Archivo por meses: julio 2011

TC SEÑALA QUE EN EL AMPARO NO SE DILUCIDA LA TITULARIDAD DEL DERECHO NI SE DECLARA UNO SINO QUE SE RESTABLECE SU EJERCICIO

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EXP. N.° 00934-2011-PA/TC
LIMA
MIGUEL ÁNGEL
RUIZ MEZA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Lima, 9 de junio de 2011

VISTO

El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Miguel Ángel Ruiz Meza contra la resolución expedida por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 68, su fecha 14 de setiembre de 2010, que declaró improcedente, in límine, la demanda de autos; y,

ATENDIENDO A

1. Que con fecha 29 de enero de 2010 el recurrente interpone demanda de amparo contra la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se declare la nulidad del Acta N.º 356-2008-COM/PNP, del 5 de junio de 2008, mediante la cual se desestima su solicitud de otorgamiento de condecoración con la Orden de Mérito de la Policía Nacional del Perú en el Grado de Caballero y por la causal de acción distinguida, debido a su intervención en el rescate de la señora Mariana Frakas de Pollack, ocurrido el 6 de septiembre de 2002. En consecuencia solicita que se ordene a la emplazada que disponga todo lo necesario para el otorgamiento de la referida condecoración. Denuncia la violación de sus derechos a la igualdad ante la ley y de igualdad en la aplicación de la ley.

2. Que el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, con fecha 30 de enero de 2010, declaró improcedente in límine la demanda, en aplicación del precedente recaído en el Caso Baylón (Expediente N.º 0206-2005-PA/TC) y del artículo 5.2º del Código Procesal Constitucional.

3. Que la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó dicha decisión por el mismo fundamento.

4. Que en principio, el Tribunal Constitucional advierte que la pretensión de autos no puede ser susceptible de ser acogida por la vía del proceso de amparo, el cual no resulta idóneo en tanto en él no se dilucida la titularidad del derecho, ni se declara uno, sino se restablece su ejercicio. Y es que como fluye del petitorio, el actor pretende, vía sentencia constitucional, acceder o alcanzar una determinada condecoración que nunca ostentó, de manera que, como es evidente, no hay efecto restitutorio ni derecho que reponer.

5. Que sin embargo, dado que se invoca la violación de los derechos a la igualdad ante la ley y de igualdad en la aplicación de la ley, este Colegiado aprecia que el término de comparación no resulta válido, toda vez que, como consta en el acta cuestionada, el presupuesto de validez para otorgar una condecoración como la materia de autos lo constituye el hecho de haber puesto en riesgo la vida y, en el caso del actor, y como él mismo lo manifiesta a fojas 41 y 42, se encargó –en su calidad de Jefe del Área Dactiloscópica e Identificación de la Oficina de Criminalística– de elaborar diversos dictámenes periciales, no siendo posible determinar cómo es que otro oficial de su misma dependencia sí accedió a la aludida condecoración.

6. Que en consecuencia, dado que los hechos y el petitorio no inciden en el contenido constitucionalmente protegido de los invocados derechos, la demanda debe ser desestimada en aplicación del artículo 5.1º del Código Procesal Constitucional.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

RESUELVE

Declarar IMPROCEDENTE la demanda.

Publíquese y notifíquese.

SS.

MESÍA RAMÍREZ
ÁLVAREZ MIRANDA
VERGARA GOTELLI
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
URVIOLA HANI Sigue leyendo

Mata a su mujer cuando dormía. Celos volvieron loco a cobrador de micro en asentamiento de Los Olivos

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Mata a su mujer cuando dormía. Celos volvieron loco a cobrador de micro en asentamiento de Los Olivos

Porque creía que le era infiel con otro hombre, un cobrador de micro asesinó de dos cuchilladas en la espalda a su conviviente delante de su hijo de sólo tres años de edad, en su domicilio ubicado en el asentamiento humano Enrique Milla Mz 152, lote 30 en Los Olivos.

Era casi la medianoche de ayer, cuando la también cobradora Regina Coronado Rojas (27), quien dormía en su cama, fue acuchillada en la espalda por su pareja sentimental Elvis Taype Aliaga (27), quien tapó la boca de su víctima con un pantalón jean para que sus gritos no sean escuchados.

