Congreso

TC vs. Perú

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Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso del Tribunal Constitucional Vs. Perú

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XV
PUNTOS RESOLUTIVOS
130. Por tanto,
LA CORTE,
por unanimidad,

1. declara que el Estado violó, en perjuicio de Manuel Aguirre Roca, Guillermo Rey Terry y Delia Revoredo Marsano, el derecho a las garantías judiciales consagrado en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. declara que el Estado violó, en perjuicio de Manuel Aguirre Roca, Guillermo Rey Terry y Delia Revoredo Marsano, el derecho a la protección judicial consagrado en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

3. declara que el Estado incumplió la obligación general del artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en conexión con las violaciones de los derechos sustantivos señalados en los puntos resolutivos anteriores de la presente Sentencia.

4. decide que el Estado debe ordenar una investigación para determinar las personas responsables de las violaciones de los derechos humanos a que se ha hecho referencia en esta Sentencia, así como divulgar públicamente los resultados de dicha investigación y sancionar a los responsables.

5. decide que el Estado debe pagar los montos correspondientes a los salarios caídos y demás prestaciones que en conformidad con su legislación correspondan a los señores Manuel Aguirre Roca, Guillermo Rey Terry y Delia Revoredo Marsano, de acuerdo con lo establecido en los párrafos 121 y 128 de la presente Sentencia.

6. decide, por equidad, que el Estado debe pagar a las víctimas en el presente caso, por concepto de costas y gastos, en la forma y condiciones que se expresan en los párrafos 126 y 128 de esta Sentencia, las siguientes cantidades: al señor Manuel Aguirre Roca US$25.000,00 (veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda peruana al momento de efectuar el pago; al
señor Guillermo Rey Terry US$25.000,00 (veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda peruana al momento de efectuar el pago; y a la señora Delia Revoredo Marsano US$35.000,00 (treinta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda peruana al momento de efectuar el pago.

7. decide que supervisará el cumplimiento de esta Sentencia y sólo después dará por concluido el caso.

Precedente Toledo Manrique

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Reglas para las Comisiones Investigadoras del Congreso de la República

STC 04968-2014-PHC/TC

Sentencia

Subsanación

Auto de ejecución Caso Alan García Pérez

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Resolución de la Primera Sala Civil

20140807-doc02082014-140722.pdf

FUE UN EMPATE

5 claves para entender la última decisión en el caso Alan García

En http://laley.pe/not/1636/5-claves-para-entender-la-ultima-decision-en-el-caso-alan-garcia/

Recurso de apelación interpuesto por el Congresista Tejada

http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_int/doc15052014-200503.pdf

Resolución del 5º Juzgado Constitucional de Lima

 

20140411-d_accion_amparo_alan_garcia_310314.pdf

 

 

 

A favor

 

 

 

Artimañas y leguleyadas judiciales ( I )

 

Iván Sequeiros Vargas (*)

 

Después que un Juzgado Constitucional de Lima resolviera a favor de los derechos fundamentales de un ex presidente investigado por una Comisión del Congreso, han surgido esencialmente dos opiniones que es preciso evaluar y aclarar.

 

Están quienes política e interesadamente opinan y dicen que hay intocables que tienen injerencia en el PJ y que manipulan las decisiones judiciales según convenga, por tanto la decisión del juzgado constitucional no está bien, por otro lado están las opiniones de quienes entienden el problema jurídico en debate y refieren que la decisión es sólida, correcta y tiene que cumplirse, entonces nos encontramos nuevamente en la necesidad de despolitizar la justicia o desjudicializar la política.

 

Políticamente a nadie le gusta que ningún ex funcionario de la administración pública deje de ser investigado cuando hay razones para ello, parte de la solidez de cualquier gobierno republicano (para no hablar de la complejidad de la democracia) es, además de la alternabilidad y la electividad, la “responsabilidad” que se hace efectiva cuando concluido un mandato se establece, de ser el caso, las responsabilidades de los gobernantes, de manera seria, idónea y dentro del marco constitucional, pues tampoco se trata de vendetta o revanchismo político.

 

Igualmente a nadie le gusta que los derechos fundamentales de ninguna persona sean vulnerados, entonces el equilibrio necesario que se tiene que dar entre la necesidad de establecer responsabilidades de cualquier tipo y el respeto por los derechos constitucionalmente reconocidos está en manos de los jueces, quienes sin criterios o consideraciones políticas, evalúan el caso sobre fundamentos  jurídicos (constitución y leyes) y deciden si el proceso de investigación ha cumplido estándares mínimos de respeto del debido proceso, caso contrario dicho proceso esta viciado y por tanto jurídicamente es nulo.

 

Exigir el cumplimiento pleno de los derechos fundamentales, no es “artimaña” ni mucho menos “leguleyada”, bajo ese criterio se menosprecia la trascendencia de los derechos fundamentales y se allana el camino para los abusos y el asentamiento de gobiernos excesivos (dictatoriales o totalitarios), por el contrario, todos estamos en la ineludible obligación de valorar decisiones que privilegian la vigencia de los derechos esenciales de cualquier persona, sin discriminar, en el entendido que esas decisiones hacen sólido al estado y la nación.

 

(*) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

 

En http://www.expreso.com.pe/blog/la-columna-del-juez-134

 

Artimañas y leguleyadas judiciales (II)
Iván Sequeiros Vargas (*)

 

Continuando con el tema cabe señalar que lo que ocurre en ocasiones es que los derechos de los demás no son importantes hasta que se trata de nuestros derechos, que es cuando adquieren importancia y recién defendemos las decisiones judiciales que a su vez han defendido nuestros derechos.

 

Sin embargo es preciso tomar conciencia que la medición de los derechos fundamentales tiene que ser similar en todo contexto, situación o circunstancia y precisamente eso hacen los jueces, por esa razón es que igual cumplimiento exigen cuando se trata de X, W o Z, al margen de la naturaleza de la investigación que se trate y de la entidad que investigue.

 

Los derechos fundamentales no tienen que estar al vaivén del turno político ni al cristal con que se mire, deben estar siempre privilegiados en la opinión de todos, quienes pretenden vivir en una democracia constitucional y en un estado de derecho, por esa razón cuando los jueces de manera idónea y en los casos que corresponde privilegian la vigencia de los derechos fundamentales frente a flagrantes violaciones, excesos o abusos, tienen que ser bien vistos, porque están otorgando, aun contra la opinión pública adversa, la vigencia de aquello que durante muchos siglos de lucha se ha logrado, desde las primeras Cartas, hasta la declaración de Virginia y el reconocimiento de los derechos del hombre después de la Revolución Francesa.

