El consumo de drogas en la Sentencia N° C-221/94 de la Corte Constitucional colombiana
El consumo de drogas en la Sentencia N° C-221/94 de la Corte Constitucional colombiana A propósito del pensamiento de Carlos Santiago Nino*
Sobre la base de una decisión de la Corte Constitucional colombiana, el autor reflexiona sobre la manera cómo nuestro país y otros de la región han decidido combatir el tráfico de drogas. Partiendo de una posición liberal sobre el asunto, afirma que el consumo de las sustancias clasificadas como drogas, que no guardan muchas diferencias con el tabaco o el alcohol, forma parte de la autonomía y el libre desarrollo de las personas.
En Gaceta Constitucional Tomo 106, Junio 2016 pp. 187-205
“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe” (Constitución argentina de 1853, artículo 19)