Renzo CAVANI*
El autor se muestra en desacuerdo con la solución alcanzada por la Corte Suprema de Justicia en la Casación N° 2937-2011-Arequipa, pues considera que el colegiado supremo habría hecho caso omiso a la solución brindada anteriormente en otro proceso en donde se discutió sobre el derecho de propiedad. Esto último constituiría, en palabras del autor, cuestión prejudicial, la cual fue inobservada por el máximo órgano jurisdiccional. Asimismo, el autor precisa que si bien con la pretensión reivindicatoria se busca la restitución de la cosa, ello no debe ser óbice para entender que con esta lo que se busca también es el esclarecimiento de la propiedad.