 

Para eso tenemos una Constitución, tenemos un Tribunal Constitucional, tenemos órganos jurisdiccionales en materia constitucional, tenemos la Defensoria del Pueblo. Órganos internacionales protectores de derechos fundamentales y diversas organizaciones privadas que a través del tiempo y en todo lugar vigilan constantemente que siempre estén vigentes los derechos esenciales de las personas y cuando hay vulneraciones como en Venezuela denuncian y luchan para que se restablezca “ipso facto”.

 

(*) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

 

En http://www.expreso.com.pe/blog/la-columna-del-juez-135

 

 

 

En contra

 

 

 

Como deconstruir el fallo contra la Megacomisión*

 

Autor(a): Lilia Ramírez Varela

 

Perú

 

10-04-2014

 

A ti…que el lenguaje jurídico te suena a chino básico y que, a veces, con mucha razón, aborreces a los abogados y abogadas por enredar cosas sencillas con elucubraciones jurídicas.

 

A ti…que andas más perdido que cuy en tómbola con esta decisión judicial que sientes tremendamente injusta, pero que sientes que te ponen fuera de juego cuando te dicen que es igual al caso de Javier Diez Canseco y no sabes explicar por qué lo ocurrido a él fue una vileza, mientras que lo de García es una conchudez.

 

A ti… voy a tratar de explicarte por qué no debes dejar que mareen tú indignación con formalismos jurídicos desde dizque tribunas independientes.

 

La controvertida resolución

 

En su resolución el juez ordenó anular la citación del 4 de octubre, el interrogatorio del 30 de octubre y algunas partes de los Informes de la Megacomisión que tomen el interrogatorio a Alan GarcíaPara dictar esto ha alegado dos razones:

 

1) La Megacomisión al no incluir la palabra “investigado” cometió un error, pues eso originó que Alan García no supiera si se presentaba a declarar como testigo o investigado[2]; y

 

2) La Megacomisión cometió otro error al no especificar los delitos que habría cometido Alan García[3].

 

Estos dos motivos dados por el juzgado para anular la citación son errados.

 

Sobre la inclusión de la palabra investigado y que por eso Alan García no sabía en qué calidad jurídica estaba, la resolución linda con el chiste jurídico.

 

El juez apela a un formalismo sin precedentes y se aleja de la realidad. Todos y todas sabíamos que García venía siendo investigado por la Megacomisión por posibles actos de corrupción.

 

Él se defendió como investigado, argumentó inocencia, pidió documentos para revisarlos y acudió a las citaciones con sus abogados, es decir, materialmente se defendió como investigado, tal como lo hace constar el propio juez[4].

 

Si una analiza toda la citación del 04 de octubre (ver documento), llegamos a la conclusión que Alan García era investigado, pese a que la citación dice “vinculado” a posibles actos de corrupción. El no poner una palabra no es suficiente para anular todo un interrogatorio y con ello parte de los Informes. Creemos que el juez debió analizar lo que realmente sucedió en la práctica en relación a Alan García, tal como lo hacen las mayorías de las Cortes cuando se produce un error formal, especialmente si se trata de una palabra.

 

Sobre la especificación de los delitos. Otro error del juez. Una comisión investigadora del Parlamento no es un fiscal. Es cierto que toda institución pública (incluida el Congreso) debe garantizar en sus procedimientos el cumplimiento del debido proceso; pero también es verdad que éstos deben ajustarse a la naturaleza de cada institución.

 

Es decir: la fiscalía, el juzgado y sala penal deben cumplir a cabalidad todos los requisitos del debido proceso, porque de por medio está la libertad de una persona. En el caso de la Megacomisión es distinto, no se le puede pedir que enumere los delitos porque su única labor es recoger indicios, dar recomendaciones y ponerlos a disposición del Pleno del Congreso, pero en ningún momento sanciona (artículo 88 del Reglamento del Congreso).

 

La instancia que acusa, y que sí debe cumplir con esta característica es la Sub comisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso. Si los Informes de la Megacomisión se hubieran debatido en el Pleno del Congreso y se aprobaban iban a pasar a esta instancia que sí tenía que especificar los delitos e infracciones constitucionales, y luego de nuevo subir al Pleno para ver si sancionaban a García, le levantaban su inmunidad y derivaban su proceso a la Fiscalía.

 

Es decir una comisión investigadora como la Megacomisión es el primer peldaño de un largo proceso de investigación. Este juez, de forma inaudita, lo ha querido cerrar desde el inicio.

 

El caso de Javier Diez Canseco fue distinto

 

Una y otra vez, se compara esta resolución con la sentencia a favor de Javier Diez Canseco. La respuesta es no, de palmo a palmo.

 

Primero: el Pleno del Congreso, en una de las sesiones más terribles de su historia, sancionó a JDC; no era un informe de una Comisión investigadora como en el caso de García.

 

Segundo, a JDC se le sancionó, de forma arbitraria, por la presentación de un sólo proyecto de ley, cuando ni en el reglamento del Congreso, ni en el código de ética parlamentario figura que se debe sancionar a un congresista por presentar un proyecto de ley. No había nueve Informes de más de doscientas páginas que lo ligaban a actos de corrupción como en el caso de García.

 

Tercero, se quiso hacer creer que JDC presentó un proyecto de ley que beneficiaba a su familia. De acuerdo al análisis de fondo (no formal) del juez, ese proyecto de ley no mostraba beneficio a ningún familiar de JDC y algunos congresistas en pleno debate quisieron agregar hechos que no estaban sustentados. En el caso de García el juez hace un mero análisis formal y por la omisión de una palabra prácticamente busca que se cierre toda una investigación contra él.

 

Cuarto, en el caso de JDC el juez ordenó al Parlamento que se anule la sanción y que se elabore otro Informe teniendo en cuenta esto. En el caso de García, insistimos, no hay sanción que anular, la investigación recién está en su primera etapa y eso es lo extraño, se la ha querido cerrar desde un inicio.

