Archivo por meses: mayo 2012

IRAN EJECUTA A AUTOR DE HOICIDIO DE FISICO NUCLEAR MEDIANTE EL AHORCAMIENTO

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Ahorcaron a hombre en Irán porque mató a físico nuclear
Majid Jamali Fashi, de 24 años, fue acusado de pertenecer a agencia de espionaje israelí

Martes 15 de mayo de 2012 – 10:13 am
Majid Jamali Fashi. (AP)
Teherán (AP) . Las autoridades ahorcaron a un hombre convicto por el asesinato de un físico nuclear en el 2010, informó la televisión estatal.

Majid Jamali Fashi, que había sido acusado de ser un miembro de la agencia de espionaje israelí, Mossad , fue ahorcado en Teherán hoy por la mañana.

Jamali Fashi, de 24 años, fue sentenciado a muerte después de ser hallado culpable en un juicio a fines de agosto.

IRÁN, RECELOSO CON SU PROGRAMA NUCLEAR
El catedrático de física de la Universidad de Teherán, Masoud Ali Mohammadi, murió por la explosión de una bomba adherida a una motocicleta frente a su residencia cuando salía para ir al trabajo en enero del 2010. El profesor no había revelado públicamente su relación con el programa atómico de Irán.

Irán dijo que Israel y Estados Unidos trataban de interrumpir su programa nuclear mediante operaciones encubiertas. Por lo menos, cinco científicos nucleares han sido asesinados en años recientes.

fuente: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

El Gobierno mantendrá en la cárcel a los agresores sexuales no reinsertados

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El Gobierno mantendrá en la cárcel a los agresores sexuales no reinsertados

La “custodia de seguridad”, con máximo de 10 años, se aplicará también a delitos muy graves
El ministro descarta la prisión permanente revisable que reclama el padre de Marta del Castillo
VERA GUTIÉRREZ CALVO Madrid 14 MAY 2012 – 13:11 CET93
Archivado en: Alberto Ruiz-Gallardón Ley del menor Reinserción social Presos Legislación española Delitos sexuales Código penal Prisiones España Delitos Normativa jurídica Centros penitenciarios Legislación Régimen penitenciario Justicia

Gallardón y Antonio del Castillo, durante su reunión. / GORKA LEJARCEGI

El Ministerio de Justicia quiere modificar el Código Penal para crear una nueva “medida de seguridad” postpena que se añadiría a la que ya existe desde 2010 para condenados por delitos muy graves. Se trata de la “custodia de seguridad”, que permitiría mantener en prisión un máximo de 10 años al preso, una vez cumplida su condena. Lo ha anunciado esta mañana el ministro Alberto Ruiz-Gallardón tras reunirse con Antonio del Castillo, padre de la joven sevillana asesinada en enero de 2009, que no considera suficiente esta medida y sigue reclamando otra más dura: la pena de prisión permanente revisable -similar a la cadena perpetua pero con la opción de devolver la libertad al reo si demuestra estar reinsertado-. Hace un mes Gallardón anunció la introducción de esta pena permanente para condenados por terrorismo, y descartó aplicarla a violadores o pederastas.

La nueva medida anunciada hoy por el ministro, la “custodia de seguridad”, se aplicaría a delitos muy graves: de agresión sexual y pederastia, pero también de narcotráfico o delitos con violencia e intimidación muy graves, y a los reincidentes de ciertos delitos graves. No es prisión permanente revisable, pero se asemeja bastante: en la práctica, alarga la estancia en prisión del reo una vez cumplida la pena.

MÁS INFORMACIÓN
La prisión permanente revisable solo se aplicará a terroristas
Caso Marta del Castillo
Sería el juez el que, en el momento de dictar sentencia, añadiría a la pena de cárcel la “medida de seguridad” postpena, en función del riesgo de reincidencia que presente el condenado: por ejemplo, libertad vigilada, alejamiento forzoso o la custodia de seguridad. Así, tras cumplir el reo su pena, empezaría a cumplir esa medida extra, con lo que -en el caso de la custodia de seguridad- podría permanecer hasta 10 años más en prisión. Si el juez de vigilancia penitenciaria determinase en ese momento que el preso está en condiciones de reinsertarse, podría suavizar la duración de la medida, según fuentes de Justicia.

