Archivo del Autor: Augusto E. Lam Wong

Acerca de Augusto E. Lam Wong

Contador Público - Pontificia Universidad Católica del Perú. Maestría (c) Contabilidad de Gestión - Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctorado (c) Ciencias Contables y Empresariales - Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

PERÚ: BCR mantiene la tasa de interés en 4,25%

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Banco central peruano mantiene la tasa de interés en 4,25%.
En un comunicado señaló que el Directorio del Banco Central de Reserva (BCR) está atento a la proyección de la inflación y sus determinantes para considerar ajustes futuros en los instrumentos de política monetaria.
Esta decisión obedece a que el crecimiento económico se encuentra cercano a su potencial, las expectativas de inflación permanecen ancladas dentro del rango meta, fueron algunos de los argumentos de la entidad.
Fuente: http://www.americaeconomia.com/node/100886

Viernes, 13/09/2013.

Lima, Andina. El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú (BCR) aprobó mantener, por vigésimo octavo mes consecutivo, la tasa de interés de referencia de la política monetaria en 4,25%, ello en el marco del Programa Monetario de septiembre del 2013.

Esta decisión obedece a que el crecimiento económico se encuentra cercano a su potencial, las expectativas de inflación permanecen ancladas dentro del rango meta, la inflación ha sido afectada por factores temporales del lado de la oferta, y las condiciones financieras internacionales son aún inciertas, aunque con algunas señales positivas en las economías desarrolladas.

En un comunicado señaló que el Directorio del BCR está atento a la proyección de la inflación y sus determinantes para considerar ajustes futuros en los instrumentos de política monetaria.

Recordó que la inflación en agosto fue 0,54%, explicada mayormente por el alza en los precios de alimentos perecibles y de electricidad.

La inflación de los últimos 12 meses pasó de 3,24% en julio a 3,28% en agosto. La tasa de inflación sin alimentos y energía fue 0,14% (2,46% en los últimos 12 meses) y la tasa de inflación subyacente de agosto fue 0,31% (3,56% en los últimos 12 meses).

Se proyecta el retorno de la inflación al rango meta en el tercer trimestre, debido a la mejora en las condiciones de oferta de alimentos y a expectativas de inflación ancladas en el rango meta.

Igualmente, señaló que los indicadores actuales y adelantados de la actividad productiva muestran un crecimiento de la economía peruana cercano a su nivel sostenible de largo plazo, mientras que los indicadores vinculados al mercado externo mostraron una ligera recuperación, lo que ha incidido favorablemente en los precios de los productos de exportación.

Agregó que el Directorio adopta, desde abril, medidas de flexibilización del régimen de encajes con la finalidad de promover una evolución ordenada del crédito y su desdolarización.

En setiembre, se redujo la tasa de encaje medio máxima en moneda nacional de 19% a 17% y la tasa de encaje marginal en la misma moneda de 25% a 20%.

Dichas medidas permitieron liberar fondos de manera inmediata por 2.000 millones de nuevos soles.

De ser necesario, el Directorio del BCR, adoptará medidas adicionales de flexibilización del régimen de encajes.

En la misma sesión el Directorio también acordó mantener las tasas de interés de las operaciones activas y pasivas en moneda nacional del BCRP con el sistema financiero efectuadas fuera de subasta.

De eso modo para Depósitos overnight: 3,45% anual; compra directa temporal de títulos valores y créditos de regulación monetaria: 5,05% anual.

En tanto que para compra temporal de dólares (swap): una comisión equivalente a un costo efectivo anual mínimo de 5,05%; la siguiente sesión del Programa Monetario será el 10 de octubre de 2013.

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PERÚ: Profesionalización del Contador Público

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Profesionalización del Contador Público
Autor: MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI
Fuente: http://aicforum.blogspot.com/

Publicado el martes, 29 de septiembre del 2009

Debemos recordar que el 11 de septiembre de 1959 se promulgó la Ley N° 13253 llamada Ley de Profesionalización de los Contadores, la cual norma que los Contadores Públicos pueden efectuar y autorizar toda clase de balances, peritajes y tasaciones, y que como actividad privativa de la Profesión pueden realizar auditorías con fines judiciales y administrativos. Esta Ley también da origen a la creación oficial de los Colegios de Contadores Públicos en los lugares donde ejerzan la Profesión 10 o más Contadores Públicos, disponiendo la Colegiación obligatoria para poder ejercer la Profesión, indica además que los Colegios de Contadores Públicos tienen la obligación de vigilar la observancia de las normas de Ética Profesional por parte de sus agremiados, procurando el mejoramiento de la Profesión y la ayuda mutua entre sus asociados.

El 26 de agosto de 1960 se promulga el Decreto Supremo N° 28 HC, que viene a ser el Reglamento de la Ley N° 13253, disponiendo que en la Capital de cada Departamento donde ejercen la Profesión 10 o más Contadores Públicos, se organizará un Colegio de Contadores Públicos, teniendo entre sus fines el promover el ejercicio de la Profesión conforme a la Ética propendiendo al adelanto de la Ciencia Contable, cooperando en asuntos de la especialidad con los Poderes Públicos y entidades privadas.Entre las atribuciones conferidas a los Colegios de Contadores están el formular sus Estatutos y Reglamentos Internos, organizar y llevar la matrícula obligatoria de sus Miembros, formular el Código de Ética Profesional vigilando la observancia de sus normas, y velar por el mejoramiento de la Profesión. Este Decreto Supremo, reconoce como función privativa de la Profesión el intervenir en calidad de Auditores o Peritos técnicos contables en procedimientos de índole judicial o administrativo. Indica además que el ejercicio de la Profesión Contable se puede realizar de manera individual o asociada y en forma independiente como dependiente.

Es necesario recordar que el origen para la dacion de la Ley N’ 13253, se debe al trabajo tesonero de un grupo de Contadores Públicos y Estudiantes de las Ciencias Contables, que formaron y organizaron Colegios de Contadores en los Departamentos de Lima, Trujillo, Cusco, Arequipa, quienes en forma conjunta desplegaron esfuerzos para exigir al Gobierno Central la dacion de la Ley de creación de los Colegios de Contadores y reconocimiento a la Profesión Contable, por este motivo el Gobierno del Dr. Manuel Prado emitió el 11 de setiembre de 1959, la Ley de Profesionalización del Contador.

Después de 47 años y 4 meses de vigencia de la Ley N° 13253, y ante el clamor de la Profesión Contable de todo el País para que se actualice la Ley de Profesionalización del Contador de acuerdo a los avances e innovaciones de la Ciencia Contable, el día 15 de enero del 2007, se promulga la Ley N° 28951 llamada Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización del Contador Público y de Creación de los Colegios de Contadores Públicos, después de haber asistido y participado en discusiones y debates Públicos que duraron varios años.La Ley N° 28951, establece como competencias del Contador Público: Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de las personas naturales y/o jurídicas del ámbito privado, público o mixto, formulando, autorizando y/o certificando los estados financieros. Evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control. Realizar auditoría financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a la profesión. Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales. Certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos contables de los libros o registros contables de las personas naturales y jurídicas. Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable. Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles educativos. Ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio profesional. Y Otras relacionadas con la profesión contable y sus especializaciones.