 

Esto quiere decir que no es que se anuló la falta a JDC porque lo citaron mal, o por puros formalismos. A JDC se lo sancionó cuando no se le debía sancionar. La “falta” era inexistente. Ningún grupo de congresistaspueden crear una sanción sólo para alejar al opositor que se dedica a denunciar actos de corrupción, como lo hizo casi toda su vida JDC.

 

Por todo ello, la resolución a favor de Alan García está sesgada y parece más bien destinada a parar las investigaciones por corrupción en su contra dentro del Legislativo.

 

Como si fuera poco, para mostrar el sesgo del juez en su resolución he encontrado que se refiere al demandante como “nuestro patrocinado”[5]. Este hecho nos parece, incluso, un lapsus auto-incriminatorio.

 

La Constitución dice que los jueces deben ser los garantes de nuestros derechos fundamentales; a veces sucede esto, pero muchas otras la realidad muestra lo contrario. Con frecuencia los jueces se convierten en el perfecto aliado de la injusticia e impunidad. Por todo esto, que no te mareen tienes toda razón en indignarte y reclamar al Poder Judicial. Vamos #tomalacalle, hay que buscar que la justicia se haga presente en la segunda instancia.

 

 

 


 

* Publicado para el Blog: Reportaje al Perú de Paola Ugaz (http://www.reportajealperu.com/2014/04/como-deconstruir-la-sentencia-contra-la-megacomision.html)

 

[1] Que en la práctica vendrían a ser sólo tres partes del interrogatorio al: Caso Indultos y conmutaciones de penaCaso Programa Agua para todos y Casos Complementarios. El caso del Informe de desbalance Patrimonial elaborado por la Megacomisión no se sabe porque es secreto.

 

[2] Punto Octavo, pág. 11 de la Resolución.

 

[3] Puntos Noveno al Decimo cuarto, pág. 12 y ss. de la Resolución.

 

[4] Punto Décimo Cuarto, pág. 15 de la Resolución.

 

[5] Punto Quinto, pág. 10 de la Resolución.

 

 

 

En http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=1330

 

(más…)

Asunto Beaumont Callirgos

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TC planteará al Congreso ampliar a nueve años periodo de magistrados

El TC hará uso de su facultad constitucional para presentar una iniciativa legislativa que permita alargar el periodo de mandato de cinco años y garantizar un régimen jurídico estable, indicó el presiente de este colegiado, Óscar Urviola.

El Tribunal Constitucional (TC) planteará ampliar a nueve años el periodo de los magistrados que ocupan ese organismo, una vez que el Congreso cumpla con designar a los magistrados que tienen el cargo vencido, adelantó este domingo el presidente de este colegiado constitucional, Óscar Urviola Hani.

Indicó que el TC hará uso de su facultad constitucional para presentar una iniciativa legislativa que permita alargar el periodo de mandato de cinco años y garantizar un régimen jurídico estable a los agentes políticos, sociales y económicos del país.

Nueve años, explicó Urviola, es un periodo estándar a nivel regional, similar al que tiene los magistrados constitucionales en países como Ecuador, Chile, Colombia y Bolivia.

“En la práctica es casi el mismo periodo que cumplen ahora los magistrados del TC sumando su mandato vigente de cinco años más el tiempo de provisionalidad que deben esperar mientras el Congreso designa a sus reemplazantes”, dijo en declaraciones a la Agencia Andina.

Argumentó que este plazo es el aconsejable para evitar que el TC se exponga a situaciones de señalamiento a sus magistrados que continúan en funciones al vencimiento de su mandato.

Actualmente los magistrado del TC con elegidos por un periodo de cinco años.

Ese plazo, según Urviola, es muy corto y no recomendable porque el periodo de los magistrados del TC no debe coincidir con los periodos del Legislativo y Ejecutivo para mantener una mayor independencia frente a los poderes a los que están obligados a controlar.

Otros cambios que propuso en la elección de los magistrados del TC, es el retorno a la bicameralidad en el Congreso para que sea el Senado quien designe a los integrantes de este organismo constitucional.

“El Senado es una cámara más reflexiva y de menos miembros que pueden dedicarse con mayor tiempo a este tema a diferencia de un Congreso unicameral que tiene muchas competencias”, precisó.

Urviola Hani aclaró que esta iniciativa se presentará una vez que el Congreso designe a los magistrados del TC a fin de no generar dificultades en elección de los nuevos magistrados ya ese organismo espera la designación de seis integrantes.

Tanto este Congreso como el Legislativo en el periodo 2006-2011, no logran un acuerdo para la selección de candidatos a magistrados del TC, defensor del pueblo y directores del Banco Central de Reserva (BCR), hecho que motiva constantes cuestionamientos de la opinión pública.

ANDINA

En http://www.rpp.com.pe/2013-05-05-tc-planteara-al-congreso-ampliar-a-nueve-anos-periodo-de-magistrados-noticia_591823.html

 

Óscar Urviola se retracta: “No me expresé bien sobre renuncia de magistrados”

Presidente del TC negó que haya querido presionar al Congreso cuando dijo que si antes del fin de la legislatura no se designan a nuevos magistrados, los actuales dimitirán.

Se fue de boca. Urviola tuvo que salir a desdecirse públicamente. (Mario Zapata)

Luego de que el Tribunal Constitucional (TC) acordara declarar la vacancia del magistrado Ricardo Beaumont, el presidente de este colegiado, Óscar Urviola, dijo que otro acuerdo al que habían llegado con sus pares era renunciar si el Congreso no cumple con elegir a sus reemplazantes antes que culmine la presente legislatura, el 15 de junio.

“El pleno del TC acordó, por iniciativa de los magistrados con cargo vencido, que si el Congreso, al vencimiento de esta legislatura no cumple con designar a los nuevos magistrados, tomarán la misma decisión de renunciar”, dijo.

Sin embargo, horas después tuvo que salir a retractarse y alegó que había sido malinterpretado. “No me he expresado bien”, dijo en RPP Noticias, tras señalar que en realidad no fue un acuerdo del pleno del TC, sino solo una intención que mostraron los magistrados para poner sus cargos a disposición si es que no había humo blanco en el Legislativo.

Urviola también hizo hincapié en que no ha tenido la intención de que esa especie de ultimátum que lanzó configure una suerte de presión al Congreso para que elija a los nuevos magistrados del TC.

