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CARLOS RAMOS NÚÑEZ. MAGISTRADO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

“El Perú debe seguir la senda de las reformas institucionales importantes”

María Avalos Cisneros mavalos@editoraperu.com.pe

Entrevista. Sin considerar un adelanto de opinión y desde un rol académico, Carlos Ramos nos insiste en la necesidad de que el país continúe las reformas institucionales que den sostenibilidad al desarrollo. “Hemos iniciado ese proceso y hay que seguir”, afirma.

El TC acaba de publicar su primer precedente vinculante para abocarse solo a los casos que requieran una real tutela de urgencia. ¿Era necesario?
–Sí, porque creemos que existen causas fútiles y banales que no deberían llegar al TC. El tribunal se convirtió en una corte pensionaria y laboral. Nosotros no podemos seguir en stricto sensu el Certiorari, al tratarse esta figura de una potestad hasta cierto punto arbitraria, pero explicable para la tradición del Common Law, que carece de la garantía constitucional de la pluralidad de instancia. Su Suprema Corte Federal en Estados Unidos puede elegir las causas por resolver, pero a nosotros los casos nos llegan del Poder Judicial, donde los procesos ya pasaron por varios niveles.

¿De ahí que optaron por la figura del interés no constitucional relevante?
– Exacto se han establecido criterios para proteger el contenido esencial de los derechos, tal como lo prevé nuestro Código Procesal Constitucional, el artículo 11 de nuestro reglamento normativo, la Constitución y la Convención Americana, que garantizan la pluralidad de instancia. Al TC le corresponde atender los casos de mayor trascendencia constitucional con repercusión social o pública, y en línea con su jurisprudencia de respeto de los derechos fundamentales. Aunque esto no solo debe ser una labor que dependa de nosotros, sino también de todo el sistema de justicia. El Poder Judicial debe realizar mayores esfuerzos para efectuar bien su labor. No puede ser que haya disminuido el número de juzgados constitucionales en Lima, cuando debiera aumentarse. Existen pocas salas constitucionales a nivel de las cortes, como Cusco, y otras ni siquiera lo tienen.

¿Qué dice lo vinculante?
–Que se emitirá sentencia interlocutoria denegatoria cuando la supuesta vulneración carezca de fundamentación; cuando la cuestión del derecho contenido en el recurso no sea de trascendencia constitucional; si la cuestión de derecho invocado contradice un precedente vinculante del TC; y, de haberse decidido de forma desestimatoria en casos sustancialmente iguales. Con esto queremos evitar que asuntos de carácter banal y fútil sean de nuestro conocimiento. Al TC, en años pasados, hasta llegó un habeas corpus procedente de Tumbes, a favor de un roedor, cuyo dueño aseguraba que se le había privado de la libertad. Debió rechazarse la pretensión primae fascie en forma liminar, pero fue declarada curiosamente “improcedente”. No es el único, hasta podría escribirse un libro sobre esos casos.

En especial, ¿ahora que predomina cierta constitucionalización del Derecho?
–Claro, pero una constitucionalización del Derecho no significa que todas las causas deban llegar al TC, sino que la Constitución sea usada también por el juez ordinario o quien ejerza jurisdicción, pero debe usar también la legislación común. La constitucionalización del Derecho no significa tampoco que las especialidades se disuelvan.

¿Es excesiva la actual carga procesal en el TC?
–Sí, abrumadora. El TC, en la conciencia colectiva y en la estrategia de la defensa, es una instancia judicial. En gran medida somos un colegiado –digamos– de causas laborales o pensionarias. Un 80% de nuestra labor se aboca a ellas, que en realidad deberían ser de competencia exclusiva de los jueces ordinarios, es decir, laborales, civiles, contencioso-administrativos; sin embargo, llegan hasta nosotros por distintos mecanismos.

¿Qué casos emblemáticos están agendados?
–Varios. Por ejemplo, se hallan los asuntos relativos a la competencia en materia de transporte público o de asuntos más complicados como las acciones de inconstitucionalidad contra el Código de Justicia Militar, la Ley Universitaria, pendiente de contestación en el Congreso. También está la demanda contra la Ley de AFP. Igualmente, debemos resolver casos interesantes como el uso del polígrafo en los centros laborales, o del estado civil de las madres solteras para la inscripción de las matrículas en un colegio religioso, entre otros.

Pese al crecimiento del país, se insiste en la necesidad de avanzar con las reformas institucionales. ¿Comparte esta inquietud?
–Aquí no hablo como magistrado, sino preferiría ponerme la indumentaria de profesor universitario. Creo que sí hay necesidad de continuar con las reformas. Ahora bien, no solo son legislativas o desde el punto de vista constitucional. Sucede, por ejemplo, que si se aprobase la figura del Senado, el que además de dar mayor dinamismo a la producción legislativa u otras labores, como el nombramiento de los magistrados del TC o del defensor del Pueblo, debería ir acompañado por una reforma de los partidos políticos para que puedan llevar a lo mejor de las personalidades en lo académico o profesional, a fin de tener un Senado de primera. Me parece que hay la necesidad de debatir reformas constitucionales de control político a los gobiernos regionales, porque tampoco puede llegarse al punto de paralizar la acción de los gobiernos regionales por actos de corrupción. Me parece que se dieron excesivas potestades a los presidentes regionales, de ahí que preferirían ocupar ese cargo antes que ser ministros o congresistas. Hemos empezado ese proceso y hay que continuar.

Uno de los riesgos iniciales ante el actual pleno del TC era sobre el impacto de las decisiones y la posibilidad de un cambio abrupto de su jurisprudencia. ¿Habrá cuidado con eso?
–Parto de la idea de que todo cambio abrupto no es bueno. Los cambios deben hacerse en forma progresiva y no solo a partir de una nueva conformación del TC, sino también ante el hecho de que muchos precedentes vinculantes han envejecido. Por ejemplo, el precedente Anicama en pensiones se dictó hace cerca de 10 años y, sin duda, necesita una revisión. Igual sucede con el caso Baylón. Los operadores jurídicos tienen incertidumbre, no saben qué parte está vigente o no. Por tanto, cualquiera que hubiera sido la composición del TC, había necesidad de estos cambios, siempre con el norte de protección de los derechos humanos en el país.

Más de 500 casos resueltos

A cerca de dos meses de instalados, ¿cuál es el balance de esta labor?
En lo administrativo, hemos tratado de poner cierto orden en el caso del personal administrativo y, sobre todo, vinculado con la asesoría jurisdiccional, por eso se procedió a una evaluación y la creación de un cuadro de méritos. En lo jurisdiccional, se ha recuperado el protagonismo del magistrado. Hoy las decisiones tienden a girar por medio del debate en el pleno, y nosotros, los magistrados, somos quienes orientan en el sentido de las decisiones. A la fecha, a nivel de salas, se han votado cerca de 500 casos.

¿Se han implementado nuevas medidas para la atención de los procesos?
Hay una serie de medidas adoptadas para asegurar la confidencialidad de los procesos, aunque quizá lo más significativo es que se ha pasado de un tratamiento digamos hiperformalista a una aproximación más sustantiva de la justicia. Esto me parece un progreso importante. También se amplió el tiempo de intervención de los abogados en los informes orales. Pienso que las tareas administrativas deberían ser de competencia fundamental del presidente del TC y de los funcionarios, y así contar con más tiempo para nuestro trabajo jurisdiccional.

EL PERUANO 4 de setiembre de 2014

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