Archivo del Autor: Augusto E. Lam Wong

Acerca de Augusto E. Lam Wong

Contador Público - Pontificia Universidad Católica del Perú. Maestría (c) Contabilidad de Gestión - Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctorado (c) Ciencias Contables y Empresariales - Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

PERÚ: Terminó la vigencia de los beneficios de inafectación de las gratificaciones y de la bonificación extraordinaria

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Fuente:  Informativo  ECB

RECORDATORIO IMPORTANTE: Terminó la vigencia de los beneficios de inafectación de las gratificaciones y de la bonificación extraordinaria

 La vigencia de los beneficios establecidos por las Ley N° 29351 (01.05.2009) y 29714 (19.06.2011) terminó el 31 de diciembre de 2014, de tal manera que las gratificaciones ordinarias y truncas generadas a partir del 01 de enero de 2015 estarán afectas a todos los tributos que gravan remuneraciones, sean a cargo del empleador o del trabajador, y tampoco se generará la bonificación extraordinaria respecto de las gratificaciones generadas a partir del 01 de enero de 2015.

Recordemos que a través de la Ley N° 29351 se estableció la inafectación temporal de las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad del régimen laboral de la actividad privada reguladas por la Ley N° 27735 (28.05.2002), así como de las gratificaciones y aguinaldos que perciben los trabajadores del sector público. También se estableció un segundo beneficio, una bonificación extraordinaria equivalente al monto que el empleador dejaba de aportar al Essalud, respecto de las gratificaciones (9% y 6.75% en caso de los trabajadores afiliados a una EPS). Estos beneficios se dieron con carácter temporal, pues estarían vigentes solo hasta el 31 de de diciembre de 2010.

Posteriormente, a través de la Ley N° 29714, se prolongó la vigencia de estos beneficios hasta el 31 de de diciembre de 2014.

Por ello, dado que no se ha dictado una norma que determine la prórroga o el carácter permanente de la inafectación y el pago de la bonificación extraordinaria, éstas han quedado sin efecto a partir del 01 de enero de 2015. Por lo que las gratificaciones volverán a estar gravadas con los aportes al Essalud, pensiones (sea Sistema Nacional de Pensiones o Sistema Privado de Pensiones), Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y la contribución al Senati.

 

 

APLICACIÓN TEMPORAL DE LA INAFECTACIÓN DE LAS GRATIFICACIONES Y PAGO DE LA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA

 

Período

 

Beneficio

 

Vigencia

 

Hasta el 01.05.2009

 

Inafectación y bonificación extraordinaria

 

No existían dichos beneficios

 

Entre el 02.05.2009 y el 31.12.2010

 

Inafectación y bonificación extraordinaria

 

Se aplican sobre las gratificaciones ordinarias y truncas pagadas durante dicho período (no se aplica retroactivamente)

 

Entre el 01.01.2011 y el 19.06.2011

 

Inafectación y bonificación extraordinaria

 

No se aplican sobre las gratificaciones pagadas durante ese período

 

Entre el 20.06.2011 y el 31.12.2014

 

Inafectación y bonificación extraordinaria

 

Se aplican sobre las gratificaciones ordinarias y truncas pagadas durante dicho período (no se aplica retroactivamente)

 

A partir del

01.01.2015

 

Inafectación y bonificación extraordinaria

 

Ya no se aplican sobre las gratificaciones generadas a partir de dicha fecha

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PERÚ: Registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica

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Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)

Modifican las condiciones para los sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica a partir del 1 de enero de

Fuente:  Informativo ECB del 23 de enero del 2015
1) Norma:

Resolución de Superintendencia N° 018-2015/SUNAT

Fecha de Publicación: 23.01.2015

2) Antecedentes:

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT, se establece sujetos obligados a llevar registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica;

Asimismo, Resolución de Superintendencia N.° 390-2014/SUNAT se modifica la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT a fin de ampliar el universo de sujetos obligados a llevar de manera electrónica los registros de ventas e ingresos y de compras incorporando, a partir del 1 de enero de 2015, a los que cumplan las condiciones que establece el numeral 2.2 del artículo 2° de la citada resolución, entre ellas, que los sujetos se encuentren acogidos al régimen general o especial del impuesto a la renta y que estos hayan obtenido en el ejercicio 2014 ingresos iguales o mayores a 75 UIT.

Siendo así, la SUNAT ha estimado conveniente modificar las condiciones establecidas para los sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica a partir del 1 de enero de 2015, a fin de obligar a los que, entre otros, hubieran obtenido en el ejercicio 2014 ingresos mayores a 150 UIT y se encuentren acogidos al régimen general del impuesto a la renta;

3) Disposiciones:

Mediante el artículo 1° de la presente Resolución referido a los sujetos obligados a llevar los registros de forma electrónica a partir del 1 de enero de 2015, se sustituye el inciso b) y g) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT y normas modificatorias estableciendo lo siguiente:

2.2 (….)

b) Se encuentren acogidos al régimen general del impuesto a la renta.
(…..)