En http://peru21.pe/politica/oscar-urviola-se-retracta-no-me-expreso-bien-2129346

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García Belaunde: si magistrados del TC quieren renunciar, que lo hagan ahora

 

El acciopopulista sostuvo que el Congreso cumplirá con nombrar a los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional antes de quincena de julio

 

El ultimátum de los magistrados del Tribunal Constitucional para que el Congreso nombre a sus sucesores no fue bien tomado en el hemiciclo. El acciopopulista Víctor Andrés García Belaunde sostuvo que existe una doble moral en los miembros del citado colegiado.

 

El presidente del TC, Óscar Urviola, anunció en la tarde que los magistrados cuyo período haya vencido darán un paso al costado cuando concluya la legislatura del Parlamento, es decir, a mediados de junio.

 

“Tomo esta medida como una aceptación de que la renuncia sí es posible. ¿Por qué si ellos van a renunciar en junio, no aceptan la salida de Ricardo Beaumont? Hay una incoherencia en lo que dicen y hacen. Está bien que renuncien, pero no deben esperar hasta el 15 de junio. Si quieren lo pueden hacer ahora”, manifestó el parlamentario en diálogo con elcomercio.pe.

 

García Belaunde, uno de los integrantes de la comisión especial que elegirá a los candidatos para el TC, aseguró que “el Congreso va a cumplir” y que no se dilatará más el caso. “No vamos a dejar que el Tribunal Constitucional se quede solamente con un magistrado”, añadió.

 

RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS
El acciopopulista reconoció que el Legislativo tiene responsabilidad por la crisis en el TC, pero también indicó que los magistrados del colegiado debieron renunciar antes. “Acá hay una doble llamada de atención. El Congreso por haberse demorado, pero también ellos porque habiendo podido renunciar, no lo han hecho. Si ellos hubieran renunciando en su momento, el Congreso hubiese actuado más rápido”, expresó.

 

Para concluir, García Belaunde dijo que si hasta el 15 de junio no existe consenso para elegir a los nuevos magistrados del TC, se debe convocar a una legislatura extraordinaria. “No se levantará la sesión hasta que no hayamos llegado a un acuerdo para elegir, hasta que no haya humo blanco”, acotó.

 

¿URVIOLA SE DESDICE?
Por su parte, el titular del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, señaló que los magistrados no renunciarán sino que pondrán su cargo a disposición. “Ellos están dispuestos a poner su cargo a disposición si al 15 de junio no hay elección. Sin embargo, hay que hacer la precisión de que eso no implica el abandono de las funciones”, complementó.

 

En http://elcomercio.pe/actualidad/1571874/noticia-garcia-belaunde-esta-bien-que-magistrados-tc-renuncien-que-lo-hagan-ahora?ft=grid

 

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Miembros del TC renunciarán en bloque si el Congreso no elige a sus sucesores

 

El presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, anunció que los magistrados, cuyo período ya ha vencido, darán un paso al costado en quincena de junio

 

Los magistrados del Tribunal Constitucional, cuyo período haya vencido, renunciarán en bloque en la quincena de junio, cuando concluya la legislatura en el Congreso , afirmó el titular del colegiado, Óscar Urviola.

 

En diálogo con Radio Programas, Urviola indicó que acatarán esta medida así el Legislativo no haya elegido a sus sucesores.

 

“El pleno del TC ha acordado por iniciativa de los magistrados con período vencido que si el Congreso al vencimiento de la legislatura, que es el 15 de junio, no ha elegido a los nuevos magistrados, ellos renunciarán”, manifestó.

 

“Espero que el Congreso lo haga y no sea necesario aplicar esta renuncia”, agregó.

 

El único integrante del TC que permanecería en el cargo, si el Congreso no elige a los nuevos integrantes, sería Urviola, cuyo mandato vence en el 2015.

 

De otro lado, Urviola confirmó que se procedió con la vacancia del magistrado Ricardo Beaumont, porque no se reincorporó a sus funciones. De esta manera, el tribunal no aceptó su renuncia.

 

URVIOLA SE DESDICE
En horas de la tarde, Urviola se desdijo y señaló que los magistrados no renunciarán sino que pondrán su cargo a disposición. “Ellos están dispuestos a poner su cargo a disposición si al 15 de junio no hay elección. Sin embargo, hay que hacer la precisión de que eso no implica el abandono de las funciones”, complementó.

 

En http://elcomercio.pe/actualidad/1571829/noticia-miembros-tc-renunciaran-bloque-si-congreso-no-elige-sus-sucesores?ft=grid

 

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Nota de Prensa Nº 068-2013-OII/TC

 

 

 

  PLENO DEL TC DECLARÓ LA VACANCIA DEL MAGISTRADO RICARDO BEAUMONT POR INCURRIR EN INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES INHERENTES A SU CARGO

 

El Pleno del Tribunal Constitucional declaró la vacancia del magistrado Ricardo Beaumont Callirgos por incurrir en culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo, según lo precisado en la Resolución Administrativa Nº 066-2013-P/TC, suscrita el día de hoy por su Presidente, doctor OscarUrviola Hani.

 

El acuerdo dispone además poner en conocimiento de esta decisión al Congreso de la República en mérito a lo dispuesto en el  artículo 17º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

 

La citada resolución señala que el Pleno del Tribunal constató que el señor Ricardo Beaumont Callirgos, no se ha reincorporado a sus funciones el 02 de mayo de 2013, y tiene en cuenta que dicho Magistrado no ejerce tales funciones desde el 24 de abril, es decir, desde hace más de (6) días hábiles, en perjuicio del servicio público de administración de justicia, por el retraso que ello significa en la tramitación de los procesos constitucionales.

 

A juicio del Pleno del Tribunal Constitucional, la conducta del magistrado Ricardo Beaumont Callirgos, constituye culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes  inherentes a su cargo, contenidos en los artículo 1º y 10º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y el artículo 19º, incisos 2), 3) y 6), del Reglamento Normativo y que por estas consideraciones ha incurrido en la causal de vacancia, contenida en el artículo 16º, inciso 4, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

 

La resolución suscrita por el Presidente del Tribunal Constitucional, doctor Oscar Urviola Hani, precisa que el artículo 19º, inciso 2, del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional señala como deber de los magistrados, cumplir y hacer cumplir su Ley Orgánica; asimismo el inciso 3) de dicho artículo prescribe que es deber del magistrado resolver los asuntos de su competencia con sujeción a la garantía del debido proceso y dentro de los plazos legales y su inciso 6) manda a los magistrados observar el horario de trabajo y en especial el que corresponde a las audiencias.

