y miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo
En http://laley.pe/not/1340/crisis-del-sistema-nacional-de-pensiones/
32% de aportantes a la ONP se queda sin pensión por no justificar 20 años de aportes
Francisco Girao (93) es uno de los 800 jubilados que han demandado al Estado ante la CIDH porque la ONP no cumple con pagar los devengados.
ONP a examen. Desde el 2010, la ONP ha denegado la pensión de jubilación a 21.560 personas que no pudieron probar al menos 20 años de aportes. Los que sí la obtuvieron cobran una media de 540 soles. Desde el 2002, la de sobrevivencia está congelada en S/. 415. Para incrementar las pensiones, la ONP necesita subir el número de aportantes. A este fin contribuye la ley que obliga a la afiliación de los independientes.
Beatriz Jiménez
Desde el 2010, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha denegado la pensión a 21.560 personas que no pudieron justificar 20 años de aportes. Esta cifra representa alrededor de un 32% de las personas que solicitan pensión.
Desde 1999, la ONP cuenta con un sistema informatizado. Pero justificar los aportes anteriores a esa fecha corre de la cuenta del solicitante, lo que obliga a los adultos mayores a entrar en un laberinto burocrático en el que muchos se pierden y malgastan años de espera, como demuestra el hecho de que desde el 2011 existen 5.505 solicitudes de pensión pendientes de respuesta.
En el Perú, si no se contribuyó o aportó al sistema público de pensiones durante al menos 20 años, el afiliado no puede acceder a ningún tipo de pensión.
De las más de 20 mil personas a las que la ONP ha denegado su pensión en los últimos 4 años, existen casos en los que, efectivamente, no llegaron a trabajar en planilla 20 años. Pero en otros, sí lo hicieron pero no cuentan con las boletas o los contratos de trabajo y las empresas para las que trabajaron ya cerraron. O peor aún, les fueron descontados los aportes, pero la empresa nunca pagó a la ONP y el delito ya ha prescrito.
Como resultado, miles y miles de peruanos que aportaron a la ONP se ven obligados a seguir trabajando a pesar de superar los 65 años o abocarse a ser una carga económica para sus hijos.
Aportó 14 años
Por eso, Romeo Cubas Contreras (76), catedrático de la Pontificia Universidad Católica (PUCP), propone que la pensión sea proporcional al número de años aportados. Este profesor aportó 14 años a la ONP, pero trabajó más de 25 años contratado por empresas del Estado. Sin embargo, no le corresponde a la fecha ninguna pensión y continúa laborando como profesor de inglés y aportando a la ONP para poder tener una pensión cuando supere los 80 años.
Retomando casos como el de Romeo Cubas, el congresista Jaime Delgado presentó el 26 de mayo un proyecto de ley (3531/2013-CR) que recoge el derecho a una pensión proporcional a favor de adultos mayores de 65 años que no cumplan con acreditar 20 años de aportación. Si esto no fuera posible, el proyecto propone la devolución de los aportes.
Pero, ante la sempiterna insolvencia que presenta la ONP, proyectos como este son todavía una utopía.
ONP desfinanciada
Actualmente, la ONP está en capacidad de pagar un 52% de las pensiones de sus jubilados. El 48% restante corre a cargo del Tesoro Público. A pesar de ello, la ONP ha mejorado visiblemente en los últimos años. En 2007, tan solo podía financiar un 25% de las pensiones, según explica Jorge Gibbons, director de Producción de la ONP.
“Cuanto mayor cantidad de aportantes haya, mayor financiamiento. Y cuanto más financiamiento, más posibilidades de mejorar las pensiones”, reconoce el funcionario.
De los 3 millones 500 mil “afiliados” a la ONP, solo un 50% aporta regularmente.
Según Gibbons, la actual legislación que obliga a los independientes a aportar a la ONP o a una AFP es una buena medida para aumentar la cobertura de pensiones, que es la penúltima de Latinoamérica. “Pero cuando se dan normas para aumentar la cobertura, todo el mundo dice no”, declara tras informar que desde 2013, 39 mil independientes han decidido aportar a la ONP.
Pensiones muy mínimas
A diferencia de las AFP, en la ONP existe una pensión mínima. Desde el 2002, la pensión mínima para la sobrevivencia de la ONP está congelada en 415 soles y la pensión máxima en 857.
Este hecho hace que aquellos cuyo sueldo no sea superior a 1.000 soles opten por la ONP, ya que les asegura una jubilación con un mínimo de dignidad. Pero también condena al sistema público a una agonía histórica.
Con la creación en 1993 de las AFP, la mayoría de trabajadores jóvenes y con posibilidades de ganar un buen sueldo optaron y optan por el sistema privado. “Lo que en otras palabras significa que las AFP se llevan la carnecita del mercado y dejan el hueso al sistema nacional y al Estado”, traduce el congresista Jaime Delgado.