“Sólo oí mamá. Temiendo lo peor fui al cuarto de mi hija y vi cuando el maldito movía en círculos el cuchillo en el cuerpo de mi Regina. Lo golpeé y huyó desnudo, sólo llevaba puesto calzoncillo”, dijo en medio del llanto Gladys Rojas.

Aún con vida, Regina, quien deja dos hijos menores de edad, uno de ellos fruto de su primer compromiso, fue conducida al hospital Cayetano Heredia, lugar en el que falleció.
Se supo que la víctima había regresado hace dos semanas con el papá de su segundo hijo. “Era muy celoso, estaba molesto, porque Regina fue al cumpleaños de la profesora de su hijo”, reveló su madre.

algomás
El homicida estaría escondido en la casa de su ex conviviente en San Juan de Lurigancho y planearía fugar a Huánuco.
FUENTE: OJO PERU
10 de Julio del 2011 Sigue leyendo

A QUIENES SE LES CONSIDERA TRABAJADORES DE CONFIANZA SEGUN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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EXP. N.° 01568-2011-PA/TC
HUAURA
CÉSAR ALFREDO
CARROLLO ALCÁNTARA

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 4 días del mes de julio de 2011, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Álvarez Miranda, Beaumont Callirgos y Calle Hayen, pronuncia la siguiente sentencia

ASUNTO

Recurso de agravio constitucional interpuesto por don César Alfredo Carrollo Alcántara contra la sentencia expedida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huaura, de fojas 196, su fecha 31 de enero de 2010, que declaró improcedente la demanda de autos.

ANTECEDENTES

Con fecha 9 de noviembre de 2009, el recurrente interpone demanda de amparo contra el Gobierno Regional de Lima, solicitando que se declare inaplicable la Resolución Ejecutiva Regional N.º 526-2009-PRES, de fecha 11 de agosto del 2009, que le comunicó el término de la relación laboral; y que, consecuentemente, se le reincorpore en el puesto de Director Regional de la Producción del Gobierno emplazado y se le pague las remuneraciones dejadas de percibir mas las costas y los costos del proceso.

El Procurador Público del Gobierno emplazado contesta la demanda manifestando que el demandante fue designado en un cargo de confianza por el plazo de dos años, de conformidad con la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, de manera que al vencimiento de dicho plazo se procedió al cese del actor.

El Segundo Juzgado Civil Transitorio de Santa María, con fecha 26 de agosto del 2010, declaró infundada la demanda por considerar que cuando el demandante estuvo incorporado al régimen laboral público regulado por el Decreto Legislativo N.º 276, desempeñó un cargo de confianza adjudicado bajo la figura de designación, que es de cobertura transitoria, con estabilidad relativa por el periodo de la designación o el retiro de la confianza.

La Sala Superior, revocando la apelada, declara improcedente la demanda, señalando que la pretensión debe resolverse en la vía del proceso contencioso- administrativo.

FUNDAMENTOS

&. Procedencia de la demanda

1. El demandante solicita que se declare inaplicable la Resolución Ejecutiva Regional N.º 526-2009-PRES, de fecha 11 de agosto del 2009, que le comunicó la extinción de su relación laboral; y que, por consiguiente, se le reincorpore en el cargo de Director Regional de la Producción del Gobierno Regional de Lima. Refiere que no es un funcionario de confianza porque ingresó en la entidad demandada por haber ganado el concurso público que se convocó para ocupar la plaza mencionada.

2. En atención a los criterios de procedencia de las demandas de amparo referidas a materia laboral individual privada, establecidos en la STC 0206-2005-PA/TC, que constituye precedente vinculante, corresponde a este Tribunal evaluar si el demandante ha sido objeto de un despido arbitrario, o si el retiro de la confianza ha extinguido debidamente su relación laboral con el Gobierno emplazado, sujeta al régimen de la actividad privada, conforme se advierte de las boletas de pago obrantes a fojas 5 y 6 de autos.