 

Lima, 03 de mayo de 2013

 

Ver Resolución Administrativa Nº 066-2013-P/TC

 

En http://www.tc.gob.pe/notas_prensa//notas/2013/nota_2013_068.html

 

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 Magistrado Calle a Beaumont: Todos estamos obligados a cumplir la ley

 

Magistrado Fernando Calle dijo que el renunciante Ricardo Beaumont debe quedarse en su cargo hasta que el Congreso designe a los nuevos miembros del TC.

 

Fernando Calle, magistrado del Tribunal Constitucional (TC), indicó que cuando uno postula para magistrado del TC sabe que si vence el mandato de cinco años para el cual fue elegido, debe esperar a que el Congreso nombre a su reemplazante.

 

En diálogo a RPP Noticias, señaló que el renunciante Ricardo Beaumont debe quedarse en su cargo hasta que el Congreso designe a los nuevos miembros del referido organismo.

 

Sobre el rechazo a la dimisión presentada por el magistrado Beaumont Callirgos, dijo que el TC ha actuado “por mandato imperativo de la Constitución”.

 

“La Nación tiene que comprender que, si queremos el desarrollo del Estado de derecho, necesitamos que parta por la premisa de que todos estamos obligados a cumplir la ley, fundamentalmente los funcionarios públicos y mayor aún las más altas dignidades”,expresó el jurista.

 

El Tribunal Constitucional dio plazo a Beaumont hasta el jueves 2 de mayo para reincorporarse en las funciones, de lo contrario se aplicarían las sanciones que prevé la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuando uno de sus integrantes incumple sus funciones.

 

En http://www.rpp.com.pe/2013-04-30-magistrado-calle-a-beaumont-todos-estamos-obligados-a-cumplir-la-ley-noticia_590423.html

 

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García Belaunde: ‘Es absurdo y antojadizo que el TC rechace la renuncia de Beaumont’

 

Legislador afirmó que solo el cargo de congresista es irrenunciable. Afirmó que compromiso del Congreso es elegir a nuevos magistrados antes de julio. ¿Cumplirán?

 

El legislador Víctor A. García Belaunde calificó de “demagógicos” los argumentos del titular del TC, Óscar Urviola, sobre la renuncia del magistrado Ricardo Beaumont.

 

El legislador Víctor Andrés García Belaunde criticó hoy duramente a los miembros del Tribunal Constitucional por haber rechazado la renuncia del magistrado Ricardo Beaumont, pues consideró que “nadie puede obligarte a quedarte donde no quieres o no puedes quedarte”.

 

“Es un nuevo otoronguismo constitucional, porque es absurdo que cinco precarios voten a favor de otro para que no se vaya, es una falta de ética, ellos no deberían pronunciarse porque también están fuera”, señaló en declaraciones a elcomercio.pe.

 

Para el titular del TC, Óscar Urviola, de acuerdo a la ley orgánica del colegiado los magistrados están obligados a permanecer en sus cargos hasta que el Congreso elija a sus reemplazos. Pero, según García Belaunde, “la ley se aplica para casos de falta quórum, pero este no es el caso y uno más o uno menos no importa, pues con un miembro menos el TC sí puede funcionar”.

 

“Es una interpretación antojadiza e interesada”, subrayó el legislador.

 

García Belaunde mencionó que “nadie puede obligarte a quedarte donde no quieres o no puedes quedarte” y que hasta el cargo de presidente de la República es renunciable. “Solo el cargo de congresista no lo es”, agregó.

 

Además, calificó de “demagógico” al titular del TC cuando argumenta que el interés colectivo de los ciudadanos debe primar sobre el interés individual de Beaumont.

 

García Belaunde también recordó que la ex magistrada Delia Revoredo renunció al cargo y esta fue aceptada. Sin embargo, para Urviola este precedente no es vinculante.

 

“ALGUNOS HICIERON LOBBY”

 

García Belaunde admitió que esta situación es responsabilidad del Congreso por no haber elegido a tiempo a los nuevos miembros del colegiado. No obstante, consideró que los magistrados del TC “están colgándose del error del Congreso como si fuera el culpable de todo”.

 

En ese sentido, argumentó que tiene conocimiento de que existieron gestiones y lobbys de parte de algunos magistrados del TC “para quedarse más tiempo en el cargo. “Ellos se están beneficiando ante la desidia del Congreso cuando han debido presionar con sus renuncias para que se elija a sus reemplazos”, afirmó.

 

EL COMPROMISO DE LA COMISIÓN

 

García Belaunde, que integra la comisión del Congreso encargada de elegir a los nuevos miembros del TC, y que se instaló hoy, también informó que el compromiso de la misma es designar a las nuevas autoridades antes que termine la presente legislatura, es decir, julio próximo.

 

Reiteró que la modalidad de elección será por invitación y que el acuerdo es “no dar nombres” hasta que el grupo culmine su labor.

 

En http://elcomercio.pe/actualidad/1570666/noticia-garcia-belaunde-absurdo-antojadizo-que-tc-rechace-renuncia-beaumont?ft=grid

 

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Quiroga: No es lógico que el TC obligue permanencia de Beaumont

 

El constitucionalista Aníbal Quirogaconsideró que no es “lógico” que el Tribunal Constitucional (TC) no acepte la renuncia del magistrado Ricardo Beaumont, quien sustenta su dimisión en que ya tiene ampliamente vencido su periodo de funciones.

 

Indicó que si bien la Ley Orgánica dice que los magistrados están facultados a continuar hasta que sean reemplazados, no hay ley que los obligue a trabajar contra su voluntad. 

 

“No hay ley alguna que obligue a una persona trabajar contra su voluntad. El único cargo que es irrenunciable por mandato de la Constitución es el de congresista. Hasta el presidente de la República puede renunciar a su cargo”, expresó en entrevista con RPP Noticias.

 

Quiroga estimó que el tribunal se rehúsa a aceptar la renuncia de Beaumont por alguna “pugna interna”, pero que -dijo- le hace poco favor al órgano de control.

 

“El tribunal debe ser más flexible y aceptar la renuncia de Beaumont”, sugirió. 