 

g) Hayan obtenido en el ejercicio 2014 ingresos mayores a 150 UIT. Para tal efecto:

g.1) Se utiliza como referencia la UIT vigente para el ejercicio 2014.

g.2) Se consideran los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual.”.

Adicionalmente, mediante el artículo 2° de la presente Resolución referido a los sujetos obligados a llevar los registros de forma electrónica a partir del 1 de enero de 2016, el cual incorpora como numeral 2.3 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT y normas modificatorias, de la siguiente manera:

(…)

2.3 A su vez, en adición a los sujetos referidos en los numerales anteriores, a partir del 1 de enero de 2016, están obligados a llevar los registros de manera electrónica los sujetos que cumplan con las siguientes condiciones:

a) Se encuentren inscritos en el RUC con estado activo al 1 de enero de 2016.

b) Se encuentren acogidos al régimen general del impuesto a la renta o al régimen especial del impuesto a la renta.

c) Estén obligados a llevar los registros de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del IGV.

d) No hayan sido incorporados al SLE-PLE.

e) No se hubieran afiliado al SLE-PLE y generado los registros en dicho sistema.

f) No hayan generado los registros en el SLEPORTAL.

g) Hayan obtenido en el ejercicio 2015 ingresos iguales o mayores a 75 UIT. Para tal efecto:

g.1) Se utiliza como referencia la UIT vigente para el ejercicio 2015.

g.2) Se consideran los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual.”

Por su parte el artículo 3° de la misma Resolución, referido a los efectos de la obligación de llevar de manera electrónica los registros, se Sustitúyase el literal a) del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT y normas modificatorias, estableciéndose que:

(..)

a) Deben cerrar los registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas hasta el período diciembre de 2013 los sujetos obligados a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2°, hasta el periodo diciembre de 2014 los sujetos obligados a que se refiere el numeral 2.2 del artículo 2°, y hasta el periodo diciembre de 2015 los sujetos obligados a que se refiere el numeral 2.3 del artículo 2°, previo registro de lo que corresponda anotar en estos.”.

De la misma manera el artículo 4 de la presente Resolución referido a la regularización de la Anotación de periodos anteriores al cambio del llevado de los registros electrónicos en el SLE-PLE al SLE-PORTAL, se sustituye el segundo párrafo del literal b) del artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/ SUNAT y normas modificatorias, señalándose lo siguiente:

(…)

b) (…)

Tratándose de los sujetos obligados del numeral 2.2 del artículo 2°, la regularización a que se refiere el literal b) de la tercera disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia Nº 066-2013- SUNAT y normas modificatorias, solo opera respecto del periodo enero 2015 en adelante. En el caso de los sujetos obligados a que se refiera el numeral 2.3 del artículo 2°, la referida regularización solo opera respecto del período enero 2016 en adelante.

Finalmente, mediante el artículo 5° de la presente Resolución referido a la regularización de la anotación de periodos anteriores al cambio del llevado de los registros electrónicos en el SLE-PORTAL al SLE-PLE, el cual sustituye el literal b) del primer párrafo del artículo 13° de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/ SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto:

(…)

b) En caso existieran periodos anteriores a aquel por el que se decide realizar el cambio, respecto de los cuales no se hubiera efectuado la anotación de las operaciones, los mismos pueden regularizarse en el SLE-PLE. Dicha regularización solo opera, tratándose de los sujetos obligados del numeral 2.1 del artículo 2, del período enero de 2014 en adelante, tratándose de los sujetos obligados del numeral 2.2 del artículo 2, del periodo enero 2015 en adelante, y tratándose de los sujetos obligados del numeral 2.3 del artículo 2, del periodo enero 2016 en adelante.

4) Vigencia:

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir el 24 de enero del 2015.

 

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Grecia: Cinco años después del rescate financiero

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Así está Grecia cinco años después del rescate financiero

Los griegos han soportado por años medidas que han mejorado la economía pero empeorado sus vidas; se espera que el partido antiausteridad Syriza gane la elección nacional ante el hartazgo ciudadano.

Por: Virginia Harrison |
Viernes, 23 de enero de 2015 a las 06:02
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/economia/2015/01/22/elecciones-en-grecia-sirvieron-5-anos-de-austeridad?newsvcnn2=1422018609

LONDRES — Es el momento decisivo en Grecia.

Las elecciones nacionales del domingo son ampliamente vistas como un voto sobre los años de severa austeridad que sus ciudadanos han tenido que soportar, y sobre si pueden soportar mucho más.

