Archivo por meses: febrero 2007

La improcedencia del referéndum sobre la pena de muerte (*)

Fuente: http://z.about.com/d/crime/1/0/J/N/13_electricchair.jpg

Tras lamentar que el Congreso de la República archivara el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que pretendía hacer efectiva la pena de muerte para las formas agravadas del delito de terrorismo (Proyecto de Ley N.º 669/2006-PE), el Presidente de la República propuso que se consulte directamente al pueblo, a través de un referéndum, si es que se debe aplicar la sanción de pena de muerte para los delitos más graves en nuestro país.

Inmediatamente diversas vo- ces, incluyendo la de algunos de sus propios ministros de Estado, le recordaron que el referéndum por él sugerido es un imposible jurídico, ya que el artículo 32 de la Constitución establece de manera expresa que no se pueden someter a referéndum la supresión y la disminución de los derechos fundamentales de la persona (como lo es el derecho a la vida, consagrado por el inciso 1 del artículo 2 de la Constitución), ni las normas de carácter tributario y presupuestal, ni los tratados internacionales en vigor.
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