 

Recordó que este no es un caso inédito puesto que antes fue la magistrada Delia Revoredo, quien dimitió de integrar el TC por tener su mandato vencido y esa renuncia sí fue aceptada.

 

“El hecho de que un magistrado esté en facultad de continuar en el encargo, no lo obliga si no desea hacerlo y presenta su renuncia. La renuncia de Delia Revoredo fue aceptada por el tribunal, que funciono con seis magistrados”, manifestó.

 

Sobre el plazo impuesto por el TC para que Beaumont se reincorpore a sus funciones y la advertencia a recibir sanciones, Quiroga admitió en que al magistrado se le iniciaría un proceso de destitución pero que quedaría a cargo del Congreso.

 

“Vamos a terminar mordiéndonos la cola y terminar en el mismo punto de partida. El tema tiene que zanjarse si el magistrado no desea asistir y tiene que ser efectiva la renuncia”, aseveró.

 

Añadió que esta situación suscitada por la demora del Parlamento Nacional en el nombramiento de los nuevos miembros del TC debería servir para que se acelere la elección de los magistrados reemplazantes.

 

En http://www.rpp.com.pe/2013-04-30-quiroga-no-es-logico-que-el-tc-obligue-permanencia-de-beaumont-noticia_590356.html

 

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PRESIDENTE DEL TC OSCAR URVIOLA RECHAZÓ CON EL RESPALDO DEL PLENO LA RENUNCIA DEL MAGISTRADO RICARDO BEAUMONT

 

El presidente del Tribunal Constitucional, doctor Oscar Urviola Hani en uso de sus atribuciones que le reconoce la ley y con el respaldo del Pleno decidió rechazar la carta de renuncia presentada por el magistrado Ricardo Beaumont Callirgos, la misma que fue reconducida por el Congreso de la República a la Presidencia de este órgano de justicia constitucional.

 

El titular del TC señaló que el Colegiado se reunió en su sesión ordinaria de hoy y participaron los magistrados Juan Vergara Gotelli (Vicepresidente), Carlos Mesía Ramírez, Fernando Calle Hayen, Gerardo Eto Cruz y Ernesto Álvarez Miranda.

 

El doctor Urviola Hani informó que además se aprobó otorgarle al magistrado Ricardo Beaumont como plazo máximo hasta el jueves 2 de mayo del presente año, para que se incorpore a sus labores y funciones que el cargo le impone.

 

El presidente del Tribunal Constitucional señaló que de no incorporarse a sus labores, se le aplicará las sanciones establecidas en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el reglamento normativo.

 

Lima, 30 de abril de 2013

 

Ver Resolución Administrativa Nº 064-2013-P/TC

 

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¿Hay un plan para desmontar el TC?

 

Mirko Lauer

 

Como ha recordado en este diario hace unos días el magistrado César Landa Arroyo, la renuncia de Ricardo Beaumont no es la primera de un miembro del Tribunal Constitucional vencido el tiempo para el que fue elegido. La alusión de Landa es a la renuncia al TC de la Dra. Delia Revoredo, ocurrida en el 2005, por motivos personales. En consecuencia, la renuncia de Beaumont no puede alterar ni modificar los votos emitidos por dicho magistrado hasta el día de su renuncia. Hacerlo representaría una muy grave modificación del mandato constitucional del que están investidos los miembros del TC. Desorden que se transmitiría además al Congreso. Por ello es de esperar que los señores magistrados que con toda validez vienen conociendo y resolviendo las causas pendientes lo hagan y sigan haciéndolo con celo seguro, y con la mayor celeridad. Sería grave error afectar lo ya votado y lo por votar con la equivocada idea de que eso resolverá el impase causado por la incuria del Congreso. No debe por ningún motivo el TC actuar de otra forma que respetando sus propios actos. De otro modo crearía un serio problema de seguridad jurídica, de la cual el TC también es custodio. La actitud de Beaumont puede o no gustar, pero ella es, como nos recuerda el prestigioso ex miembro del propio TC Landa, legítima. Es de esperar, pues, que por la ya mencionada seguridad jurídica constitucional (un tema de preocupación en estos días), los magistrados que permanecen en el TC no alteren en lo más mínimo las actas y los votos emitidos por el magistrado renunciante. Esto además colaborará a resolver la situación creada por la demora parlamentaria y por la renuncia de Beaumont. Lo cual nos lleva a la actitud agresiva asumida por los magistrados subsistentes contra el renunciante. Sus declaraciones dan la impresión de que están felices de protagonizar la anticonstitucional situación. Incluso uno de ellos pronto cumplirá al hilo dos periodos legales de cinco años cada uno, sin que la renuncia lo haya rondado, que sepamos. Que se sepa, la renuncia de Revoredo hace ocho años y la de Beaumont son los únicos dos casos en que magistrados han intentado, a expensas de su propio cargo, presionar al Congreso para que actúe correctamente en este tema. En el entusiasmo de su gran victoria política, el presidente del Congreso Víctor Isla prometió resolver. Hasta hoy. Hubo un tiempo en que las quejas en torno del órgano constitucional tenían que ver con sus fallos, con gente a favor y gente en contra. Ahora el principal tema contencioso es la manera en que el propio TC es manipulado desde fuera, pues a eso equivale no renovar a su personal, y desde dentro, pues a eso equivale irse quedando de poquitos.

 

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Urviola: “Hay incapacidad del Congreso para elegir a magistrados”

 

 

 

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Óscar Urviola, calificó a los congresistas como “incapaces” al no poder poner en agenda el reemplazo de los cinco magistrados que continúan trabajando a pesar de que sus periodos ya vencieron.

 

“El Tribunal Constitucional, seis meses antes, había avisado al Congreso que estaba vencido el mandato de cada uno. ¿Ahora quieren recuperar el tiempo perdido? (…) Por supuesto, incapacidad para priorizar agendas”, expresó en el programa “Agenda Política”.

 

En ese sentido, Urviola le exigió al presidente del Parlamento, el nacionalista Víctor Isla, que de una vez se nombren a los nuevos magistrados. “Le exijo al Congreso que nombre a los magistrados”, manifestó.

 

En relación con la renuncia del magistrado Ricardo Beaumont, el titular del TC dio a entender que sí aceptaría su salida, aunque aclaró que mañana se reunirá con el resto de integrantes para definir ese tema.