Como podemos notar la Ley N° 28951, amplia las competencias o actividades profesionales que pueden realizar los Contadores Públicos Colegiados como actividades privativas de la Profesión, las que se encontraban limitadas en la Ley N° 13253.

Esta Ley N’ 28951, indica que los Colegios de Contadores Públicos son instituciones autónomas con personería de derecho público interno, y que tienen su sede en la capital de cada Departamento o Región del País, cuyos fines son: Velar por el prestigio, desarrollo y competencias de la profesión. Fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus miembros. Cautelar el ejercicio profesional y su defensa, dentro de estrictos criterios éticos y legales denunciando el ejercicio ilegal de la profesión. Velar por el respeto y cumplimiento de las normas de Ética Profesional. Promover la investigación relacionada con la Profesión Contable. Promover el espíritu de solidaridad y el bienestar de sus Colegiados y de sus familias. Promover la vinculación entre sus miembros. Prestar asesoramiento a los organismos públicos, cuando les sean requeridos formalmente. Brindar orientación profesional mediante campañas coordinadas con los organismos competentes del Estado. y Otros establecidos en su estatuto, dentro del marco de la Constitución y la ley.La Ley indica como Atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos: Formular su Estatuto y su Reglamento Interno. Organizar y llevar el padrón de sus miembros y su Registro de Sociedades de Auditoría. Organizar y llevar el registro de los miembros de la orden colegiados, por especialidades, para efectos de la Certificación y Recertificación. Formular, aprobar y difundir el Código de Ética Profesional y vigilar la observancia de sus normas. Supervisar la calidad de los servicios prestados a la sociedad por los Contadores Públicos Colegiados. Emitir opinión en la formulación de los planes curriculares universitarios para la formación académico profesional del Contador Público. Y Otras atribuciones fijadas en su estatuto, dentro del marco de la Constitución y la ley.

La Ley N’ 28951, reconoce el día 11 de septiembre de todos los años como el Día del Contador Público.

El artículo N° 14 de la Ley N° 28951, deroga a partir del día 16 de enero del 2007, el artículo 2, el primer párrafo del artículo N°4, y los artículos:5,7,8,9 de la Ley N° 13253, relacionados al Contador Público, en lo referente al Título Profesional, las competencias o actividades Profesionales, y la organización de los Colegios Profesionales.

Las Bodas de Oro de la dacion de la Ley N’ 13253, que se celebra hoy día 11 de septiembre del 2009, encuentra a la Profesión Contable, con una nueva Ley de Profesionalización del Contador Publico, la encuentra avocada en la Certificación y Recertificacion de los Contadores Públicos Colegiados, y con un Código de Ética Profesional concordante con los Principios Fundamentales de Ética promulgados por la IFAC como máximo Órgano Mundial de la Profesión.

La Ley N° 28951 en su artículo N° 13, establece que La Certificación y Recertificación de los Contadores Públicos Colegiados a nivel nacional, está a cargo de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, en su calidad de máximo organismo representativo de la Profesión Contable dentro del País y en el exterior.En cumplimiento a lo dispuesto en éste artículo y en concordancia con la Ley General de Educación N° 28044, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa N° 28740; la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú en asamblea general extraordinaria del 16 de diciembre del 2006, acordó dar inicio a la Certificación de los Contadores Públicos Colegiados de todo el País, la misma que actualmente se encuentra en pleno proceso a partir del 1 de julio del 2007, la que es normada por los respectivos Reglamentos, primero como Certificación Extraordinaria y ahora como Certificación y Recertificacion del Contador Publico Colegiado.La Certificación del Contador Público Colegiado, tiene como Objetivos el elevar la calidad Profesional en un entorno competitivo. Proteger el interés público o de la comunidad basándose en la prestación de servicios de excelencia. Perfeccionar la conducta Ética del Contador Público en el ejercicio de las actividades profesionales que realiza. Establecer las bases de reciprocidad con otros países en materia de servicios profesionales.La Certificación del Contador Público Colegiado, es de suma importancia ya que avala la actualización profesional continua. Motiva a la capacitación. Otorga prestigio profesional y personal. Fortalece la credibilidad de su trabajo profesional. Amplia la visión profesional. Da seguridad a sus clientes. Permite trabajar en mercados laborales externos restringidos a Contadores Certificados.La Certificación del Contador Público Colegiado, busca evaluar los conocimientos, habilidades y conductas, que en su conjunto forman las Competencias Profesionales de los Contadores Públicos, y en función a un perfil o estándar declararlos competentes o incompetentes para la función Profesional que van a desempeñar.

Uno de los principales objetivos que persigue la Certificación del Contador Público Colegiado, es la de perfeccionar la Conducta Ética de los Miembros de la Orden.Debemos recordar que la Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú con fecha 4 de agosto del 2005 emitió la Resolución Nº 013-2005-JDCCPP., aprobando por unanimidad el nuevo Código de Ética Profesional del Contador Publico Colegiado para su implementación obligatoria a nivel Nacional a partir de dicha fecha. En Asamblea General de la JDCCPP. realizada en Ica con fecha 15 de junio del 2007, se incorporó al Código de Ética, los Principios Fundamentales de la Ética enunciados por la IFAC, para que sea concordante con el Código de Ética de ésta Entidad Mundial. En el título Preliminar del Código de Ética Profesional del Contador Publico Peruano, se considera los Principios Fundamentales de la Ética Profesional, concordante con el Código de Ética de la IFAC., los cuales deben cumplir en forma obligatoria todos los Contadores Públicos Colegiados del País, y son:1.- INTEGRIDAD.- Todo Contador Público Colegiado, debe ser justo y honesto en sus relaciones profesionales. La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad. 5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.El Contador Público, debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin.

Debemos tener presente que el Contador Público Colegiado, eje central de toda organización económica, debe ser el artífice que interprete y solucione los requerimientos de los usuarios, que dicte las pautas y organice la información, interactuando con los ejecutivos de la empresa, de manera tal que la información solicitada por ellos, conlleve el valor agregado de ser útil para la toma de decisiones acertada y oportuna. Porque las decisiones de las que depende el futuro de una organización no deben ser solamente acertadas, ya que una buena decisión que llega tarde es tan inadecuada como una mala decisión.

Debemos señalar que la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 008/97/EF/93.01 de fecha 26 de enero de 1997, precisa las obligaciones de los Contadores Públicos en el ejercicio de la prestación de sus servicios profesionales.Al respecto, el Artículo 10 de la norma citada señala que es obligación del Contador Público, en el ejercicio de sus funciones dependientes, cuando prepare la información contable, observar bajo estricta responsabilidad y criterio profesional la correcta aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas Internacionales de Contabilidad, reconocidas por la profesión en los Congresos Nacionales de Contadores Públicos y oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad, las leyes en general que son pertinentes y el Código de Ética Profesional.Asimismo, la precitada norma señala, en su Articulo 20, que es obligación del Contador Público cuando actúe en función independiente de su profesión, como Contador, asesor o consultor, Auditor o Perito, sea elaborando, examinando y/o dictaminando la información financiera, cumplir además con las Normas Nacionales e Internacionales de Auditoría, reconocidas por la profesión en los Congresos Nacionales de Contadores Públicos, con la evaluación de la aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y observando las normas del Código de Ética Profesional.

MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERU. CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO.

Pd.- Discurso pronunciado en el Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios el 11 de septiembre del 2009, en la ceremonia central de las Bodas de Oro de la Ley de Profesionalización N° 13253 y el Dia del Contador Público.

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Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) Edición (2013) en español

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IASB: Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) Edición 2013 en español.
Fuente: publications@ifrs.org

Ya se encuentra disponible en el mercado la publicación de la nueva traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) (enero 2013).

Las Normas Internacionales de Información Financiera del 2013 es la única edición impresa oficial del texto consolidado de los pronunciamientos normativos del IASB emitidos a 1 de enero del 2013.

Esta edición se presenta en dos partes:
La Parte A (el Marco Conceptual y requerimientos) contiene la última versión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), e Interpretaciones CINIIF y SIC.

La Parte B contiene los documentos complementarios, tales como Ejemplos Ilustrativos, Guías de Implementación, fundamentos de las conclusiones y opiniones en contrario.

Esta edición no contiene aquellos documentos que estén siendo reemplazados o derogados pero que se mantienen aplicables si la entidad que informa elige no adoptar las nuevas versiones de forma anticipada*.

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PERÚ: Hijos mayores de 18 años recibirán pensión de sobrevivencia de AFP si están estudiando

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Hijos mayores de 18 años recibirán pensión de sobrevivencia de AFP si están estudiando
Fuente: http://gestion.pe/tu-dinero/hijos-mayores-18-anos-recibiran-pension-sobrevivencia-afp-si-estan-estudiando-2073853
Publicado el Viernes, 16 de agosto del 2013.

Así lo estableció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones.

Lima (Andina).- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó hoy extender la condición de beneficiarios de la pensión de sobrevivencia por encima de los 18 años, a los hijos que sigan estudios del nivel básico o superior de educación.

Ello en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), señala la respectiva resolución de la SBS publicada hoy.

Dicha norma establece como condición para continuar percibiendo el beneficio, que los hijos se encuentren cursando estudios de nivel básico o superior de forma ininterrumpida y satisfactoria.

El carácter satisfactorio de los estudios se establecerá en función a la aprobación de todos los cursos o materias que forman parte del plan de estudios y que tienen carácter obligatorio en el período regular lectivo.

Para ello, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) o las empresas de seguros deberán verificar anual o semestralmente, según corresponda, el cumplimiento de la referida condición.

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PERÚ: Modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero

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Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero
Resolución SBS N° 4829-2013
Fecha de publicación: 17.08.2013
Fecha de vigencia: 18.08.2013

Mediante la Resolución SBS No 895-98 se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Asimismo, mediante la Resolución SBS N° 9075-2012 se aprobó el Reglamento para la Gestión del Riesgo de Liquidez, así como los nuevos anexos de riesgo de liquidez, que forman parte del Capitulo V del Manual de Contabilidad, vigente a partir del 1 de octubre de 2013.

Mediante la Resolución SBS N° 4829-2013 modifica el Manual de Contabilidad, con la finalidad de recoger en la estructura de las cuentas contingentes y de orden, las operaciones bajo el esquema multilínea; así como también, modificar el Anexo 15-B “Ratio de cobertura de liquidez”.

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PERÚ – SUNAT: Precisiones relativas al Domicilio Fiscal en los comprobantes de pago

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Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)
Resolución de Superintendencia N° 245-2013/SUNAT

Precisiones relativas al Domicilio Fiscal en los comprobantes de pago
Fecha de publicación: 15.08.2013
Fecha de vigencia: 16.08.2013
Fuente: http://www.caballerobustamante.com.pe/plantilla/lab/20130815.html

Voces: Código Tributario ~ domicilio fiscal ~ comprobante de pago ~ factura ~ boleta de venta ~ tickets de maquinas registradoras

Como se recordará, con fecha 01.07.2013 se publicó en el diario Oficial El Peruano la RTF N° 5288-2013 de fecha 13.06.2013, la misma que con calidad de jurisprudencia de observancia obligatoria ha sentado el criterio del Tribunal Fiscal en torno a la obligatoriedad de señalar la dirección completa en los comprobantes de pago.

Con buen criterio, a fin de atender las preocupaciones de los gremios empresariales del país respecto de esta formalidad en los comprobantes de pago, la SUNAT, mediante la norma en comentario, ha dispuesto medidas a fin de que su falta o defecto no genere mayores contingencias tributarias a los contribuyentes. Así, se dispone:

“Artículo 2°.- Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión o de los diversos establecimientos que posea el contribuyente

A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para efecto de lo dispuesto en los incisos b) de los numerales 1.1, 2.1, 3.1, 4.1 y 5.1 del artículo 8° del Reglamento, la dirección del domicilio fiscal y/o del establecimiento donde esté localizado o ubicado el punto de emisión y, en su caso, de los diversos establecimientos que posea el contribuyente, según corresponda, podrá no incluir la provincia.

Tratándose de tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, la información de la dirección del establecimiento en el cual se emiten aquellos, relativa al distrito podrá consignarse de manera abreviada, siempre que permita su plena identificación.”

Por su parte, la Primera Disposición Complementaria Final dispone que la presente norma entrará en vigencia al 16.08.2013 y será de aplicación a los documentos que se impriman a partir de su vigencia.

Asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria dispone que para todos los efectos, se considerará como comprobante de pago los documentos impresos hasta el 15.08.2013, siempre que:

a) La información a que se refieren los incisos b) de los numerales 1.1, 2.1, 3.1 y 4.1 del artículo 8° del Reglamento, referida al distrito y provincia, que no se encuentre impresa, sea consignada mediante algún medio mecanizado o computarizado; y,

b) Reúnan los demás requisitos y características previstos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

Por último, se considerarán guías de remisión los documentos impresos hasta el 15.08.2013, siempre que la información a que se refieren los incisos b) de los numerales 1.1 y 2.1 del artículo 19° del Reglamento de Comprobantes de Pago referida al distrito y provincia, que no se encuentre impresa, sea consignada mediante algún medio mecanizado o computarizado, y reúnan los demás requisitos y características previstos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

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PERÚ – SUNAT: desmedros de productos alimenticios perecibles

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NORMAS LEGALES DEL 13/08/2013
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)
Resolución de Superintendencia N° 243-2013/SUNAT

Establecen procedimiento alternativo para la acreditación de desmedros de productos alimenticios perecibles (PAP), para su deducción en la determinación del Impuesto a la Renta
Fecha de publicación: 13.08.2013 – Normas legales: páginas 501064 y 501065
Fecha de vigencia: 14.08.2013

Voces: Impuesto a la Renta ~ Rentas de Tercera Categoría ~ merma ~ desmedro ~ desvalorización de existencias ~ gastos deducibles ~ deducción impositiva
Resolución de Superintendencia N° 243-2013/SUNAT

Como se sabe, el inciso f) del artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, dispone que a fin de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta las mermas y desmedros de existencias debidamente acreditados. De ese modo, el inciso c) del artículo 21° del Reglamento de la LIR, Decreto Supremo N.° 122-94-EF, establece que tratándose de los desmedros de existencias, la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, siempre que se comunique previamente a la SUNAT en un plazo no menor de 6 días hábiles anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes, que dicha entidad podrá designar a un funcionario para presenciar dicho acto; y que también podrá establecer procedimientos alternativos o complementarios a los indicados, tomando en consideración la naturaleza de las existencias o la actividad de la empresa.