Ya en 2010, el país aceptó su primer rescate: 240,000 millones de dólares  (277,800 millones de euros) de ayuda internacional para rescatar su maltrecha economía. A cambio, Grecia acordó profundos recortes a los salarios públicos, alzas de impuestos, congelación de pensiones públicas y prohibiciones de jubilación anticipada.

Casi cinco años después, la economía griega está en mejor forma, pero la vida de muchos griegos es mucho peor. El desempleo ha aumentado y los salarios han caído incluso aunque la gente trabaja durante mas tiempo; todo lo cual está impulsando una demanda de un cambio.

Se espera que el partido antiausteridad Syriza gane la elección. El partido ha atraído un significativo apoyo público por sus promesas de renegociar los términos del rescate y ofrecer alivio a los hartos ciudadanos griegos. Pero la victoria de Syriza pondría en duda el todavía frágil futuro económico del país.

¿Cuánto ha cambiado Grecia desde el inicio de la crisis financiera?

1. De vuelta a números negros

En los últimos cinco años, Grecia ha oscilado desde un déficit considerable hasta un pequeño superávit. El déficit primario del país fue de 10.7% del PIB en 2009, un nivel altísimo. El año pasado se registró un superávit primario de 2.7% del PIB. Eso significa que si se elimina el pago de intereses, el gobierno recaudó más dinero del que pagó. Y llegó a ese objetivo antes de lo prometido a los prestamistas.

2. Bancos más saludables

El sector bancario de Grecia es mucho más resistente. Los bancos han sido recapitalizados y la industria se ha reducido de 18 bancos comerciales a tan sólo 4. Las pruebas de estrés recientes han destacado su más sólida posición de capital y su confianza en el sector financiero.

3. El desempleo se dispara

Pero el principal punto problemático es el empleo. Hace cinco años, la tasa de desempleo era de alrededor del 12%. El año pasado se ubicó en más del doble de ese nivel, en 26%. La escasez de trabajo es aún peor para los jóvenes griegos: la mitad de todos los jóvenes no tienen empleo. Y eso es un problema tanto en el corto como en el largo plazo.

“Es una bomba de tiempo para el sector salud nacional y para las cuentas por pagar de pensiones del sector público”, dijo la directora general de G + Economics Lena Komileva, “El contribuyente tendrá que pagar las futuras cuentas del sector público”.

4. La economía se está reduciendo

Muchas de las pérdidas de empleos están vinculadas a una fuerte contracción en el tamaño de la economía griega, que es aproximadamente 25% más pequeña de lo que era antes de la crisis. El año pasado, el país retornó a un crecimiento modesto después de cinco años de recesión; pero la producción sigue estando muy por debajo de los niveles observados en 2007.

5. Los salarios caen

Aquellos con un puesto de trabajo reciben menos paga. La inflación salarial alcanzó un insostenible crecimiento máximo de 12.5% a tasa anual en 2010. Entonces los salarios comenzaron a caer bruscamente. En 2013 estaban cayendo a casi 12% a tasa anual; y todavía están cayendo.

6. Más horas laborales

La edad de jubilación promediaba 61 años en 2010. Se ha elevado a 65 años, y las expectativas son que se elevará a 67 en los próximos años.

7. Aluvión de deuda

La deuda de Grecia era muy alta entonces, y sigue siendo muy alta ahora. La deuda neta fue de alrededor de 130% del PIB en 2010, según el FMI; ahora está cerca del 170%. La economía se ha encogido por lo que la relación de deuda se ha incrementado y ha puesto al país en lo que Komileva de G + Economics describe como la “trampa de la deuda”.

“Grecia no podrá generar el nivel de ingresos para pagar a sus deudores, nunca”, dijo.

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PERÚ: SUNAT – TIPO DE CAMBIO DE CIERRE 2014

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Fuente: www.caballerobustamante.com.pe

www.checkpoint.com.pe

Derechos Reservados

 

TIPOS DE CAMBIO APLICABLES A LOS SALDOS EN MONEDA EXTRANJERA DE ACTIVOS Y PASIVOS

AL CIERRE DEL EJERCICIO 2014

 

TIPO DE CAMBIO DE CIERRE 2014

 

TIPO DE CAMBIO DE CIERRE 2014

MONEDA

 

COMPRA(S/.)

VENTA(S/.)

 

Dólar de N.A.

 

2.981

 

2.989

 

Euro

 

3.545

 

3.766

 

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MÉXICO: Hacer negocios entre robos, secuestros y extorsión

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Hacer negocios entre robos, secuestros y extorsión

Los empresarios operan en condiciones extremas en ocho estados de México. Guerrero es un ejemplo; la primera entrega del reportaje de Expansión publicado en su informe El otro Mexican Moment.