&. Análisis de la controversia

3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 43º del Decreto Supremo N.º 003-97-TR, son trabajadores de confianza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección, teniendo acceso a secretos industriales, comerciales o profesionales y, en general, a información de carácter reservado. Asimismo, aquellos cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección, contribuyendo a la formación de las decisiones empresariales.

4. Por otro lado, según lo dispuesto por el artículo 59º del Decreto Supremo N.º 001-96-TR, para la calificación de los puestos de confianza el empleador deberá, entre otros requisitos, consignar en el libro de planillas y en las boletas de pago la calificación correspondiente. Asimismo, el artículo 60º del mencionado reglamento prescribe que la calificación de los puestos de confianza “es una formalidad que debe observar el empleador”; sin embargo, “su inobservancia no enerva dicha condición si de la prueba actuada ésta se acredita”, debido a que la categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la denominación que se le dé al puesto.

5. Este Tribunal en la STC N.º 3501-2006-PA/TC ha señalado que “El retiro de la confianza comporta la pérdida de su empleo, siempre que desde el principio de sus labores éste trabajador haya ejercido un cargo de confianza o de dirección, pues de no ser así, y al haber realizado labores comunes u ordinarias y luego ser promocionado a este nivel, tendría que regresar a realizar sus labores habituales, en salvaguarda de que no se produzca un abuso del derecho (artículo 103º de la Constitución), salvo que haya cometido una causal objetiva de despido indicada por ley”.

6. De autos se advierte que el demandante fue designado Director de Producción del Gobierno Regional de Lima, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N.º 334-2003-PRES, a partir del 1 de noviembre de 2003, al haber resultado ganador del concurso público respectivo, el mismo que se realizó al amparo de la Resolución Presidencial N.º 012-CND-P-2003, que obra de fojas 9 a 16 de autos, que aprobó la Directiva N.º 001-CNDP-2003, Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de los Directores Regionales Sectoriales, que establecía en su acápite 5.2.5 que dichos cargos son de confianza y que la designación rige por un plazo de dos (2) años. Al respecto, es ilustrativo también tener en cuenta que mediante la Ley N.º 28926, publicada en el diario oficial El Peruano el 8 de diciembre de 2006, se modificó la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se ratificándose la condición de cargo de confianza de los Directores Regionales de los Gobiernos Regionales.

7. Posteriormente, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N.º 182-2006-PRES, de fecha 25 de abril de 2006, se renueva la designación del demandante en el cargo de Director de Producción del Gobierno Regional de Lima, del cual es despedido mediante Carta Notarial N.º 019-2007-GRL/GGR, recibida por el actor con fecha 18 de abril de 2007, ante lo cual, el recurrente interpone una acción de amparo (f. 79 a 90), que es declarada fundada en segunda instancia, mediante sentencia expedida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huaura, obrante de fojas 92 a 103 de autos, que dispone su reincorporación por el periodo de un (1) año y trece (13) días, lapso que le faltaba cumplir conforme a la antes citada resolución ejecutiva regional.

8. Siendo así, el cese laboral del demandante, ordenado mediante la Resolución Ejecutiva Regional N.º 526-2009-PRES, obrante de fojas 31 a 35 de autos, luego de haber fenecido el plazo dispuesto por la autoridad jurisdiccional, no vulnera derecho constitucional alguno, toda vez que la relación laboral se extinguió en el marco de lo permitido legalmente, razón por la cual la demanda debe ser desestimada. Consecuentemente, habiéndose determinado que el demandante fue contratado originariamente para desempeñar un cargo de confianza, puede concluirse que la resolución cuestionada no vulnera su derecho al trabajo.

9. Finalmente, con relación a la forma de resolución del caso de autos, este Tribunal considera pertinente precisar que ésta difiere de la ratio decidendi que se utilizó en la STC 03349-2007-PA/TC, por las siguientes razones: a) el ingreso por concurso público no determina que el cargo pueda ser considerado como de confianza; b) los cargos de confianza pueden ser objeto de concurso público y que ello no determina que éste deja ser de confianza; y c) un cargo es calificado de confianza por las responsabilidades, las obligaciones y su relación que mantiene con el empleador.