La Resolución de Superintendencia N° 243-2013/SUNAT regula un procedimiento alternativo para la acreditación de los desmedros de dichos productos para efecto de su deducción en la determinación del Impuesto a la Renta, teniendo en cuenta la naturaleza de los mismo, ello debido a que el actual procedimiento para la destrucción de existencias en desmedro requiere la comunicación previa a la SUNAT en plazo no menor a 6 días anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes, tratándose de los establecimientos de autoservicio, ello podría originar el incumplimiento de las normas del Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Autoservicios de Alimentos y Bebidas, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 1653-2002-SA/DM, las cuales contemplan la eliminación de los alimentos perecederos en mal estado a fin de evitar la contaminación de los alimentos y bebidas

Nota adicional

Para efecto de la resolución en referencia se consideran PAP (productos alimenticios perecibles) únicamente a los siguientes productos alimenticios frescos sin envase: carnes y menudencias de animales; frutas; hortalizas; pescados y mariscos; leche, productos lacteos y embutidos, así como huevos y comida preparada.

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PERÚ. Tribunal Fiscal: Fijan supuesto de trámite gratuito.

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TRIBUNAL FISCAL ADOPTA ACUERDO.
Fijan supuesto de trámite gratuito. Experto plantea revisión de normas procedimentales.
Fuente: http://www.elperuano.com.pe/edicion/noticia-fijan-supuesto-tramite-gratuito-8942.aspx
Publicado el 12 de agosto del 2013.

Un nuevo supuesto de procedimiento administrativo gratuito estableció el Tribunal Fiscal (TF) para la tramitación de solicitudes ante la administración tributaria.

Como criterio recurrente con carácter vinculante dicho colegiado mediante Acuerdo de Sala Plena N° 22 determinó que la administración tributaria deberá tramitar y emitir pronunciamientos respecto de solicitudes no contenciosas de prescripción sin requerir derechos de trámite.

El acuerdo se sustenta en las resoluciones del TF N°s 11281-7-2010, 21100-7-2011, 17547-11-2012 y 18821-11-2012, y en función a lo dispuesto por el artículo 154° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, modificado por Decreto Legislativo N° 1113 y por el numeral 2 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 206-2012-EF.

Reacciones

En opinión del tributarista Percy Bardales, se trata de un acuerdo de la Sala Plena del TF que establece en forma obligatoria para la administración tributaria un criterio vinculante concordante al establecido previamente por el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Expediente N° 3741-2004-AA/TC.

Conforme a ese pronunciamiento del TC, dijo, es contrario a los derechos constitucionales al debido proceso, petición y de acceso a la tutela jurisdiccional, el exigir un pago como requisito o condición previa a la impugnación de un acto de la propia administración pública.

“Dicha situación es más evidente en los casos en que el contribuyente solicita la prescripción de la deuda tributaria, porque es claro que se busca evitar que se cobre una deuda”, precisó.

Planteamiento

En virtud al acuerdo de la Sala Plena del TF, Bardales considera que ha quedado ya fuera de toda duda que los procedimientos administrativos, en especial los de carácter tributario, deben ser reconducidos e interpretados conforme a la Constitución.
En consecuencia, destaca la conveniencia de que las normas del TUO del Código Tributario, principalmente las vinculadas a los procedimientos de reclamación y apelación, sean revisadas y de ser el caso reformuladas.
“Todo ello, con el propósito de evitar posibles situaciones de afectación de derechos constitucionales de orden procesal y material en el ámbito administrativo tributario”, subrayó.

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PERÚ: Sistema Privado de Pensiones . Afiliación de trabajadores independientes que opten por AFP

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Trabajadores independientes que opten por AFP se pueden afiliar vía internet
Fuente: http://www.larepublica.pe/07-08-2013/trabajadores-independientes-que-opten-por-afp-se-pueden-afiliar-via-internet
Publicado 07 de Agosto, 2013.

Los trabajadores independientes menores de 40 años que opten por el Sistema Privado de Pensiones (SPP) ya pueden afiliarse a la AFP Hábitat, que ganó la licitación para captar a los nuevos afiliados, a través de su sistema electrónico, ingresando a la página web: www.afphabitat.com.pe.

El primer paso para la afiliación es llenar el formulario vía online. Luego de que haya completado la información la administradora validará sus datos en Reniec y en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Una vez aprobada la afiliación, se le hará llegar vía correo electrónico el documento que acredita la afiliación al SPP.

En tanto, si desea realizar el proceso de afiliación de forma presencial tendrá que acercarse a la agencia de Hábitat en Lima o en cualquiera de las agencias del Banco de la Nación en todo el país.

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EE.UU. Crisis Financiera: JPMorgan violó ley sobre bonos

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I. JPMorgan violó ley sobre bonos: EU
Las autoridades determinaron que el banco vendió activos de alto riesgo antes de la crisis de 2008; sin embargo, la empresa aún no ha sido acusada de fraude civil u otros cargos.
(JPMorgan enfrenta también acusaciones por manipular los precios de energía en California.)
Por: Stephen Gandel | Jueves, 08 de agosto de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/08/08/jpmorgan-violo-ley-sobre-bonos-eu?newscnn2=1376050643

NUEVA YORK — El Departamento de Justicia de Estados Unidos ha concluido que JPMorgan Chase violó la ley federal de valores en relación con los bonos hipotecarios residenciales de alto (subprime) y mediano riesgo (Alt-A) que la firma vendió entre 2005 y 2007.

Este miércoles (07 agosto), al presentar ante la Comisión de Bolsa y Valores los documentos regulatorios ordinarios correspondientes a sus resultados trimestrales, el banco reveló que recibió la notificación de violación en mayo. El mayor banco en Estados Unidos en términos de activos, también dijo que sus operaciones hipotecarias están siendo investigadas por las salas de lo civil y de lo penal del Departamento de Justicia.

JPMorgan indicó que la resolución del Departamento de Justicia era todavía preliminar y que se desprendía de la investigación civil. El banco no ha sido acusado de fraude civil, y se desconoce si tiene cargos penales pendientes. JPMorgan declinó hacer comentarios más allá de lo que había dicho en sus declaraciones regulatorias.

El Departamento de Justicia lleva tiempo indagando si los bancos de inversión, en el periodo previo al desplome del mercado inmobiliario, engañaron a los inversionistas en cuanto a la calidad de los préstamos residenciales que respaldaban a los bonos que los bancos estaban comercializando.

