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Luces y sombras de la Cenicienta de la justicia constitucional peruana
La accion popular en el Codigo Procesal Constitucional
Jaime David Abanto Torres
No absolvemos consultas sobre casos particulares
Luces y sombras de la Cenicienta de la justicia constitucional peruana
La accion popular en el Codigo Procesal Constitucional
Jaime David Abanto Torres
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necesito este articulo por un trabajo de investigacion que me han dajado espero que sigas asi eres lo maximo
Acabo de adjuntarlo. Espero que te sea de utilidad y no te olvides de citar la fuente.
Cordiales saludos
La ordenanza Nº 000040, ha sido expedida por la Municipalidad Provincial del Callao, la misma que aprueba el "Reglamento del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros en la Pronvincia Constitucional del Callao. Esta ordenada ha sido publicada en parte el 07 de setiembre 2009, en el Peruano. es decir no ha sido publicada el reglamento.
En el referido reglamento se encuentra la tabla de infracciones, los montos pecunarios y las medidas preventivas (Internamiento)
Precisamento, este municipio viene aplicando actas de control aplicando las infracciones de este reglamento que no ha sido publicado. Los supuestos infractores pagan el importe de de estas infracciones en sus entidades recaudadoras. Pero el colmo de todo esto, es que viene aplicando la medida preventiva de INTERNAMIENTO que es nada mas ni nada menos una medida CONFISCATORIA, coercitiva y abusiva, porque los vehiculos los meten al Deposito Municipal al momento de la intervenciòn; de esta forma te obligan a pagar en el dìa la papeleta (S/. 180.00 aproximadamente), doble pago por orden de liberaciòn ( S/. 59.00 aprox.), y por el dìa del deposito (S/. 21.50), es decir te coaccionan al pago inmediato. ¿Que, pasaria sino pagas dentro de las 24 horas? pues, solamente tienes que pagar 21.50 nuevos soles, por cada dia de deposito, se va incrementando tu deuda lo cual hace mas desesperante tu situaciòn. ¿Que, hacer? respuesta.- rebuscar dinero por algun lugar, pidiendo prestado a amigos o familiares y pagar en el dìa para recuperar tu vehiculo.
Para precisar, el D.S. 017-2009-MTC establece como medidas preventivas en el siguiente orden: interrupciòn del viaje, retenciòn del vehiculo, internamiento y retenciòn de licencia de conducir. Es decir, que si te aplicaran la retenciòn tendrias 24 horas para subsanar tus faltas, y no tendrias derecho de pagar internamiento ni orden de libertad (art.109). Esto, no te exonera el pago de la infraccion, es decir que si pagar tu infraccion mas no el deposito.
Quiero, saber que se puede hacer, Una accion de inconstitucionalidad o una accion popular.
Quisiera tener respuesta, por cuanto los mas afectados somos el 90% de los transportistas del Callao, que a diario meten nuestros vehiculos al deposito municipal.
Esta medida es abusiva y lesiva, atenta contra el derecho de la legitima defensa consagrado en el inc. 23 del art. 2 de la Constitucion, la ley 27444 y de todas las normas que permiten reclamar cualquier imposicion de papeletas en la via administrativa, por los motivos antes expuestos de pagar antes que se incremente tu deuda y no puedas recuperar tu vehiculo de manos de esta mafia.
Sobre la referencia de la ordenanza 000040, la misma que no publico el reglamento confiscatorio de los vehiculos el art. 51 y 109 de la Constitucion señala que toda norma debe ser publicada para que entre en vigencia, concordante con el art. 44 de la Ley Organica de Municipalidades. Por lo que las infracciones a este reglamento no se pueden aplicar sin embargo la municipalidad a traves de sus inspectores lo vienen haciendo a diario y durante todo el diario a los transportistas (taxis, colectivos, cousters, buses y combis). Lo cual desde el punto de vista legal, estan haciendo abuso de autoridad penado y sancionado por nuestra legislacion peruana.
Mi nombre es marco rafaile bazalar, mi celular es 996278778