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Carlos Hugo Falconí Robles (*)
En las noticias vemos a diario asesinatos pasionales así como diversos crímenes que atentan contra la integridad física de las personas, ocurridos mayormente en fiestas y reuniones sociales, las cuales tienen en común que se originan por el odio y recelo previo que aumentó con el correr del tiempo entre la víctima y el agresor y que culmina con la comisión de estos ilícitos.

El imperio del odio más el consumo indebido de licor generan delitos; pasos tenebrosos del odio y del licor, que dejan regueros de sangre, de dolor y de lágrimas; ante ellos, la razón se paraliza y el ser humano, poseído por ellos, camina como zombi a cometer delitos, y cuando despierta, ante los hechos sangrientos que cometen, lloran a mares su arrepentimiento, su desventura, matan a la madre, al padre, a la esposa, al hermano, al hijo, o a una persona amiga. Destruyeron hogares que quedan al desamparo; también arruinaron su vida, su hogar; y pasan a vivir en el verdadero infierno que es la cárcel.

El odio más el licor, es una fuente continua de delitos y generan inseguridad en la colectividad, frente a ello, los jueces penales imponen las condenas respectivas, pero, más allá de la mera aplicación del Código Penal, estos crímenes producidos por el odio dejan a la sociedad las siguientes preguntas reflexivas: “cómo evitar esta corriente destructiva”, “cómo prevenir que las personas no cometan estos crímenes motivadores de dolor y de tristezas”.

Ante al control social punitivo estatal, donde el juez penal impone la pena, la comunidad debe incentivar controles sociales alternos de alto apoyo social a las relaciones entre víctima y agresor, como, por ejemplo, es la justicia penal restaurativa que, mediante sesiones de círculos de apoyo compuesto por vecinos, psicólogos, sacerdotes, y demás especialistas, busca entre las partes la práctica del perdón y la reconciliación, eliminando el odio, el consumo de licor y otros vicios negativos a la razón, lo cual armoniza con el principio de mínima intervención del Derecho Penal.

La sanción penal responde ante la violación de la ley y lesión a la víctima pero ésta se evitaría con la justicia restaurativa que ayuda al agresor a reflexionar sobre su conducta, aplicándose el proverbio griego “conócete a ti mismo”, para liberarse de las ataduras del rencor que incitan la venganza contra la vida del prójimo y no dejan valorar la existencia humana en su verdadera dimensión.

La sanción penal castiga al agresor, priva su libertad por lesionar a la víctima; en cambio, la justicia restaurativa no busca castigos sino soluciones para reconciliar y prevenir el daño. No debemos olvidar que aquel que no se arrepiente de sus malas acciones, no está capacitado para perdonar. Lavémonos con el agua del perdón y lograremos la paz social en justicia.

Digámosle no al licor y a la violencia que incrementa hechos delictivos muchas veces irreparables que vienen afectando a nuestra sociedad.

(*) Juez integrante del Programa Social “Justicia en Tu Comunidad”.

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