Por: Wendy Selene Pérez |
Martes, 20 de enero de 2015 a las 06:00
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/especiales/2014/12/10/hacer-negocios-entre-robo-secuestro-y-extorsion?newsvcnn2=1421759840

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — (NOTA DEL EDITOR: Ésta es la primera parte del reportaje publicado por la revista Expansión en su edición del 19 de diciembre de 2014. La segunda parte será publicada en este sitio el miércoles 21 de enero de 2015).

Para llegar a la oficina del empresario Adrián Alarcón, en la periferia de Chilpancingo, hay que cruzar una reja, siete puertas blindadas con doble metal y subir tres pisos por escaleras

“Aquí, en el piso de abajo, hay agentes armados hasta los dientes: no nos van a agarrar indefensos”, dice este constructor de la capital de Guerrero, una ciudad 241,000 habitantes que puede cruzarse minutos, a pesar de sus calles apretujadas.

En marzo de 2013, en pleno mediodía, de hombres armados bloqueó la entrada cementera de Alarcón para impedir el paso de concreto que estaban a punto de salir, un valor de 2 millones de pesos (mdp).

Los hombres llevaban un mensaje: “Me citaron en una casa particular”, cuenta el empresario, que dice que en Chilpancingo vende más que Cemex. “Acudí porque mi apuro eran las siete ollas: si el concreto se seca, es una pérdida total”, explica sentado al frente de un amplio escritorio empolvado.

Cuando entró en la casa, la primera sorpresa que se llevó es que conocía al extorsionador: había sido compañero de su papá en un sindicato. Y la segunda, que le dijo que era el jefe local de Los Rojos, el grupo delictivo que se disputa el estado con Guerreros Unidos.

Alarcón lo encontró leyendo la Biblia. “La leo para que Dios se compadezca de mí, por todo lo que estoy haciendo”, recuerda que le dijo.

Le exigió 900,000 pesos para dejarlo en paz y que le ayudara a localizar a unos empresarios que tenía en una lista. Alarcón respondió que no conocía a ninguno, pagó el dinero y recuperó las ollas a tiempo.

La pesadilla no terminó ahí, porque 15 días después los hombres regresaron a la oficina, le rompieron los dientes al vigilante y pidieron más dinero. Los empleados quisieron renunciar en bloque, pero Alarcón los convenció de mudarse a trabajar a una casa.

Luego, una empresa de seguridad colocó agentes armados y blindó su camioneta, su hogar y la constructora.

Los hombres armados que lo visitaron tenían el rostro descubierto. Los criminales en esta ciudad suelen esperar en las puertas de casas y comercios como si fueran viejos conocidos, cuentan varios empresarios del lugar en entrevistas por separado. Casi nadie denuncia.

Crece la violencia, no la economía

“En el momento en que levantas la voz, eres víctima de más ataques”, dice María Luisa Vargas en la oficina de su taller, en el centro de la ciudad, al lado de una estética donde un día antes secuestraron a la dueña.

Vargas es líder de 300 maquiladores en el estado y presidenta de la Comisión de Seguridad de la Confederación Patronal (Coparmex) de Chilpancingo, un grupo que surgió para tomar medidas contra la inseguridad por falta de confianza en las autoridades.

En Chilpancingo, la escalada de violencia comenzó en 2006, cuando el cártel de Los Zetas llegó a Guerrero y aparecieron las primeras cabezas de policías. En la lucha por el control del territorio, los nombres de los grupos criminales cambiaron, también los jefes. Pero las formas son las mismas: decapitados, desmembrados, desollados y calcinados por “la maña”, como la gente llama a los criminales organizados.

Guerrero es uno de los estados más violentos de México: el primero por asesinatos -32 por cada 100,000 habitantes- y organizaciones criminales -cerca de 30- y el sexto con más secuestros.

Abundan las plantaciones de marihuana y amapola, de la que se sacan el opio, la morfina y la heroína. Y allí, en Iguala de la Independencia, a 112 kilómetros de Chilpancingo, desaparecieron el 26 de septiembre de 2014, 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, entregados por policías municipales al grupo Guerreros Unidos, según la PGR.

La economía del estado se resiente: en los últimos cuatro años, en promedio, fue la tercera región de México que menos creció, después de Campeche y Sinaloa.

cnnexpansion

“He pensado en irme de Guerrero, pero ¿a dónde, cómo empezar todo y rehacerlo en alguna parte? Lo único que le pido a Dios es que esto ya no pase”. Empresario de la industria del maíz y la tortilla. (Foto: Jesús Almazán / Revista Expansión).

Guerrero y siete estados más

Pero Guerrero no es el único lugar donde los empresarios sufren extorsiones y secuestros y cierran negocios por la violencia. Tamaulipas, Veracruz, Sinaloa, Michoacán, Jalisco, Morelos y Estado de México viven, en mayor o menor medida, situaciones parecidas.