El pasado martes (06 agosto), el Departamento de Justicia presentó una demanda civil contra Bank of America alegando que la institución había defraudado a los inversores al venderles en 2008, 850 millones de dólares en bonos hipotecarios que estaban respaldados por préstamos residenciales ‘jumbo’ (donde el monto del crédito excede los límites establecidos).

El Fiscal General de Estados Unidos, Eric Holder, dijo en un comunicado que el caso de Bank of America “es el último paso en los esfuerzos del Departamento de Justicia para exigir responsabilidades a quienes incurran en una conducta fraudulenta e irresponsable”, y que “la Unidad Especial de Control contra el Fraude Financiero del Presidente Obama continúa adelante con una serie de investigaciones adicionales”.

Un portavoz del Departamento de Justicia no pudo ser contactado para conocer los posibles cargos contra JPMorgan.

A principios de este año, la misma agencia gubernamental solicitó documentos del banco relacionados con los bonos hipotecarios que fueron suscritos por Bear Stearns, entidad que JPMorgan adquirió a principios de 2008. La información que la firma entregó el miércoles a la autoridad reguladora no aclara si las operaciones en cuestión habían sido completadas por Bear o JPMorgan.

La noticia de que el banco podría enfrentar cargos civiles por fraude se suma a una larga lista de problemas legales que afectan a la firma. En julio, acordó pagar 410 millones de dólares en un acuerdo extrajudicial para resolver los cargos relativos a la manipulación de los precios de la energía en California.

El banco es objeto de otras investigaciones asociadas a sus procedimientos de tramitación de ejecuciones hipotecarias, así como a sus prácticas de cobro de deuda vencida de tarjetas de crédito y a las pérdidas por trading de 6,000 millones de dólares ocasionadas por la Ballena de Londres el año pasado.

Este miércoles, JPMorgan también dijo que elevó su estimación de los posibles gastos legales que pudiera tener por encima del monto que ya había reservado para ese efecto, desde 6,000 millones de dólares que había considerado al término del primer trimestre a 6,800 millones de dólares.

Al filo de las 11.30 de la mañana, hora de la Ciudad de México, las acciones de JPMorgan bajan 0.71%, a 54.91 dólares, según datos de CNNMoney.com

II. JPMorgan, bajo la lupa por hipotecas
Las divisiones civil y penal del Departamento de Justicia estadounidense investigan al banco; la compañía es señalada por ofrecer activos hipotecarios de alto riesgo antes de la crisis de 2008.
Miércoles, 07 de agosto de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/08/07/jpmorgan-bajo-la-lupa-por-hipotecas

NUEVA YORK (Reuters) — JPMorgan Chase & Co, el banco más grande de Estados Unidos por activos, dijo este miércoles que está siendo investigado por las divisiones civil y penal del Departamento de Justicia estadounidense sobre ofrecimientos de valores respaldados por hipotecas.
La división civil entregó en mayo un aviso a la compañía de que había concluido en forma preliminar que la firma había violado las leyes federales de valores al ofrecer activos hipotecarios residenciales de alto riesgo (subprime) y Alt-A entre 2005 a 2007, dijo JPMorgan.

El banco dijo en una presentación a la Comisión Nacional de Valores de Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés) que está respondiendo a investigaciones paralelas realizadas por las divisiones civil y penal de la oficina del Fiscal estadounidense del distrito este de California en relación a los valores respaldados por hipotecas.

El martes, los fiscales federales presentaron una demanda civil de 850 millones de dólares contra Bank of America Corp sobre la venta de bonos respaldados por hipotecas. La demanda siguió a una divulgación de Bank of America el 1 de agosto que esperaba ser demandado por el Departamento de Justicia y la SEC por los bonos hipotecarios.

Las noticias de la investigación se producen después de que el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, se comprometió a responsabilizar a las compañías por violar la ley al financiar la burbuja inmobiliaria que causó la crisis financiera de 2007-2008 y la Gran Recesión.

JPMorgan también elevó la estimación de las posibles pérdidas legales por encima de las reservas a 6,800 millones de dólares a fines de junio desde los 6,000 millones de dólares tres meses antes.

III. JPMorgan desactiva pleito con EU
El banco acuerda pagar 410 mdd para resolver denuncias de manipulación del mercado energético; es la segunda sanción más grande en la historia de la FERC, el regulador de energía en el país.
Martes, 30 de julio de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/07/30/jpmorgan-paga-410-mdd-para-resolver-caso

NUEVA YORK (Reuters) — JPMorgan Chase & Co acordó pagar 410 millones de dólares para resolver denuncias de manipulación del mercado energético en California y en el centro oeste de Estados Unidos.

Se trata del más reciente en una serie de investigaciones de alto perfil por parte de reguladores federales de Energía en ese país.

El acuerdo, anunciado por la Comisión Federal de Regulación de Energía (FERC, por sus siglas en inglés) permitirá al presidente ejecutivo, Jamie Dimon, cerrar una de varias costosas confrontaciones con los reguladores en el último año. Llega unos días después de que el banco anunciara que estaba abandonando el negocio de materias primas básicas.

JPMorgan Ventures Energy Corp, la unidad de operaciones de materias primas que se había convertido en uno de los mayores operadores de electricidad de Estados Unidos con la adquisición en 2008 de Bear Stearns, acordó pagar una multa civil de 285 millones de dólares y devolver otros 125 millones de dólares por “estrategias manipulativas de licitación” entre septiembre del 2010 y noviembre del 2012.

Es la segunda sanción más grande en la historia de la FERC y llega en momentos en el que el regulador redobla su búsqueda de hechos delictivos tras ganar amplios poderes del Congreso en 2005, parte de los esfuerzos para reprimir la manipulación del mercado tras el espectacular colapso de Enron Corp.

Brian Marchiony, un portavoz de JPMorgan, dijo que el acuerdo “no tendría un impacto material sobre nuestras ganancias” porque el banco previamente había apartado reservas.

La FERC dijo que JPMorgan admitió los hechos en el acuerdo, pero “no admitió o negó las violaciones”.

El presidente ejecutivo Dimon ha intentado este año resolver las varias investigaciones del Gobierno y corregir los problemas que los reguladores habían encontrado en el banco, en un esfuerzo por adoptar una postura más conciliadora en momentos en que se imponen nuevas normas más de cinco años después del inicio de la crisis financiera.

IV: JPMorgan manipuló el mercado, dice EU
El banco modificó los precios de la electricidad, dice el regulador de energía; durante semanas se ha especulado que la firma y la entidad negocian un acuerdo extrajudicial.
Lunes, 29 de julio de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/07/29/jpmorgan-manipulo-el-mercado-dice-eu

WASHINGTON (Reuters) — El regulador de energía de Estados Unidos tomó medidas este lunes para acusar a JPMorgan Chase & Co de manipular los precios de la electricidad.

Lo anterior confirmó reportes de medios que habían circulado durante meses sobre esquemas de transacciones con valores “arreglados” al interior del banco.

El “aviso sobre presuntas violaciones”, que destaca las estrategias usadas por operadores en California y la región central estadounidense, es un paso intermediario tomado por el regulador, pero ofrece al público los detalles de la investigación en curso.

Personal de la Comisión Federal de Regulación de Energía (FERC, por sus siglas en inglés) encontró “ocho estrategias de manipulación relacionadas” y empleadas por una filial de JP Morgan en 2010 y 2011.

JPMorgan declinó hacer comentarios.

El anuncio no es una sorpresa dado que durante semanas han habido reportes de que JPMorgan y la FERC estaban en negociaciones para llegar a un acuerdo extrajudicial por las supuestas infracciones en los negocios por hasta 400 millones de dólares.

El aviso no mencionaba a operadores específicos ni apuntaba al jefe de materias primas Blythe Masters, a quien reportes de medios señalaron como la persona que podría tener que asumir las responsabilidades de una eventual acusación.

En algunos casos podrían pasar semanas o meses entre la fecha en que la FERC emite un aviso de infracción y el momento en que procede a presentar una orden formal. Además, es posible que las partes sellen un acuerdo extrajudicial en el periodo intermedio.

Sin embargo, la medida de la FERC es un recordatorio de la creciente regulación que enfrentan los operadores de materias primas, especialmente los bancos, que además están bajo una presión pública y política cada vez más intensa sobre sus tenencias de activos como depósitos de metales y plantas de energía

V. Bancos expanden sus ‘tentáculos’ en EU
Morgan Stanley opera negocios que le permitirían influir en los precios globales de materias primas; JPMorgan y Goldman Sachs han sido acusados de presunta manipulación de los energéticos en EU.
Por: Stephen Gandel | Viernes, 02 de agosto de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/08/01/wall-street-y-materias-primas-un-riesgo

Cada día, una subsidiaria poseída totalmente por Morgan Stanley bombea 300,000 barriles de gasolina, provenientes de sus 49 terminales (una fracción de su capacidad de almacenamiento total de 26.7 millones de barriles) hacia camiones para ser entregados en todo Estados Unidos. También es un importante proveedor de combustible para líneas de cruceros. Y ya posee un oleoducto de 107 kilómetros que traslada gasolina de Missouri a Arkansas.

Otra división del mismo grupo financiero es el socio gestor del mayor puerto de Montreal, una planta de energía en Boston y un gasoducto de 9,650 millas en el Medio Oeste. Además de eso, el banco posee 49% de una flota de 115 barcos y buques tanque, que es la mayor flota independiente de operadores de “producto terminado” (por ejemplo, gas, diésel y combustible para buques) con sede en Estados Unidos.

Morgan Stanley también hace algunas cosas financieras que lo convierten en uno de los bancos más grandes del mundo.

Hace una década, los reguladores aprobaron una norma que permitió a los bancos salir de su ámbito normal de mercados financieros y comprar a empresas que facilitan la compra y venta real de materias primas, haciendo cosas como transporte y almacenamiento de petróleo y metales. Desde entonces, el negocio de las materias primas de los bancos creció, pero de manera bastante desapercibida. Parece que eso está cambiando.

Recientemente, The New York Times acusó a Goldman Sachs de utilizar su red de almacenes en Detroit para desacelerar la cadena de suministro mundial de aluminio con el fin de potenciar la renta que cobra a los propietarios y hacer subir el precio del metal en todo el mundo.

JPMorgan Chase pagó el jueves 410 millones de dólares para resolver los cargos presentados por la Comisión Federal Reguladora de Energía de que utilizó plantas de energía para manipular los mercados de electricidad en California y Michigan. El Wall Street Journal dice que el agresivo senador federal Carl Levin ha iniciado una investigación sobre las operaciones de las materias primas de Wall Street.

Gran parte del escrutinio se ha enfocado en si los bancos están utilizando las operaciones de materias primas para influir en los precios para su beneficio. Pero hay una razón menos tortuosa para estar preocupados por todo esto. El alcance de los bancos en el funcionamiento básico de las industrias centrales de materias primas hace que sean más vitales para la economía y aumenta su estatus de “demasiado grandes para quebrar”.

La otra cara de esto es el negocio de materias primas, con su exposición a los cambios de los precios y en el caso del petróleo y la gasolina, su potencial de desastres ambientales, lo que añade riesgos para los bancos.

“Sin duda eso se suma al riesgo sistémico”, dijo Josh Rosner, quien dirige la firma de investigación Graham Fisher y fue de los primeros en advertir acerca de la crisis hipotecaria.

Goldman posee minas de carbón en Colombia y una vía férrea para enviar el carbón al puerto. Pero ningún banco en Wall Street se ha sumergido más profundamente en el negocio de las materias primas físicas enfocado en el transporte de petróleo que Morgan Stanley.

El negocio de almacenamiento y terminal petrolera que Morgan Stanley posee, TransMontaigne, se ubicaría como la decimoséptima empresa privada más grande de Estados Unidos si fuera un negocio independiente, según Forbes. Cuenta con 20,000 empleados y generó 14,000 millones de dólares en ingresos el año pasado.

TransMontaigne tiene una sociedad maestra limitada que cotiza en Bolsa llamada TransMontaigne Energy Partners (TLP) que posee algunos de los activos de la compañía, pero es administrada por TransMontaigne y como consecuencia es propiedad de Morgan Stanley. TLP tiene una capitalización de mercado de 671 millones de dólares. Sus acciones han subido 16% en el último año, en comparación con alrededor del 22% del S&P 500 en el mismo periodo.

Morgan Stanley también posee el 49% de la compañía petrolera Heidmar. Como TransMontaigne, Heidmar se especializa en gasolina y en otros productos refinados del petróleo. La concentración de los activos del gigante bancario en un área particular del mercado petrolero puede dar una ventaja informativa sobre los demás operadores.

En una audiencia del Senado la semana pasada sobre Wall Street y su negocio de materias primas, el senador Sherrod Brown, demócrata de Ohio, dijo que existía la preocupación de que Morgan Stanley utilice sus empresas para influir en los precios de las materias primas.

“Reduces el número de esos buques que entregan petróleo y también estás en condiciones de apostar sobre los precios del petróleo. ¿Es eso es una preocupación para ti?”, preguntó Brown a un testigo.

No hay evidencia de que Morgan Stanley haya utilizado sus operaciones de materias primas para manipular los precios o hacer nada inapropiado. Un portavoz de Morgan Stanley no quiso hacer comentarios sobre si la empresa está pensando en salir del negocio de materias primas. Dijo que el puerto de Montreal y otros activos fueron comprados por un fondo de inversión de Morgan Stanley y son propiedad de clientes de la firma, no de Morgan Stanley.

Sin embargo, a veces ha parecido estar preocupado por sus negocio de materias primas. El año pasado, El presidente ejecutivo, James Gorman, quien ha trasladado a la empresa hacia la gestión de activos y la alejado de algunos de los negocios más arriesgados de Wall Street, dio a entender que la empresa podría vender sus operaciones de materias primas. Ningún acuerdo se ha producido. En junio, la compañía eliminó los puestos de 30 operadores que comerciaban con productos agrícolas y en mercados de energía europeos. Pero eso representa sólo el 10% de su personal productos de materias primas.