Ello genera que la ratio decidendi de la STC 03349-2007-PA/TC no siga siendo aplicada, pues la realidad de los hechos y la naturaleza de la labores determinan si un cargo es, o no, de confianza o de dirección y no un concurso público. Además, porque la forma de resolución del caso de autos es conforme a la jurisprudencia sentada en la STC 03501-2006-PA/TC.

Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

HA RESUELTO

Declarar INFUNDADA la demanda de amparo, por no haberse acreditado la violación de los derechos alegados.

Publíquese y notifíquese

SS.

ÁLVAREZ MIRANDA
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN Sigue leyendo

Jueza suspende alza de tarifas eléctricas

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Jueza suspende alza de tarifas eléctricas

Redacción Guayaquil

13:23 | LUNES 11/07/11La jueza Décimo Cuarta de la Niñez y la Adolescencia del Guayas Mariela Zunino suspendió la vigencia del alza en las tarifas eléctricas.

Esto tras resolver a favor de la acción de protección con medidas cautelares que interpuso el asambleísta Abdalá Bucaram Pulley.

La subida, que según el Consejo Nacional de Electricidad está vigente desde inicios de julio, se impondría a los clientes residenciales que consuman más de 500 kilovatios hora (kW-h) al mes. Lo que equivale a cancelar USD 56 mensuales sólo por el consumo de energía.

Este fue el cuarto recurso interpuesto contra el alza. Los tres anteriores fueron rechazados. Un quinto pedido, de la Asociación de Defensa al Consumidor Acción por la Vida, está siendo estudiado por la jueza Segunda de Inquilinato del Guayas Katty Delgado. Hasta el miércoles es su plazo para dar una resolución.

Fuente: EL COMERCIO ECUADOR Sigue leyendo

Advierte la CDHDF sobre cambios en el perfil criminal de las mujeres que ingresan a los reclusorios; ahora son más violentas e incurren en conductas delictivas

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Advierte la CDHDF sobre cambios en el perfil criminal de las mujeres que ingresan a los reclusorios; ahora son más violentas e incurren en conductas delictivas como la extorsión

Israel Yáñez G | Ciudad 2011-07-11 | Hora de creación: 22:13:42| Ultima modificación: 01:02:26

El perfil criminal de las internas que ingresan a los reclusorios capitalinos cambió paulatinamente, ahora las mujeres son más violentas y reproducen conductas delictivas al interior de los penales, como la extorsión, alertó la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

Al respecto, la Segunda Visitadora, Rosalinda Salinas Durán, explicó que las actividades delictivas en las que participaban las mujeres cambió en los últimos años, al pasar de los robos, principalmente, en centros comerciales cometidas por las conocidas” farderas”, a las actividades vinculadas a la delincuencia organizada.

Incluso se modificó su comportamiento al interior, pues antes, los altercados se daban por amenazas y hasta jaloneos; pero ahora se llega a las riñas y hasta se “pican” entre ellas, tal y como sucede en los reclusorios varoniles, refiere la visitadora.

El narcomenudeo, el secuestro, la trata de personas y lenocinio, habla de actividades delictivas vinculadas a redes del crimen organizado, que ha generado en ellas un cambio de conducta que según se ha observado, existe la idea que les da un grado de impunidad y estatus criminal dentro de los penales.

Explicó que dichas internas tienen la capacidad de liderazgo personal para crear cotos de poder y trastocar el funcionamiento normal del penal, lo que genera una situación de violencia que antes sólo se daba en los penales masculinos, e impacta psicológica y emocionalmente sobre las reas que sólo están en prisión por robo simple.

Las internas que han sido víctimas de esta modalidad han presentado varias quejas ante el organismo local para exigir mayor protección de las autoridades por la violencia que ejercen sus compañeras, principalmente aquellas de nuevo ingreso.