 

Urviola adelantó que tras la renuncia de Beaumont no va a permitir que ningún otro magistrado se retire del Tribunal Constitucional a pesar de que sus periodos estén vencidos hace varios años, algo que ha sido duramente cuestionado por la clase política.

 

“La renuncia está permitida en la medida en que esa renuncia no interfiera en el funcionamiento del tribunal. Si se va Beaumont, probablemente no pasa nada porque tengo quórum. No voy a aceptar las siguientes porque me quedo sin quórum”, precisó.

 

El titular del TC agregó que “voy a actuar de manera tal que los magistrados con periodo vencido, en tanto no sean sustituidos por el Congreso, van a tener que resolver más de cuatro mil expedientes (…)”.

 

“LANDA ESTÁ RESENTIDO”

 

Urviola le respondió al exmagistrado César Landa, quien afirmó que los “fallos del TC dados con periodos vencidos podrían ser nulos”, y le dijo que él también emitió resoluciones con su periodo vencido y que la forma en que salió del tribunal le ha generado un “resentimiento”.

 

“Pero por favor, César Landa ha estado siete meses con el periodo vencido. Yo lo he reemplazado y él salió obviamente no muy contento y de ahí viene su resentimiento, porque no puede ser por otra cosa que él diga que con periodo vencido no pueden resolver. ¿Y cuántas ha resuelto él?”, se preguntó.

 

Finalmente, Urviola indicó que “él es un gran estudioso y un gran académico, pero una cosa le debo decir a César Landa: está bien de teoría, pero hay que llevar a la práctica muchas cosas”.

 

DIARIO 16

 

 

 

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Tribunal Constitucional no aceptaría renuncia de Ricardo Beaumont

 

Magistrados evaluarían vacancia por inconducta funcional. Víctor García Belaunde advirtió que sí concretan dicha medida, miembros del TC serían denunciados.

 

Cuando este martes se reúna, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) no aceptaría la renuncia de Ricardo Beaumont, sino, por el contrario, dispondría la vacancia de su cargo por inconducta funcional, según lo reveló una fuente de dicho organismo a Perú21.

 

Esta posibilidad está siendo analizada por los seis magistrados del TC, luego de la sorpresiva dimisión que Beaumont presentó, a través de un escrito, el último martes, al presidente del Congreso, Víctor Isla.

 

“Él (Beaumont) ha hecho abandono de cargo. La Ley Orgánica señala que los miembros del Tribunal deben permanecer en sus puestos hasta que el Congreso nombre a sus reemplazos. Además, la renuncia debe ser presentada al presidente del TC, Óscar Urviola, y no al titular del Parlamento”, sostuvo la fuente.

 

Trascendió que previamente se le daría el uso de la palabra al magistrado renunciante. “Él se ha comprometido a acudir mañana al Pleno y esperamos que explique las razones de su sorpresiva decisión”, señaló el vocero.

 

ADVIERTEN DENUNCIA

 

Consultado al respecto, el presidente de la comisión encargada de seleccionar a los nuevos miembros del TC, Víctor Andrés García Belaunde, confirmó dicha información. Sin embargo, advirtió que si los magistrados declaran la vacancia del puesto de Beaumont, estos podrían ser denunciados en el Congreso.

 

 “Con qué autoridad le van a negar la renuncia si ellos son parte de la irregularidad. Todo el mundo tiene derecho a dimitir a excepción de los congresistas, aseguró. Respecto a la Ley Orgánica del TC, que impide la dimisión de los magistrados hasta que no se nombre a su sucesor, García Belaunde dijo que la Constitución señala todo lo contrario.

 

 En el programa Agenda política, Urviola acusó al Parlamento de ser el culpable de esta situación por la que está pasando dicha instancia, pues reveló que con una anticipación de seis al vencimiento de cada mandato se le notificó para que hagan la elección. “Todo esto se lo debemos a la omisión del Congreso, que es el culpable”, acotó.

 

DATOS

 

 – Los magistrados Óscar Urviola, Ernesto Álvarez y Fernando Calle han criticado a su par Ricardo Beaumont por renunciar a su cargo.

 

 – A excepción de Óscar Urviola, los cinco miembros restantes ya han cumplido los más de cinco años en su cargo.

 

 – A inicios de la legislatura, el titular del Congreso, Víctor Isla, dijo que iba a nombrar a los nuevos integrantes, pero no ha cumplido con su compromiso.

 

PERU21

 

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Ante la renuncia del magistrado Ricardo Beaumont Callirgos al Tribunal Constitucional

 

04/24/2013

 

 

  • Perú

 

 

El magistrado Beaumont Callirgos renunció el día de ayer al Tribunal Constitucional (TC) y señaló como razón que había excedido en demasía el período para el que fue nombrado, pues su designación caducó hace aproximadamente 9 meses.

Esta renuncia llama fuertemente la atención sobre la legitimidad de los magistrados del TC y la precariedad de esta institución, pues no solamente él, sino casi todos sus miembros, han culminado con sus encargos (sólo uno se encuentra dentro de su período).

a.    El encargo de Juan Vergara Gotelli culminó en diciembre de 2009.

b.    El encargo de Carlos Mesía Ramírez culminó en julio de 2011.

c.    El encargo de Fernando Calle Hayen culminó en setiembre de 2012.

d.    El encargo Gerardo Eto Cruz culminó en setiembre de 2012.

e.    El encargo de Ernesto Álvarez Mirada culminó en setiembre de 2012.

Por otro lado, a pesar del correcto desempeño del actual Defensor del Pueblo interino, Eduardo Vega, la Defensoría del Pueblo se encuentra en igual situación de debilidad. Se debe recordar que la titular Beatriz Merino dejó el puesto en marzo de 2011, y, hasta el momento, el Congreso no designa a su reemplazo.

La tarea entonces de nombrar magistrados del Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo y miembros del Directorio del Banco Central de Reserva, le corresponde al Congreso. Sin embargo, esta institución ha demostrado, en los últimos concursos, su incapacidad para llevar a buen puerto esta elección, en medio de denuncias sobre cuoteo político y arreglos, que antes que fortalecer la institucionalidad democrática del país, la debilitan.

La actual comisión del Congreso conformada para elegir a estos importantes cargos, adolece de los mismos problemas que las comisiones anteriores, por lo que es poco probable que cumpla su labor a cabalidad y elija personalidades con trayectoria democrática, conocimiento de la realidad social y política peruana y una sólida formación en Derecho Constitucional.

