C O M U N I C A D O
La Asociación Nacional de Magistrados del Perú, ante la promulgación de la Ley 29718, que modifica el artículo 4 de la Ley 28212 – que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, como la modificatoria de la Ley Orgánica del Poder Judicial en cuanto se refiere a las remuneraciones de los Jueces Superiores, Jueces Especializados y Jueces Mixtos, y Jueces de Paz Letrados estableciendo que éstos perciben una remuneración igual al 81%, 58% y 40%, respectivamente de lo que percibe un Juez Supremo, hace de conocimiento de sus Asociados, de la Comunidad Jurídica y del público en general, lo siguiente:
Primero: Que, la referida Ley, no ha sido promovida ni avalada por la Asociación.
Segundo: Que, la Asociación Nacional de Magistrados del Perú, desde el año 2009, viene tramitando la demanda de Cumplimiento con el objeto que el Poder Judicial otorgue a los magistrados una remuneración acorde con su función, dignidad y jerarquía, es decir, acate lo establecido en el numeral 5 literal b del Artículo 186 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece, que el haber de los Jueces Superiores es el 90% del total que perciben los Jueces Supremos; el de los Jueces Especializados o Mixtos es el 80%; el de los Jueces de Paz Letrados es el 70%; demanda declarada fundada en Primera Instancia y actualmente se encuentra pendiente de Resolución la apelación interpuesta por el Poder Judicial, ante la Tercera Sala Civil de Lima.
Tercero: Que, la referida Ley, ha generado preocupación en un sector de magistrados, por la reducción de sus ingresos, por ende, a efectos de evaluar el impacto de la referida norma legal, se está convocando a Asamblea General ampliada de Delegados y representantes de todos los Distritos Judiciales del país, para acordar las acciones que correspondan emprender, dentro del marco legal y constitucional.
Lima, 02 de julio de 2011
Elmer Rubina Angulo
Presidente
Estoy de acuerdo con lo planteado. El propósito es sensibilizar a la ciudadanía en general, que esta Norma Legal, si ha sido iniciativa del Ejecutivo y apoyado por el Legislativo, está atentando con normas anteriores debidamente aoprobadas y modificadas, solo por intereses mezquinos, que afectan la dignidad humana que tiene un Juez de la República Peruana. Mi apoyo a todo lo que se haga para corregir esta última norma. Saludos a los Honorables Jueces, en general.
Buenos Días:
Considero que la remuneración que perciben los Magistrados titulares, no es justa, teniendo en cuenta la gran responsabilidad que tenemos. Recuérdese además que, los Magistrados estamos sometidos auna serie de controles y supervisión constante, trabajamos bajo mucha presión y sin embargo, este esfuerzo no es reconocido. Hay otrso sectores del estado, en los cuales los servidores y funcionarios públicos perciben hasta tres veces la remuneración de un Magistrado y sin ningún tipo de control, ni proceso de ratificación (caso del empleado del MEF que – según el reportaje de américa TV – con solo secundaria completa, percibiría una remuneración mayor a la remuneración computable de un Fiscal Provincial).
Señores Magistrados, recuerden que no estamos en un Gobierno Dictatorial, demuestren que están en la oportunidad de demostrar con vuestras sentencias, que La ley se debe cumplir, el propio Estado a través de sus "Entes", no debería excusarse y no franquear tercos e inefables argumentos para no querer cumplir entre otros con el numeral 5 literal b del Artículo 186 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Que ejemplo dan los Funcionarios que componen el Estado, si estos mismos a traves de sus diversos actos no respetan las leyes y buscan evadirlas?