Y en un momento en que Morgan Stanley todavía está luchando por demostrar a los inversores que puede aumentar sus ganancias en medio de las nuevas regulaciones, podría resultar difícil para la empresa salir de su negocio de materias primas. Morgan Stanley no desglosa lo que gana de TransMontaigne, Heidmar, o de sus otros negocios de materias primas.

En vez de eso, agrupa los ingresos con sus unidad de ventas de bonos y comercio. Esa unidad por lo general se ha rezagado ante sus rivales de Wall Street. Pero las grandes empresas de materias primas de Morgan Stanley podrían estar haciendo lucir a la unidad mejor de lo que está. El año pasado, 10,000 millones de dólares o alrededor de un tercio de los ingresos totales de la empresa provinieron de la división de bonos y materias primas.

VI. JPMorgan ‘recae’ en adicción al riesgo
Desde Londres, el banco ha hecho fuertes inversiones en bonos estructurados denominados CLO; estos instrumentos se han vuelto atractivos debido a que son permitidos en la nueva regulación.
JP Morgan ha duplicado sus tenencias de CLO a 27,000 millones de dólares al cierre del primer trimestre.
En general, el mercado de CLO está cerca de igualar los 92,000 millones de dólares en CLO emitidos en 2007, su máximo histórico.
Por: Stephen Gandel | Lunes, 22 de julio de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/negocios/2013/07/19/jpmorgan-juega-con-riesgo-otra-vez

FORTUNE — La antigua oficina de la Ballena de Londres de JPMorgan Chase está volviendo a zambullirse en el riesgo.

Según varias fuentes cercanas a los acuerdos, el despacho del jefe de inversiones de JPMorgan en Londres, quien el año pasado perdió más de 6,000 millones de dólares (mdd) en apuestas en derivados de crédito, está en el proceso de firmar ofertas para comprar porciones significativas de las obligaciones con garantía prendaria (CLO, por sus siglas en inglés), que son bonos estructurados respaldados por grupos de préstamos a empresas por debajo del grado de inversión.

Un abogado de Dechert que se especializa en CLO, John Timperio, dijo que está trabajando en dos ofertas en este momento en las cuales se espera que JPMorgan sea el principal comprador. Una es para préstamos a empresas de tamaño mediano, que conllevan más riesgo, pero mayor rendimiento.

En otro acuerdo, JPMorgan planea comprar casi toda la porción de mayor calificación de CLO. “Es un acuerdo bastante grande”, dice Timperio. “JPMorgan está de vuelta en este mercado”.

Las CLO no son los derivados a los que se atribuye parcialmente haber reventado el mercado hipotecario y que son el centro de un juicio en curso en el bajo Manhattan en contra del exbanquero de Goldman Sachs, Fabrice Tourre. Esas son obligaciones de deuda colateralizada, o CDO, que fueron respaldadas por préstamos hipotecarios de alto riesgo. Pero las CLO son sus primas cercanas.

Los bancos hacen préstamos por lo general a empresas con una calificación crediticia de BBB o menos, y luego los venden a un gestor de CLO, que, con la ayuda de un banco, empaca esos préstamos en bonos que son vendidos en rebanadas con base en el riesgo. A pesar de la calificación más baja de los préstamos originales, a través de la magia de la titulización, alrededor del 60% de los bonos de una CLO típica obtienen una calificación AAA, que es la más alta.

La emisión de CLO se secó a mediados de 2008, junto con otros acuerdos de financiamiento estructurado. Pero a diferencia de las riesgosas ofertas hipotecarias que fueron firmadas durante la crisis financiera, las CLO recientemente han tenido una gran reaparición. Los bancos suscribieron casi 44,000 millones de dólares de acuerdos de préstamos apalancados en la primera mitad del año, según Thomson Reuters.

Eso es un aumento desde los 17,000 millones de dólares del primer semestre de 2011, y desde los 11,000 millones de dólares en el año anterior. El mercado CLO ha bajado un poco en el último mes a medida que las tasas de interés se han elevado, pero sigue en ritmo para casi igualar los 92,000 millones de dólares en CLO que fueron emitidos en 2007, cuando el mercado alcanzó su punto máximo.

Tal vez lo más sorprendente de la reactivación de estos instrumentos es la siguiente: las entidades que han surgido como principales compradores de los paquetes de préstamos bancarios riesgosos son los propios bancos. JPMorgan tiene más CLO que cualquiera de sus rivales. En los últimos dos años, el banco ha casi duplicado sus tenencias de CLO a 27,000 millones de dólares, al cierre del primer trimestre, que fue la última vez que dio a conocer sus tenencias.

De acuerdo con sus presentaciones de documentos, las CLO fueron adquiridas por la oficina del jefe de inversiones (CIO, por sus siglas en inglés) de JPMorgan, que es la unidad donde trabajó Bruno Iksil, quien era apodado la Ballena en Londres. Tres personas confirmaron que JPMorgan gestiona su cartera de CLO desde su oficina en la capital británica.

La unidad CIO de JPMorgan, que invierte el exceso de reservas del banco, está dirigida por Craig Delany, quien reemplazó a la longeva jefa de CIO, Ina Drew, quien dejó el banco poco después de que fueron reveladas las pérdidas multimillonarias. JPMorgan redujo sus compras de CLO a raíz de las pérdidas. Pero parece que la institución está en proceso de reactivar estas compras de nuevo.

Wells Fargo también ha sido un buen comprador. Contaba con 15,000 millones de dólares en CLO a finales de marzo, frente a los 8,000 millones de 2012. Citigroup tenía alrededor de 4,500 millones de dólares en CLO al final del primer trimestre, un aumento de 3,000 millones respecto al año anterior. Bank of America, en contraste, ha decidido permanecer en gran parte fuera del mercado de inversión CLO. Al final del primer trimestre, mantenía poco más 700 millones de dólares.

“Es posible que veas este comportamiento y saques la conclusión de que los grandes bancos son bastante estúpidos”, dice el codirector de R&R Consulting, una firma que analiza ofertas de financiamiento estructurado, Sylvain Raynes. “Es como cambiar cuatro monedas de 25 centavos por un dólar, excepto que solo reciben de vuelta 89 centavos. Así que, para el observador promedio parece que los banqueros pasan sus días rondando por ahí sin hacer nada, pero la verdad es que es que la regulación financiera es lo irracional. Una vez que agregas ese factor, el comportamiento de los bancos tiene mucho sentido”.

Regulación

JPMorgan declinó hacer comentarios sobre sus tenencias de CLO además de referir a sus presentaciones ante la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés). Wells y Citi también evitaron hacer comentarios. En general, los banqueros dicen que ofrecen diversificación. Y los CLO son populares ahora porque tienen tasas flotantes, lo que significa que no caerán en valor cuando las tasas de interés suban. Además, los banqueros señalan que a diferencia de otros productos estructurados, atravesaron la crisis financiera con pocas pérdidas reales. Eso ha reforzado su reputación como instrumentos seguros. Además, las CLO todavía constituyen una parte muy pequeña de sus activos totales, que para los cuatro grandes bancos es más de 1 billón de dólares.

