One thought on “Una teoría de la cuestión procesal y una teoría de las excepciones”
En toda cuestion procesal sustantiva como se conoce de forma o de fondo. existen cuestiones tanto de forma como de fondo. Entonces la cuestión de forma o de fondo no es privativa del derecho sustantivo. Si se presenta una nulidad que viene a ser el fondo primero hayque analizqar si esta pretensión con los requisitos de forma estable3cidos en el CPC.
En toda cuestion procesal sustantiva como se conoce de forma o de fondo. existen cuestiones tanto de forma como de fondo. Entonces la cuestión de forma o de fondo no es privativa del derecho sustantivo. Si se presenta una nulidad que viene a ser el fondo primero hayque analizqar si esta pretensión con los requisitos de forma estable3cidos en el CPC.