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Corte Superior de Justicia de Lima
NOTA DE PRENSA Nº 034- 2012-OPII-CSJL

Cuenta con el apoyo de todas las Cortes Superiores a nivel nacional

COMISIÓN DE DEFENSA INSTITUCIONAL RESPALDA ACUERDOS SOBRE REMUNERACIONES DE JUECES

 Magistrados piden derogatoria de Ley 29718 que reduce sus ingresos

La Comisión de Defensa Institucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, presidida por el Juez Superior, Iván Sequeiros Vargas, e integrada por los Jueces Superiores Dr. Luis Arce Córdova, Jefe de Odecma – Lima y la Dra. Liliana Dávila Broncano, señalaron que se encuentran desarrollando acciones a fin de viabilizar el respeto de los acuerdos adoptados en la Sala Plena de este Distrito Judicial, respecto a la nivelación de la remuneración de los Magistrados.

La Comisión, enfatizó que las 31 Cortes Superiores a nivel nacional, respaldan este reclamo, ratificado en octubre del año pasado a través de un Acuerdo Nacional suscrito en el Congreso Nacional de Magistrados, llevado a cabo en la ciudad de Tarapoto, toda vez que los porcentajes de los ingresos que deben percibir los jueces se encuentran establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En tal sentido, recalcaron que el haber de los Vocales Superiores debe ser del 90% del total que perciben los Vocales de la Corte Suprema. El de los jueces Especializados o Mixtos debe alcanzar el 80%; el de los Jueces de Paz Letrado debe llegar al 70% y el de los Secretarios y Relatores de Sala a un 55%.

Por otro lado, la Comisión se pronunció a favor de la derogatoria de la Ley 29718, porque la misma es una ley ordinaria que por jerarquía de normas no puede modificar y menos derogar el contenido de la Ley Orgánica del Poder Judicial; como tal resulta inconstitucional, poniendo énfasis en el peligro de su aplicación por cuanto inconstitucionalmente reduciría los porcentajes remunerativos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la práctica reduciría los ingresos de los magistrados.

Finalmente, demandaron al Presidente del Poder Judicial, al Presidente de la República como Presidente del Poder Ejecutivo y al Presidente del Congreso de la República a cumplir con lo ordenado y establecido en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica del Poder Judicial y la Sentencia de Acción de Cumplimiento iniciada por la Asociación Nacional de Magistrados que tiene la calidad de cosa juzgada.

Lima, 15 de marzo de 2012
OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL

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