La visitadora dijo que las quejas recibidas son en torno a extorsiones, amenazas y agresiones de reas que se han agrupado para ejercer el control en los penales, quienes amenazan a sus compañeras con dañar a sus familiares.

fuente: LA CRONICA MEXICO Sigue leyendo

República Democrática del Congo: primero violadas y luego repudiadas por sus maridos

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República Democrática del Congo: primero violadas y luego repudiadas por sus maridos

Algunas de las mujeres violadas en el pueblo de Nakiele. | Afp
Javier Brandoli | Ciudad del Cabo
Actualizado sábado 09/07/2011 15:53 horasDisminuye el tamaño del textoAumenta el tamaño del textoEl 11 de junio las tropas de la milicia Mai Mai, en la República Democrática del Congo, entraban en la aldea de Nakiele una vez más. Todos los hombres de la localidad, menos cuatro, entre los que se encuentra el jefe de la aldea y el médico, huyeron despavoridos a las montañas por temor a ser secuestrados y dejaron a las mujeres y niños en la población a merced de los militares. 121 mujeres fueron violadas por unas tropas que esta vez no se contentaron sólo con llevarse algo de ganado.

No terminaba ahí la pesadilla de esas mujeres. Tras ser violadas se enfrentan al rechazo de sus maridos y el resto de la población que las llaman “esposas de los soldados y las acusan de portar sus enfermedades”, relata el periódico ‘Mail and Guardian’.

“Mi esposo se niega a compartir la cama conmigo. Duermo en el suelo. Tampoco come la comida que cocino, sólo la que hacen mis hermanas para él”, explica una de las víctimas, una chica de 19 años. Desde la fatídica noche del 11 de junio ya hay 12 esposas que han tenido que salir de sus casas, sin un lugar donde ir.

“Otras veces se contentaban con que les diéramos alguna cabra y comida. Esta vez todo terminó mal”, cuenta Losema Etamo, jefe del poblado y que intenta ahora ayudar a las repudiadas.

Otro espeluznante caso es el de una mujer de 20 años, otra de las violadas, que le confesó la mañana siguiente a su marido, que acababa de bajar de la montaña, que habían abusado de ella. “Me dijo que ahora soy la esposa de un soldado y que me marchará de la casa. No lo entiendo”, relata.

“Me da vergüenza andar por el pueblo. La gente me critica y se burla de mí. Me dicen que soy la pareja de un soldado y me acusan de tener el Sida. Mi marido me ha pedido también que deje la casa”, dice otra víctima de 28 años.

Todo forma parte de un maquiavélico rol cultural en el que la violación se considera un tabú en el país. De hecho, la mayoría de las víctimas no denuncia los abusos para evitar el rechazo de su entorno. Las ONG que trabajan en la zona calculan que hay decenas de miles de violaciones cometidas en el país que quedan encubiertas. “Aquí las mujeres han tenido la valentía de hablar”, explica Eugene Byamoni, uno de los psicólogos que les ha prestado asistencia.

En todo este terrorífico suceso es curioso el papel jugado por el jefe del poblado, uno de los cuatro hombres que se quedó en la localidad y no huyó a la montaña. “He reunido al grupo de ancianos para que expliquemos a los hombres que sí pueden vivir con esas mujeres, que tuvieron relaciones sexuales contra su voluntad”, dice.

“Necesitamos especialistas que nos ayuden a transmitir esa idea. El grupo de ancianos no tenemos formación para explicarles a los hombres esta realidad. De lo contrario se van a romper muchas familias”, augura.

fuente: EL MUNDO ESPAÑA
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Cataluña catalogará como adultos a los inmigrantes que rechacen pasar pruebas de edad

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Cataluña catalogará como adultos a los inmigrantes que rechacen pasar pruebas de edad

Inmigrante al que le fue negada la minoría de edad. | Bernardo Díaz
Respuesta a la tendencia de reclamar protección aduciendo ser menor
Efe | Barcelona
Actualizado sábado 09/07/2011 11:43 horasDisminuye el tamaño del textoAumenta el tamaño del textoComentarios 21 La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.

En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.

En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.

La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamentalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.

En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos.

Copan centros de acogida
Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar “mezclados” con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.

La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras en otros, como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años, en los que se reflexiona largamente para decidir el que más le conviene.

En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.

En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.

El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor “contumaz o temeroso” y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.

La circular subraya la obligación del menor de colaborar para que se determine su edad y establece que, de confirmarse que el inmigrante no es adulto, debe notificarse a la Dirección General de Atención a la Infancia y ser inscrito en el Registro de Menores no acompañados

En caso de determinarse que se trata de un adulto sin permiso para residir en España, la Fiscalía deberá notificarlo a la Oficina de Atención al Migrante, a los efectos de que lo haga saber a la Policía, a la DGAIA y al fiscal delegado de extranjería.

