EXPLICAN EN PROGRAMA RADIAL ALCANCES DEL ANTICIPO DE HERENCIA
Dr. Jaime David Abanto Torres, Juez de la Corte Superior de Lima
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Durante el programa radial que semanalmente produce el Área de Difusión Legal de Proyección Social de Derecho (PROSODE) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), el magistrado explicó que el anticipo de herencia son las donaciones que hayan recibido del causante sus herederos forzosos.
En una entrevista radial el Magistrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, Dr. Jaime David Abanto Torres, brindó detalles sobre los beneficios y dificultades que se presentan en la figura legal del Anticipo de Herencia.
Durante el programa radial que semanalmente produce el Área de Difusión Legal de Proyección Social de Derecho (PROSODE) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Abanto Torres, explicó que el anticipo de herencia son las donaciones que hayan recibido del causante sus herederos forzosos.
En Radio La Luz, anotó que los herederos forzosos son los hijos y demás descendientes, los padres y demás ascendientes y el cónyuge. En otro momento, dijo que “la porción disponible” es aquella parte de la masa hereditaria que no está reservada a los herederos forzosos (cuando estos existen) y de la cual el causante puede decidir libremente a quien corresponderá si así lo desea.
Tras responder algunas consultas de los radioyentes, el magistrado Abanto Torres, recalcó que “el que tiene hijos u otros descendientes, o cónyuge, puede disponer libremente hasta del tercio de sus bienes, pero el que tiene sólo padres u otros ascendientes puede disponer libremente hasta de la mitad de sus bienes”.
Abanto Torres forma parte del conjunto de jueces que integran el Programa Social “Justicia en tu Comunidad” de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Lima, 25 de julio de 2012
OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL