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LEY QUE ADECÚA EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES EN EL SISTEMA DE REMATES JUDICIALES Y EN LOS SERVICIOS DE NOTIFICACIONES DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, Y QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, EL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y LA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
Ley 30229
Por que el procedimiento de notificación de las resoluciones que ponen fin a un proceso disciplinario a los magistrados del Poder Judicial. Ahora dichas resoluciones deberán ser entregadas a los jueces investigados a través de cédulas de notificación de manera personal en sus domicilios laborales, y en forma excepcional en sus domicilios reales y a los demás se entregan en forma digital via correo electronico, si no todos estan en las mismas condiciones de acceder al derecho de responder si no tuviera un correo electronico, quitando nuestro derecho fundamental de acuerdo a la constitución a la defensa. Porque, las notificaciones, no se entregan en forma personal al involucrado, en su domicilio y porque se permite, que se tiren las notificaciones sin ser entregadas en los domicilios indicados y a veces ni se comunican fehaciente miente al procesado, porque existe discriminación, el ser trabajador del poder judicial, lo puede recibir mediante cédulas de notificación de manera personal en el domicilio laboral de trabajadores públicos. Porque debo tener un abogado y no poder defenderme propiamente de un hecho delictivo.