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Ivan Sequeiros Vargas (*)

Carga procesal es el número de casos que cada juez resuelve. En Lima, en promedio, cada juzgado tiene 1,500 casos, unos tienen 800 y algunos llegan a 4,000 o más. Según los estudios, un juzgado funcionaría óptimamente con 400 casos, entonces, en el mejor de los supuestos, los juzgados actualmente tienen el doble de carga, lo que determina que rebasen la atención de casos. A ello agregamos normas procesales que admiten actos dilatorios (usos indebidos de recursos y prerrogativas legales otorgadas a las partes), que demoran los juicios, y deficiencias en los auxilios judiciales (notificaciones, pericias, concurrencia de personas, informes de órganos privados y públicos, apoyo policial), etc., explican la demora en la tramitación judicial.

La carga procesal no es ficción, es una realidad que nadie entiende. Surge del incremento de la población que origina más conflictos, además de tener una sociedad conflictiva que genera más demandas judiciales. Por otro lado, los derechos fundamentales en los últimos 30 años han evolucionado impresionantemente, lo que antes era visto como algo fortuito, ahora originan reclamos judiciales; por ejemplo, hace años un ciudadano se rompía la cabeza con la vereda y solo iba al hospital para atenderse; ahora, demanda responsabilizando a la municipalidad por no poner un aviso o por deficiente construcción. Estos factores derivan en mayores demandas judiciales en proporción inversa al crecimiento del sistema judicial que resulta insuficiente.

Adicionalmente la carga procesal no solo creció en número, sino en variedad, debido a especialización, por ello la Justicia debe ser especializada; en ese sentido, actualmente en la Corte de Lima funcionan las especialidades de Constitucional, Civil, Penal (subespecialidad delitos de corrupción), Laboral (subespecialidad Previsional), Contencioso Administrativo (subespecialidad Tributario, aduanero y de la competencia), Familia y Tránsito, lo que permite jurisprudencia uniforme y predecible, además de una respuesta jurídica especializada.

La tendencia es la especialización, pero de manera estructural, racional y ordenada, con presupuestos adecuados, sin improvisaciones para que cada especialidad se implemente respondiendo eficientemente al requerimiento social. Evidentemente, la especialización implica locales nuevos e idóneos, personal capacitado, logística adecuada e involucra otras instituciones que coadyuven con la especialidad correspondiente, debiendo el Poder Judicial coordinar con otros poderes y sectores públicos para lograr este noble propósito.

(*) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

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