Una expulsión dificultosa
Los menores no acompañados no sólo disponen de protección institucional, que les comporta alojamiento y manutención en casas de acogida, sino que su expulsión es muy dificultosa al disponer de mayores garantías que las de un adulto.

De hecho, en 2010 Fiscalía archivó la decena de expedientes abiertos en años anteriores para la repatriación de menores extranjeros no acompañados, por la existencia de un proyecto de vida para el menor en España y por el desconocimiento de las circunstancias familiares en su país de origen.

FUENTE: EL MUNDO ESPAÑA Sigue leyendo

La OEA dice que no es posible que se tenga ‘a seres humanos en cloacas’

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La OEA dice que no es posible que se tenga “a seres humanos en cloacas”

Inspección de cárceles. El relator Rodrigo Escobar Gil afirmó que la situación penitenciaria es “muy grave” y que son “horrorosas” las condiciones de internación de los menores en hogares del INAU

EDUARDO BARRENECHE

“Hay una situación muy grave” en las cárceles uruguayas donde ocurren “violaciones sistemáticas de derechos humanos”, y sus “infraestructuras son obsoletas e inadecuadas”, fueron las principales conclusiones de un enviado de la OEA.

“Cualquier ciudadano internado en el Comcar tiene necesariamente que enfermarse. No es posible que se tenga a seres humanos en cloacas expuestos a las aguas servidas, a una situación de humedad y a la intemperie. El problema es estructural”, dijo el relator especial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) sobre los derechos humanos de las personas presas, Rodrigo Escobar Gil.

Advirtió que las condiciones edilicias, sanitarias y de higiene de los módulos 1, 2 y 4 del Comcar “son absolutamente inadecuadas” para el alojamiento de seres humanos. Esos recintos, agregó, “son espacios oscuros, húmedos e insalubres en los que las aguas negras salen de los desagües a los pisos de los pasillos y de las celdas por lo que son permanentes los olores nauseabundos”.

A juicio del comisionado de la OEA, el Estado uruguayo deberá realojar a los internos de esos módulos “en espacios más adecuados” pues “es tal el grado de degradación de estas estructuras que cualquier mejora edilicia resultaría inefectiva”.

Señaló que en el Comcar hay un hacinamiento del 200%. “La sola reclusión de personas en condiciones de esta naturaleza constituye claramente una forma de trato cruel, inhumano y degradante, violatoria del derecho a la integridad personal”, sostuvo.

Esta es la tercera relatoría de organismos internacionales de derechos humanos que arriban al país para visitar penales. El 22 de marzo de 2009, el relator sobre derechos humanos, torturas y cárceles de las Naciones Unidas, Manfred Nowak, realizó un lapidario informe sobre las establecimientos penales uruguayas cuestiondo su superpoblación y violaciones de los derechos humanos.

Nowak dijo que las condiciones de alojamiento de “las latas” (módulos de acero) del Penal Libertad “son las peores del mundo”.

Al regresar en marzo de 2009 de su viaje por China y Chile y preocupado por su prestigio en el exterior, el entones presidente Tabaré Vázquez dio un ultimátum a la ex ministra del Interior, Daisy Tourné para que elaborara un plan de descongestionamiento del sistema penitenciario con la mayor celeridad posible. La postergación de ese plan fue una de las causas de la remoción de Tourné.

Dos meses más tarde, el 6 de mayo de 2009, arribó a Uruguay el presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, Florentín Meléndez. En su informe cuestionó el hacinamiento y las malas condiciones del Comcar.

USO IRRACIONAL. Escobar Gil y su asistente, Andrés Pizarro, realizaron una visita oficial a Uruguay que comenzó el lunes 4 y finalizó ayer. En ese ínterin, mantuvieron reuniones con los ministros Eduardo Bonomi (Interior) y Luis Almagro (Relaciones Exteriores) y se entrevistaron con el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Leslie Van Rompaey, y el comisionado parlamentario Álvaro Garcé.