Ruiz-Gallardón también ha adelantado que suprimirá la figura del “delito continuado” para los casos de agresión sexual (lo que implicaría penas acumuladas por cada violación y alargaría, por tanto, la condena) y que agravará la pena por “detención ilegal con desaparición forzada”, sobre todo en los casos con víctimas menores como el de Marta del Castillo.

fuente: EL PAIS ESPAÑA Sigue leyendo

REGISTROS PUBLICOS DICTA NUEVO PRECEDENTE SOBRE DESISTIMIENTO Y TRANSFERENCIA

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REGISTROS PUBLICOS DICTA NUEVO PRECEDENTE SOBRE DESISTIMIENTO Y TRANSFERENCIA
MATERIAS. APELACIÓN DEL DESISTIMIENTO Y TRANSFERENCIA
Tribunal Registral publica dos nuevos precedentes

Son de observancia obligatoria de acuerdo con normatividad vigente

Especialistas en los temas destacan los pronunciamientos

Dos nuevos precedentes de observancia obligatoria para todas las instancias registrales del país, aprobó y publicó el pleno del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

El primero, vinculado con la apelación del desistimiento, y el segundo, relacionado con la transferencia como consecuencia del fenecimiento el régimen de sociedad de gananciales.
A criterio de este colegiado, procede inscribir la transferencia del 50 por ciento de cuotas ideales que le corresponde a uno de los excónyuges respecto a un bien inscrito a nombre de la sociedad conyugal, sin que previamente se acredite haber procedido a la liquidación. Siempre y cuando se haya inscrito el fenecimiento de la sociedad conyugal en el Registro de Personas Naturales respectivo.

Consolida práctica
En opinión del especialista en derecho registral Moisés Arata, este precedente consolida una práctica de los jueces y notarios.
“El Código Civil establece que producida la causal de fenecimiento, sobreviene una fase de liquidación y luego la fase de adjudicación; sin embargo, tanto jueces como notarios separan y divorcian a las personas, y no las fuerzan a liquidar, más aún ante la ausencia de un procedimiento de liquidación”, explicó.
Por ende, indicó que terminan a veces quedándose los bienes a nombre de los dos cónyuges, habiendo técnicamente fenecido la comunidad de gananciales, sin haber liquidación y sin un procedimiento protector a los acreedores.
“El Tribunal Registral, no obstante, ha empezado a encontrar casos en donde ya alguien ha pasado a la fase de adjudicación y ya tiene el 50 por ciento del bien, por lo que este colegiado finalmente se está basando en el principio de legitimación y trabajando sobre hechos consumados que para el registro son ciertos, para emitir este precedente”, refirió.
Apelación del desistimiento
En cuanto a la apelación del desistimiento, el Tribunal Registral estableció que la aceptación del desistimiento total de la rogatoria formulado por el representante o representado pone fin al procedimiento registral.
En consecuencia, el colegiado dispuso que no es procedente la apelación para dejar sin efecto dicho desistimiento.
Sin embargo, precisó que esto no es aplicable en caso de falsedad documentaria del desistimiento.
Para el especialista en derecho registral Guillermo García Montúfar, este precedente resulta correcto y procesalmente es impecable.
“Si alguien se desiste del proceso registral, cómo puede apelar luego su propio desistimiento si ya optó por negarse a la rogatoria”, detallo el experto.
En todo caso, refirió, esa persona tendría que iniciar otro proceso registral.

Normatividad reglamentaria
De acuerdo con el literal c) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, es función del Tribunal Registral aprobar precedentes de observancia obligatoria en los plenos registrales que para el efecto se convoquen.
El artículo 32° del reglamento de este colegiado, aprobado por Resolución N° 263-2005-Sunarp/SN, establece que los acuerdos del pleno registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria establecerán las interpretaciones por seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ámbito nacional, mientras no sean expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de pleno registral, por mandato judicial firme o norma modificatoria posterior.

EL PERUANO
Fecha:11/05/2012 Sigue leyendo

Proyecto de ley plantea que jóvenes de 16 años asuman delitos penales

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Proyecto de ley plantea que jóvenes de 16 años asuman delitos penales

La bancada de Concertación Parlamentaria propuso el cambio del Código Penal para menores como ‘Gringasho’

Domingo 13 de mayo de 2012 – 09:24 pm

El joven sicario ‘Gringasho’ fue detenido hoy en Lima. (Foto: USI)
(Andina). Reducir de 18 a 16 años la edad de inimputabilidad de los adolescentes que sean autores de delitos graves, como homicidio, secuestro y hurto, planteó la bancada de Concertación Parlamentaria para combatir con más efectividad la delincuencia juvenil.

