UNA OPINIÓN DESDE LA JUDICATURA
Percy Salas Ferro
Juez de la Corte Superior de Justicia Lima
Una de las funciones centrales del Tribunal Constitucional es garantizar “la vigencia efectiva de los derechos constitucionales”. Lejos de cumplir este mandato, el Tribunal Constitucional peruano está impidiendo la efectivización de la homologación remunerativa de los jueces, que él mismo ha reconocido expresamente en la sentencia 3919-2010-PC/TC.
Recientemente, en el marco de un proceso competencial, el Tribunal Constitucional ha concedido una medida cautelar a favor del Poder Ejecutivo, suspendiendo los requerimientos financieros hechos al MEF por el Poder Judicial para cumplir con la nivelación de las remuneraciones de los magistrados.
Con esta irregular medida cautelar, el Tribunal irrumpe arbitrariamente en el curso de un proceso en ejecución, en el que existe una decisión con autoridad de cosa juzgada, e impide la nivelación de las remuneraciones de los jueces. Ello, sin duda, es un atropello a los derechos y a la dignidad de los magistrados, pero más que eso constituye una vulneración del orden, y una restricción deliberada del derecho constitucional al cumplimiento y efectivización de las decisiones jurisdiccionales.
Aprovechando el otorgamiento de la referida medida cautelar y la obstaculización de la nivelación remunerativa, hoy, el Poder Ejecutivo pretende imponer un proyecto de ley, que no solo deroga los porcentajes de las remuneraciones de los jueces (90%, 80% y 70% respecto de la remuneración de un juez supremo), sino que constituye una grave intromisión en asuntos propios del Poder Judicial. El proyecto vulnera abiertamente la independencia de este poder del Estado al disponer una extraña reducción de salas y jueces y, además, ordenar que los incrementos de las remuneraciones de los jueces deben aprobarse periódicamente a través de decretos supremos.
Ante ello, los jueces, como ciudadanos y servidores que somos, estamos llamados no sólo a defender nuestros derechos, sino, a combatir la arbitrariedad y velar por el respeto del ordenamiento y la plena vigencia de la institucionalidad. Con dicho propósito, no sólo debemos recurrir a la jurisdicción internacional, sino, agotar todas las medidas necesarias para que el Ejecutivo honre su obligación y, finalmente, resuelva un problema que por rebeldía del Estado tiene más de veinte años sin resolverse
EL PERUANO