Entrevistas :::: Facultades de San Martín
“Tenemos los ejemplos de las redes de tragamonedas, el de las cuotas de pesca o la importación de carros usados”, cita San Martín como ejemplo.
César San Martín, presidente de la Corte Suprema (CS), habla sobre las facultades extraordinarias solicitadas al Congreso para que la Sala Plena y la OCMA actúen en los casos de corrupción que comprometan a jueces y salas judiciales enteras.
Ya el antecesor de San Martín en la presidencia del Poder Judicial, Javier Villa Stein, resintió que se aluda a la existencia de “redes de corrupción” entronizadas en el Poder Judicial. En mayo, San Martín convocó a los 31 presidentes de las cortes superiores del país para intercambiar ideas sobre los alcances de las reformas. Pocos admitieron la existencia de “redes”. No solo era una reacción natural de jueces ante una propuesta que significa mayor control, sino en ciertos casos, de abierto cinismo. “No he encontrado en 30 años de servicio un caso de redes de corrupción”, según Mariano Cusimayta, el presidente nada menos que de la Corte Superior de Madre de Dios, el feudo del oro informal.
“Es como si uno está observando un incendio, llama a los bomberos, y responden: Pruébeme que hay incendio”, graficó San Martín.
La propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial fue aprobada por la Sala Plena de la Corte Suprema en diciembre último, y presentada al Congreso en enero. Plantea la creación de la Corte Superior Nacional, similar a la Sala Penal Nacional existente, pero con mayores competencias en materia constitucional y laboral de trascendencia nacional. El modelo histórico es la Audiencia Nacional de España. También plantea la creación de jueces–contralores o magistrados especializados en fiscalización con mayores competencias y recursos para actuar.
Pero el espolón de proa de la reforma es el pedido de facultades extraordinarias que autoricen a la presidencia del Poder Judicial para intervenir en casos de corrupción estructural y que comprometan el adecuado funcionamiento de la justicia.
Las normas cuentan con el dictamen favorable de la Comisión de Justicia del Congreso que preside el pepecista Alberto Beingolea, y requieren de 67 votos del pleno para ser aprobadas. Previsiblemente la bancada fujimorista votará en contra. El presidente de la Corte Suprema, César San Martín, explicó la lógica, alcances y candados de las facultades extraordinarias en entrevista con CARETAS.
–Usted ha solicitado al Congreso facultades extraordinarias para sancionar redes de corrupción que comprometan a jueces. ¿Por qué?
–Porque no existen mecanismos ciertos, efectivos, para cortar un problema grave y volver al orden en muy poco tiempo, sin perjuicio de que las investigaciones de orden disciplinario continúen.
–¿En qué se basa para sostener que existen redes de corrupción al interior del PJ?
–El crimen organizado en el país está creciendo no solo en términos cuantitativos, sino en tanto somos un eje del narcotráfico que aviva una corrupción inmensa y cuyo combate no ha llegado ni al 10%. ¿Hay o no hay redes? Por una inferencia natural y un análisis mínimo básico, existen.
–¿No es la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) la responsable de dictar las medidas correctivas?
–El mecanismo que se propone fortalece a la OCMA y busca cortar la lógica de hábeas corpus y amparos que se amarran entre jueces y salas para casos muy sensibles.
Hoy la OCMA funciona en base a denuncias de cargo; la OCMA no genera su propia investigación. El modelo de funcionamiento no está pensado para hacer análisis, investigaciones preventivas y luego iniciar un procedimiento penal. Los protocolos de investigación están diseñados para lógicas individuales, no están pensados para encarar lógicas colectivas. Tenemos los ejemplos de las redes de tragamonedas, el de las cuotas de pesca o la importación de carros usados, entre otros.
–Los detractores alegan que las facultades extraordinarias confieren al presidente de la Corte Suprema poder de facto sobre la institucionalidad del Poder Judicial.