Perú, a la luz de las últimas declaraciones del ministro de Economía Luis Castilla, está lejos de querer fortalecer el sistema público de pensiones, algo que actualmente sí está haciendo Chile.
“Quisiera declarar mi apuesta personal por el Sistema Privado de Pensiones, que ha sido tan vapuleado últimamente sin ningún tipo de sustento”, consideró Castilla el pasado 15 de agosto. “Personalmente no conozco otro sistema sostenible que pueda permitir ahorros para la vejez”.
Historia de injusticias
El Sistema Nacional de Pensiones (SNP) fue creado en 1973 por el Decreto Ley 19990 y unificó diferentes regímenes existentes.
Sin embargo, durante años, a pesar de ser fondos intangibles, fueron usados por sucesivos gobiernos para obras de infraestructura y nunca fueron repuestos, según denuncia la Asociación Nacional de Pensionistas del Perú (ANP).
Estos hechos han convertido a la ONP en una de las instituciones más denunciadas del país, llegando a picos de 80 mil procesos judiciales según cifras del 2011.
Una de sus principales litigantes es precisamente la Asociación Nacional de Pensionistas, que lleva luchando más de 25 años para que se reconozca la deuda de los pensionistas amparados por la Ley 23908, promulgada en 1984 y que fijaba la pensión en tres remuneraciones mínimas vitales.
Esta ley ampara a miles de pensionistas que se jubilaron antes de 1996 y que han cobrado pensiones de hambre. Sin embargo, a pesar de contar con una sentencia del Tribunal Constitucional que les dio la razón (sentencia 703-2002-TC), hasta la fecha no encuentran justicia.
Alan García, en su discurso del 28 de julio de 2008, anunció el pago de esta deuda histórica. Para ello, promulgó un decreto supremo que resultó ser una estafa más, según relatan los jubilados de la Asociación. En virtud de este decreto (n° 150-2008-EF), se ordena el pago de los devengados. Sin embargo, los sueldos mínimos fueron fijados sorprendentemente en 12 soles, con lo que los jubilados recibieron tan solo 36 soles mensuales en concepto de devengados.
Ante los sucesivos desplantes del Estado peruano, 800 jubilados de la ANP, entre los que se encuentra Francisco Girao Calmet (93), han llevado a la ONP hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Francisco, trabajador jubilado de la Compañía Nacional de Tranvías, logró ganar un juicio al Estado en el 2006 y recibió 33 mil soles en concepto de los intereses de la deuda de la ONP. Sin embargo, sigue luchando, como él dice, mientras la vida esté en su cuerpo para que se reconozca a los jubilados del Perú los tres sueldos mínimos establecidos por la histórica ley de 1984.
A pesar de sus 93 años y unas piernas que le fallan, va a todas las reuniones y las marchas convocadas por la Asociación Nacional de Pensionistas.
En estos días, debido al fallecimiento de su esposa, se ha trasladado a la vivienda de la pequeña de sus hijos –tiene 8– y es vecino de Ollanta Humala en Surco.
“Pido a Humala que cumpla con su palabra, y aunque sea por compasión, él sí haga justicia con los viejitos del Perú”.
La ONP es la 3ª institución con más quejas en la Defensoría
En el 2013 la Defensoría del Pueblo acumuló 4.623 quejas contra la ONP, convirtiendo de nuevo a esta institución en la tercera con mayor número de quejas del país, por debajo de los municipios y las Direcciones Regionales de Educación.
El principal motivo de estas quejas fue el retraso para resolver las solicitudes de pensión, así como la dilación en las solicitudes de desafiliación al Sistema Privado de Pensiones, los recursos impugnativos y la obtención del bono de reconocimiento.
Según informó la Defensoría del Pueblo, el principal motivo por el que la ONP tarda tanto en resolver las solicitudes de pensión es por el proceso de verificación de los aportes. Si el ciudadano no aporta información laboral suficiente, la ONP tiene la obligación de ir a las empresas. Esta verificación dura actualmente una media de 2 meses por empresa. Es decir, si un solicitante de pensión ha laborado en 10 empresas y la ONP tiene que verificar estos aportes, tardará unos 20 meses en dar respuesta a la solicitud.
Al respecto, la ONP señaló que ha modificado sus procedimientos para acortar los plazos, pero también para mejorar la seguridad. Señaló que cuentan con peritos y con una Unidad de Inspección y Fiscalización para detectar fraudes. También convenios con la PNP, gracias a los cuales se han desarticulado mafias que se
dedicaban a falsificar documentos.
La República, 17 de agosto de 2014