Implicancias legales de la confirmación de la prisión preventiva de la pareja Humala – Heredia (04/Ago/2017)

Carlo Magno Salcedo Cuadros, asociado del Estudio Ugaz Zegarra & Abogados, en entrevista realizada el 04 de agosto por Nicolás Salazar (TV Perú Noticias 7.3), analiza la situación legal de la pareja Humala – Heredia.

Ante la ratificación de la medida de prisión preventiva de la pareja Humala- Heredia, Salcedo señala que la defensa legal de los investigados tiene dos alternativas: recurrir a la casación extraordinaria o al proceso de hábeas corpus. Salcedo sostiene que “una primera posibilidad sería ir a una casación extraordinaria, que tiene que ver con una discusión doctrinaria para dilucidar si la decisión adoptada por juzgado y la sala es consistente y coherente con la doctrina penal, que es una especie de apelación de puro derecho” y lo que eventualmente analizará la Corte Suprema “es si se han presentado nuevos hechos que determinen que ha cambiado la situación y si existe peligro procesal, es decir eventos que pudieran afectar la impartición de justicia o  un potencial riesgo de fuga”.

El constitucionalista agregó que “una de las cuestiones principales en el país es que hay un abuso de la medida de la prisión preventiva. Parece que por cualquier cosa los jueces penales hacen uso de este recurso, llenando las cárceles de procesados o investigados, cuando en realidad esta figura es una medida extrema. Lo que llama la atención, en este caso y en otros, es que el Ministerio Público se demore tanto tiempo para determinar si formula denuncia o no, lo que denota es que no tienen la certeza de contar con los elementos para que las denuncias puedan tener éxito en el Poder Judicial”.

Con respecto al recurso de hábeas corpus, Salcedo indica que es un proceso constitucional que protege la libertad individual de la persona y que podría ser usado por la defensa para demostrar que este fallo judicial es arbitrario y viola la libertad constitucional de sus patrocinados, más aún cuando hay otras medidas que implementar. Además refiere que este recurso se vería en un juzgado penal, pudiendo ser apelado, en caso de ser adverso para los investigados, en una sala superior, podría acudirse al Tribunal Constitucional a través de un recurso de agravio constitucional, recordando adicionalmente que, por lo general, los procesos de amparo o hábeas corpus contra resoluciones judiciales que han sido declarados fundados, lo han sido en el Tribunal Constitucional.

Para concluir con su análisis, Salcedo señala que si la defensa de la pareja Humala – Heredia desea acudir a una instancia internacional, primero debe agotar el fuero interno: Si el abogado Pedraza desea acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos deberá agotar la vía interna, para lo cual debe recurrir al hábeas corpus.

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