Las desapariciones de Iguala ocurrieron menos de dos meses después de que en Tlatlaya, Estado de México, los militares ejecutaran presuntamente a por lo menos 15 personas en la madrugada del 30 de junio, según la investigación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Estos dos sucesos desataron un movimiento social que salió a las calles a reclamar ante la debilidad del Estado de Derecho en el país.

“No es un tema de que se haya roto (el Estado de Derecho). Estamos hablando especialmente de comunidades en donde ha habido debilidad institucional, en donde ha habido recursos precarios”, dice Eduardo Sánchez, vocero de la Presidencia.

Los costos directos e indirectos por la inseguridad en México son de 0.75% del PIB, calcula el INEGI. Pero tres estudios de otros organismos -el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, el Institute for Economics and Peace y el Banco Interamericano de Desarrollo- estiman este porcentaje en al menos 10% del PIB. ¿Cómo se hacen negocios en medio de la violencia?

Frente común

Como Alarcón, muchos empresarios de Chilpancingo tienen historias de secuestros y extorsiones.

Un empresario, líder en la industria de la tortilla en el estado, que habla con condición de anonimato, todavía debe dinero del millón de pesos que pidieron por su rescate. Lo agarraron afuera de su negocio, lo vendaron, lo metieron a una camioneta y lo golpearon. Por la cantidad de curvas en el camino, calcula que lo llevaron a una casa en Tixtla, a 25 minutos de Chilpancingo.

“Llegó su líder y me dijo que estaba entre sicarios, que tenía que pagar un rescate o morirme. Me preguntó la cantidad de tortillerías, dónde compraba el maíz”, cuenta, sentado en un café frente a una plaza. Lo tuvieron cautivo tres días. En ningún momento le quitaron la venda de los ojos.

Habla con voz queda y mira constantemente el reflejo de la ventana, tratando de ver el movimiento de la gente en las mesas detrás de él. Desde aquella vez, dice que no ha vuelto a dormir bien y toma antidepresivos.

En esta zona de la ciudad hay varios hoteles con muy pocos turistas. Sólo se llenan cuando hay congresos organizados por dependencias de gobierno.

Desde la desaparición de los estudiantes de Ayotzinapa, más de 500 negocios permanecen cerrados en Chilpancingo y han tenido pérdidas por 300 millones de pesos, de acuerdo con datos de la Coparmex.

Sólo algunos bares abren hasta tarde, aunque lucen con las mesas vacías. Tienen la música siempre alta. Un hotelero dice que sabe que el ruido molesta a sus inquilinos, pero que no denuncia por miedo.

“En Chilpancingo no hay ley”, dice Jaime Nava, un publicista de 40 años que preside la Coparmex en Chilpancingo desde hace año y medio.

Cuando Nava llegó al cargo, su teléfono comenzó a sonar “como si fuera la PGR”, dice. Decidió organizar a todos para “autocuidarse”. Así, líderes del transporte, del maíz, de la maquila, policías comunitarias y una barra de abogados formaron un frente común.

Tienen grupos de WhatsApp y cambian a menudo de número celular. Si eres un desconocido, primero piden que te comuniques a través del chat, y ya decidirán si contestan. Van poco a sus negocios, y en diferentes horarios.

Derecho de piso

“Hemos tenido un día con 10 asaltos a negocios en el centro de Chilpancingo. ¡Diez asaltos! Hemos llegado a tener hasta cinco empresarios por semana secuestrados”, dice Nava.

Varios de estos empresarios consiguieron desde 2013 medidas cautelares de la CNDH. De esa manera, pueden andar con escoltas. “Hemos tomado lo que nos queda de valentía, hemos juntado nuestros miedos”, dice el constructor Alarcón. “Pero si fueran insuficientes, pues aquí en el negocio hay gente armada”.

El cobro de derecho de piso a cambio de la vida ocurre todos los días. Apolinar Segueda, líder de la Unión de Taxistas Democráticos, afirma que a los dueños de taxis les arrebatan 5,000 pesos al mes. A los tortilleros, 3,000 pesos, según un empresario del ramo. A los polleros, 2 pesos por cada pollo, dice Nava.

Y los bares tienen que pagar 3,500 pesos por semana, cuenta Pioquinto Damián Huato, ocho veces líder de la Cámara de Comercio (Canaco) local. Este empresario sufrió un atentado el 28 de enero de 2014: más de 120 balazos a la camioneta donde viajaba con su esposa, su hijo, su nuera -que murió en el acto- y otros tres acompañantes.

Vive recluido desde entonces en su edificio de cinco pisos, frente al zócalo, con puertas blindadas y vigilancia las 24 horas. Dice que hace siete meses que no sale de su casa.

“En agosto de 2013, empecé a denunciar que algunos policías municipales están ligados al cártel de Los Rojos”, explica, como causa del atentado.

