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Estrategia y táctica en la lucha por la unión civil

 

“Conmigo o contra mí”

¡Qué difícil es mantener la ecuanimidad, la ponderación y el equilibrio en un tema como la propuesta de establecer la unión civil para las personas del mismo sexo! Lo que más bien cunde es la extrema polarización e intolerancia sobre este particular, que lleva a que quienes no vemos las cosas en los extremos blanco o negro, sino con los matices propios de la complejidad que es la vida misma, terminemos siendo cuestionados por ambos bandos, al punto que para unos terminas siendo casi tan homofóbico como el cardenal de Lima y para otros casi tan inmoral como se supone sería un típico vecino de Sodoma o Gomorra.

Como bien señala el mulero Daso: “Todo comienza con la polarización. Estamos en un punto donde o estás completamente de acuerdo con un bando o perteneces al otro. ¿No podemos haber personas parcialmente de acuerdo?

Esta situación ya la había señalado antes, cuando hice notar el cargamontón que sufrió el dirigente izquierdista Marco Arana, quien luego que el congresista Carlos Bruce presentó su proyecto de ley sobre la “unión civil no matrimonial para personas del mismo sexo”, y demostrando un gran sentido de oportunidad política, expresó con meridiana claridad su postura a favor del derecho de las personas homosexuales a unirse civilmente, catalogándolo como algo fundamental, aunque –¡horror de horrores! – haciendo la atingencia sobre la necesidad de debatir si a esa unión civil (que tendría prácticamente todas las consecuencias jurídicas de un matrimonio) habría que denominarla “matrimonio” o no.

¡Para qué lo hizo! Arana recibió tan furibundos ataques de ciudadanos ubicados a la izquierda del espectro político que parecía que Arana era tan enemigo de la causa LGTB como el propio Cipriani. Es decir, lo que en una coyuntura determinada y concreta era una manera estratégica de sumarse a una causa que implica un gran avance en el reconocimiento de derechos de las personas LGTB, fue paradójicamente asumido como una traición.

Actitudes fundamentalistas e intolerantes como esa poco ayudan a una causa legítima como la unión civil y demuestran la subsistencia de un viejo vicio de cierta izquierda, ya diagnosticada por Lenin hace casi un siglo: la “enfermedad infantil del izquierdismo”, caracterizado por el dogmatismo que no acepta más que un camino recto, por la incapacidad de actuar con estrategia y flexibilidad táctica, por la inmadurez política, siendo sus síntomas las actitudes ultraizquierdistas y maximalistas.

Aparentemente, esos que casi condenaron a la hoguera a Marco Arana, se han percatado de su error estratégico (asumo que no es por inconsecuencia) y ahora apoyan con entusiasmo el proyecto de la unión civil. Ciertamente, lo estratégico es no insistir en llamar a dicho contrato “matrimonio”, ya que, como he sostenido antes, el empecinamiento en denominarla así generaría que muchos sectores que podrían apoyar esta justa reivindicación, terminen oponiéndose a la misma. Aunque no es algo totalmente seguro, es mucho más probable, viable y realista que se apruebe una ley de unión civil, que una de matrimonio igualitario.

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¿Se puede someter a referéndum la unión civil entre personas del mismo sexo? Depende

Congresista Bruce y cardenal Cipriani, nuevamente confrontados por la cuestión de la unión civil de personas del mismo sexo.

Empiezo señalando que, personalmente, a pesar de ser católico, apostólico y romano, estoy a favor de que se apruebe la denominada “unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo”, propuesto en su oportunidad por el congresista Carlos Bruce a través del Proyecto de Ley N.º 2647/2013-CR. Esta postura ya la he sostenido antes (aquí y aquí).

Hago tal precisión para que no se piense que mi opinión respecto de lo que ha propuesto el cardenal Juan Luis Cipriani, en el sentido que este asunto se someta a referéndum, podría estar sesgada por una postura en contra de la unión civil.

Sobre la propuesta del cardenal de someter tal cuestión a referéndum, el congresista Bruce retrucó señalando que el artículo 32 de la Constitución Política del Perú dice textualmente que no puede someterse a referéndum la supresión o la disminución de los derechos fundamentales de las personas. Por tanto, según el parlamentario, en lo que se refiere a la unión civil, lo que el cardenal propone sería inconstitucional.

Considero que, sobre la posibilidad de someter a referéndum la propuesta de establecer la unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo, hay cierta confusión que es necesario aclarar.