Ambos recorrieron las cárceles de Libertad, Comcar, Punta de Rieles, Cabildo (mujeres) y los hogares Ituzaingó, Sarandí y SER de la Colonia Berro del INAU.

Escobar Gil dijo que “tomó nota” del incremento de la inversión pública en cárceles, la creación de 4.000 nuevas plazas en distintos centros penitenciarios, la prestación de servicios de salud de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) en algunos centros y que se extenderá a otros. También destacó el cierre de “las latas” del penal de Libertad y la apertura de Punta de Rieles. Sin embargo, la relatoría de la OEA manifestó su preocupación por el “uso generalizado” de la prisión preventiva por períodos de tiempo que, muchas veces, exceden los plazos razonables.

“Hay mafias en las cárceles”
E.B.

-¿Por qué compara algunos módulos del Comcar con una cloaca?

-La situación de algunos edificios del Comcar es muy grave. Se trata de instalaciones físicas que no son muy apropiadas y que no se les hace mantenimiento a sus sistemas eléctricos, hidráulicos y sanitarios.

-¿Qué vio usted en el penal de Libertad durante su visita?

-En Libertad también hay muchas deficiencias. Lo más grave es la falta de trabajo y de educación de los internos. Con una población de aproximadamente 1.200 reclusos, solo tienen la posibilidad de trabajar 90 internos.

-El comisionado Álvaro Garcé relató que uno de los principales problemas del penal de Libertad es la elevada violencia existente entre presos.

-Pude ver problemas graves como el elevado consumo de drogas en el interior de los centros carcelarios, lo cual implica que existan organizaciones y mafias que ejercen cierto control sobre el establecimiento.

-¿La existencia de mafias ocurre solo en el penal de Libertad o también operan dentro del Comcar?

-Es un problema de los dos lados.

-En un informe que realizó ayer ante directores de cárceles, usted planteó la existencia de extorsiones en los penales. ¿A qué se refería?

-La existencia de mafias o de organizaciones delictivas en el interior de las cárceles generalmente se organizan no solamente para la venta de drogas y estupefacientes sino también para la práctica de extorsiones. Generalmente extorsionan a las familias de los adictos que se ven obligados a consumir la droga dentro de los penales.

-¿Qué opinión tiene de la Colonia Berro del INAU?

-De tres hogares que visité, en dos las condiciones de internación son horrorosas. A los niños se los somete todo el tiempo a encerramiento. A uno se le abre la puerta a las cuatro de la tarde y están durmiendo porque no le dan una alternativa distinta. No tienen la posibilidad de estudiar, trabajar o hacer deportes. Están todo el tiempo encerrados sin posibilidad de ver el sol. Son condiciones infrahumanas. Las celdas del centro SER no tienen condiciones higiénicas. Los menores tienen que hacer sus necesidades en un balde que permanece ahí hasta que les abran las puertas. También carecen de sábanas y toallas.

-¿Cuál es su visión sobre la decisión del gobierno de que militares controlen los ingresos de las cárceles?

-Los manuales de buenas prácticas recomiendan que el Ejército no esté presente o no realice requisas. Lo recomendable es que sea personal civil que haga las inspecciones.

fuente: EL PAIS URUGUAY Sigue leyendo

Asesinan en Guatemala al trovador argentino Facundo Cabral

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Asesinan en Guatemala al trovador argentino Facundo Cabral
El cantante y compositor fue emboscado por un grupo de sicarios cuando se dirigía hacia el aeropuerto internacional La Aurora