Nava, Huato, Alarcón, Vargas y Segueda denuncian además que el alcalde Mario Moreno dio este año permiso para que circularan 200 taxis más en las estrechas calles de la ciudad, cuando ya había 524 licencias.

El transporte está “narcotizado -acusa Segueda-, está controlado por la mafia”. En la calle principal de Chilpancingo, circulan unos cuatro taxis por cada auto particular.

Expansión pidió entrevista con el alcalde de Chilpancingo y con el gobernador estatal, Rogelio Ortega -sustituto de Ángel Aguirre, que dejó el cargo después de los sucesos de Iguala-, pero no recibió respuesta al cierre de la edición correspondiente al 19 de diciembre de 2014.

En el exilio

Hay empresarios que optaron por marcharse. “Sé que se han ido del municipio unos 103”, dice Huato.

Entre ellos está un hotelero al que, el año pasado, tres hombres intentaron secuestrar afuera de su casa. Pudo someterlos gracias a que sabe kung-fu. Aún mantiene sus negocios. “Pero ya no se para aquí, se fue lejos y nadie sabe dónde está”, dice Huato.

Otro caso es el de Luis Castillo, un empresario editorial que cuenta su historia por teléfono, desde otro lugar del país. A su hijo lo secuestraron el 8 de febrero de 2014, a una cuadra del ayuntamiento.

Quiere regresar, pero el cierre de la edición, el gobierno estatal no le había aprobado las medidas cautelares para entrar con seguridad. “Estamos viviendo un exilio involuntario”, dice.

Al recorrer las calles de Chilpancingo y charlar con los comerciantes y empresarios, parece que sólo hay tres clases de negocios en auge: las empresas de seguridad privada, las funerarias y los prestamistas.

El nivel de pobreza del estado, los cobros de piso, los secuestros y las extorsiones generan mayor demanda de las casas de empeño y de los negocios de compra y venta de oro, que proliferan en las esquinas como si fueran Oxxos.  (La segunda parte de este reportaje de Expansión, disponible a partir del miércoles 21 de enero de 2015).

Con información de Dalia Martínez (Michoacán), Javier Estrada (Tamaulipas), Lourdes Flores (Nuevo León), Isabella González (Veracruz) y Jessica Bigio (Morelos).

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El dólar y el euro, cerca de la paridad uno a uno

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El dólar y el euro, cerca de la paridad uno a uno
Goldman Sachs prevé que el dólar estadounidense y el euro sean equivalentes a finales de 2016; el repunte de la economía de EU ha fortalecido al dólar contra las demás divisas, incluido el euro.
Por: Matt Egan | Miércoles, 14 de enero de 2015.

Fuente: http://www.cnnexpansion.com/economia/2015/01/13/dolar-y-euro-llegaran-a-la-paridad-uno-a-uno?newsvcnn2=1421240074

NUEVA YORK — El dólar estadounidense luce bastante fuerte estos días.

Gracias a la economía estadounidense renaciente, el dólar se ha fortalecido de manera significativa en los últimos meses contra casi todas las demás divisas.

Eso es especialmente cierto en comparación con el euro, que está siendo golpeado por el crecimiento sombrío en la eurozona.

Ahora, Goldman Sachs cree que el dólar estadounidense alcanzará al euro y que las dos monedas tendrán una paridad aproximada a finales del próximo año.

Eso es un cambio radical considerando que 1 euro compraba 1.60 dólares en julio de 2008. Las dos monedas no han estado en paridad uno a uno desde finales de 2002. En la actualidad 1 euro compra 1.18 dólares en los mercados internacionales; una tasa mucho mejor para cualquier estadounidense que viaje a Europa.

“Es una combinación de cosas buenas aquí y cosas malas allá”, dijo Marc Chandler, director global de estrategia cambiaria de Brown Brothers Harriman.

El plan de rescate de Europa perjudicará al euro
La debilidad del euro tiene sentido debido a las luchas económicas del continente. El crecimiento ha sido prácticamente inexistente y el desempleo está estancado cerca de máximos históricos.

Las cosas han empeorado tanto en la eurozona que los precios al consumidor cayeron en diciembre, marcando el primer episodio de deflación desde la Gran Recesión.

Ahora, el Banco Central Europeo está a punto de lanzar un nuevo programa de estímulo. Aunque el programa podría impulsar la economía, también es probable que reduzca el valor del euro aún más, por lo menos inicialmente.

Goldman Sachs predijo que el euro caerá a 1.08 dólares a finales de 2015 y que se comerciaría en paridad con el dólar a finales de 2016. El euro podría incluso caer por debajo del dólar más allá de ese nivel.

