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R.A. N° 409-2008-CED-CSJLI
Aprueban Directiva “Pautas a seguir para la agilización de los procedimientos relacionados con el Poder por Acta, Exhortos y Apelaciones”
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No absolvemos consultas sobre casos particulares
R.A. N° 409-2008-CED-CSJLI
Aprueban Directiva “Pautas a seguir para la agilización de los procedimientos relacionados con el Poder por Acta, Exhortos y Apelaciones”
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Estimado magistrado:
En junio de 2007, se dictó la Directiva Nº 195-2007-CED-CSJLI-PJ, del cual fue co autor su persona, el mismo que en el juzgado que laboro no significó mayor cambio, dado que las labores continuaron la mística que nos caracteriza "servir eficientemente", ello se vió reflejado en los consolidados anuales, donde se advierte que somos un Juzgado con poca carga procesal, pese a que el ingreso y redistribución es igual para todos, sin embargo es loable que se trate de mejorar el sistema en salvaguarda de la institución que me dió la oportunidad de aspirar a nuevos horizontes.
En lo pertinente a la Resol. Nº 409-2008-CED-CSJLI/PJ, "agilización de procedimientos…", es necesario enfatizar que para solicitar el cumplimiento se debe dotar de personal adicional con el que uno cuenta, pues no es posible solicitar una agilización, sino se cuenta con recurso humano capaz de efectuarlo.
Es verdad si se puede efectuar, sin embargo debe tenerse en cuenta que nosotros (Alzamora) nos regimos bajo el sistema modular, el mismo que no permite una asignación de funciones a la prevista en la Resol. Adm. Nº 403-2002-P-CSJLI/PJ, que aprobó el MOF del PJ, por tanto consideró que "mas que agilizar procesos" debe concientizar a los trabajadores como hacen grandes empresas vbg. Metro, Wong, Totus, etc., quienes inculcan a su personal al buen trato, a la eficiencia, a cuidar el patrimonio de la empresa… por ello con el debido respeto que se merece no es suficiente llenarnos de resolucione administrativas para una eficiente administración de justicia.
Un caso en especial llama la atención a este suscriptor, es la falta de atención o desidia por parte de la administración de la Corte Superior de Justicia de Lima, quienes a raíz de la creación de nuevos Juzgados Comerciales ha procedido "a llevarse si o si" a personal de la sede alzamora, dejando a muchos juzgados desde el 1 de Julio del 2009, con un solo auxiliar jurisdiccional para todo el Juzgado, tal inequidad lógicamente causa perjuicio al litigante, tal situación se contrapone a la solicitada agilización… imaginase si era insuficiente dos especialistas para un juzgado, ahora uno solo es contraprudecente y hasta cierta forma un abuso en el aspecto laboral…
Conocedor de su alto espiritú altruista y académico en pos de nuestra institución, se publique en su blog esperando una respuesta de la adm. a traves de su persona…
Estimado anónimo lector:
El suscrito es el Juez del 1º Juzgado Civil de Lima. No formo parte de la Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima, ni de sus órganos de gobierno. Por ello no puedo responder por la administración.
El problema generado con el personal de los nuevos Juzgados Comerciales es motivo de preocupación de muchos magistrados y auxiliares jurisdiccionales afectados, quienes deben presentar sus reclamaciones ante los órganos de gobierno competentes.
Coincido con Usted en que el sistema modular no es de los mejores, pero considero que ello no es óbice para
el cumplimiento del MOF. Coincido con usted en que las normas no son suficientes para resolver los problemas. Es necesario además estimular a los trabajadores para trabajar conjuntamente con los magistrados para brindar a los usuarios un servicio de calidad.
Por ello un grupo de magistrados, con el apoyo de sus auxiliares jurisdiccionales, de manera voluntaria y desinteresada, ha propuesto medidas para mejorar el servicio de justicia sin que le cueste un centavo al Estado.
Es verdad que falta un manejo gerencial de la institución, incluyendo las técnicas de motivación aplicadas por las empresas exitosas.
La aplicación de la R.A. Nº 409-2008-CED-CSJLI/PJ, "agilización de procedimientos…", no requiere de mayor cantidad de personal, sino de racionalización del trabajo y del compromiso de todos los magistrados y auxiliares jurisdiccionales.
La Directiva Nº 195-2007-CED-CSJLI-PJ, de pronto no significó mayor cambio en el juzgado que usted labora, de pronto porque en su Juzgado ya se estaban aplicando los cinco trámites simplificados, que ya eran aplicados por algunos Juzgados años atrás o bien por la baja carga procesal de su Juzgado, en comparación de otros que soportan una elevada carga procesal.
Considero que es hora de sumar esfuerzos a favor de nuestro querido Poder Judicial.
Me gustaría conocerle personalmente, y la próxima vez no tenga miedo en identificarse, pues este blog es un espacio de diálogo constructivo.
Saludos cordiales
Jaime David Abanto Torres
Estimado magistrado…
en realidad no es miedo a expresar mis opiniones, tal vez por encontrarme en el trabajo ante la mirada de un pool de especialistas no lo considere tan importante…
Tengo la mejor impresión de usted como un magistrado académico e impulsor de los cambios en el PJ en procura de mejorar la mala imagen tenemos ante la sociedad, conjuntamente con los magistrados que le acompañan en la Rev. Justicia & Derecho, a quien solo conocí por laborar actualemte en mi piso (Dra. Roxana Jimenez Vargas-Machuca)
Bueno en lo referente a la poca carga del 40 Juzgado Civil, es debido a la mística de trabajo en conjunto que nos impartió nuestro hasta ahora juez titular Dr. Jorge Plasencia Cruz, la misma que se ha mantenido a lo largo del tiempo pese a no contar con el, dado que esta en ODECMA.
Es cierto lo que expresaba lineas arriba que no es necesario mas personal para lograr cambios, sino el juez aparte de impartir justicia debe gerenciar su despacho, creando un clima de confianza en su personal, inculcandonos siempre el valor de servir… a veces me da pena la desidia de mis colegas en servir… pero eso es cosa que no se cambiaria de manera radical, sino progresivamente…
Saludos.
Estimado Rafael:
Me gusta saber con quien me comunico.
Gracias por sus comentarios a la Revista digital http://www.justiciayderecho…, léala y difúndala que la información es para compartirla.
Me alegra que el Dr. Jorge Plasencia Cruz, pionero del Plan Piloto de Reforma de Gestión de Despacho haya sembrado su semilla en el personal.
Coincido con usted en que el juez aparte de impartir justicia debe gobernar su despacho, creando un clima de confianza en su personal, inculcandoles vocación de servicio.
Un juez no es un gerente. Un juez no puede contratar ni despedir trabajadores, no puede celebrar contratos en representación del Juzgado, ni cuenta con las demàs atribuciones que la Ley General de Sociedades les atribuye.
Alegrémonos porque somos agentes del cambio. No importa la desidia del auxiliar o juez vecino. No habra reforma judicial sin la participaciòn de los jueces y los auxiliares jurisdiccionales.
Y espero que los òrganos de gobierno tomen cartas en el asunto sobre los diversos problemas que nos agobian como el de la demora excesiva de la Central de Notificaciones de Lima, y la multitud de normas administrativas, entre otros.
Los jueces del Plan Piloto y otros magistrados hemos presentado pedidos al respecto.
Gracias por su participación y difunda este medio.
Saludos cordiales