–Se solicitan facultades extraordinarias frente a situaciones que revelen la existencia de graves casos colectivos de mala conducta funcional o crisis institucional o administrativa, siempre que en ambos casos se ponga en riesgo el adecuado funcionamiento de las instituciones judiciales. No son casos individuales, así sean gravísimos. Esta no es una ley disciplinaria, sino de gobierno.
–¿Qué poder otorgan las facultades extraordinarias?
–Tomar medidas urgentes, imprescindibles, correctivas y de supervisión con un plazo máximo de 60 días, para reemplazar temporalmente a jueces, auxiliares jurisdiccionales o funcionarios y servidores administrativos.
A su vez, revisar e, incluso, introducir modificaciones en la designación de las salas y juzgados, y rotar o cambiar de colocación al personal judicial y auxiliar materia de investigación colectiva.
–¿Cuándo entran en vigencia las facultades extraordinarias?
–Solo a pedido del jefe de la OCMA y cuyo informe sea aprobado por la Sala Plena de la Corte Suprema. La OCMA tendrá capacidad de actuar de oficio a pedido del presidente del Poder Judicial, la propia OCMA, o de más de tres jueces titulares de la Corte Suprema, ante situaciones de inconducta que desborden el ámbito individual y comprometan seriamente la institucionalidad judicial. Los plazos son perentorios y tienen varios candados institucionales.
–¿Cuáles son esos candados?
–Primero, la OCMA es la titular de la investigación. El plazo máximo de las indagaciones especiales es de 30 días. Si el jefe de la OCMA recomienda el ejercicio de facultades extraordinarias en una Corte Superior de Justicia, en determinados órganos jurisdiccionales o dependencias administrativas, el presidente del Poder Judicial debe convocar en el plazo de cinco días a la Sala Plena de la Corte Suprema para decidir acerca de la recomendación del jefe de la OCMA.
Segundo, el acuerdo para conceder facultades extraordinarias se adopta por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Sala Plena, es decir, once votos.
Tercero, las facultades extraordinarias son ejercidas por una Comisión Especial integrada por el presidente de la Corte Suprema, el jefe de la OCMA y el juez supremo más antiguo de la Corte Suprema.
Cuarto, la Comisión Especial informa dentro del plazo máximo de dos días de las medidas adoptadas a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso y al Consejo Nacional de la Magistratura.
Quinto, el Consejo Ejecutivo debe ratificar o desestimar la recomendación del jefe de la OCMA y las facultades extraordinarias aprobadas por la Sala Plena.
–¿La resistencia a la reforma de los presidentes de las cortes superiores puede descarrilar el proyecto de ley?
–Convoqué a los presidentes de las 31 cortes superiores como parte de un ejercicio democrático y de participación, pero ellos no mandan. El Poder Judicial es una institución jerarquizada. Esto no es un asambleísmo. Yo me debo a la Sala Plena de la Corte Suprema. La competencia la tienen los 20 vocales supremos de la Sala Plena, no todos los jueces.
–¿Concuerda plenamente con el dictamen aprobado por la Comisión de Justicia en abril?
–La Comisión de Justicia respetó todo el proyecto, pero introdujo cuatro modificaciones, dos graves: Sostiene que la Comisión Especial debe dar cuenta también al Consejo Nacional de la Magistratura. ¿Cómo? ¿Acaso el Poder Judicial no es independiente? Es un principio básico de la justicia que quien norma las leyes es quien las ejecuta.
Segundo, plantea que el plazo para interponer la queja contra los jueces caduca a los dos años de ocurrido el hecho, y que la facultad del órgano de control para iniciar investigaciones de oficio por faltas disciplinarias prescribe a los cinco años de iniciada la investigación.
Esto generaría que los jueces estemos con una espada de Damocles mayor tiempo. Yo digo, igual que la ley presente: seis meses y dos años.