“Podría estar en paridad si el Banco Central Europeo realmente bombea el estímulo. Eso sería un acontecimiento histórico”, dijo Paul Christopher, director de estrategia internacional del Wells Fargo Investment Institute.

El resurgimiento de Estados Unidos
Todo esto destaca el gran contraste con Estados Unidos, donde puede que la economía no sea perfecta, pero súbitamente marcha a un ritmo muy saludable.

El crecimiento cobró velocidad el año pasado, cuando la economía creció a un increíble ritmo del 5% durante el tercer trimestre. El año pasado también marcó el mejor año de crecimiento del empleo en Estados Unidos desde 1999.

Aunque el BCE está aumentando el estímulo, la Reserva Federal está haciendo lo contrario. Su programa de compra de bonos terminó el año pasado y ahora la Fed se está preparando para elevar lentamente las tasas de interés. Eso es algo muy positivo para el dólar.

¿Viajes baratos a Europa?
El resurgimiento del dólar frente al euro podría ser una buena noticia para los turistas estadounidenses que viajan a principales destinos como París o Barcelona. Sus dólares deben valer mucho más que hace cinco años.

Por otra, el pasaje aéreo, el mayor costo de un viaje transatlántico, no ha bajado a pesar de la caída del petróleo. Y muchos hoteles y lugares de interés turístico probablemente ajustarán sus precios para reflejar las fluctuaciones monetarias.

Dicho esto, el dólar más fuerte no es una gran noticia para las grandes empresas multinacionales como General Electric, que hacen muchos negocios en el extranjero. Estos gigantes corporativos salen perdiendo cuando cambian a dólares sus ingresos obtenidos en el extranjero.

La minorista de alta gama Tiffany & Co ya está culpando a la fortaleza del dólar por sus débiles ventas navideñas.

Pero las empresas inteligentes deberían haber visto venir la fortaleza del dólar y mitigado este riesgo mediante cuidadosas estrategias de cobertura, dijo Chandler.

“Tenemos lágrimas de cocodrilo por ellos. Cuando el dólar está débil no dicen que realmente eso les ayudó. Decían que fue una “buena estrategia”, dijo.

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PERÚ: Sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica

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Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)

Modifican la Res. Nº 379-2013/SUNAT a fin de establecer nuevos sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica y que aprueba las fechas máximas de atraso de dichos registros para el 2015

Fuente: Informativo ECB del 31 de diciembre del 2014

1. Norma:
Resolución de Superintendencia N° 390-20147-SUNAT
Fecha de publicación, miércoles 31 de diciembre de 2014

2. Comentario:

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT se establece como sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica, a los sujetos obligados por la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, dichos obligados deberán llevar los registros en tanto estén acogidos al régimen general del impuesto a la renta, no se encuentren a?liados o incorporados al sistema de llevado de libros y registros electrónicos (SLE-PLE) aprobado por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT y normas modi?catorias, o no hayan generado los registros de ventas e ingresos y de compras en el sistema de llevado de los mencionados registros en SUNAT Operaciones en Línea (SLE-PORTAL) aprobado por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 066-2013/SUNAT y hubieran obtenido ingresos entre los meses de julio de 2012 a junio de 2013 mayores a 500 UIT
Por otro lado, para las operaciones del año 2014 a anotar en los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, las fechas máximas de atraso a considerar, por los distintos sujetos a?liados o incorporados al SLE PLE, incluidos los incorporados durante el año 2014, los que hubieran obtenido la calidad de generador del SLE PORTAL y los obligados a llevar los mencionados registros de forma electrónica, son aquellas contenidas en el Anexo II “CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DEVENTAS E INGRESOS ENERO A DICIEMBRE 2014” y en el Anexo III “CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MÁXIMADE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014” de la Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT
En ese sentido, mediante Resolución de Superintendencia N° 390-20147SUNAT, publicado el día de hoy miércoles 31 de diciembre de 2014 en el diario oficial “El Peruano”, se modifica la Res. N° 379-2013/SUNAT a fin de establecer nuevos sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica y se aprueban las fechas máximas de atraso de dichos registros para el 2015, por lo cual dicha resolución establece cuales son los nuevos sujetos obligados a llevar los registros de manera electrónica, los efectos que genera la obligación de llevar de manera electrónica los registros, así como también las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicas de Enero a Diciembre de 2015.
Finalmente, la presente resolución en comentario señala que las fechas máximas de atraso del registro de compras y el registro de ventas e ingresos de Enero a Diciembre de 2015 del cronograma tipo A, se encuentra publicado en el Anexo N° 1, no obstante para las fechas máximas de atraso del registro de compras y el registro de ventas e ingresos de Enero a Diciembre de 2015 del cronograma tipo B, se encuentra publicado en el Anexo N°2.

