Archivo por meses: febrero 2009

Hacia una reforma del régimen de los derechos de participación y control ciudadanos

Pericles

En un post anterior sostuve que las modificaciones realizadas a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, por la Ley N.º 29313, eran en su mayoría intrascendentes, toda vez que no realizaban reformas de fondo al régimen sobre los derechos de participación y control ciudadanos; y se trataba, más bien, de “reformas cosméticas”, modificaciones meramente formales que en nada o muy poco mejorarán el régimen legal en la materia. En tal sentido, manifestamos que no compartíamos el optimismo demostrado por algunos sobre las supuestas virtudes de la Ley N.º 29313.
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Las vicisitudes del voto preferencial y la democracia interna en los partidos políticos en el Perú

Reproduzco el siguiente artículo publicado en Panorama Hemisférico, Año II, N.º 17, octubre de 2008, pp. 6-7.

Las vicisitudes del voto preferencial y la democracia interna en los partidos políticos en el Perú

Portada de Panorama Hemisférico, N.º 17

Luces y sombras del voto preferencial

En junio de 1978, el dictador Francisco Morales Bermúdez convocó a la Asamblea Constituyente que iniciaría nuestra penúltima transición a la democracia. Una de las novedades en la elección de los 100 constituyentes que deberían integrarla fue el sistema de lista cerrada pero no bloqueada, que en el Perú se conoce mejor con el nombre de voto preferencial. Desde entonces, dicho sistema ha regido en todas las elecciones parlamentarias.

Como se sabe, bajo el sistema de voto preferencial los partidos confeccionan sus listas de candidatos de acuerdo a sus procedimientos internos, sin embargo, los electores tienen la opción de escoger, entre los miembros de la lista presentada por el partido, al candidato de su preferencia; con lo que el orden de ubicación de los candidatos dentro de la lista puede ser modificado. Así, el voto preferencial es más democrático ya que permite que los ciudadanos tengan un mayor nivel de decisión respecto a la conformación final del parlamento.
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El reino del desacato y la impunidad

Adecuación a partir de imagen publicada en: http://lacomunidad.elpais.com/blogfiles/labaez/justiciaencarcelada.jpg

Voy a señalar sólo tres hechos, de entre muchos que existen, que demues-tran que en nuestro país los más importantes funciona-rios del Estado y las autoridades que ejercen el gobierno representando al pueblo ―y que como tales deberían dar el ejemplo sobre el cumplimiento de la ley y de los mandatos jurisdiccionales―, son los primeros en violar la ley y en quebrantar el Estado de derecho, desacatando, por ejemplo, las resoluciones finales del Tribunal Consti-tucional (TC).

Un JNE rebelde (Caso FONAVI: primera parte)

El primer caso, documentado ampliamente en este blog, consistió en la larga y obstinada resistencia por parte del anterior Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para cumplir con las sentencias del TC, que le obligaban a convocar a referéndum nacional para someter a consulta popular la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”.
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