CARA FEA
El mandato de César San Martín como presidente de la Corte Suprema vence en diciembre próximo. Los proyectos fueron presentados ante la Sala Plena de la Corte Suprema en julio del año pasado, y consensuados a los largo del segundo semestre, antes de ser presentados al Congreso en enero. “Las leyes no son para mí. No miren mi cara fea. ¡Yo ya me voy!”, asegura San Martín. (Entrevista: Marco Zileri)
En http://www.caretas.com.pe/Main.asp?T=3082&S=&id=12&idE=1028&idSTo=0&idA=58948 (más…)
10 medidas para combatir la corrupción judicial
http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc10052012-173234.pdf (más…)
COMUNICADO N° 003-2012-JUSDEM
SOBRE EL PROYECTO DE OTORGAMIENTO DE FACULTADES EXTRAORDINARIAS AL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL
Respecto del Proyecto de Ley N° 424/2011-PJ aprobado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, a partir del proyecto presentado por el Presidente del Poder Judicial, Dr. César San Martín Castro, que propone otorgarle facultades extraordinarias, expresamos lo siguiente:
1. El proyecto establece la genérica causal de “graves casos colectivos de mala conducta funcional o crisis institucional o administrativa en algún Distrito del país, (…)”, y alude a la existencia de “actos de corrupción institucionalizada”, en el Poder Judicial, a partir de cuyo señalamiento, pretende legitimar el otorgamiento de facultades extraordinarias al Presidente del Poder Judicial para reemplazar temporalmente a jueces y juezas de todas las instancias, incluyendo a Presidentes de Corte Superior, así como a auxiliares jurisdiccionales, funcionarios y servidores administrativos; entre otras facultades.
2. RECORDAMOS que el Perú es un país donde la cultura autoritaria todavía no ha sido desterrada. Diversas autoridades de gobierno, con frecuencia, han presentado a los mecanismos institucionales de gestión y gobierno como ineficientes para la solución de los problemas; y han expresado que, frente a dicha realidad, sólo queda imponer “mano dura”. La historia evidencia que estas prácticas, siempre han tenido altos índices de aprobación ciudadana, que han saludado las acciones interventoras, e incluso la disolución de los poderes públicos.
3. Lamentablemente, no todos los ciudadanos, ni aún las autoridades, han internalizado los valores y exigencias propias de la Democracia. El propio Tribunal Constitucional ha señalado que “El Estado democrático de derecho está, (…), sujeto a un plebiscito de todos los días”.
4. El proyecto y su motivación, a la vez de ser general, resulta injusto porque denigra a todos los magistrados del país, al afirmar la existencia de “graves casos colectivos de mala conducta funcional o crisis institucional o administrativa en algún Distrito del país…”, y, al afirmar la existencia de “actos de corrupción institucionalizada”, permitiría estimar que pese a que se habría tenido conocimiento de su existencia, la propia Presidencia del Poder Judicial y el Consejo Ejecutivo presidido por el Dr. San Martín, no habrían aplicado las medidas de separación o propuestas de destitución, que la Ley Orgánica del Poder Judicial ya les faculta; o, lo que sería más grave, que, pese a haberse tener conocimiento de la posible existencia de delitos, no se habría efectuado la correspondiente denuncia al Ministerio Público, o, a la propia Contraloría General de la República, para que actúen en el ámbito de sus atribuciones.
5. El proyecto en referencia, debilita institucionalmente al Poder Judicial, al propio Órgano de Control de la Magistratura, y desconoce los alcances del numeral 26° del artículo 82° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la medida que ya se cuenta con la atribución de “Adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional”.
6. EXPRESAMOS que el proyecto de ley en mención no resulta necesario, toda vez que ya existen mecanismos institucionales que el órgano de gobierno del propio Poder Judicial, puede y debe ejercer a plenitud.
7. LLAMAMOS a la defensa de la institucionalidad basada en el diálogo y el consenso, que sin claudicar a la estricta observancia de las reglas que nuestro sistema democrático impone, se oriente al reforzamiento de la autonomía e independencia del Poder Judicial, que, como Poder del Estado, requiere, a efectos de asegurar la consolidación de un estado constitucional democrático.
Lima, 26 de abril de 2012.
