La “era del guano”: la abolición de la esclavitud y del tributo

Las medidas populistas de Castilla al exonerar del tributo a los indios y liquidar la esclavitud negra tuvieron sus repercusiones en los gastos del Estado. La manumisión de casi 26 mil esclavos en 1854, por ejemplo, se hizo mediante el pago de 300 pesos por cada esclavo liberto a sus propietarios. El costo de esta medida fue de casi 8 millones de pesos y su financiamiento pudo ser posible gracias al dinero generado por el guano.

No es difícil sospechar que algunos propietarios declararon tener más esclavos que los que realmente tenían y así recibir mayor cantidad de dinero. Lo importante es señalar que esta medida puso en manos de la clase alta una suma importante de dinero para ser reinvertido en la agricultura. Parte del mismo se utilizó en contratar la llegada de trabajadores chinos bajo un sistema de esclavitud disfrazada.

En este sentido, es importante decir que el proceso de manumisión en el Perú fue lento y parcial. En 1821, San Martín declaró libres a todos los hijos de esclavas nacidos desde el 28 de julio y a los mayores que se enrolaran en el ejército. Los propietarios agrícolas protestaron y todo quedó en nada. Pero con los años llegó un momento en que los agricultores vieron que un esclavo era caro de mantener, rendía poco y que la mano de obra resultaría más barata convirtiendo a los esclavos en peones “libres”, obligados a trabajar en la hacienda a cambio de alquilarles, en duras condiciones, una pequeña parcela de tierra. Así nacieron las llamadas “chacras de esclavos”. De otro lado, en Lima, el 60% de los esclavos vivía en el área urbana dedicándose al servicio doméstico y no a tareas rurales.

El número de esclavos negros iba decreciendo con los años y el precio de cada uno también decrecía, evidenciándose una desintegración del régimen esclavista previo a 1854, año de la manumisión. Cuando Ramón Castilla decretó en Huancayo la histórica medida, el número de esclavos en el Perú era de casi 26 mil, cifra que representaba apenas el 1.3% del total de la población.


Caricatura de Castilla referente a la abolición del tributo y la esclavitud

Por su lado, la eliminación del tributo indígena era una medida fácil, ya que para 1850 este rubro representaba menos de 900 mil pesos al año debido al empobrecimiento creciente de la población andina. Introducido desde el siglo XVI, el tributo indígena fue suprimido por San Martín en 1821 para ser finalmente repuesto en 1826 como una forma de atenuar la penuria financiera del Estado peruano. En 1830, el ministro de Hacienda, José María de Pando, opinaba que la experiencia de los siglos había demostrado que la “contribución” indígena había sido fijada con prudencia y perspicacia, y puesto que ella estaba tan arraigada por la costumbre, toda innovación sería peligrosa. De esta manera tan directa, el viejo tributo colonial quedaba legitimado para los nuevos gobernantes.

Durante al revolución liberal de 1854 llegó la hora de abolir el tributo indígena. Deseoso de ampliar su apoyo popular en contra de Echenique, Castilla canceló definitivamente el impuesto que pesaba sobre el conjunto de la población indígena. Para la economía peruana, esta medida contribuyó a reducir la producción agrícola con la consiguiente inflación de precios. La razón es que los indios debían generar excedente agrícola y comercializarlo para conseguir dinero y pagar el tributo. Ahora, desaparecido el tributo, ese excedente y su comercialización perdían sentido y las familias campesinas regresaban a una economía casi autosuficiente.

Pero esto no fue todo. Mientras funcionó el tributo muchos terratenientes o gamonales andinos se beneficiaban del trabajo de los indios y en reciprocidad les pagaban la “contribución”. Ahora, al suprimirse el tributo, a la clase propietaria no le quedó otra alternativa que apropiarse de las tierras de las familias indígenas como una forma de seguir controlando su fuerza de trabajo. Como vemos, en lugar de beneficiar esta medida a los indios contribuyó a acentuar su desprotección. Por lo menos durante el virreinato había una legislación especial que velaba por sus tierras comunales que no podían ser usurpadas por criollos o mestizos.


Fotografía de esclavo o ex esclavo negro en Lima

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Comentarios

  1. David escribió:

    Gracias por la información esta muy buena

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