Pero casi todo el mundo en el mercado de CLO, incluyendo a muchos banqueros, dicen que una de las mayores razones por la que los grandes bancos están comprando CLO tiene que ver con las regulaciones. Se supone que la reforma financiera debía acabar con el arbitraje regulatorio, en el que los bancos son capaces de intercambiar un activo similar por otro con el fin de ser capaces de aumentar su influencia, lo cual aumenta el riesgo en varias ocasiones.

Pero eso no ha sucedido en el mercado de CLO. Bajo las nuevas normas de capital, que fueron aprobadas por la Reserva Federal a principios de julio, los préstamos a las empresas tienen una ponderación de riesgo del 100%. Las rebanadas tipo AAA de las CLO, que son la parte de los acuerdos que los bancos típicamente compran, tienen una ponderación de riesgo de solo 20%. Esto significa que los bancos pueden invertir cinco veces más en un CLO que lo que pueden invertir en préstamos de alto rendimiento subyacentes con la misma cantidad de capital. Los fondos adicionales provienen de préstamos, lo que aumenta el apalancamiento de un banco.

Los precios hacen a estas operaciones particularmente atractivas en el mercado de las CLO. Y esto facilita la actual búsqueda de los bancos por rendimiento en un entorno de bajas tasas de interés. A pesar del hecho de que los banqueros dicen que las porciones AAA de las CLO son relativamente seguras, los bonos tienden a pagar mucho mayores rendimientos que una inversión similar en valores respaldados por hipotecas o bonos respaldados por tarjetas de crédito o préstamos para automóviles, sobre los cuales los bancos tendrían que mantener niveles similares de capital.

Y aunque pocos acuerdos de CLO terminaron reventando, los precios de los bonos cayeron fuertemente durante la crisis financiera a medida que el mercado se congeló. Así que las ofertas difícilmente están libres de riesgo.

En estos días, el préstamo promedio que entra en una CLO tiene un pago de intereses equivalente a aproximadamente 4% más Libor. La parte AAA de un CLO produce un rendimiento de alrededor de 1.3% más Libor. Eso significa que con la misma cantidad de capital un banco puede obtener inversión que esencialmente paga un rendimiento de 6.5% en lugar de 4%. Ellos tendrán que pagar cierto dinero por pedir prestados los fondos adicionales, pero los grandes bancos pueden pedir prestado muy barato.

Recientemente, una serie de reguladores se han preocupado por la cantidad de bancos de crédito que están prestando a empresas de menor calificación. En abril, la Corporación Federal de Seguros de Depósito (FDIC, por sus siglas en inglés), que evalúa una cuota de seguro en todos los bancos en función de su tamaño y riesgo, aprobó una norma que obligaría a los bancos a pagar una prima más alta con base a sus tenencias de CLO.

Los gerentes y banqueros de CLO dicen que eso ha disminuido la compra en algunos bancos. Otros bancos han comenzado a comprar partes de menor calificación de las CLO con el fin de mejorar su rendimiento para compensar los pagos de seguros adicionales. Recientemente, los reguladores han propuesto nuevas normas que requieren que los bancos mantengan una cantidad mínima de capital contra a todas sus inversiones, sin importar si es, digamos, un préstamo apalancado o una CLO. Los banqueros han dicho que esa regla de capital adicional es innecesaria y han dicho que desalentaría los préstamos.

“El juego de los bancos es siempre conseguir los rendimientos arriesgando la menor cantidad de piel en el juego y con tanto apalancamiento como sea posible”, dice una profesora de la Escuela de Graduados de Negocios de Stanford, Anat Admati, quien escribió un libro llamado ‘The Banker’s New Clothes’ y ha presionado por altos requerimientos de capital. “Esta es una de las muchas maneras de jugar el juego”.

VII. JPMorgan registra 31% más ganancias
El banco de inversión ganó 6,500 millones de dólares en el segundo trimestre del año; se vio beneficiado por una recuperación en sus ingresos por operaciones.
Viernes, 12 de julio de 2013
Fuente: http://www.cnnexpansion.com/economia/2013/07/12/jpmorgan-registra-31-mas-ganancias

NUEVA YORK (Reuters) — JPMorgan Chase & Co reportó el viernes un aumento de un 31% en sus ganancias trimestrales debido a un incremento en los ingresos por operaciones y por intermediación en el mercado de bonos.
JPMorgan, el primero de los grandes bancos estadounidenses que reporta sus resultados del segundo trimestre, incrementó su ganancia por sus operaciones con bonos corporativos, a pesar de una caída en los precios de la deuda.

Sin embargo, el banco dijo que las difíciles condiciones del mercado podrían obligarlo a acelerar sus movimientos para reducir costos.

Las acciones y los mercados de renta fija se han vuelto más traicioneros para los operadores en las últimas semanas, en momentos en que los inversores tratan de anticipar cuándo la Reserva Federal de Estados Unidos comenzará a reducir su programa de compras de bonos.

El programa de alivio monetario ha mantenido a las tasas de interés en cerca de mínimos históricos y ha ayudado a sanear la economía estadounidenses tras la crisis financiera ocurrida entre 2007 y 2009.

Los resultados de JPMorgan superaron las expectativas de los analistas y los títulos del mayor banco de Estados Unidos subían un 0.3% a 55.31 dólares.

Las acciones de JPMorgan habían subido un 25% este año hasta el cierre del jueves, ayudadas por la creciente confianza en que la economía estadounidense está en camino a una sólida recuperación.

Sin embargo, los papeles del prestamista han tenido un comportamiento volátil en las últimas semanas debido a la preocupación de que unas tasas de interés más altas erosionen el valor de los activos bancarios antes de que generen nuevos ingresos por concepto de préstamos.

En general, las ganancias de la firma subieron a 6,500 millones de dólares, o 1.60 dólares por acción, en el segundo trimestre, desde los 4,960 millones de dólares, o 1.21 dólares por acción, del año anterior.

Los analistas en promedio esperaban ganancias de 1.44 dólares por acción, según Thomson Reuters I/B/E/S.

Veinticuatro centavos de las ganancias por papel derivaron de la recuperación de reservas que la compañía había apartado para cubrir eventuales pérdidas en préstamos. Más de la mitad de esa liberación de reservas provino de la cartera de préstamos hipotecarios que se ha beneficiado de los crecientes precios de la vivienda, y el resto de préstamos de tarjetas de crédito.

Tasas de interés más altas redujeron el valor de las inversiones en títulos en el banco, por una medida que compensa cuatro quintos del capital adicional que se generó durante el trimestre. JPMorgan mejoró algunos de sus ratios de capital recortando activos medidos en riesgo, según una presentación para una teleconferencia con inversores.

JPMorgan es el segundo mayor prestamista hipotecario de Estados Unidos después de Wells Fargo & Co, con una cuota de mercado del 11%.

El banco dijo además que sus ingresos por renta fija y renta variable aumentaron un 18%.

Para el banco en su conjunto, los ingresos retrocedieron un 3% a 12,000 millones de dólares.

Los resultados son los primeros que el banco ha divulgado desde que el presidente y presidente ejecutivo Jamie Dimon ganó en mayo abrumadoramente un referéndum de accionistas sobre si debía mantener ambos cargos

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