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                          Corte Superior de Justicia de Lima

1.- La Corte Superior de Justicia de Lima muestra su extrañeza y preocupación por las dos resoluciones expedidas por el Tribunal Constitucional en el caso número 00002-2013-PCC/TC, planteado por el Poder Ejecutivo (Presidencia de la República), debido a que contraviene e interfiere de manera inconstitucional la ejecución de resoluciones judiciales que tienen la autoridad de cosa juzgada y suspende el cumplimiento de la resolución emanada del propio Tribunal Constitucional.

2.- Ese comportamiento del Supremo Órgano de Control de la Constitución, deslegítima su ejecutoria, por cuanto no se puede utilizar procesos constitucionales orgánicos que tienen propósitos debidamente establecidos en el Código Político para pretender suspender y paralizar la ejecución de decisiones juridisdiccionales y constitucionales que son de ineludible cumplimiento.

3.- Adicionalmente dichas resoluciones interfieren las normales y cordiales relaciones que se venían produciendo entre los Poderes Públicos y el Poder Judicial, en el marco de un adecuado entendimiento respecto de las justas reclamaciones que hacen los jueces sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de sus remuneraciones.

4.- Finalmente, los jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima estaremos atentos al desenvolvimiento de estos despropósitos constitucionales que en nada contribuyen al fortalecimiento institucional ni al mejoramiento del sistema de justicia del Estado Peruano e invocamos a los Jueces de la República para que continuemos actuando dentro del marco de la Ley y la Constitución en los justos reclamos que nos vienen postergando desde hace más de 20 años.

 

Lima, Mayo 24 del 2013.

Secretaria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima.

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