Mediante un proyecto de ley, propuso modificar el Código Penal para que los jóvenes de 16 años en adelante puedan afrontar las consecuencias penales de los delitos que cometan, y no se espere a que cumplan los 18 años.

Según el artículo 20 del código, están exentos de responsabilidad penal los menores de 18 años, salvo en los casos de terrorismo, en que la inimputabilidad rige solo para los menores de 15 años.

Por ese motivo, el proyecto busca exceptuar de la inimputabilidad a los adolescentes de 16 años en adelante que hayan cometido los delitos de homicidio simple y calificado, lesiones graves y culposas, secuestro, violación, hurto simple y agravado, extorsión y asociación ilícita para delinquir.

MEDIDA RESPONDE A JÓVENES SICARIOS COMO “GRINGASHO”
En la exposición de motivos de la iniciativa, se argumenta que esa medida es necesaria porque la normatividad actual no resulta acorde a la realidad, teniendo en cuenta la existencia de menores de entre 16 y 18 años de edad que actúan como sicarios.

Además, añade que estos jóvenes, por su minoría de edad, resultan inimputables y cuando son derivados a los Centros de Reclusión de Menores se escapan o son rescatados, como el caso del joven de iniciales A.G.P conocido como Gringasho, acusado de diversos asesinatos.

El proyecto busca, en ese sentido, que el adolescente involucrado en esos actos delictivos sea merecedor de una sentencia condenatoria de pena privativa de la libertad.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

condenan a 25 latigazos a caricaturista por poner ropa deportiva a diputado

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condenan a 25 latigazos a caricaturista por poner ropa deportiva a diputado

Condenado el caricaturista Mahmoud Shokraye por dibujar a un parlamentario ultraconservador con atuendo deportivo

MIKEL AYESTARANMIKELAYESTARAN
Día 10/05/2012

La caricatura del diputado iraní
En los últimos años en Irán se han cerrado publicaciones de forma temporal y definitiva, se ha encarcelado a profesionales de la información, pero por primera vez la Justicia condena a un caricaturista a recibir 25 latigazos. El delito de Mahmoud Shokraye, según informa la agencia Ilna y recoge el británico «The Guardian», es haber dibujado al diputado ultraconservador Ahmad Lotfi Ashtiani vestido de futbolista, con un diploma en la mano y pisando la pelota con su pierna izquierda.

Shokraye no pasó de largo ni el detalle de su frente marcada por una mancha oscura, señal de las personas piadosas que de tanto rezar se producen esa pequeña costra en la frente al golpearse contra el suelo al postrarse frente a Alá. La caricatura se publicó en el diario local «Nameye Amir», el más importante de la ciudad de Arak, en la provincia de Markazi de donde es originario el diputado, 250 kilómetros al sur de Teherán.

Apoyo en la Red
La implicación de los políticos en asuntos deportivos ha sido tema de debate en los medios iraníes en las últimas semanas y Ashtiani consideró su dibujo de «insultante». La Justicia le ha dado la razón levantando una gran polémica entre un sector como el de la caricatura que, pese a las limitaciones, se ha volcado con mensajes de apoyo a través de las redes sociales.

En principio, la línea roja de la censura gubernamental está marcada en torno a la figura de los clérigos y a los temas relacionados con la religión, pero a la nueva élite ultraconservadora tampoco le gustan las caricaturas. Está terminantemente prohibido dibujar a un mulá vestido de mulá. Esto lo saben muy bien profesionales como Hadi Heidari, a quien se le ocurrió caricaturizar en 2004 al entonces presidente Mohamed Jatami sin turbante y su periódico amaneció precintado. Heidari fue amenazado de muerte en la tradicional plegaria del viernes posterior a lo que los clérigos calificaron de «pecado».