Por lo mencionado, el Instituto de Defensa Legal (IDL) plantea lo siguiente:

  1. El Congreso debe tomar en serio la grave responsabilidad que le compete, y que ha producido este grave incidente, que de no resolverse, pone en riesgo la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos del país.
  2. El Congreso tiene que elegir a los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional, evitando el cuoteo político y los intereses partidarios inmediatos. Además, debe prestarle mucha atención a la trayectoria democrática, ética y profesional de los postulantes.
  3. Para darle predictibilidad a este proceso, la Comisión encargada debe difundir el perfil y los criterios que se tomarán en cuenta para evitar maltratos o sorpresas en la elección.
  4. Se debe invitar formalmente a las facultades de Derecho (públicas y privadas), colegios de abogados, centros de investigación, partidos políticos y a la sociedad en general, a que presenten públicamente la candidatura de los constitucionalistas más destacados del medio, con trayectoria democrática y conocimiento profundo de la realidad social y política peruana, para que ocupen los puestos de miembros del TC y para que el Congreso no tenga exclusividad en la propuesta.
  5. Asimismo, el IDL invoca que esta elección sea prioridad de la Mesa Directiva y se produzca antes de culminar la presente legislatura. Todo ello para evitar que hechos similares a la renuncia del magistrado Ricardo Beoumont se sigan produciendo, o que se sigan resolviendo causas con altos niveles de complejidad y de connotación mayor de manera polémica, sin tener la legitimidad debida.

 

 

Instituto de Defensa Legal (IDL)
Av. Del Parque Norte 829 – Urb. Corpac – San Isidro /
Teléfonos: 6175700 (219)/ RPC 997527771 / RPM # 994474/
prensa@idl.org.pe / www.idl.org.pe

En http://www.idl.org.pe/noticias/ante-la-renuncia-del-magistrado-ricardo-beaumont-callirgos-al-tribunal-constitucional


Lima, 23 de abril de 2013
Señor doctor:
Víctor Isla Rojas
Presidente del Congreso de la República
Plaza Bolívar
Av. Abancay s/n
Ciudad.-
C.C. Dr. Óscar Urviola Hani
Presidente del Tribunal Constitucional

Áncash 390 – Cercado, Lima

De mi especial consideración:

Le dirijo la presente para formular renuncia irrevocable al cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional, que en virtud de la Resolución Legislativa Nº 006-2006-CR vengo ocupando desde el 10 de julio de 2007.

La sustento del modo que sigue:

1. Renuncio porque considero que el país exige de sus hombres públicos conductas irreprochables que contribuyan al fortalecimiento de la moral pública y de las instituciones democráticas, y porque desde la fecha de mi designación hasta el día de hoy, han transcurrido cinco años y nueve meses en el ejercicio del cargo, habiéndose excedido, con largueza, el plazo para el que fui designado (cinco años). Estimo haber aguardado un tiempo razonable para que el Congreso de la República cumpla su obligación de elegir a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, sin que hasta la fecha, lamentablemente, lo haya realizado.

2. En esta línea, entonces, renuncio basado en mi profunda convicción de que no es correcto mantenerme en el cargo y dejar que transcurra más tiempo. La excusa de que “no es nuestra culpa que el Congreso demore y no elija a los sucesores” me parece un inaceptable pretexto utilizado para la muy ventajosa prórroga en la ocupación del cargo; en cambio, apartarse con debida oportunidad, muestra y da señales de una conducta que la ciudadanía toda realmente espera de una autoridad pública.

Renuncio porque juzgo que cuando una persona tiene convicciones y valores debe tener también el coraje de ponerlos en práctica, y porque estimo que la conducta de los hombres públicos tiene especial gravitación en la sociedad peruana que, hoy como nunca, espera con razón que sus autoridades ajusten sus actitudes y conductas a la ética y al derecho.

3. Renuncio porque considero que existe una estrecha relación entre la provisionalidad en la que ha devenido la situación de la mayoría de los magistrados del Tribunal Constitucional (uno de ellos con casi cuatro años de exceso en la ocupación del cargo, es decir, en diciembre llegará a nueve años) y el claro debilitamiento de la institución. Agrava esta situación, como es de público conocimiento, que existen asuntos de trascendencia económica y política que deberán resolverse en fechas relativamente cercanas y hacerlo con
magistrados de mandato vencido tenderá un manto de deslegitimidad sobre las resoluciones finales, las que por su naturaleza y materia deberían ser absolutamente intachables.

4. Además de las motivaciones expuestas, desde el punto de vista legal amparo mi renuncia en la Constitución Política del Perú, porque no existe norma constitucional que obligue a funcionario alguno a permanecer en el cargo más allá del plazo para el que fue designado y porque, en esta línea, la Constitución cuando ha querido establecer el carácter irrenunciable de un cargo lo ha señalado expresamente, tal como sucede con el artículo 95º, cuando refiriéndose a los congresistas establece que “el mandato legislativo es irrenunciable”.

5. También amparo legalmente mi renuncia en una de las reglas básicas de nuestro ordenamiento constitucional, cual es, el principio de libertad personal, según la cual “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe” (artículo 2º, inc. 24, literal a.); y, además, en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 16º, inc. 2, establece que el cargo de magistrado vaca, por renuncia.

6. Una consideración adicional: debo señalar que estoy dejando la oficina bajo mi responsabilidad sin ningún expediente en mi bandeja de entrada, tal como aparece en el Sistema Integrado de Gestión de Expedientes – SIGE; según certificación del secretario general del Tribunal Constitucional que adjunto.

7. Finalmente, quisiera dejar testimonio de que en mi gestión como magistrado del Tribunal Constitucional, he ejercido mis funciones con total autonomía e independencia, sin otro consejero que mi propia conciencia, sin otro apoyo que mi propia experiencia, sin influencia del poder que respetó mis fueros.

8. En suma, señor presidente del Congreso de la República, renuncio porque soy una persona profundamente respetuosa del Derecho, porque he ejercido durante más de 40 años la abogacía creyendo firmemente en los principios jurídicos y democráticos, pero sobre todo porque estoy convencido de que hay valores más importantes que la cómoda posición de un cargo público.

Atentamente,

Ricardo Beaumont Callirgos
Magistrado Tribunal Constitucional

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