CONSEJO DIRECTIVO JUSDEM
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Lucha contra corrupción judicial es tarea de jueces
MACLEAN. Solución tiene que partir desde la misma institución
Lucha contra corrupción judicial es tarea de jueces
Jurista destaca pedido de facultades para combatir este mal
Magistrados tienen que asumir liderazgo, a fin de remontar situación
El liderazgo frente a la lucha contra la corrupción en el Poder Judicial lo deben de ejercer los mismos jueces, ya que ello implica asumir íntegramente sus funciones, dijo el jurista Roberto MacLean, quien destacó la voluntad del titular de dicha institución de pedir al Congreso facultades extraordinarias para actuar frente a situaciones excepcionales.
“Me parece un signo muy positivo y aplaudo que el doctor César San Martín tenga la iniciativa de haber lanzado ese proyecto”, declaró al Diario Oficial El Peruano. “Es posible que esté corriendo el riesgo de equivocarse, pero que haya planteado este tema públicamente es un paso muy positivo que evidencia que se quiere actuar con transparencia”, añadió.
En cuanto a iniciativas que plantean la creación de una comisión especial de lucha contra la corrupción en el Poder Judicial, con el concurso de dicha institución pero también del Ministerio Público y los colegios de abogados, MacLean manifestó que abogados y fiscales tienen que mantener su posición de ser representantes de la ciudadanía.
“En todas partes del mundo, ellos son parte del juicio: no deciden, y defienden un punto de vista que se supone es el de la comunidad”, dijo. “Creo que el liderazgo lo deben tener íntegramente los jueces en un tema de esta naturaleza”, acotó.
Sin fórmulas
MacLean, quien desarrolló para el Banco Mundial diversos proyectos de mejoras para el sistema judicial, indicó también que no existen fórmulas definitivas para acabar con la corrupción en este ámbito, pero los proyectos que se puedan plantear al respecto “son respuestas a un desafío que siempre está en un contexto o secuencia”.
El proyecto de ley para el otorgamiento de facultades extraordinarias presentado por el Poder Judicial ya fue objeto de un dictamen en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento y resta que sea visto en el plenario.
Otra posición
Para el exdecano del CAL Aníbal Torres, no es conveniente que se otorguen las facultades extraordinarias solicitadas por la presidencia del Poder Judicial. Por el contrario –dijo–, la lucha contra la corrupción en esta institución tiene que iniciarse por las instancias supremas.
“Las cosas hay que hacerlas en orden y no al revés”, señaló. “El presidente de la Corte Suprema también es presidente el Poder Judicial y de su Consejo Ejecutivo, o sea, tiene poderes más que suficientes para combatir la corrupción existente”, agregó el abogado.
Datos
El IDL presentó un conjunto de diez medidas destinadas a combatir la corrupción judicial. Estas van desde crear una comisión especial integrada por representantes de diversas instancias hasta concentrar el control en un solo órgano.
También se propone que desde los colegios de abogados se fiscalice a los magistrados
EL PERUANO
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PODER JUDICIAL RECHAZA Y DEPLORA EXPRESIONES AGRAVIANTES DE ABOGADO ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
COMUNICADO
Frente a las expresiones del abogado Aníbal Torres Vásquez publicadas recientemente en un diario local, que agravian el honor y la buena reputación de los señores jueces supremos, la Oficina de Imagen y Prensa de la Corte Suprema de Justicia señala lo siguiente:
1.- La Presidencia del Poder Judicial rechaza de manera tajante y deplora frases usadas por el citado abogado tales como: “…Lo podrido está en la (Corte Suprema)”, “permanentemente están en reuniones sociales, no están en su despacho”, “la enorme corrupción que existe en esta instancia”, “bueno, están negociando”, o “vender justicia”, en clara alusión a los jueces supremos.