FUENTE: ABC ESPAÑA Sigue leyendo

Poder Judicial absolvió a Luis Valdez por caso de asesinato a periodista

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Poder Judicial absolvió a Luis Valdez por caso de asesinato a periodista

Poder Judicial absolvió a Luis Valdez por caso de asesinato a periodista

Tercera Sala Penal resolvió que “no existen indicios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia” de acusados. Fiscal había pedido 20 años de cárcel

Jueves 10 de mayo de 2012 – 05:19 pm

(Foto archivo El Comercio)
La Tercera Sala Penal para Reos Libres de Lima absolvió al ex alcalde de Coronel Portillo, Luis Valdez, y al ex gerente municipal, Zolio Ramírez Garay, del asesinato del periodista Alberto Rivera, ocurrido en abril del 2004.

Se resolvió que “no existen indicios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia” de los acusados, por lo que las ex autoridades -que se encontraban con mandato de comparecencia- quedaron libre de cargos.

El Ministerio Público había pedido 20 años de cárcel para Valdez.

La defensa de la familia del periodista había señalado que Valdez Villacorta sí tenía motivos suficientes para ordenar la muerte del periodista, quien había sido crítico de su gestión municipal.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Mujer policía seducía a empresarios en Lima para luego extorsionarlos

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Mujer policía seducía a empresarios en Lima para luego extorsionarlos

Jueves, 10 de mayo de 2012 | 4:30 am

Tenía una profesión respetable y gozaba del aprecio de sus familiares y amigos a quienes decepcionó del peor modo. La suboficial de la policía Evelyn del Carmen Dávila Morote, de 34 años, mandó al tacho todo ello solo por dinero.

Agentes de la División Antisecuestros la detuvieron en Lima por seducir a empresarios casados y fotografiarlos desnudos con fines de extorsión.

Se ha establecido que la mujer policía seleccionaba a sus víctimas en banquetes celebrados en hoteles de cinco estrellas. Los deslumbraba con sus encantos e iniciaba romances relámpagos con ellos, a fin de obtener el singular material gráfico que requería para lograr su propósito.

En efecto, según la Divise, Dávila Morote aprovechaba sus encuentros amatorios para captar las escenas en secreto. Luego exigía considerables sumas de dinero a los agraviados y los amenazaba con enviarles las fotos a sus esposas, a través de correos electrónicos o hacerlas públicas colgándolas en la red de Youtube.

Evelyn del Carmen mide 1.75 metros de estatura, tiene cabello lacio, largo y castaño, teñido artificialmente. Nació en el Cercado de Lima el 17 de octubre de 1977.

El empresario Alberto G. A. (36) fue quien la denunció y posibilitó su captura. Contó a los detectives que venía siendo extorsionado desde hace tres meses por una mujer con quien mantuvo una corta relación. “Esta vez me ha exigido 2.000 soles. Tiene fotos íntimas mías”, sostuvo.

Ante semejante caso, los investigadores le recomendaron que simulara aceptar la nueva extorsión. Y es que solo así iba a ser posible poner al descubierto a la inescrupulosa mujer.

Se procedió de ese modo. Alberto sugirió entregar el dinero en el AH 23 de setiembre, de Santa Anita, y la singular extorsionadora aceptó. Obviamente ella desconocía que le estaban tendiendo una trampa.

Flagrante delito

Todos los billetes, previamente, habían sido fotocopiados, a fin de darles valor de prueba durante un eventual proceso judicial.

Evelyn, quien es soltera, mordió el anzuelo. Justo en ese momento un grupo de custodios la atrapó en flagrante delito. Ahora podría pasar los próximos 10 años en prisión, si se le aplica la máxima pena que contempla la legislación vigente, dijeron portavoces del Ministerio Público.

fuente: LA REPUBLICA PERU
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Hombre asesina a su esposa y luego se suicida en Surquillo

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Hombre asesina a su esposa y luego se suicida en Surquillo

Jueves, 10 de mayo de 2012 | 8:31 am

Antonio Arguedas Castañeda (30) y Mónica Monje (27) fueron encontrados muertos en la habitación de su casa en Surquillo.

Tras la intervención de agentes de la Policía, el Arguedas Castañeda fue hallado colgado, mientras su esposa yació en la cama sin signos de violencia.

El padre de Monje habría encontrado los cuerpos. Según informaron, lo que habría originado este asesinato y suicidio son los celos del joven.

Ambos tenían una relación de diez años y dejan huérfanos a dos niños, quienes habrían presenciado la muerte de sus padres.