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La revocatoria del mandato de autoridades, una institución democrática perfectible

Publicado en la web de noticias Spacio Libre (29 de enero de 2013)

Recién cuando la consulta popular de revocatoria de autoridades se realiza respecto de las autoridades ediles de Lima Metropolitana muchos le han empezado a encontrar defectos. Hay quienes opinan que esta institución está inadecuadamente regulada en nuestra legislación, por lo que, en caso de mantenerse, debe ser objeto de diversos ajustes. Y no faltan quienes consideran que es un mecanismo incompatible con la democracia representativa, que es perjudicial y que afecta la gobernabilidad, por lo que pretenden suprimirlo.

Entre todos los mecanismos de democracia directa consagrados por la Constitución de 1993 y regulados por la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, Ley N.º 26300 (referéndum, iniciativas legislativas ciudadanas, revocatoria de autoridades, remoción de funcionarios designados y rendición de cuentas) es el que más se ejerce y cada vez con un mayor alcance, siendo de hecho el que más se ha consolidado. Tanto que podría decirse que este mecanismo de control ciudadano se ha convertido, en nuestro medio, en la institución de democracia directa por excelencia.

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La devolución del Fonavi requerirá la mitad más uno de los votos válidos

Publicado en el diario GESTIÓN, martes 24 de agosto de 2010, p. 5

REFERÉNDUM. Los votos válidos se obtienen luego de deducir, del total de votos emitidos, los blancos y nulos.

En una elección municipal y regional, los peruanos en el extranjero no votan. Sin embargo, lo que no saben muchos de nuestros compatriotas es que este 3 de octubre sí deberán sufragar, pero para el referéndum del Fonavi.

Más de 716 mil peruanos [residentes en el extranjero] deberán decidir sobre la aprobación o desaprobación del proyecto de ley de devolución de aportes de lo que fuera el fondo de vivienda. Junto a ellos más de 19 millones votarán en el Perú, no solo por el Fonavi, sino también en las elecciones regionales y municipales.
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Pregunta de la cédula del referéndum no se puede cambiar

Publicado en el diario Perú.21, viernes 27 de agosto de 2010, p. 6

Gobierno evalúa cambio en la pregunta del referéndum

Fuente: Perú.21

Premier Velásquez señala que el Ejecutivo está estudiando el tema con algunos juristas.

ONPE precisa que etapa de impugnaciones pasó y que ya no se puede hacer cambios.

Ahora que el referéndum para ver si se devuelven los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) está a la vuelta de la esquina, el presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén, informó que el Gobierno está estudiando la eventual modificación de la pregunta en la cédula de sufragio.

“Estamos evaluando, con algunos juristas, la posibilidad de replantear el tema, cómo explicarle al país esto que, en última instancia, lo único que va a hacer es afectar a los más pobres”, declaró el primer ministro, quien descartó de plano la devolución individual de dinero a los aportantes.

Velásquez reiteró lo dicho por el presidente Alan García en el sentido de que el eventual triunfo del Sí en la consulta del próximo 3 de octubre significaría un costo aproximado de 20 mil millones de soles y que el desembolso de ese dinero implicaría el aumento del Impuesto General a las Ventas a por lo menos 23%.

El ministro de Transportes, Enrique Cornejo, también dijo que la fórmula de la consulta está mal planteada y que las cosas cambiarían si se le preguntara a los ciudadanos si están dispuestos a que le suban los impuestos para que haya mayores ingresos y que, con ese dinero, se les pague a los fonavistas.

NO SE PUEDE. Frente a la posibilidad planteada por el jefe del Gabinete Ministerial, el representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la ONPE, Carlo Magno Salcedo, explicó que la ley establece procedimientos específicos para la aprobación de la cédula de sufragio y que a estas alturas ya no es posible modificación alguna.
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Conozca los modelos de las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales y Referéndum 2010

Carlo Magno Salcedo entrevistado por Willax.tv, 11 de agosto de 2010

En la siguiente entrevista realizada por Willax TV (ex Agencia Perú), explico sobre los diversos modelos de las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales, y Referéndum Nacional 2010.