GUATEMALA, 9 de julio.- El cantante y compositor argentino Facundo Cabral fue asesinado hoy aquí a tiros durante una emboscada por varios desconocidos cuando se dirigía hacia el aeropuerto internacional La Aurora, en el sur de la Ciudad de Guatemala.
De acuerdo a informes de un vocero de la Policía Nacional Civil (PNC), Donald González, el trovador, de 74 años de edad, quien esta semana ofreció una serie de conciertos en este país, murió durante una emboscada de sicarios.
El vicepresidente Rafael Espada declaró a la radio Emisoras Unidas “estamos bien preocupados, es una situación muy seria”, refiriéndose al asesinato del artista.
“Las instituciones de inteligencia y seguridad ya están trabajando” en busca de esclarecer el atentado, dijo Espada.
“Hay una ola de violencia en Guatemala y estamos trabajando” en contrarrestarla, expresó Espada al referirse a las causas del ataque.
El secretario de Prensa de la Presidencia, Ronaldo Robles, declaró al matutino Prensa Libre que el presidente Alvaro Colom “está consternado por este hecho cobarde”.
El noticiero Notisiete mostró imágenes del cuerpo de Cabral en el vehículo en que se transportaba, una camioneta agrícola blanca que intentó resguardarse de los atacantes dentro de una estación de bomberos. El vehículo con el cantante iba además resguardado por otro en el que viajaban guardaespaldas
El atentado ocurrió en un sector conocido como El Trébol de la ciudad de Guatemala, un cruce de intenso tráfico.
FUENTE: PRENSA LIBRE
2011-07-09 09:01:00 Sigue leyendo

Violencia en el noviazgo afecta a 76% de las parejas mexicanas: UNAM

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Violencia en el noviazgo afecta a 76% de las parejas mexicanas: UNAM
El elevado índice registrado representa un problema social grave y complejo, señaló la investigadora Karla Pérez Mendiola

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Publicado: 09/07/2011 09:04
México, DF. En México, 76 por ciento de las parejas en noviazgo enfrentan violencia física o verbal por asumir patrones de conducta similares a su entorno micro y macro social, advirtió la investigadora en psicología social de la Universidad Nacional, Karla Pérez Mendiola.

En su conferencia Modelo explicativo de violencia en el noviazgo, calificó como un problema social grave a las conductas antisociales entre parejas que, por desgracia, se heredan de padres a hijos.

Pérez Mendiola explicó que, de acuerdo con estudios psicológicos, en casi la misma proporción la mujer ejerce violencia emocional sobre el hombre, que degenera en pleitos constantes e incluso lesiones físicas.

Muchas veces, comentó, la conducta violenta de los varones es provocada por la agresión verbal de ellas, que de esa manera intentan liberar su coraje, frustración o carga emocional.

De acuerdo a modelos de investigación basados en la Teoría Bioecológica de Urie Bronfenbrenner, el primer punto de violencia intrafamiliar que impacta en el ánimo y personalidad de los jóvenes es en el microsistema.

En el macrosistema —que engloba las relaciones interpersonales en el trabajo o la escuela— se tiene otro punto de contacto con comportamientos antisociales que, en muchos casos, se utilizan como defensa para el alejamiento o mínimo contacto con sus compañeros.

Ante alumnos reunidos en el Salón 1 de Posgrado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, la psicóloga especialista en el análisis de conductas en el noviazgo, señaló que su interés es construir un sistema de investigación para prevenir y erradicar ese tipo de relaciones destructivas que degeneran en separaciones y, muchas veces, lesiones físicas.

Baja escolaridad

El modelo recoge lo más valioso de la Teoría de Urie y de Perrone y Nanini, que consiste en profundizar en diversos conocimientos en psicología mediante el análisis de conducta de parejas en diferentes situaciones sociales y económicas.

“Sabemos que la baja escolaridad es factor para ese tipo de conductas, pero no es determinante, porque también contribuyen mucho los hábitos adoptados desde la niñez”, explicó.

En la plática con los alumnos, reveló que, de acuerdo con la más reciente encuesta del Instituto Mexicano de la Juventud, la agresión física y verbal está presente en siete de cada 10 parejas, lo que conduce a relaciones de desgaste que, posteriormente, se manifiestan en el entorno familiar y en el trabajo.

A nivel internacional, el promedio de violencia en el noviazgo involucra al 30 por ciento de las parejas, por lo que la medición de 76 por ciento, incluso validada por la Organización Mundial de la Salud, sitúa a México ante un problema social grave y complejo.

Pérez Mendiola informó que su modelo de investigación será aplicado en comunidades rurales y urbanas, y las conclusiones vendrán a nutrir los programas de posgrado en Psicología Social orientadas a prevenir y erradicar ese tipo de conductas.

fuente: LA JORNADA MEXICO Sigue leyendo