3. Vigencia:
La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir a partir del 01 de Enero de 2015.

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PERÚ: Suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impto. Renta por rentas de Cuarta Categoría

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Ministerio de Economía y Finanzas

Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 215-2006-EF que regula la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de Cuarta Categoría
Fuente: Informativo ECB del 31 de diciembre del 2014

1.-Norma:
Decreto Supremo N° 377-2014-EF
Fecha de Publicación: 31.12.2014

2.-Comentario
Mediante el inciso b) del artículo 71° Decreto Supremo N° 179-2004-EF (TUO de la Ley del Impuesto a la Renta) y normas modificatorias, establece que son agentes de retención las personas, empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad de acuerdo al primer y segundo párrafos del artículo 65° de la citada norma, cuando paguen o acrediten honorarios u otras remuneraciones que constituyan rentas de cuarta categoría.

Asimismo, mediante la Ley N° 30296 Ley que promueve la reactivación de la economía, se modificaron, entre otros, los artículos 74° y 86° del mencionado TUO variándose de 10% a 8% la tasa aplicable a la retención y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría, a partir del 1 de enero de 2015.

Siguiendo el mismo contexto, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 215-2006-EF que regula la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría, el cual establece, entre otros supuestos, que la SUNAT autorizará las solicitudes relativas a la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta, presentadas entre enero y junio por los contribuyentes cuyos ingresos superen el importe establecido por aquella, cuando el impuesto a la renta por las rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categorías que les corresponda pagar de acuerdo a los ingresos proyectados en el ejercicio sea igual o inferior al importe que resulte de aplicar el 10% al promedio mensual de los ingresos proyectados por rentas de cuarta categoría, multiplicado por el número de meses transcurridos desde el inicio del ejercicio hasta el mes de presentación de la solicitud inclusive.

En consecuencia, dado que resulta necesario adecuar el referido Decreto Supremo N° 215-2006-EF a las modificaciones introducidas por la Ley N° 30296, mediante el Decreto Supremo N° 377-2014-EF, se modifica los supuesto en los que procede la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta, en tal sentido se sustituye el apartado b.2.1) del numeral 5.1 del artículo 5° relacionado con los supuestos en los que procede la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta del Decreto Supremo N° 215-2006-EF, disponiéndose lo siguiente:

Tratándose de solicitudes presentadas entre enero y junio, el Impuesto a la Renta por las rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categorías que le corresponda pagar de acuerdo a los ingresos proyectados en el ejercicio sea igual o inferior al importe que resulte de aplicar el 8% al promedio mensual de los ingresos proyectados por rentas de cuarta categoría, multiplicado por el número de meses transcurridos desde el inicio del ejercicio hasta el mes de presentación de la solicitud inclusive.

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PERÚ: Ley N° 30296 – LEY QUE PROMUEVE LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA

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NORMAS LEGALES DEL 31/12/2014
Congreso de la República

LEY QUE PROMUEVE LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA
VOCES: Impuesto a la Renta – Dividendos – Rentas del Trabajo – Rentas de Cuarta Categoría – Rentas de Quinta Categoría – Rentas empresariales – Retenciones por rentas de cuarta categoría – Impuesto General a las Ventas – Recuperación Anticipada del IGV – Bienes de Capital – Adquisiciones comunes gravadas con el IGV

Fuente: Informativo ECB del 31 de diciembre del 2014

Dispositivo Legal: Ley N° 30296
Fecha de publicación: 31.12.2014
Fecha de vigencia: 01.01.2015(1)

Introducción
Mediante Ley N° 30296 publicada el 31.12.201 – en adelante la Ley – se ha aprobado el proyecto de Ley N° 4007 y que corresponde al cuarto paquete de medidas propuestas por el Poder Ejecutivo con la finalidad de reactivar la economía, frenar su ritmo de desaceleración e impulsar el crecimiento económico.
La referida Ley, versa sobre las disposiciones siguientes:
1. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta
2. Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital
3. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario
4. Contratos de Estabilidad Tributaria en Minería
5. Ley General de Aduanas

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(1) Salvo disposiciones específicas que tienen una vigencia diferenciada. Al respecto, ver la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30296

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PERÚ: Valor de la UIT durante el año 2015 (S/ 3,850.)

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NORMAS LEGALES DEL 30/12/2014
Ministerio de Economía y Finanzas

Valor de la Unidad Impositiva Tributaria durante el año 2015

Fuente: Informativo ECB del 30 de julio 2014

1. Norma:
Decreto Supremo Nº 374-2014-EF
Fecha de publicación: 30.12.2014

2. Comentario:
Recordemos que de conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros.
Asimismo, se dispone que el valor de la UIT será determinado mediante Decreto Supremo considerando los supuestos macroeconómicos.
Siendo así, mediante el presente Decreto Supremo se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2015 como índice de referencia en normas tributarias, siendo esta de Tres Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 850,00).

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