Preciso que para las ELECCIONES MUNICIPALES habrá dos modelos. El primero tiene dos columnas: una para la votación provincial y otra para la distrital. El otro modelo tiene una sola columna, correspondiente a la votación provincial. Esta diferencia se justifica porque en todos los distritos capitales de provincia no se eligen autoridades municipales distritales, toda vez que en estos distritos las autoridades municipales provinciales hacen las veces de autoridades municipales distritales.; como ocurre, por ejemplo, en el distrito del Cercado de Lima.
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JNE posterga Referéndum sobre el Fonavi hasta próximas Elecciones Regionales y Municipales, y gobierno busca cinco pies al gato

Fuente: www.diariolaprimeraperu.com

En nuestro post anterior (publicado el 9 de enero pasado) sobre esta larga telenovela en que se ha convertido la cuestión del Referéndum sobre el Fonavi, habíamos señalado que dicha consulta popular, convocada por el Jurado Nacional de Elecciones para el 3 de mayo pasado (mediante resoluciones N.º 331-2008-JNE y N.º 331-A-2009-JNE) corría serio riesgo de no realizarse, debido a la negativa del Poder Ejecutivo a otorgar el presupuesto correspondiente, a pesar de los reiterados e insistentes requerimientos realizados por los organismos electorales.

Como sabemos, el Poder Ejecutivo no llegó a entregar el presupuesto, por lo que finalmente la consulta popular no pudo realizarse en la fecha convocada, habiéndose visto obligado el Jurado Nacional de Elecciones a postergarlo; primero a través de la Resolución N.º 285-2009-JNE, del 17 de abril último, a través de la cual declara la postergación del referéndum, aunque sin determinar una fecha para su realización (lo que en verdad implica una suspensión por tiempo indefinido de la consulta popular); y luego a través de la Resolución N.º 312-2009-JNE, del 7 de mayo pasado, la cual fija el domingo 21 de noviembre de 2010 como nueva fecha para llevarlo a cabo, de modo tal que se realice conjuntamente con las próximas Elecciones Regionales y Municipales.
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¡Alerta máxima! Referéndum sobre el Fonavi en riesgo porque Poder Ejecutivo no entrega presupuesto

Fonavistas protestando en defensa de su derecho al referéndum. Fuente:  flickr.com/photos/12896204@N00/2605430937

El Referéndum Nacio-nal para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores que con-tribuyeron al mismo”, convocado por el Jurado Nacional de Elecciones para el próximo domingo 3 de mayo, corre serio riesgo de no realizarse, debido a que el Poder Ejecutivo, hasta la fecha, no cumple con otorgar el presupuesto necesario para poder ejecutar dicha consulta popular, a pesar que hace casi tres meses se cumplió el plazo que el gobierno tenía para cumplir con habilitar y entregar a los organismos electorales dicho presupuesto, y pese a los reiterados e insistentes requerimientos que estos organismos han realizado, tanto al Ministro de Economía y Finanzas como al Presidente del Consejo de Ministros, para que cumplan con otorgar los recursos demandados, poniendo en su conocimiento que, de no hacerlo, se estaría impidiendo la realización del referéndum.
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El caso Fonavi: el JNE se mantiene en sus trece y desacata resolución de autoridad judicial

IMPORTANTE: Algunos alcances más actuales sobre este tema se realizan en el post: “El JNE por fin convoca a referéndum sobre el Fonavi. ¿Podríamos evitarnos el costo de la consulta?”

Fonavistas protestando para que se cumpla con convocar a referéndum

En una actitud que constituye un abierto desacato a la autoridad judicial, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se mantiene en sus trece y se niega a acatar la disposición de la juez del Sétimo Juzgado Civil de Lima, Rosa María Cabello, que le ordenó dar cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal Constitucional (TC), es decir, convocar al referéndum sobre el Fonavi, en un plazo de 48 horas de notificado. Según información periodística, dicha notificación se habría realizado el lunes 31 de marzo pasado, por lo que el plazo habría vencido el miércoles 02 de abril. Sin embargo, ni esa fecha, ni posteriormente el JNE ha cumplido con la orden judicial.
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El voto voluntario (nuevamente) en debate

IMPORTANTE: Algunos alcances más actuales sobre este tema se realizan en el post: “El voto facultativo (nuevamente) a la congeladora. El culebrón de nunca acabar”.

Fuente: www.elobservatodo.cl

Como sabemos, en nuestro país el ejercicio del voto es obligatorio; sin embar- go, desde hace algún tiempo existen voces que abogan porque deje de serlo y se convierta en voluntario (o facultativo, como dicen algunos). En esa línea, de acuerdo a la agenda aprobada por la Comisión de Consti- tución y Reglamento del Congreso de la República, se ha previsto debatir en la presente legislatura (segunda del periodo legislativo 2007-2008) la reforma del artículo 31º de la Constitución, con el objeto de instaurar el voto voluntario.
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