FUENTE: LA REPUBLICA PERU Sigue leyendo

Argentina aprobó ley de ‘muerte digna’ para enfermos terminales

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Argentina aprobó ley de “muerte digna” para enfermos terminales

La norma permite rechazar “procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”

Miércoles 09 de mayo de 2012 – 07:25 pm

(Fotocomposición El Comercio / Flickr / Twentysixcats)
Buenos Aires (EFE). El Senado de Argentina aprobó hoy una ley de “muerte digna” que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida.

Las personas que sufren “enfermedad irreversible, incurable” o “en estado terminal” tienen derecho “a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”, dice la normativa, aprobada por unanimidad.

Establece el derecho “a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa”, aunque mantiene la opción de que el paciente terminal revierta su decisión.

FAMILIARES DIRECTOS
Remarca que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones” de esta ley “está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa” por las consecuencias de la aplicación de esta normativa.

En caso de que el paciente no esté en condiciones de manifestar su voluntad por razones físicas, lo podrán hacer sus familiares directos.

La nueva normativa, que había sido aprobada en noviembre pasado por la Cámara de Diputados, excluye la eutanasia así como el llamado “suicidio asistido”, que las leyes argentinas castigan como homicidio.

EL ORIGEN
La norma comenzó a debatirse luego de que la madre de una bebé en estado vegetativo irreversible desde su nacimiento pidiera públicamente la “urgente” aplicación de una ley de “muerte digna”.

En septiembre pasado, Selva Herbón publicó una carta dirigida a la presidenta argentina, Cristina Fernández, para pedirle la aplicación de esta ley ya que su bebé de dos años, Camila, es víctima de una “clara obstinación terapéutica”.

Herbón recordó que tres comités de bioética han desahuciado a Camila, pero los médicos se niegan a desconectar los aparatos que la mantienen viva por temor a una reclamación judicial.

fuente: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Senado Chileno aprueba Proyecto de Ley Antidiscriminación

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Senado aprueba Proyecto de Ley Antidiscriminación

La medida de la Comisión Mixta contó con 25 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones. Establece que cada uno de los órganos de la administración del Estado elaborar y garantizar a toda persona y todo chileno el goce y ejercicio de sus derechos.

Senado aprueba Proyecto de Ley Antidiscriminación
25 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones tuvo el Proyecto de Ley.

SANTIAGO.- El Senado aprobó este miércoles el Proyecto de Ley Antidiscriminación en el que se fijan los criterios para evitar conductas discriminatorias arbitrarias en el país.

El informe de la Comisión Mixta contó con 25 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones.

Los tres parlamentarios que votaron contra la medida son José García Ruminot, Carlos Kuschel y Carlos Larraín. Mientras que se abstuvieron de votar Juan Antonio Coloma, Jaime Orpis y Ena von Baer.

El presidente del Movilh, Rolando Jiménez, recalcó que este “es un día histórico” y que “hemos logrado, a través de la discusión de este proyecto de ley, hacer una pedagogía a la no discriminación. Este es el principio del fin de los que discriminan por orientación sexual, discapacidad, origen étnico, raza, hoy día los ciudadanos cuentan con una herramienta jurídica para defenderse de la discriminación, eso es una muy buena noticia, Chile a partir de hoy es un mejor país para vivir”.

El vocero de Gobierno, Andrés Chadwick, señaló que “es un paso muy significativo para el respeto a la dignidad del ser humano”, dijo el secretario de Estado ante todos los senadores. Esto es bueno para chile para todos sin color político”.

Cabe recordar que miércoles 2 de mayo la Comisión Mixta había aprobado modificaciones a la Ley.

Éstas fueron aprobar el involucrar al Estado en acciones contra la discriminación, con lo que el articulo 1 ya no es sólo punitivo, sino también preventivo; eliminar del artículo 2 el inciso que asociaba a la diversidad sexual con delitos de tipo sexual.

Además, agregar al artículo 17 del proyecto una modificación al Código Penal que considere como agravante los atropellos motivados por “situación socioeconómica, sindicación o participación en organizaciones gremiales, identidad de género y estado civil; y eliminar la palabra “siempre” de un inciso del artículo 2 que consideraba “siempre razonables las distinciones, exclusiones o restricciones” en función de variados artículos de la Constitución Política.

fuente: EMOL CHILE Sigue leyendo