2.- Sin perjuicio de la reserva del Poder Judicial de tomar algunas acciones específicas al respecto, se exhorta a la ciudadanía en general a formular sus críticas siempre necesarias, en un marco de pleno respeto y tolerancia hacia las personas y de quienes ostentan un cargo público. Nada justifica efectuar afirmaciones desproporcionadas e injuriosas sin ninguna base fáctica ni justificación razonable. Es de resaltar que este tipo de desafortunadas intervenciones, desde una perspectiva objetiva, sólo contribuyen a socavar la legitimidad de las autoridades y la institucionalidad del país.
Lima, 14 de mayo de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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“Lo podrido está en la Corte Suprema”
Agrega que cualquier combate a la corrupción tiene que comenzar por la Corte Suprema, así como en el Ministerio Público; debe hacerse en orden y no al revés.
JANET LEIVA D.
Fiel a su estilo, el ex miembro del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Anibal Torres Vásquez, al opinar acerca de la división existente en el Poder Judicial entre los magistrados supremos y superiores por el proyecto que presentó su presidente, César San Martín Castro, para que el Congreso le otorgue facultades extraordinarias, recomendó primero “limpiar la casa” desde arriba.
“Existe un conflicto entre la Corte Suprema y las cortes superiores, por el pedido (del proyecto San Martín para combatir la corrupción en las cortes superiores, destituyendo a jueces y juezas), pero cualquier combate a la corrupción tiene que comenzar por la Corte Suprema, así como en el Ministerio Público; debe hacerse en orden y no al revés (en las instancias superiores), cuando lo “podrido” está arriba en la (corte) suprema”, enfatizó.
El jurista manifestó que el acuerdo de la Sala Plena (de apoyar a San Martín en su intención) no le hace ningún bien a la Corte Suprema, pues lo descalifica.
“La sociedad mira con repugnancia esas actitudes, porque hay una colisión o un acuerdo de todos los magistrados (supremos) para seguir manteniendo la corrupción, una enorme corrupción en la instancia suprema, no es licito, no es conforme al derecho, porque es contrario a la moral”, expresó.
Investigación
Torres Vásquez señaló que todos los magistrados supremos que no resuelven de acuerdo y conforme al derecho, y contrariamente a las pruebas presentadas, deberían ser investigados, porque no se han sujetado a la Constitución y a la Ley.
“Si se justifica que todos los peruanos les paguemos a estos señores (magistrados supremos) 27 mil soles mensuales, no obstante, que permanentemente están en reuniones sociales, no atienden el despacho, citan a las audiencias orales y los abogados tienen que esperarlos por media o una hora para que comiencen la audiencia; debería el señor (César) San Martín poner un poco de freno a la enorme corrupción que existe en esta instancia y ser investigados, pues, la resolución de una vista de causa se demora semanas, y entonces los abogados dicen: “bueno, están negociando”, en pocas palabras lo que están haciendo es “vender justicia”.
La división generada en el Poder Judicial, entre los magistrados supremos y los de la instancia superior por estar a favor y en contra del proyecto presentado por su presidente César San Martín Castro al Parlamento para que se le otorguen facultades extraordinarias y –en consecuencia, combatir la corrupción dentro de las cortes superiores del país y destituir a jueces y juezas–, continuará a decir verdad “trayendo cola”.
En http://www.expreso.com.pe/noticia/2012/05/13/lo-podrido-esta-en-la-corte-suprema (más…)
OFICIO DEL JEFE DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA (OCMA) DEL PODER JUDICIAL
ProJusticia pone a conocimiento del público la posición del Dr. Mendoza, Jefe de la OCMA sobre el pedido del Presidente San Martin de atribuciones especiales.
EN
http://www.projusticia.org.pe/Comunicados/Comunicado_Mendoza2012.pdf (más…)
NOTA INFORMATIVA Nº 026-2011-AII-UD-OCMA/PJ
OCMA CUENTA CON PLENAS FACULTADES PARA SANCIONAR CASOS DE CORRUPCIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA
– La función de control le reconoce facultades que le permiten intervenir ante todo tipo de irregularidades y desde todo ámbito, tanto para prevenirlas, detectarlas y sancionarlas.
Frente a recientes informaciones vertidas en distintos medios de comunicación sobre una supuesta falta de facultades para sancionar casos de corrupción colectivos, la Jefatura de la OCMA aclaró que cuenta con plenos poderes para separar y sancionar a uno o más jueces que se encuentren involucrados en casos de corrupción: “La función de control otorga facultades que permiten a la OCMA intervenir ante todo tipo de irregularidades y desde todo ámbito, tanto para prevenirlas, detectarlas y sancionarlas”.
En ese sentido, se informó que la OCMA ha tenido la oportunidad de efectuar visitas e investigaciones en distintas Cortes Superiores a partir de las cuales ha sancionado a todos aquellos jueces que, aún cuando responsables individualmente, han incurrido colectivamente en irregularidades en el ejercicio de su función. El doctor Mendoza señaló al respecto que “Los Jueces tienen garantizados constitucionalmente su independencia, inamovilidad en el cargo y permanencia, mientras observen conducta e idoneidad propias de su función, lo que significa que no pueden ser separados y sancionados sino con un previo procedimiento en el que existan elementos suficientes sobre la comisión de una irregularidad contemplada en la Ley como falta”.
Se recordó al respecto que en los últimos años no solo se ha venido afianzando el sistema de control en mérito a las facultades preventivas y disciplinarias con que cuenta la OCMA, sino que ha desarrollado una serie de campañas frente a indicios de irregularidades o defectos en la prestación del servicio de justicia que trascendía el ámbito particular, destacando entre ellas las campañas contra la concesión indebida de medidas cautelares que permitían la explotación de recursos hidrobiológicos, contra la concesión indebida de los beneficios penitenciarios, contra la importación irregular de vehículos usados, entre otras.
El Jefe del Órgano de Control de la Magistratura del Poder Judicial se reafirmó finalmente su propósito de luchar contra todo acto irregular que se suscite en el Poder Judicial, particularmente contra aquellos actos de corrupción.
Lima, 14 de Mayo de 2012
Área de Imagen Institucional y Prensa
OCMA – PODER JUDICIAL
410-1010 (11382)
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División en Poder Judicial por “proyecto San Martín”
Fiscal de la Nación, José Antonio Peláez, respalda proyecto de magistrado supremo para intervenir las cortes superiores.
JANET LEIVA D.
El insistente proyecto que el presidente del Poder Judicial, César San Martín Castro, pretende que sea aprobado por el Parlamento, para que se le otorguen facultades extraordinarias y pueda combatir la corrupción en su interior, destituyendo a jueces y juezas, ha generado un verdadero “enfrentamiento” entre los magistrados supremos y superiores.
Hace dos días, el rechazo unánime por parte de 30 presidentes de las cortes superiores de justicia de todo el país fue lo determinante para establecer que este poder del Estado decae cada vez más, y esto fue originado por su propio titular, que en su afán de notoriedad, hizo que la situación se agudizara.
Es más, en los pasillos de diversas instancias superiores es vox populi que San Martín Castro estaba a punto de desistir en presentar el proyecto ante el Congreso de la República, porque así lo prometió, sin embargo, otra fue la decisión.
¿Quién asesora a San Martín Castro? ¿Es acaso que no se da cuenta de la división existente entre los magistrados de la Sala Plena que lo respaldan, frente al rechazo de 30 presidentes que manejan las instancias superiores en todo el país, a excepción del magistrado César Longaray Bolaños, presidente de la Corte de San Martín, quien sí avala su proyecto?
Lo aprueba
El fiscal de la Nación, José Antonio Peláez Bardales, respaldó el proyecto de César San Martín Castro, aunque dijo desconocer los pormenores, pero consideró que el sentido del proyecto es para “reformar”, mediante la Oficina de Control Interno, algunos actos de corrupción en los juzgados y salas superiores. “Sé que existen opiniones diversas porque existen versiones contrarias, pero esa es la posición del presidente de la Corte Suprema”, indicó.
En http://www.expreso.com.pe/noticia/2012/05/12/division-en-poder-judicial-por-proyecto-san-martin (más…)